JUZ SMR SRT - 47001312100120200007700-2020-00077
Juzgado de Santa Marta
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Detalles
- Título
- JUZ SMR SRT - 47001312100120200007700-2020-00077
- Autor
- Juzgado de Santa Marta
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Extinción de Dominio
- Año
- 2020
Radicado No. 47-001-3121-001-2020-00077-00
Código: FRTN - 015
Versión: 01 Fecha: 18-08-2016 Página 1 de 42
JUZGADO 1 CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN
RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE SANTAMARTA
SENTENCIA
JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIE RRAS DE SANTA MARTA, nueve (9) de diciembre de dos Mil Veinticinco (2025)
PROCESO RESTITUCION Y FORMALIZACION DE TIERRAS
DESPOJADAS O ABANDONADAS FORZOSAMENTE
SOLICITANTE ALVARO ANDRES PEREZ MARTINEZ
REPRESENTANTE UNIDAD ADMINISTRATIVA DE GESTION DE RESTITUCION DE
TIERRAS
RADICADO No. 47-001-3121-001-2020-00077-00
SENTENCIA Se reconoce la calidad de víctimas de abandono forzado a los señores Benigno Olivero Castro (Q.E.P.D.), identificado en vida con cédula de ciudadanía No. 5.003.332, y Blanca Carpintero de Oliveros (Q.E.P.D.), identificada en vida con cédula de ciudadanía No. 26.702.733, en cuanto fueron los ocupantes y explotadores d el predio denominado “Brisas de Buenos Aires”. Así mismo, se reconoce como beneficiarios de la restitución jurídica y material a sus herederos comparecientes José Joaquín Oliveros Carpintero (C.C. 85.230.151), Víctor Man uel Oliveros
Buenos Aires”. Así mismo, se reconoce como beneficiarios de la restitución jurídica y material a sus herederos comparecientes José Joaquín Oliveros Carpintero (C.C. 85.230.151), Víctor Man uel Oliveros Carpintero (C.C. 5.003.704), Pablo Emilio Oliveros Carpintero (C.C. 5.003.705), Benigno Oliveros Carpintero (C.C. 5.003.332), Betty Isabel Oliveros Carpintero (C.C. 57.411.554), Julia Esther Oliveros Carpintero (C.C. 1.221.966.370), Mariana Es ther Oliveros Carpintero (C.C. 39.001.740) y Robinson Oliveros Carpintero (C.C. 12.616.105), sin perjuicio de los derechos que correspondan a los herederos indeterminados que acrediten su vocación sucesoral en sede de cumplimiento. La restitución recae sob re el predio rural “Brisas de Buenos Aires”, ubicado en la Vereda Roncador, Corregimiento La Gran Vía, Municipio de Zona Bananera, Departamento del Magdalena, identificado con folio de matrícula inmobiliaria No. 222 -9323, código catastral 47980000600030119 000 y área georreferenciada de 115 hectáreas con 7.847 m². Con esta decisión se garantiza el derecho fundamental a la restitución y formalización de tierras y se ordena el acceso de los beneficiarios a las medidas asistenciales, complementarias y de reparación integral previstas en la Ley 1448 de 2011.
1. OBJETO DE LA DECISIÓN
Cumplidas las ritualidades de la Ley 1448 de 2011, procede el Despacho a proferir sentencia que
y de reparación integral previstas en la Ley 1448 de 2011.
1. OBJETO DE LA DECISIÓN
Cumplidas las ritualidades de la Ley 1448 de 2011, procede el Despacho a proferir sentencia que en derecho corresponda dentro del proceso de Restitución y Formalización de Tierras Despojadas, presentado por apoderada adscrita a la UNIDAD ADMINISTRATIVA DE GESTION DE RESTITUCION DE TIERRAS en representación de los señores JOSE JOAQUIN OLIVEROS CARPINTERO identificado con cedula de ciudadanía No. 85.230.151, VICTOR MANUEL OLIVEROS CARPINTERO identificado con cedula de ciudadanía No. 5.003.704, PABLO EMILIO OLIVEROS CARPINTERO identificado con cedula de ciudadanía No. 5.003.705, BENIGNO OLIVEROS CARPINTERO identificado con cedula de ciudadanía No. 5.003.332, BETTY ISABEL OLIVEROS CARPINTERO identificada con cedula de ciudadanía No. 57.411.554, JULIA ESTHER OLIVEROS CARPINTERO identificada con cedula de ciudadanía No. 1.221.966.370, MARIANA ESTHER OLIVEROS CARPINTERO identificada con cedula de ciudadanía No. 39.001.740 y ROBINSON OLIVEROS CARPINTERO identificado con cedula de ciudadanía No. 12.616.105 en calidad de herederos de su difunto padre BENIGNO OLIVERO CASTRO (QEPD), y su madre BLANCA CARPINTERO DE OLIVEROS (QEPD), y que corresponde:Radicado No. 47-001-3121-001-2020-00077-00
Código: FRTN - 015
BLANCA CARPINTERO DE OLIVEROS (QEPD), y que corresponde:Radicado No. 47-001-3121-001-2020-00077-00
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JUZGADO 1 CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN
RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE SANTAMARTA
SENTENCIA Al predio rural “BRISAS DE BUENOS AIRES”, ubicado en la Vereda Roncador, Corregimiento la gran vía, Municipio Zona Bananera, Departamento del Magdalena, identificada con folio de matrícula inmobiliaria No. 222-9323 y código catastral No. 47980000600030119000.
Nombre del Predio Código Catastral Matrícula Inmobiliaria Área Georreferenciada “BRISAS DE BUENOS AIRES” 47980000600030119000 222-9323 115 hectáreas con 7.847 mts 2
Para tal efecto, se tendrán en cuenta los siguientes fundamentos y consideraciones:
2. ANTECEDENTES
2.1 Fundamentos Facticos
La solicitud de restitución instaurada para el presente asunto se fundamenta en los siguientes hechos que se sintetizan así:
2.1.1 Hechos Generales
Análisis Del Contexto De Violencia Del Departamento Del Magdalena “El destierro además de ser una maniobra de vaciamiento de poblaciones para consolidar territorios y corredores estratégicos, reconquistar parcelas adjudicadas por el Estada atesorar tierras, también fue una estrategia para apropiarse de zonas ricas
“El destierro además de ser una maniobra de vaciamiento de poblaciones para consolidar territorios y corredores estratégicos, reconquistar parcelas adjudicadas por el Estada atesorar tierras, también fue una estrategia para apropiarse de zonas ricas en recursos naturales, y o de zonas en las que se planeaban o ejecutaban proyectos de desarrolla de su plusvalía'''. El departamento del Magdalena ha sido históricamente un espacio atravesado por disputas estructurales en torno a la tierra, donde el destierro operó no solo como una acción violenta aislada, sino como una estrategia sistemática orientada al vaciamiento de poblaciones rurales, la consolidación de corredores estratégicos para actores armados y poderes económicos, y la apropiación de territorios con alto valor hídrico, agrícola y natural. Su geografía —marcada por una extensa red de ríos y ciénagas, así como por la presencia de la Sierra Nevada de Santa Marta, territorio de difícil acceso y refugio para distintos actores armados ilegales— configuró un escenario particularmente vulnerable para las comunidades rurales. De acuerdo con las proyecciones del DANE para 2010, el Magdalena contaba con 1.201.386 habitantes, de los cuales una proporción significativa vivía en áreas rurales, incluidas comunidades indígenas y afrodescendientes que, al igual que la población campesina mestiza, han enfrentado históricamente exclusión, precariedad y disputas por el acceso a la tierra. Desde finales de los años sesenta y con mayor fuerza a partir de la década de los setenta, la región vivió un proceso de organización campesina impulsado por la Asociación Nacional de Usuarios
históricamente exclusión, precariedad y disputas por el acceso a la tierra. Desde finales de los años sesenta y con mayor fuerza a partir de la década de los setenta, la región vivió un proceso de organización campesina impulsado por la Asociación Nacional de Usuarios Campesinos (ANUC), creada en 1967 y formalizada en 1970, que reivindicó el cumplimiento de la reforma agraria prevista en la Ley 135 de 1961 con la consigna “La tierra pal que la trabaja”. En el Magdalena, los comités veredales, asociaciones municipales y la estructura departamental de la ANUC protagonizaron ocupaciones de predios baldíos en municipios como Chibolo, Plato, Pivijay, Fundación, Ciénaga, El Retén y Orihueca, presionando al INCORA para adjudicar tierras, iniciarRadicado No. 47-001-3121-001-2020-00077-00
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SENTENCIA extinciones de dominio y normalizar situaciones de ocupación prolongada. Aunque la entidad adelantó algunos procesos de legalización, la ineficiencia y la debilidad institucional provocaron que numerosos expedientes permanecieran estancados, forzando a las comunidades a continuar en la informalidad y perpetuando la vulnerabilidad jurídica y económica de sus unidades productivas familiares. Esta lucha campesina fue abruptamente enfrentada, a partir de la década de los noventa, por una contrarreforma agraria violenta liderada por terratenientes, empresarios agrícolas y poderes
familiares. Esta lucha campesina fue abruptamente enfrentada, a partir de la década de los noventa, por una contrarreforma agraria violenta liderada por terratenientes, empresarios agrícolas y poderes económicos regionales que, apoyados por grupos armados ilegales, desplegaron un repertorio d e violencia que incluyó amenazas, desapariciones forzadas, masacres, asesinatos selectivos, desplazamientos masivos y la destrucción de organizaciones comunitarias. El objetivo de estas acciones fue doble: por un lado, expulsar a los campesinos de tierras en proceso de adjudicación o de ocupación histórica; y por otro, reconfigurar el orden territorial para permitir el control económico, político y militar de zonas estratégicas del departamento. En este escenario, el despojo se ejecutó tanto por la vía ar mada —a través de ataques directos, control territorial y coacción armada— como por mecanismos administrativos fraudulentos producto de la captura institucional por élites locales que facilitaron la formalización irregular de la tierra a favor de terceros. Durante este periodo operaron múltiples estructuras armadas asociadas al Bloque Norte de las Autodefensas Unidas de Colombia, entre ellas el Frente José Pablo Díaz, con influencia en Sitio Nuevo; Mártires del Cesar, en Fundación y Aracataca; Juan Andrés Á lvarez, en Pivijay, Algarrobo, Ariguaní y Sabanas de San Ángel; William Rivas Hernández, en Aracataca, Ciénaga, El Retén, Fundación, Pueblo Viejo y la Zona Bananera; Guerreros de Baltasar, con presencia en Chibolo, El Piñón, Plato, Tenerife, Zapayán y otra s zonas; Bernardo Escobar, con incidencia en
Retén, Fundación, Pueblo Viejo y la Zona Bananera; Guerreros de Baltasar, con presencia en Chibolo, El Piñón, Plato, Tenerife, Zapayán y otra s zonas; Bernardo Escobar, con incidencia en Aracataca, Ciénaga y sectores de la Zona Bananera; así como el grupo Tomás Guillén, presente en Cerro de San Antonio, Concordia, El Piñón, Pedraza, Remolino y Salamina, y el Frente Resistencia Chimila, activo en El Difícil y Algarrobo. De acuerdo con el Centro Nacional de Memoria Histórica, este entramado de violencia fue articulado en buena parte bajo el mando de Rodrigo Tovar Pupo, alias “Jorge 40”, proveniente de una familia de la élite empresarial del Cesar, quien consolidó su influencia tras vincularse a las autodefensas y asumir en 2001 la tarea de desplazar a la estructura de Hernán Giraldo en la Sierra Nevada. Aunque el argumento militar se centraba en corregir supuestos excesos cometidos por comandantes locales, el propósito real fue la expansión definitiva del dominio paramilitar sobre el Caribe, objetivo que se logró en pocos meses mediante operaciones coordinadas que aseguraron corredores estratégicos, ampliaron el control territorial y profundizaron el despojo de tierras campesinas. Como resultado de este proceso, el Magdalena enfrentó una de las crisis humanitarias más graves del país, caracterizada por desplazamientos masivos, despojo sistemático y la destrucción del tejido social y productivo rural, circunstancias que hoy justifican las medidas de restitución como un mecanismo indispensable para restablecer derechos vulnerados y reconstruir garantías mínimas de dignidad para las víctimas. Análisis del Contexto De Violencia Del Municipio Zona Bananera
mecanismo indispensable para restablecer derechos vulnerados y reconstruir garantías mínimas de dignidad para las víctimas. Análisis del Contexto De Violencia Del Municipio Zona Bananera A finales de los años ochenta, la zona bananera del Magdalena experimentó un notable crecimiento en su producción de banano, alcanzando tasas superiores a las del Urabá antioqueño gracias a innovaciones tecnológicas en las semillas y al d esplazamiento de productores que huían del deterioro del orden público en Urabá. Este auge económico se desarrolló en paralelo a profundas transformaciones políticas y sociales en esa región, donde la expansión agroexportadora y la creciente ocupación terr itorial atrajeron a comunidades campesinas y afrodescendientes en busca de mejores oportunidades.Radicado No. 47-001-3121-001-2020-00077-00
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SENTENCIA En ese contexto, las guerrillas de inspiración marxista —particularmente las FARC y el EPL — instrumentalizaron la organización sindical para hacer proselitis mo político y avanzar en sus intereses armados, generando un incremento masivo de la sindicalización entre 1984 y 1987 y tensiones crecientes entre trabajadores y empresarios. La dinámica sindical en Urabá, marcada por alianzas tácticas con las guerrillas , episodios de coacción y homicidios selectivos, contrastó con la relativa estabilidad laboral de la zona bananera
tensiones crecientes entre trabajadores y empresarios. La dinámica sindical en Urabá, marcada por alianzas tácticas con las guerrillas , episodios de coacción y homicidios selectivos, contrastó con la relativa estabilidad laboral de la zona bananera de Magdalena, lo que permitió a empresarios e inversionistas trasladar capitales hacia esta región, percibida como de menor riesgo. Mientras en Urabá se consolidaba un conflicto obrero–patronal de alta intensidad, agravado por la ruptura de los diálogos de paz del gobierno Betancur y por la persecución violenta contra sindicalistas, líderes políticos de la Unión Patriótica y dirigentes comunistas, en el Magdalena se abría un espacio propicio para la expansión empresarial. Este escenario favoreció la llegada de inversionistas antioqueños vinculados a comercializadoras como PROBAN —creada en 1983 por empresarios asociados a UNIBAN —, que llegó a e xportar más de la mitad de la fruta producida en el departamento entre 1984 y 1989. Simultáneamente, la multinacional Dole Food Inc. ingresó al mercado local mediante contratos exclusivos con productores pequeños y medianos. En conjunto, estos factores exp lican el crecimiento sostenido de la zona bananera del Magdalena en contraste con la crisis social, laboral y armada que atravesaba Urabá, y permiten comprender cómo las tensiones del conflicto armado en esa región terminaron influyendo en la reorganización económica y territorial del Magdalena a partir de mediados de los años noventa. Las condiciones del conflicto obrero-patronal en la zona bananera de Magdalena Entre 1988 y 1994, en la zona bananera del Magdalena se configuraron las condiciones que
Las condiciones del conflicto obrero-patronal en la zona bananera de Magdalena Entre 1988 y 1994, en la zona bananera del Magdalena se configuraron las condiciones que permitieron que la dinámica del conflicto armado se entrelazara con las relaciones económicas, sociales y laborales propias de la industria exportadora de banano. El incremento acelerado de la demanda por tierras aptas para el cultivo —que pasó de cinco mil hectáreas en 1986 a once mil en 1991, con proyecciones de veinte mil para 1993— generó un alza extraordinaria en el valor de la tierra, al punto que una hectárea que antes costaba dos millones llegó a ofrecerse hasta por nueve millones de pesos, pagados de contado, según registró la prensa de la época. Este auge atrajo capitales nacionales y extranjeros, incluidos los de grandes comercializadoras ya instaladas, y generó una disputa por los excedentes de la actividad entre trabajadores —que buscaban mejorar s us condiciones laborales —, empresarios locales y foráneos —que buscaban expandir sus inversiones— y estructuras armadas ilegales que veían una oportunidad para cobrar “tributaciones”, vender servicios de “seguridad” o ajustar cuentas mediante la violencia. Este escenario coincidió con un aumento significativo en la contratación de mano de obra, tanto local como migrante, lo que favoreció que un número importante de trabajadores agrarios se afiliara en 1991 a Sintrainagro, entre ellos los empleados de Agrícola y Ganadera La Revancha Ltda., quienes declararon que “todas las fincas estaban en el sindicato”. La prensa nacional advirtió el riesgo de esta afiliación, relatando que en Ciénaga se habían inscrito dos mil trabajadores en un mes y que
declararon que “todas las fincas estaban en el sindicato”. La prensa nacional advirtió el riesgo de esta afiliación, relatando que en Ciénaga se habían inscrito dos mil trabajadores en un mes y que en Orihueca las m adres rezaban cuando un hijo se sindicalizaba, debido a la persecución que ya comenzaba. Paralelamente, se implantó en el Magdalena un esquema obrero-patronal “importado” de Urabá, basado en prácticas represivas y apoyado por grupos armados como “Los Roja s”, que intervinieron violentamente para controlar o resolver conflictos laborales recientes. En 1994, la confluencia de estas violencias se proyectó sobre el escenario político local: el homicidio de un concejal evidenció que Sintrainagro ya tenía una inf luencia política creciente, lo que se confirmó cuando un candidato de la Unión Patriótica obtuvo por primera vez una curul en el concejo municipal.Radicado No. 47-001-3121-001-2020-00077-00
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SENTENCIA Ese mismo año, la masacre de varios trabajadores sindicalizados cerró un ciclo de victimización en el que l os homicidios se dirigieron con mayor frecuencia contra afiliados que contra dirigentes, reflejando el carácter disciplinante de la violencia armada en la región. Con la posterior llegada de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), esta lógica cambió: la organización no buscó eliminar al sindicato sino cooptarlo.
reflejando el carácter disciplinante de la violencia armada en la región. Con la posterior llegada de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), esta lógica cambió: la organización no buscó eliminar al sindicato sino cooptarlo. Su estrategia consistió en asesinar selectivamente a los líderes de Sintrainagro seccional Ciénaga que se opusieron a la instrumentalización del movimiento y, a la vez, permitir que continuaran las actividades sindicales de quienes aceptaran las condiciones impuestas, entre ellas la entrega de un porcentaje de las cuotas sindicales a las estructuras paramilitares. Este proceso marcó la consolidación de un modelo de control armado sobre las relaci ones laborales y políticas del municipio, en el que la actividad sindical quedó subordinada a los intereses de las AUC. Transformaciones del conflicto armado, proyecto agroindustrial y despojo (1996-2005) La crisis del sector bananero (cuyos efectos visibles se observaron más tempranamente en la zona bananera de Magdalena) se agudizó en 1996. Sus consecuencias desataron una crisis social que impactó fuertemente a los sectores subalternos, quienes, de la man o de Sintrainagro seccional Ciénaga y otras organizaciones sociales, se movilizaron para demandar al Estado soluciones y alternativas. La incursión de las AUC ese mismo año se propuso desarticular la movilización social y apuntó su violencia de manera selectiva a la dirigencia de Sintrainagro, asesinando la mayoría de sus líderes. La incursión de éste actor armado transformó el conflicto en una guerra contrainsurgente que declaró como objetivo a cualquier persona sospechosa de simpatizar o colaborar con la insurgencia. En ese marco, los trabajadores sindicalizados de las plantaciones bananeras fueron especialmente
La incursión de éste actor armado transformó el conflicto en una guerra contrainsurgente que declaró como objetivo a cualquier persona sospechosa de simpatizar o colaborar con la insurgencia. En ese marco, los trabajadores sindicalizados de las plantaciones bananeras fueron especialmente golpeados. Constreñidos en su lucha por el reconocimiento de sus derechos laborales, los trabajadores de las plantaciones que fueron abandonadas como consecuencia de la crisis, se organizaron en diferentes formas (cooperativas de trabajo asociado, principalmente) y empezaron a explotar económicamente los predios como modo de proveerse de los medios de vida necesarios para su supervivencia y la de sus familias. A medida que los ex trabajadores fueron creando derechos sobre los predios como consecuencia de sus actos posesorios legítimos, y que las expectativas de acumulación de capital en el sector agroindustrial se concretaron en proyectos que requ erían disponer nuevamente de la tierra, los interesados acordaron con las estructuras paramilitares su “recuperación”, y procedieron a expulsar violentamente a los poseedores. La ejecución de masacres y asesinatos selectivos fueron el mecanismo empleado para ese fin. A medida que los paramilitares se convirtieron en despojadores, devinieron en agentes políticos directos de una forma de ordenamiento de la sociedad y la propiedad. Consolidaron su poder político y económico encabezando coaliciones regionales que alcanzaron una importante participación en las instituciones del poder político del Estado. Su dominio, tuvo injerencia en la regulación de los conflictos sociales, entre estos, el conflicto obrero-patronal. Crisis económico-social y escalamiento del conflicto armado (1996-1997) En 1996, la crisis del sector bananero se profundizó por la caída del precio real externo del banano
conflictos sociales, entre estos, el conflicto obrero-patronal. Crisis económico-social y escalamiento del conflicto armado (1996-1997) En 1996, la crisis del sector bananero se profundizó por la caída del precio real externo del banano y la revaluación del peso, afectando gravemente a pequeños y grandes productores. Ese año, 160 pequeños cultivadores afiliados a Asoproban anunciaron un paro debido a que varias comercializadoras se negaban a comprar su fruta, lo que evidenció la enorme asimetría de poder frente a las grandes empresas.Radicado No. 47-001-3121-001-2020-00077-00
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SENTENCIA Rafael Pérez Dávila, presidente de la Asociación de Productores de Banano (Guineos), explicó que las asociaciones habían acordado vender su producción a Banacol a través de la Cooperativa Cooguineos, pero esta empresa exigió primero la terminación del contrato con Expocaribe.
Aunque los productores firmaron la carta, Banacol alegó nuevas restricciones —incluidas las del IFI— y se retractó del negocio, dejando a Asoproban sin comprador, pues existían pactos entre comercializadoras para no recibir productores sin el visto bueno de la empresa anterior.
La situación se agravó en mayo con un vendaval que arrasó más de 3.000 hectáreas de cultivos en Orihueca, Guacamayal, Varela, Sevilla y Río Frío, afectando a cerca de 5.000 personas. Las
La situación se agravó en mayo con un vendaval que arrasó más de 3.000 hectáreas de cultivos en Orihueca, Guacamayal, Varela, Sevilla y Río Frío, afectando a cerca de 5.000 personas. Las pérdidas se sumaron a las deudas acumuladas con la Caja Agraria y otras entidades, lo que, según Rafael Charris Fornari, ex directivo de Asoproban, derivaría en procesos judiciales y embargos. Este fenómeno no solo golpeó a pequeños productores, sino también a fincas median as y grandes, profundizando la crisis social y económica en toda la zona bananera del Magdalena.
2.1.2 Hechos Particulares
Caso de los señores JOSE JOAQUIN OLIVEROS CARPINTERO identificado con cedula de ciudadanía No. 85.230.151, VICTOR MANUEL OLIVEROS CARPINTERO identificado con cedula de ciudadanía No. 5.003.704, PABLO EMILIO OLIVEROS CARPINTERO identificado con cedula de ciudadanía No. 5.003.705, BENIGNO OLIVEROS CARPINTERO identificado con cedula de ciudadanía No. 5.003.332, BETTY ISABEL OLIVEROS CARPINTERO identificada con cedula de ciudadanía No. 57.411.554, JULIA ESTHER OLIVEROS CARPINTERO identificada con cedula de ciudadanía No. 1.221.966.370, MARIANA ESTHER OLIVEROS CA RPINTERO identificada con cedula de ciudadanía No. 39.001.740 y ROBINSON OLIVEROS CARPINTERO identificado con cedula de ciudadanía No. 12.616.105 , predio rural “BRISAS DE BUENOS AIRES”, ubicado en la
cedula de ciudadanía No. 39.001.740 y ROBINSON OLIVEROS CARPINTERO identificado con cedula de ciudadanía No. 12.616.105 , predio rural “BRISAS DE BUENOS AIRES”, ubicado en la Vereda Roncador, Corregimiento la Gran Vía, Municipio Zo na Bananera, Departamento del Magdalena, identificada con folio de matrícula inmobiliaria No. 222 -9323 y código catastral No. 47980000600030119000.
1. El vínculo de los solicitantes con el predio solicitado en restitución inicia cuando su señor padre, BENIGNO OLIVERO CASTRO (Q.E.P.D.), colonizó el inmueble con cultivos de pan coger en el año
1950. Allí nacieron los solicitantes y sus otros hermanos (que no quisieron participar del proceso de restitución tal como se expondrá al final de este acápite). El predio se denomina “BRISAS DE BUENOS AIRES”, y se ubica en el municipio de Zona Bananera, departamento de Magdalena.
Hechos que fueron recogidos en el ejercicio social del 29 de noviembre de 2017 y en la ampliación de hechos del 08 de marzo de 2015.
2. Posterior a la colonización del predio y al inicio de la explotación por parte del núcleo familiar, el padre de los solicitantes intento formalizar su vínculo con el inmueble en el año 1985, sin embargo, ello no fue posible. No obstante que el padre no pudo lograr la formalización del pre dio, los aquí solicitantes detentaron la explotación del mismo hasta que finalmente la violencia los expulso.
Administrándolo y utilizándolo como vivienda y fuente principal de subsistencia. Entre todos los
solicitantes detentaron la explotación del mismo hasta que finalmente la violencia los expulso. Administrándolo y utilizándolo como vivienda y fuente principal de subsistencia. Entre todos los hermanos realizaban las labores propias del explotador de baldío junto con su padre, actividad que consistía principalmente en la cría de ganado y cultivos de diversa índole.
3. Desde el año 1992, los solicitantes empezaron a sufrir atropellos de la guerrilla. A partir de este año empezaron a quemar la s casas, robar utensilios del predio y robar animales. Para luego establecer campamentos en su propiedad. De este mismo modo, continuaron las acciones de la guerrilla en el año 1998, cuando uno de los solicitantes, Robinson Olivero Carpintero, empezó a hacer parte del Sindicato de una empresa Bananera ubicada en Sevilla, a raíz de su participación en el Sindicato, empezó a recibir amenazas y finalmente en el año 2000 fue víctima de un atentado.
Hechos que fueron recogidos en el ejercicio social del 29 de noviembre de 2017.Radicado No. 47-001-3121-001-2020-00077-00
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SENTENCIA
4. Posterior a ello, en el año 2002, un grupo de aproximadamente 200 guerrilleros llegaron a la finca Brisas de Buenos Aires, en donde se encontraba el señor Pablo Oliveros Carpintero y procedieron
SENTENCIA
4. Posterior a ello, en el año 2002, un grupo de aproximadamente 200 guerrilleros llegaron a la finca Brisas de Buenos Aires, en donde se encontraba el señor Pablo Oliveros Carpintero y procedieron a hurtarles las 94 reses que tenían en el predio. A partir del robo del ganado en el año 2002, el señor Benigno Oliveros Castro junto con su familia decidieron abandonar el predio y no regresar más.
Algunos de los solicitantes se fueron para Barranquilla y otros se trasladaron a otros municipios. Así mismo señalaron que otros vecinos de la región también abandonaron sus predios y se desplazaron por el conflicto que se vivía en la zona.
5. Surtida la actuación administrativa de conformidad con lo dispuesto por la ley 1448 de 2011, el Decreto 1071 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 440 de 2016, la UAEGRTD profirió Resolución RM 01126 de 23 de julio de 2018 mediante la cual inscribió el predio objeto de restitución en el Registro Único de Tierras Despojadas y Abandonadas Forzosamente a nombre de los solicitantes.
6. En virtud de lo anterior, el solicitante JOSÉ JOAQUÍN OLIVEROS CARPINTEROS, quien actúa en nombre propio y en representación de su núcleo familiar manifestó expresamente su consentimiento para que la UAEGRTD ejerciera la representación judicial para formular acción de restitución de tierras ante los Jueces Civiles Especializados en Restitución de Tierras de Santa
Marta.
De la situación actual del predio y los posibles ocupantes secundario
1. El día 14 de julio de 2015 se llevó a cabo la diligencia de comunicación en el predio solicitado en
Marta.
De la situación actual del predio y los posibles ocupantes secundario
1. El día 14 de julio de 2015 se llevó a cabo la diligencia de comunicación en el predio solicitado en restitución.
Según lo consignado en el informe de comunicación del predio, se tiene que el mismo se encuentra sin explotar y sin vivienda: “El acceso no se encuentra delimitado o materializado en terreno”.
2. Surtida la comunicación del inicio de estudio formal de que trata el artículo 2.15.1.4.1 del Decreto 1071 de 2015 modificado por el artículo 1º del Decreto 440 de 2016, el 25 de julio de 2015 No se acercó persona alguna a fin de intervenir en el desarrollo del presente trámite administrativo dentro de los 10 días transcurridos luego de la comunicación.
3. PRETENSIONES Con la pretensión principal de protección del derecho fundamental a la restitución jurídica y material del predio reclamado, también se impetran a favor de la solicitante y su núcleo familiar, las medidas que por ministerio de la Ley 1448 de 2011 deben acompañar la reparación inte
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