JYP - JHON JAIRO HERNÁNDEZ SÁNCHEZ
Justicia y Paz
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Detalles
- Título
- JYP - JHON JAIRO HERNÁNDEZ SÁNCHEZ
- Autor
- Justicia y Paz
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- —
República de Colombia Página 1 de 711 Jhon Jairo Hernández Sánchez Radicado Sala 08001-22-52-003-2011-00253 Departamento del Atlántico Justicia y Paz.
TABLA DE CONTENIDO
I. OBJETO DE LA DECISIÓN. ......................................................................................................... 4
II. IDENTIDAD DEL POSTULADO ................................................................................................ 4
1. Identificación e individualización del postulado. ....................................................................... 4
2. Militancia del postulado en el grupo armado ilegal. .................................................................. 5
3. Antecedentes y requerimientos por la justicia ordinaria. ........................................................... 6
III. ANTECEDENTES PROCESALES........................................................................................... 10
1. Etapas del proceso. ................................................................................................................... 10 1.1. Etapa Administrativa. .............................................................................................. 10 1.2. Etapa Judicial. .......................................................................................................... 13
2. Contextualización. .................................................................................................................... 15 2.1. Surgimiento de los grupos guerrilleros en Colombia. ........................................... 17 2.2. Origen y desarrollo de las AUTODEFENSAS UNIDAS DE COLOMBIA –AUC-. 27 2.3. El departamento del Cesar. ..................................................................................... 39 2.4. El Frente Mártires del Cesar. .................................................................................. 69
IV. CONSIDERACIONES .............................................................................................................. 100
1. COMPETENCIA ................................................................................................................... 100
2. REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD ..................................................................................... 101 a) Que el grupo armado organizado de que se trata se haya desmovilizado y desmantelado en cumplimiento de acuerdo con el Gobierno Nacional. .................... 103 b) Que se entreguen los bienes producto de la actividad ilegal. ................................ 113 c) Que el grupo ponga a disposición del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar la totalidad de menores de edad reclutados. ................................................................ 119
d) Que el grupo cese toda interferencia al libre ejercicio de los derechos políticos y libertades públicas y cualquiera otra actividad ilícita. ............................................... 121 e) Que el grupo no se haya organizado para el tráfico de estupefacientes o el enriquecimiento ilícito. .................................................................................................. 121
3. LINEAMIENTOS JURÍDICO PENALES SOBRE LOS HECHOS CRIMINALES. ......... 125 3.1. La naturaleza de los delitos cometidos por los grupos armados al margen de la ley. 125 3.2. Crímenes de lesa humanidad. ................................................................................ 142 3.3. Variación de la imputación jurídica. .................................................................... 154
4. CARGOS IMPUTADOS, FORMULADOS Y RESPECTO DE LOS CUALES LA
MAGISTRATURA VERIFICÓ SU ACEPTACIÓN LIBRE, VOLUNTARIA Y ESPONTÁNEA, ACOMPAÑADO EL POSTULADO POR SU ABOGADO DEFENSOR. .. 156 4.1. De los delitos en general. Análisis. ......................................................................... 160 4.2. De los cargos en particular. Análisis. .................................................................... 179 República de Colombia Página 2 de 711 Jhon Jairo Hernández Sánchez Radicado Sala 08001-22-52-003-2011-00253 Departamento del Atlántico Justicia y Paz.
5. DOSIFICACIÓN PUNITIVA. ............................................................................................... 285 5.2. Del delito de homicidio en persona protegida. ..................................................... 286 5.3. Del delito de homicidio en persona protegida en la modalidad de tentativa:.... 290 5.4. Desaparición forzada. ...................................................................................... 292 5.5. Del delito de Secuestro simple. ........................................................................ 294
5.6. Del punible de destrucción y apropiación de bienes protegidos. ................. 295 5.7. Actos de terrorismo. ......................................................................................... 297 5.8. Exacción o contribuciones arbitrarias. ........................................................... 298 5.9. Conclusión acerca de la pena ordinaria. Concurso heterogéneo. ....................... 299
6. DE LA ACUMULACIÓN JURÍDICA DE PENAS. ....................................................... 300
7. DE LA PENA ALTERNATIVA. .................................................................................... 305
8. DE LA EXTINCIÓN DE DOMINIO. ............................................................................. 309
9. DEL INCIDENTE DE REPARACIÓN INTEGRAL A LAS VÍCTIMAS. .................... 313 9.1. Preliminares. .................................................................................................................. 317 9.1.1. Fundamentos de la responsabilidad civil extracontractual. ......................... 317 9.1.2. El hecho victimizante. ...................................................................................... 319 9.1.3. El daño .............................................................................................................. 320 9.1.4. Relación de causalidad entre el hecho y el daño ............................................ 323 9.1.5. Las víctimas ...................................................................................................... 323 9.1.6. La reparación integral ..................................................................................... 342 9.1.7. Medidas de reparación colectiva. .................................................................... 379 9.1.8. La prueba .......................................................................................................... 381 9.2. Trámite incidental. ........................................................................................................... 397 9.2.1. Alegatos de conclusión......................................................................................... 399 9.3. De las liquidaciones en concreto ................................................................................... 406 9.3.1. De las solicitudes de reparación presentadas por el defensor público Dr.
ALBERTO LUÍS PADILLA DÍAZ. ............................................................................. 406 9.3.2. De las solicitudes de reparación presentadas por la defensora pública Dra. ANA
ISABEL TORRES DE LARIOS. ................................................................................. 475 9.3.3. De las solicitudes de reparación presentadas por la defensora pública Dra. RUBY MARLENE DE LA HOZ MORENO. ............................................................. 605 9.3.4. De las solicitudes de reparación presentadas por el representante de víctimas UFLEY QUINTERO CRIADO. ................................................................................... 652 9.3.5. De las solicitudes de reparación presentadas por el representante de víctimas GABRIEL E. MEJIA CASTILLO. .............................................................................. 659 2.2.3. Reparación colectiva. ....................................................................................... 670 Consideraciones de la Sala. ........................................................................................... 687 2 República de Colombia Página 3 de 711 Jhon Jairo Hernández Sánchez Radicado Sala 08001-22-52-003-2011-00253 Departamento del Atlántico Justicia y Paz. 9.4. Actos de Contribución a la Reparación Integral ........................................................ 693 9.5. Prohibición de la Doble Reparación. ............................................................................... 694
IV. RESUELVE ............................................................................................................................... 695
3 República de Colombia Página 4 de 711 Jhon Jairo Hernández Sánchez Radicado Sala 08001-22-52-003-2011-00253 Departamento del Atlántico Justicia y Paz.
TRIBUNAL SUPERIOR
DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA
SALA DE CONOCIMIENTO DE JUSTICIA Y PAZ
Magistrada Ponente
CECILIA LEONOR OLIVELLA ARAUJO
Radicado Sala: 08-001-22-52-003-2011-00253
Radicado Fiscalía: 11001-60-00253-2007-00253
Aprobada por Acta No. 023. Valledupar, once (11) de septiembre de dos mil diecisiete (2017).
I. OBJETO DE LA DECISIÓN.
Cumplida la audiencia de Legalización de cargos parciales formulados por la Fiscalía 58 de la Unidad Nacional Especializada de Justicia Transicional al postulado JHON JAIRO HERNÁNDEZ SÁNCHEZ, alias “Daniel Centella”, fungiendo como patrullero y comandante de escuadra del Bloque Norte, frente Mártires del Cesar, de las Autodefensas Unidas de Colombia, en adelante AUC, y evacuado el incidente de reparación integral, procede la Sala a proferir sentencia parcial, según lo establecido en el artículo 25 de la Ley 1592 de 2012, que modificó el artículo 24 de la Ley 975 de 2005, y los artículos 2.2.5.1.2.2.18 y 2.2.5.1.2.2.19 del Decreto 1069 de 2015.
II. IDENTIDAD DEL POSTULADO
1. Identificación e individualización del postulado.
JHON JAIRO HERNÁNDEZ SÁNCHEZ, conocido con el alias de “Daniel Centella”, nació el 8 de octubre de 1973, en el municipio de Agustín Codazzi (Cesar), identificado con la cédula de ciudadanía número 84.072.095 expedida en Maicao (Guajira), hijo de ORLANDO HERNÁNDEZ 4 República de Colombia Página 5 de 711 Jhon Jairo Hernández Sánchez Radicado Sala 08001-22-52-003-2011-00253
Departamento del Atlántico Justicia y Paz. MONTERO y SABINA SÁNCHEZ MENESES (fallecidos ambos), hermano de NUBIA SOTO SÁNCHEZ, GIOVANNI ENRIQUE FRAGOSO SÁNCHEZ, PASTORA GUERRERO SÁNCHEZ y VANESA KATHERINE PALMERA SÁNCHEZ, convive en unión libre con LEIDY JOHANA SÁNCHEZ FANDIÑO, tiene cuatro (4) hijos, fue soldado profesional.1
Características físicas: se trata de un hombre de tez trigueña, contextura medía, estatura 1.76 metros, grupo sanguíneo RH AB+, cabello lacio de color castaño, ojos color castaño oscuro, presenta cicatriz en el índice derecho, a la fecha se encuentra privado de la libertad en la Cárcel Modelo de la ciudad de
Barranquilla. El postulado HERNÁNDEZ SÁNCHEZ cursó hasta sexto grado de Bachillerato; fue soldado profesional, prestó el servicio Militar en Valledupar en el Batallón de Artillería No. 2 LA POPA.
2. Militancia del postulado en el grupo armado ilegal.
Del acervo probatorio obrante en los CD que contienen en audio las versiones rendidas por el postulado y las diferentes audiencias celebradas ante la Magistratura de Control de Garantías y la Sala de Conocimiento de Justicia y Paz del Tribunal Superior del Distrito Judicial, así como la documentación obrante en las carpetas aportadas a esta Magistratura por parte de la Fiscalía Cincuenta y Ocho (58) Delegada de la Unidad Nacional para la Justicia y la Paz, se desprende ruta criminal del postulado HERNÁNDEZ SÁNCHEZ
así: La vinculación de JHON JAIRO HERNÁNDEZ SÁNCHEZ con el grupo armado ilegal sucedió en el mes de agosto de 2002 en el corregimiento de El Alto de la Vuelta jurisdicción de Valledupar, Cesar, en calidad de patrullero, bajo el mando de Giovanni Andrade Racine alias “Alacrán”2 en el Frente 1 Audio 11001600025320090025300_080012252000_01_07 (rec.36:00) Audiencia Legalización de Cargos, celebrada el 13 de octubre de 2011. 2 Audio 20150310_1111 (rec.1:37) Audiencia Legalización de Cargos, celebrada el 11 de marzo de 2015. 5 República de Colombia Página 6 de 711 Jhon Jairo Hernández Sánchez Radicado Sala 08001-22-52-003-2011-00253 Departamento del Atlántico Justicia y Paz. Mártires de Valledupar, operando en las zonas de San Juan del Cesar, Villanueva, Urumita, El Molino, San Diego, La Paz, Pueblo Bello, Mariangola y Valledupar; por su actividad delictiva devengaba la suma de trescientos ochenta mil pesos ($380.000.oo.). Posteriormente, el 17 diciembre de 2002, es enviado para donde DAVID HERNÁNDEZ ROJAS alias “39” quien fue mayor del Ejército Nacional, hoy occiso, comandante del frente Mártires del Cesar. En junio del 2003 es ascendido a comandante de la zona en la región del Callao, Los Ceibotes y Nuevo Mundo, pero sin injerencia en el corregimiento
de Valencia de Jesús, en este cargo permaneció hasta su desmovilización. Con la muerte de David Hernández Rojas alias “39” en octubre de 2004, el postulado HERNÁNDEZ SÁNCHEZ solo recibió órdenes directamente de RODRIGO TOVAR PUPO alias “Jorge 40”, lo mismo que los comandantes LEONARDO SÁNCHEZ BARBOSA alias “El Paisa”, RODOLFO LIZCANO RUEDA alias “38”, JORGE LUIS MONTES SAJAYO alias “Makuto”, JIMMY JHON JAIRO MEJÍA FUENTES alias “Miguel 30”, GIOVANNI ANDRADE RACINES alias “El Alacrán” y LUIS
FRANCISCO ROBLES MENDOZA alias “611”.
En desarrollo de la Audiencia de Formulación de Cargos JHON JAIRO HERNÁNDEZ SÁNCHEZ informó que durante su trasegar delictivo portó “pistolas, lanza granadas, mini uzi, fusiles, toda clase de armas”3.
3. Antecedentes y requerimientos por la justicia ordinaria.
Mediante oficio No. 562-F-58 del 6 de marzo de 2015, la señora Fiscal 58 de la Unidad Nacional Especializada de Justicia Transicional informó que en contra del postulado JHON JAIRO HERNÁNDEZ SÁNCHEZ se registran las siguientes sentencias condenatorias proferidas por la justicia ordinaria4: 3 Sesión de audiencia del 13 de octubre de 2011, audio 11001600025320090025300_080012252000_01_09 rec. 01:43:54. 4 Folios 127 y 128 del cuaderno anexo. 6
República de Colombia Página 7 de 711 Jhon Jairo Hernández Sánchez Radicado Sala 08001-22-52-003-2011-00253 Departamento del Atlántico Justicia y Paz. Autoridad Radicad Fecha Delitos/Pena. Víctimas Otros. Judicial. o. Juzgado Penal 000124 de marzo Homicidio y Olger Jair Fuentes Fiscalía 14 Seccional. del Circuito 2010 de 2010. Concierto para Quiroz. Vigilancia de la Especializado Delinquir / 98 ejecución de la pena a de Valledupar meses y 28 días cargo del Juzgado de prisión. Segundo de Ejecución Niega de Penas de subrogado de Barranquilla. ejecución condicional. Juzgado Penal 0007525 de Homicidio en Oscar Enrique Fiscalía 44 del Circuito 2008 marzo de Persona Montero Arias. Especializada de Especializado 2010. Protegida / 390 Derechos Humanos. de Valledupar meses de En segunda instancia, prisión. Niega mediante decisión del Subrogado de 20 de septiembre de Ejecución 2010, se confirma la Condicional. decisión, se revoca lo concerniente a la devolución de un arma y de un vehículo, y devuelve la actuación para que la primera instancia tramite el incidente. Vigilancia de la pena a cargo del Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Barranquilla. Juzgado 201027 de abril Desplazamiento José Elías Cuello Cuarto Penal 004000de 2011 Forzado y Mendoza, Víctor
del Circuito 00 Exacción o Manuel Silva Adjunto de Contribuciones López, Elkin Pérez Valledupar Arbitrarias / 125 Rodríguez, Gladys meses de María Rodríguez prisión. Niega Guerrero, Osiris de subrogado de la Rosa Flórez y ejecución Mónica Montalvo condicional. . Rodríguez. Juzgado Penal 201230 de abril Concierto para Estado. Vigilancia de la del Circuito 0001200 de 2012. Delinquir / 36 ejecución de la pena a Especializado meses de cargo del Juzgado de prisión. Concede Segundo de Ejecución 7 República de Colombia Página 8 de 711 Jhon Jairo Hernández Sánchez Radicado Sala 08001-22-52-003-2011-00253 Departamento del Atlántico Justicia y Paz. Descongestión subrogado de de Penas de Adjunto de conceda de Barranquilla. Valledupar. ejecución condicional. Juzgado 01231 de julio Homicidio Ronald José Fiscalía 94 Especializada. Tercero Penal 00211 de 2014. agravado. Blanquicet Cano, del Circuito de Cristian Alberto Valledupar Bustamante Martínez y Rafael Ignacio Puerta Flórez. Juzgado 2012Primero de Desplazamiento José Elías Cuello Fiscalía 20 Tercero Penal 00053 octubre de forzado. Mendoza, Víctor Especializada Unidad del Circuito de 2014 Manuel Silva de Fiscalía Contra los Valledupar López, Santander delitos de Beleño Pérez y Desaparición y Mónica Montalvo Desplazamiento Rodríguez con su Forzado.
grupo familiar. De igual manera, la Fiscalía 58 de la Unidad Nacional Especializada de Justicia Transicional, allegó el oficio No. 563 del 5 de marzo de 2015 en el cual se relaciona la información que tiene que ver con las investigaciones que se adelantan en contra de JHON JAIRO HERNÁNDEZ SÁNCHEZ por parte de la justicia penal ordinaria, y respecto de las cuales se solicitó la suspensión conforme a lo establecido en el artículo 22 de la Ley 975 de 2005, modificado por el artículo 22 de la Ley 1592 de 2012, y en cumplimiento del artículo 19 del Decreto 3011 de 2013, de la siguiente manera: Radicado Fecha Lugar Delito Seccional Unidad Desp Est Etapa Víctima hechos acho ado 158033 22/10/2 Cesar Concier Sec Fisc Unidad de 8 A Etapa Luis Miguel 003 Valledu to para Valledupar Fiscalía de Pérez par delinqu Especializad Instruc Simanca ir art. a Valledupar ción 340 161036 21/02/2 Cesar Homici Sec Fisc Unidad de 8 I Etapa Antonio 004 Valledu dio. Valledupar Fiscalía de Marcelino par Art. Especializad Instruc Mendoza 103 a Valledupar ción Daza. 162994 09/05/2 Cesar Concier Sec Fisc Unidad de 8 A Etapa Rubiela 004 Valledu to para Valledupar Fiscalía de Pacheco par delinqu Arzuaga 8 República de Colombia Página 9 de 711 Jhon Jairo Hernández Sánchez Radicado Sala 08001-22-52-003-2011-00253 Departamento del Atlántico Justicia y Paz.
ir art. Especializad Instruc 340 a Valledupar ción 163819 15/06/2 Cesar Homici Sec Fisc Unidad de 8 A Etapa Darío 004 Valledu dio. Valledupar Fiscalía de Ascanio par Art. Especializad Instruc Jiménez 103 a Valledupar ción López 164153 27/06/2 Cesar Concier Sec Fisc Unidad de 8 A Etapa Argenis 004 Valledu to para Valledupar Fiscalía de Francisco par delinqu Especializad Instruc Escorcia ir art. a Valledupar ción Ortiz 340 164160 22/06/2 Cesar Concier Sec Fisc Unidad de 8 A Etapa Néstor 004 Valledu to para Valledupar Fiscalía de Guillermo par delinqu Especializad Instruc Piñeres ir art. a Valledupar ción Meriño 340 164606 07/03/2 Cesar Homici Sec Fisc Unidad de 8 A Etapa Gabriel 004 Valledu dio. Valledupar Fiscalía de Ángel par Art. Especializad Instruc Barbosa 103 a Valledupar ción Busto. 170395 28/12/2 Cesar Homici Sec Fisc Unidad de 8 A Etapa Alcibiades 004 Valledu dio. Valledupar Fiscalía de Antonio par Art. Especializad Instruc Monsalvo 103 a Valledupar ción 194042 22/10/2 Cesar Concier Sec Fisc Unidad de 8 A Etapa José 003 Valledu to para Valledupar Fiscalía de Tiburcio par DELIN Especializad Instruc Silva QUIR. a Valledupar ción Gutiérrez Art. 340 1880 07/12/2 Cesar Homici Dirección Unidad 33 A Etapa Abel
002 Valledu dio. Nacional Nacional de de Francisco par Art. de Derechos Instruc Alvarado 103 Fiscalías Humanos ción Maestre 4085 15/04/2 Cesar Homici Dirección Unidad 44 A Etapa Oscar 004 Valledu dio. Nacional Nacional de de Enrique par Art. de Derechos Instruc Montero 103 Fiscalías Humanos ción Arias 65896 02/03/2 Magdal Concier Dirección Unidad 3 I Etapa Estado 006 ena to para Nacional Nacional de de Santa delinqu de Terrorismo Investi Marta ir. Art. Fiscalías gación 340 Prelimi nar 161036 21/02/2 Cesar Homici Seccional Unidad 8 I Etapa Héctor Luis 004 Valledu dio art. Fiscalías Fiscalías de Montero par 103 Valledupar Especializad Malo 9 República de Colombia Página 10 de 711 Jhon Jairo Hernández Sánchez Radicado Sala 08001-22-52-003-2011-00253 Departamento del Atlántico Justicia y Paz. as de Instruc Valledupar ción 164982 30/07/2 Cesar Homici Seccional Unidad 8 A Etapa Gustavo 004 Valledu dio art. Fiscalías Fiscalías de Guerrero par 103 Valledupar Especializad Instruc Galván as de ción Valledupar 170395 28/12/2 Cesar Homici Seccional Unidad 8 A Etapa Sostenes 004 Valledu dio art. Fiscalías Fiscalías de Monsalvo par 103 Valledupar Especializad Instruc Polo as de ción Valledupar 197018 Cesar Homici Seccional Unidad 2 I Etapa Cristian
Valledu dio art. Fiscalías Fiscalías de Alberto par 103 Valledupar Especializad Instruc Bustamante as de ción Martínez Valledupar 1880 07/12/2 Cesar Homici Seccional Unidad 33 A Etapa José Manuel 002 Valledu dio. Fiscalías Nacional de de Cáceres par Art. Valledupar Derechos Instruc Rodríguez 103 Humanos ción 197018 Cesar Homici Seccional Unidad 2 I Etapa Rafael Valledu dio art. Fiscalías Fiscalías de Ignacio par 103 Valledupar Especializad Instruc Puerta Flórez as de ción Valledupar 1880 07/12/2 Cesar Homici Seccional Unidad 33 A Etapa Alfredo 002 Valledu dio. Fiscalías Nacional de de Antonio par Art. Valledupar Derechos Instruc Borrego 103 Humanos ción Arias 1880 07/12/2 Cesar Homici Seccional Unidad 33 A Etapa Franklin 002 Valledu dio. Fiscalías Nacional de de Manuel par Art. Valledupar Derechos Instruc Arias Arias 103 Humanos ción
III. ANTECEDENTES PROCESALES.
1. Etapas del proceso.
1.1. Etapa Administrativa. 10 República de Colombia Página 11 de 711 Jhon Jairo Hernández Sánchez Radicado Sala 08001-22-52-003-2011-00253 Departamento del Atlántico Justicia y Paz. A través de resolución No. 199 del 4 de agosto de 2005, el Gobierno Nacional reconoció la calidad de miembro representante de las AUC al señor RODRIGO TOVAR PUPO, alias “JORGE 40”, hasta el 31 de diciembre de
2005.5 En igual sentido, y con propósito de concentrar y desmovilizar a los integrantes del Bloque Norte de las AUC, mediante resoluciones Nos. 017, del 26 de enero de 2006, y 041, del 17 de febrero de 2006, el Gobierno Nacional destinó como zona de ubicación temporal para sus miembros el caserío “El Mamón” ubicado en la vereda “La Mesa”, municipio de Valledupar, departamento del Cesar, y el corregimiento de “Chimila” ubicado en el municipio de El Copey, departamento del Cesar, por el término de 2 meses.6 Luego, JHON JAIRO HERNÁNDEZ SÁNCHEZ, encontrándose privado de la libertad, en la cárcel de Palo Gordo ubicada en Girón, Santander, el día 3 de diciembre de 2008 presentó solicitud ante el Dr. Luis Carlos Restrepo, Alto Comisionado para la Paz, para que, en su condición de desmovilizado del Bloque Norte de las Autodefensas Unidas de Colombia y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 3 del Decreto 4760 de 2005 y 7 del Decreto 3391 de 2006, se postule su nombre ante la Fiscalía General de la Nación para acceder a los beneficios contemplados en la ley 975 de 2005, teniendo en cuenta además que su nombre había sido incluido en la lista suscrita por el representante del Bloque Norte, Rodrigo Tovar Pupo alias “Jorge 40”, como integrante del mismo.7 A través del oficio No. OFI09-00003327/AUV12300 de fecha 15 de enero de 2009, dirigido al Dr. FABIO VALENCIA COSSÍO, entonces Ministro del
Interior y de Justicia, el Dr. LUIS CARLOS RESTREPO RAMÍREZ, Alto Comisionado para la Paz, remitió lista de cinco (5) personas desmovilizadas colectivamente exmiembros de las Autodefensas Unidas de Colombia 5 Audio 11001600025320090025300_080012252000_01_07 (rec.39:26) Audiencia Legalización de Cargos, celebrada el 13 de octubre de 2011. 6 Audio 11001600025320090025300_080012252000_01_07 (rec.40:00) Audiencia Legalización de Cargos, celebrada el 13 de octubre de 2011. 7 Archivo eléctrico en CD rotulado con el nombre “Documentos Contextualización” carpeta “Anexo No. 4” pagina 237. 11 República de Colombia Página 12 de 711 Jhon Jairo Hernández Sánchez Radicado Sala 08001-22-52-003-2011-00253 Departamento del Atlántico Justicia y Paz. “AUC”, apareciendo el postulado HERNÁNDEZ SÁNCHEZ con el número 12358. Con oficio OFI09-4638-DJT-0330 fechado 20 de febrero de 2009, dirigido al Dr. MARIO GERMÁN IGUARÁN ARANA, en su condición de Fiscal General de la Nación, el Dr. FABIO VALENCIA COSSÍO, entonces Ministro del Interior y de Justicia, remitió lista de catorce (14) postulados exintegrantes de las Autodefensas Unidas de Colombia “AUC” para el adelantamiento del procedimiento de que trata la ley 975 de 2005, apareciendo el postulado JHON JAIRO HERNÁNDEZ SÁNCHEZ con el
número 79. Allegados los actos administrativos de postulación, el 16 de marzo de 2009, mediante acta de reparto 430, las diligencias fueron asignadas a la Fiscal Tercera de la Unidad Delegada para la Justicia y la Paz, quien procedió a dar inicio al trámite y procedimiento de la ley 975 de 2005, con orden de trabajo adiada 20 de marzo de 200910. Mediante edicto emplazatorio sin fecha, se convocó a las víctimas que hubiesen resultado del actuar criminal de JHON JAIRO HERNÁNDEZ SÁNCHEZ, desmovilizado del Bloque Norte de las Autodefensas Unidas de Colombia –AUC-, para que asistieran a las Personerías Municipales, Procuradurías Provinciales y Regionales, Inspecciones de Policía, Unidades de Fiscalías y de Cuerpo Técnico de Investigaciones o ante la Unidad Nacional de Fiscalías para la Justicia y las Paz, con el fin de ejercer sus derechos a la verdad, a la justicia y a la reparación11. Por medio de oficio UNJP No. 015632 del 14 de diciembre de 2009, dirigido a la Dra. DEICY JARAMILLO RIVERA como Fiscal tercera Delegada ante 8Archivo eléctrico en CD rotulado con el nombre “Documentos Contextualización” carpeta “Anexo No. 4” pagina 237. 9 Archivo eléctrico en CD rotulado con el nombre “Documentos Contextualización” carpeta “Anexo No. 4” pagina 237. 10 Archivo eléctrico en CD rotulado con el nombre “Documentos Contextualización” carpeta “Anexo No. 4” pagina
237. 11 Se fijó el edicto emplazatorio por el término de 20 días en la Secretaria de la Unidad Nacional de Fiscalías para la Justicia y la Paz, y se expidió copia para su publicación por dos veces en día domingo en un diario de amplia circulación nacional y en radiodifusora con cobertura en las localidades del área de influencia del mencionado postulado, como también en la página web: www.fiscalia.gov.co.
12 República de Colombia Página 13 de 711 Jhon Jairo Hernández Sánchez Radicado Sala 08001-22-52-003-2011-00253 Departamento del Atlántico Justicia y Paz. el Tribunal, de la Unidad Nacional de Fiscalías para la Justicia y la Paz, JOSÉ IGNACIO JAIMES HERNÁNDEZ Asesor II de la de la Unidad Nacional de Fiscalías para la Justicia y la Paz, remite las constancia de publicación del edicto emplazatorio del postulado JHON JAIRO HERNÁNDEZ SÁNCHEZ, el cual fue fijado en la Secretaría de la Unidad el 22 de mayo de 2009, por un término de 20 días cumplidos el 10 de julio de ese mismo año.12 1.2. Etapa Judicial. Ratificada la voluntad del postulado de comparecer al proceso de Justicia y Paz, a la fecha de la decisión había concurrido a varias jornadas de diligencias de versiones libres y confesión con intervención de víctimas, en las cuales confesó 29 hechos como integrante del Frente Mártires del Cesar del Bloque Norte; dichas diligencias se llevaron a cabo en las siguientes fechas: La audiencia de formulación de imputación parcial de cargos se llevó a cabo
ante la Magistrada con Funciones de Control de Garantías del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, Dra. ZORAIDA ANYUL CHALELA ROMANO, durante sesiones de los días 9 y 10 de diciembre de 200913, 23 de julio de 201014, 2 de agosto de 201015, 25 y 26 de enero de 201116, en las que finalmente le fueron imputados a JHON JAIRO HERNÁNDEZ SÁNCHEZ un total de 23 cargos17, y por los cuales se le dictó medida de aseguramiento por los delitos de: Concierto para Delinquir Agravado, Hurto Calificado y Agravado, Homicidio en Persona Protegida, Homicidio Agravado, Secuestro Simple, Extorsión, Desplazamiento Forzado, Tortura en Persona Protegida, Actos de Terrorismo, y Fabricación, Tráfico y Porte de Armas y Municiones de Uso Privativo de las Fuerzas 12 Archivo eléctrico en CD rotulado con el nombre “Documentos Contextualización” carpeta “Anexo No. 4” pagina 237. 13 Actas No. 64 y 65 cuaderno Original “Grupo No.5” del Despacho de Control de Garantías “Solicitud de Audiencia de Formulación de Imputación y Medida de Aseguramiento” folios 35 a 43. 14 Actas No. 44 y 45 cuaderno Original “Grupo No.5” del Despacho de Control de Garantías “Solicitud de Audiencia de Formulación Imputación Adicional” folios 42 a 47. 15 Actas No. 48 cuaderno Original “Grupo No.6” del Despacho de Control de Garantías “Solicitud de Audiencia Formulación de Cargos” folios 79 a 83.
16 Actas No. 007 cuaderno Original “Grupo No.6” del Despacho de Control de Garantías “Solicitud de Audiencia Formulación de Cargos” folios 123 a 126. 17 Ya que la Fiscalía procedió a retirar 6 de los 29 cargos que había confesado el postulado en las versiones libres. 13 República de Colombia Página 14 de 711 Jhon Jairo Hernández Sánchez Radicado Sala 08001-22-52-003-2011-00253 Departamento del Atlántico Justicia y Paz. Armadas, Utilización Ilegal de Uniformes e Insignias y Desaparición Forzada.18 Mediante el sistema de reparto fue asignada la actuación seguida en contra de JHON JAIRO HERNÁNDEZ SÁNCHEZ alias “Daniel Centella” al Despacho 003 de la Sala de Conocimiento de Justicia y Paz del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, que preside la suscrita Magistrada.19
Durante los días: 10, 11, 12, 13, 14, 18, 19, 20 y 21 de octubre de 201120, y 16, 17 y 18 de abril de 201221; 27, 28, 29, 30 y 31 de mayo 4, 5 y 6 de junio de 201322; 9, 10, 11, 12, 16 y 17 de marzo de 201523, se llevó a cabo en esta sede judicial la Audiencia de Legalización de Cargos de acuerdo a lo normado en el texto original del artículo
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