JYP - MIGUEL MELCHOR Y OTROS
Justicia y Paz
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Detalles
- Título
- JYP - MIGUEL MELCHOR Y OTROS
- Autor
- Justicia y Paz
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- —
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL
TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTA
SALA DE JUSTICIA Y PAZ Magistrada Ponente: ULDI TERESA JIMÉNEZ LÓPEZ Radicación: 11001 6000 253 2008 83612
Postulados: Miguel Ángel Melchor Mejía Munera
Orlando Villa Zapata Miguel Isaías Guanare Parales Jhon Jimmy Pérez Ortiz Domingo Garcés Morelo Ferney Alvarado Pulgarín Samuel Saavedra Aponte Fredy Octavio Romero Sarmiento Campo Elías Carreño Castro Delitos: Homicidio en persona protegida y otros Procedencia: Fiscalía 22 Unidad Nacional de Justicia y Paz Decisión: Control formal y material de Cargos Bogotá D. C., cuatro (4) de Septiembre de dos mil doce (2012)
OBJETO DE DECISION
1. Procede la Sala a realizar el control formal y material de los cargos que de manera parcial fueron formulados por la Fiscalía 22 de la Unidad Nacional para la Justicia y la Paz, a los postulados MIGUEL ÁNGEL MELCHOR MEJÍA
Tribunal Superior de Bogotá Sala de Justicia y Paz Radicado: 11001600025320083612
Postulado: Miguel Ángel Melchor Mejía Munera MUNERA, alias “Pablo Arauca o El Mellizo; ORLANDO VILLA ZAPATA, alias
“Rubén o La Mona”; FERNEY ALVARADO PULGARÍN, alias “Cúcuta”; FREDY
OCTAVIO ROMERO SARMIENTO, alias “Pony”; SAMUEL SAAVEDRA
APONTE; alias “Zarco”; CAMPO ELÍAS CARREÑO CASTRO, alias “Genio”; DOMINGO GARCES MORELO, alias “Dogar”; MIGUEL ISAIAS GUANARE PARALES, alias “Moreno o Médico”; JHON JIMMY PEREZ ORTIZ, alias “Cabo o Francho”; Comandante General, Segundo Comandante y patrulleros del Bloque Vencedores de Arauca respectivamente.
COMPETENCIA
2. La Sala es competente para realizar el control formal y material de los cargos parciales formulados a los postulados MIGUEL ÁNGEL MELCHOR MEJÍA MUNERA, alias “Pablo Arauca o El Mellizo; ORLANDO VILLA ZAPATA, alias
“Rubén o La Mona”; FERNEY ALVARADO PULGARÍN, alias “Cúcuta”; FREDY OCTAVIO ROMERO SARMIENTO, alias “Pony”; SAMUEL SAAVEDRA APONTE; alias “Zarco”; CAMPO ELÍAS CARREÑO CASTRO, alias “Genio”; DOMINGO GARCES MORELO, alias “Dogar”; MIGUEL ISAIAS GUANARE PARALES, alias “Moreno o Médico”; JHON JIMMY PEREZ ORTIZ, alias “Cabo o Francho”, por la Fiscalía 22 de la Unidad Nacional para la Justicia y la Paz, de acuerdo a lo previsto por el inciso tercero del artículo 19 de la ley 975 de 2005.
3. Aunado a lo anterior, advierte la Sala que la actuación surtida dentro de las etapas administrativa y judicial por las que ha transitado el procedimiento, cumple con los presupuestos señalados por la ley 975 de 2005, en la medida que se han garantizado los derechos de los postulados, quienes desde el
comienzo han podido ejercitar su defensa material y técnica por medio de la asistencia de un defensor de confianza. Igual situación se presenta con las víctimas, toda vez que han contado con la posibilidad de acceder al proceso y 2 Tribunal Superior de Bogotá Sala de Justicia y Paz Radicado: 11001600025320083612
Postulado: Miguel Ángel Melchor Mejía Munera constituirse como parte a través de sus representantes legales.
4. De esta manera, el trámite de la actuación puede continuar, al no advertirse irregularidad alguna que afecte el curso normal del proceso, además, debe tenerse en cuenta que i) dos de los postulados, ostentan posición de mando dentro del Bloque Vencedores de Arauca: se trata de un comandante y segundo comandante; ii) el número de hechos registrados atribuibles a este bloque y los que particularmente fueron objeto de formulación parcial por parte de la Fiscalía 22 de la Unidad Nacional de Justicia y Paz; iii) el número de víctimas registradas y, iv) la trascendencia de las conductas formuladas y aceptadas por los postulados, especialmente los delitos de violencia basada en género y reclutamiento ilícito de menores, que por su gravedad merecen ser abordados de manera inmediata, y justifican la decisión de legalizar los cargos que de manera parcial ha formulado la Fiscalía en contra de los postulados.
IDENTIDAD DE LOS POSTULADOS
5. MIGUEL ANGEL MELCHOR MEJÍA MUNERA1, conocido con los alias de “Pablo Arauca o El Mellizo”, identificado con cédula de ciudadanía número 16.627.309, de Cali Valle, nacido el 11 de julio de 1959 en Cali Valle, hijo de
Martha Munera y Baltazar Mejía, de 1.69 metros de estatura, piel blanca, contextura atlética, con tatuaje en antebrazo derecho, cara anterior, figura indefinida y mancha regional external, parte media congénita. Actualmente, privado de la libertad en la Cárcel Warsaw del Estado de Virginia Estados Unidos de América.
6. ORLANDO VILLA ZAPATA2, conocido con los alias de “Rubén o la Mona”, 1 Carpeta Escrito de acusación de Miguel Ángel Melchor Mejía Munera. 2 Carpeta Escrito de acusación de Orlando Villa Zapata.
3 Tribunal Superior de Bogotá Sala de Justicia y Paz Radicado: 11001600025320083612
Postulado: Miguel Ángel Melchor Mejía Munera identificado con cédula de ciudadanía número 4.652.181, de Caloto Cauca, nacido el 15 de agosto de 1958 en Marsella Risaralda, hijo de María de los Ángeles y Salomón, de 1.69 metros de estatura, piel blanca, contextura robusta, con cicatriz en escápula derecha y rodilla, tatuaje en el muslo derecho en forma de corazón, presenta dermatitis por frío. Privado de la libertad en el Centro Penitenciario y Carcelario de la Picota, ubicada en Bogotá Cundinamarca.
7. MIGUEL ISAIAS GUANARE PERALES3, conocido con los alias de “Moreno o Médico”, identificado con cédula de ciudadanía número 1.022.363.489 de Bogotá, nacido el 27 de octubre de 1983 en Puerto Rondón Arauca, hijo de Silvia Esterlina e Isaías. Privado de la libertad en la Cárcel de Espinal Tolima.
8. JHON JIMMY PÉREZ ORTIZ4,(Ex sub oficial del Ejército) conocido con los alias de “Cabo o Francho”, identificado con cédula de ciudadanía número 74.373.385 de Duitama (Boyacá), nacido el 30 de septiembre de 1980 en Duitama, hijo de Anayibe y Efraín. Privado de la libertad en la Cárcel de Espinal
Tolima.
9. DOMINGO GARCES MORELO5, conocido con el alias de “Dogar”, identificado con cédula de ciudadanía número 15.618.750 de San Antero Córdoba, nacido el 3 de julio de 1975 en San Antero Córdoba, hijo de Teresa y Domingo. Privado de la libertad en la Cárcel de Espinal Tolima.
10. FERNEY ALVARADO PULGARIN6, conocido con el alias de “Cúcuta”, identificado con cédula de ciudadanía número 17.330.619 de Villavicencio
(Meta), nacido el 15 de junio de 1965 en Tame (Arauca), hijo de Epifania y Felix 3 Carpeta Escrito de acusación de Miguel Isaías Guanare Perales 4 Carpeta Escrito de acusación de Jhon Jimmy Pérez Ortiz 5 Carpeta Escrito de acusación de Domingo Garcés Morelo 6 Carpeta Escrito de acusación de Ferney Alvarado Pulgarín 4 Tribunal Superior de Bogotá Sala de Justicia y Paz Radicado: 11001600025320083612
Postulado: Miguel Ángel Melchor Mejía Munera Antonio. Privado de la libertad en la Cárcel de Espinal Tolima.
11. SAMUEL SAAVEDRA APONTE7, conocido con el alias de “Zarco”, identificado con cédula de ciudadanía número 86.006.553 de Granada (Meta), nacido el 25 de septiembre de 1970 en Granada (Meta), hijo de María Ruth y Luís Enrique. Privado de la libertad en la Cárcel de Espinal Tolima.
12. FREDY OCTAVIO ROMERO SARMIENTO8, conocido con el alias de “Pony”, identificado con cédula de ciudadanía número 96.190.482 de Tame
(Arauca), nacido el 23 de octubre de 1971 en Tame (Arauca), hijo de Isabela y Humberto. Privado de la libertad en la Cárcel de Espinal Tolima.
13. CAMPO ELÍAS CARREÑO CASTRO9, conocido con el alias de “Genio”, identificado con cédula de ciudadanía número 91.180.344 de Girón (Santander), nacido el 22 de enero de 1976 en Barrancabermeja (Santander), hijo de Magdalena y José Vicente. Privado de la libertad en la Cárcel de Espinal Tolima.
ANTECEDENTES PROCESALES
14. De conformidad con lo establecido en el artículo 3º de la ley 782 de 2002 modificada por la ley 1106 de 2006, El Gobierno Nacional declaró abierto el proceso de dialogo, negociación y firma de acuerdos con el Bloque Vencedores de Arauca y en desarrollo del mismo, El Ministerio del Interior y Justicia reconoció la condición de miembro representante de dicha estructura al señor MIGUEL ÁNGEL MELCHOR MEJÍA MÚNERA, mediante resolución 337 del 14
de diciembre de 2005. 7 Carpeta Escrito de acusación de Samuel Saavedra Aponte 8 Carpeta Escrito de acusación de Fredy Octavio Romero Sarmiento 9 Carpeta Escrito de acusación de Campo Elías Carreño Castro 5 Tribunal Superior de Bogotá Sala de Justicia y Paz Radicado: 11001600025320083612
Postulado: Miguel Ángel Melchor Mejía Munera
15. Con resolución 338 del 14 de diciembre de 2005 se estableció como zona de ubicación temporal de quienes formaban parte del Bloque Vencedores de Arauca de las Autodefensas Unidas de Colombia, la vereda Puerto Gaitán del Municipio de Tame (Arauca), lugar en donde el 23 de diciembre de 2005, se desmovilizaron 548 hombres;10. El 29 de diciembre de 2005, el Alto Comisionado para la Paz, recibió y aceptó la lista de integrantes del grupo desmovilizado; El 17 abril de 2006, fueron remitidas al Ministerio del interior las listas de postulados que manifestaron su voluntad de acogerse al procedimiento de Justicia y Paz. El 15 de agosto de 2006, el Ministerio del Interior remitió formalmente al señor Fiscal General de la Nación la lista de postulados al procedimiento de Justicia y Paz.
16. Aunado a los antecedentes generales de desmovilización del Bloque Vencedores de Arauca, existen unos particulares relacionados con cada uno de los postulados vinculados a la presente actuación. A continuación se hará mención de ellos.
17. MIGUEL ÁNGEL MELCHOR MEJÍA MUNERA, se desmovilizó en Santafé de
Ralito el 27 de agosto de 2005; el 20 de enero de 2006, manifestó ante el Alto Comisionado para la Paz su voluntad de someterse al procedimiento establecido por la ley 975 de 2005, para que agotados los trámites correspondientes le fuera concedido el beneficio de la pena alternativa, circunstancia que motivó la remisión por parte de esa oficina al Fiscal General de la Nación el listado correspondiente; El 14 de agosto de 2006, el Gobierno Nacional convocó a los miembros representantes de las Autodefensas Unidas de Colombia con la finalidad de trasladar a los miembros representantes al antiguo Centro Recreacional de La Ceja Antioquia; los hermanos MEJIA MUNERA no se 10 Escrito de acusación conjunto, folio 492 e Informe ejecutivo del proceso de paz con las autodefensas, presentado por la Presidencia de la República. 6 Tribunal Superior de Bogotá Sala de Justicia y Paz Radicado: 11001600025320083612
Postulado: Miguel Ángel Melchor Mejía Munera presentaron. A partir de esa fecha el Gobierno Nacional no tuvo conocimiento del su paradero.
18. Con acta 008 del 8 de septiembre de 2006, fue asignada a la Fiscalía 8
Delegada de la Unidad Nacional Para la Justicia y la Paz y posteriormente, con acta 094 del 14 de septiembre de 2007, las diligencias fueron repartidas a la Fiscalía 22 de la misma Unidad. El 1º de noviembre de 2007, se profirió la orden 037 que dispuso continuar con el trámite correspondiente; para el efecto, el 13 del mismo mes y año se fijó edicto, emplazando a las víctimas del postulado y
del Bloque Vencedores de Arauca11. El 2 de mayo de 2008, la Policía Nacional capturó a MIGUEL ÁNGEL MELCHOR MEJÍA MUNERA, mientras se trasladaba en un tracto camión de placas de Zipaquirá SHK-560 por la vía de Puerto Berrio a Honda Tolima.
19. ORLANDO VILLA ZAPATA, se desmovilizó en Puerto Gaitán, municipio de Tame el 23 de diciembre de 2005. Manifestó ante el Alto Comisionado para la Paz su voluntad de someterse al procedimiento establecido por la ley 975 de 2005, para que agotados los trámites correspondientes le fuera concedido el beneficio de la pena alternativa, circunstancia que motivó la remisión por parte de esa oficina al Fiscal General de la Nación el listado correspondiente con oficio OFI08-6432-G1P-0301 del 6 de marzo de 2008; mediante acta 183 del 19 de marzo de 2008, fue asignada a la Fiscalía 22 Delegada de la Unidad Nacional Para la Justicia y la Paz, autoridad que el 19 de marzo de 2008, profirió la orden 037 y dispuso continuar con el trámite correspondiente, para el efecto, el 1º de abril de 2008 fijó edicto emplazando a las víctimas del postulado y del Bloque Vencedores de Arauca12. El 4 de abril de 2008 fue capturado en Doradal Antioquia por cuenta del Juzgado Tercero de Ejecución de Penas de Cali, con la 11 Escrito de acusación conjunto, folio 492 12 Audiencia de control formal y material de cargos realizada el 16 de abril de 2012, record 1:16:31
7 Tribunal Superior de Bogotá Sala de Justicia y Paz Radicado: 11001600025320083612
Postulado: Miguel Ángel Melchor Mejía Munera finalidad de hacerle efectiva la pena impuesta por la masacre de Caloto (Cauca).
20. MIGUEL ISAIAS GUANARE, se desmovilizó el 23 de diciembre de 2005 estando privado de la libertad. El 20 de febrero de 2006 manifestó ante el Alto Comisionado para la Paz su voluntad de someterse al procedimiento establecido por la ley 975 de 2005, para que agotados los trámites correspondientes le fuera concedido el beneficio de la pena alternativa, circunstancia que motivó la remisión por parte de esa oficina al Fiscal General de la Nación el listado correspondiente con oficio OFI073765765P0301 del 21 de diciembre de 2007; mediante acta 301 del 21 de diciembre de 2007, fue asignada a la Fiscalía 22
Delegada de la Unidad Nacional Para la Justicia y la Paz, autoridad que el 18 de enero de 2008, profirió la orden 154 y dispuso continuar con el trámite correspondiente, para el efecto, fijó edicto, emplazando a las víctimas del postulado y del Bloque Vencedores de Arauca13.
21. JHON JIMMY PÉREZ ORTIZ, se desmovilizó el 23 de diciembre de 2005 estando privado de la libertad. Manifestó ante el Alto Comisionado para la Paz su voluntad de someterse al procedimiento establecido por la ley 975 de 2005, para que agotados los trámites correspondientes le fuera concedido el beneficio
de la pena alternativa, circunstancia que motivó la remisión por parte de esa oficina al Fiscal General de la Nación el listado correspondiente con oficio OF9144937DJT0330 del 22 de diciembre de 2009; mediante acta 577 del 20 de enero de 2010, fue asignada a la Fiscalía 22 Delegada de la Unidad Nacional Para la Justicia y la Paz, autoridad que el 10 de marzo de 2010, profirió la orden 164 y dispuso continuar con el trámite correspondiente, para el efecto, fijó edicto, emplazando a las víctimas del postulado y del Bloque Vencedores de Arauca14. 13 Audiencia de control formal y material de cargos realizada el 16 de abril de 2012, record 1:23:31 14 Audiencia de control formal y material de cargos realizada el 16 de abril de 2012, record 1:25:09 8 Tribunal Superior de Bogotá Sala de Justicia y Paz Radicado: 11001600025320083612
Postulado: Miguel Ángel Melchor Mejía Munera
22. SAMUEL SAAVEDRA APONTE, se desmovilizó el 23 de diciembre de 2005 estando privado de la libertad. El 20 de febrero de 2006 manifestó ante el Alto Comisionado para la Paz su voluntad de someterse al procedimiento establecido por la ley 975 de 2005, para que agotados los trámites correspondientes le fuera concedido el beneficio de la pena alternativa, circunstancia que motivó la remisión por parte de esa oficina al Fiscal General de la Nación el listado correspondiente con oficio OFI083065GJP0301 del 8 de octubre de 2008; mediante acta 338 del 22 de octubre de 2008, fue asignada a la Fiscalía 22
Delegada de la Unidad Nacional Para la Justicia y la Paz, autoridad que el 2 de diciembre de 2008, profirió la orden 101 y dispuso continuar con el trámite correspondiente, para el efecto, fijó edicto, emplazando a las víctimas del postulado y del Bloque Vencedores de Arauca15.
23. DOMINGO GARCÉS MORELO, se desmovilizó el 23 de diciembre de 2005 estando privado de la libertad. Manifestó ante el Alto Comisionado para la Paz su voluntad de someterse al procedimiento establecido por la ley 975 de 2005, para que agotados los trámites correspondientes le fuera concedido el beneficio de la pena alternativa, circunstancia que motivó la remisión por parte de esa oficina al Fiscal General de la Nación el listado correspondiente con oficio OF109-44037DJT0330 del 22 de diciembre de 2009; mediante acta 577 del 20 de enero de 2010, fue asignada a la Fiscalía 22 Delegada de la Unidad Nacional Para la Justicia y la Paz, autoridad que el 10 de marzo de 2010, profirió la orden 165 y dispuso continuar con el trámite correspondiente, para el efecto, fijó edicto, emplazando a las víctimas del postulado y del Bloque Vencedores de Arauca16.
24. FERNEY ALVARADO PULGARÍN, se desmovilizó el 23 de diciembre de 2005 estando privado de la libertad. El 20 de febrero de 2006 manifestó ante el 15 Audiencia de control formal y material de cargos realizada el 16 de abril de 2012, record 1:18:40
16 Audiencia de control formal y material de cargos realizada el 16 de abril de 2012, record 1:20:05 9 Tribunal Superior de Bogotá Sala de Justicia y Paz Radicado: 11001600025320083612
Postulado: Miguel Ángel Melchor Mejía Munera Alto Comisionado para la Paz su voluntad de someterse al procedimiento establecido por la ley 975 de 2005, para que agotados los trámites correspondientes le fuera concedido el beneficio de la pena alternativa, circunstancia que motivó la remisión por parte de esa oficina al Fiscal General de la Nación el listado correspondiente con oficio OFI083065GJP0301 del 8 de octubre de 2008; fue asignada por la Jefatura de la Unidad a la Fiscalía 22
Delegada de la Unidad Nacional Para la Justicia y la Paz, autoridad que el 2 de diciembre de 2008, profirió la orden 100 y dispuso continuar con el trámite correspondiente, para el efecto, fijó edicto, emplazando a las víctimas del postulado y del Bloque Vencedores de Arauca17.
25. CAMPO ELÍAS CARREÑO CASTRO, se desmovilizó el 23 de diciembre de 2005 estando privado de la libertad. El 20 de febrero de 2006 manifestó ante el Alto Comisionado para la Paz su voluntad de someterse al procedimiento establecido por la ley 975 de 2005, para que agotados los trámites correspondientes le fuera concedido el beneficio de la pena alternativa, circunstancia que motivó la remisión por parte de esa oficina al Fiscal General de la Nación el listado correspondiente con oficio OF108-23559GJP201 del 11 de
agosto de 2008; mediante acta 322 del 25 de agosto de 2008, fue asignada a la Fiscalía 22 Delegada de la Unidad Nacional Para la Justicia y la Paz, autoridad que el 8 de septiembre de 2008, profirió la orden 089 y dispuso continuar con el trámite correspondiente, para el efecto, fijó edicto, emplazando a las víctimas del postulado y del Bloque Vencedores de Arauca18.
26. FREDY OCTAVIO ROMERO SARMIENTO, se desmovilizó el 23 de diciembre de 2005 estando privado de la libertad. Manifestó ante el Alto Comisionado para la Paz su voluntad de someterse al procedimiento establecido 17 Audiencia de control formal y material de cargos realizada el 16 de abril de 2012, record 1:21:55 18 Audiencia de control formal y material de cargos realizada el 16 de abril de 2012, record 1:26:40
10 Tribunal Superior de Bogotá Sala de Justicia y Paz Radicado: 11001600025320083612
Postulado: Miguel Ángel Melchor Mejía Munera por la ley 975 de 2005, para que agotados los trámites correspondientes le fuera concedido el beneficio de la pena alternativa, circunstancia que motivó la remisión por parte de esa oficina al Fiscal General de la Nación el listado correspondiente con oficio del 15 de agosto de 2006; mediante acta 094 de septiembre de 2007, fue asignada a la Fiscalía 22 Delegada de la Unidad Nacional Para la Justicia y la Paz, autoridad que el 28 de septiembre de 2007, profirió la orden 018 y dispuso continuar con el trámite correspondiente, para el
efecto, fijó edicto el 15 de diciembre de 2008, emplazando a las víctimas del postulado y del Bloque Vencedores de Arauca19.
27. Los mencionados postulados fueron escuchados en versión libre por la Fiscalía 22 de la Unidad Nacional Para la Justicia y la Paz, diligencias en las que confesaron varios hechos constitutivos de una imputación parcial tramitada de manera conjunta a partir del 12 de septiembre de 2011 en los términos del artículo 5º Decreto 4760 de 2006, situación que sirvió de fundamento para que el 15 y 21 de septiembre de 2011, la Magistrada con función de Control de Garantías de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá, les impusiera medida de aseguramiento consistente en detención preventiva en establecimiento carcelario.
28. El 7 de febrero de 2012, la Fiscal Veintidós (22) de la Unidad Nacional para la Justicia y la Paz, formuló de manera parcial, cargos a los postulados MIGUEL
ÁNGEL MELCHOR MEJÍA MUNERA y ORLANDO VILLA ZAPATA, MIGUEL
ISAÍAS GUANARE PERALES, JHON JIMMY PÉREZ ORTIZ, DOMINGO
GARCES MORELO, SAMUEL SAAVEDRA APONTE, FREDY OCTAVIO ROMERO SARMIENTO y CAMPO ELÍAS CARREÑO CASTRO por hechos constitutivos de concierto para delinquir agravado; entrenamiento para actividades ilícitas; fabricación, tráfico o porte de estupefacientes; 19 Audiencia de control formal y material de cargos realizada el 16 de abril de 2012, record 1:28:30
11 Tribunal Superior de Bogotá Sala de Justicia y Paz Radicado: 11001600025320083612
Postulado: Miguel Ángel Melchor Mejía Munera enriquecimiento ilícito; lavado de activos; homicidio en persona protegida; secuestro simple agravado; deportación, expulsión, traslado o desplazamiento forzado de población civil; desaparición forzada; tortura en persona protegida; acceso carnal violento en persona protegida, destrucción y apropiación de bienes protegidos, violación de habitación ajena; disparo de arma de fuego contra vehículo; exacciones o contribuciones arbitrarias; secuestro extorsivo agravado; prostitución forzada o esclavitud sexual; actos de terrorismo; utilización ilegal de uniformes e insignias; reclutamiento ilícito de menores, hechos que serán descritos posteriormente.
29. Recibidas las diligencias en la Secretaría de la Sala, fueron asignadas por reparto a éste Despacho20 y a continuación se dispuso señalar fecha para realizar el control formal y material de los cargos formulados21 que se llevó a cabo en 15 sesiones22. En desarrollo de la vista pública, participaron: la doctora Jeaneth Niño Farfán, Fiscal 22 de la Unidad Nacional para la Justicia y la Paz, el doctor Víctor Andrés Salcedo Fuentes, Procurador Delegado, víctimas y apoderados de las mismas.
30. En sesión de 15 de mayo de 201223 fue escuchada la doctora Cecilia Barraza, experta internacional en temas de violencia contra mujeres en contextos de conflicto armado. La testigo participó de los procesos transicionales de Chile y Perú, motivo por el que es de importancia la información que allegó
frente a las normas internacionales y nacionales sobre el tratamiento de esta forma de violencia. 20 El 16 de febrero de 2012 21 El 22 de febrero de 2012 22 Las sesiones de audiencia pública las adelantó esta Sala durante los días 16, 17, 18, 23, 25, 26 y 27 de abril; 14, 15, 16, 17 y 18 de mayo; y 20, 21, y 22 de junio de 2012. 23 (1:52:00) 12 Tribunal Superior de Bogotá Sala de Justicia y Paz Radicado: 11001600025320083612
Postulado: Miguel Ángel Melchor Mejía Munera
31. La violencia que sufren las mujeres en contextos de violencia armada, no es otra cosa que la continuación, aun con menos reglas y controles sociales, de agresiones que sufre en tiempos de paz. Al respecto señaló que limites culturales como los estereotipos generalizados o la naturalización de roles y funciones impiden un disfrute igual de los derechos entre hombres y mujeres.
Por ello, el derecho internacional de los derechos humanos ha creado instrumentos como la Convención interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer y la convención – esta de la ONUsobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, que buscan darle un marco jurídico a violencias que pasan desapercibidas para operadores judiciales que las ven como “naturales” o “normales”.
32. Estos instrumentos, junto a los desarrollados a nivel nacional, tales como la ley 1257 de 2008 o la sentencia T-025 de 2004 en su auto de seguimiento 092
de 2008, señalan que las mujeres sufren o viven de manera diferenciada el conflicto, y son víctimas de conductas como la violencia sexual, de manera casi exclusiva, en ultimas, por su condición de mujeres.
33. Frente a esto, precisó la experta que Tribunales internacionales, como la Corte y la Comisión interamericano de Derechos Humanos han dado un trato jurídico especifico a estas violencias y han reconocido que son parte de toda una estructura que considera a las mujeres como titulares de menos derechos que la otra mitad de la sociedad.
34. En la misma sesión intervino la doctora Patricia Hernández24, Fiscal delegada para el diseño y vigilancia de las estrategias para visibilizar los delitos contra las mujeres. La experta igualmente, parte de la misma premisa en el sentido que las mujeres sufren efectos diferenciados del conflicto armado y que
24 (03:28:00) 13 Tribunal Superior de Bogotá Sala de Justicia y Paz Radicado: 11001600025320083612
Postulado: Miguel Ángel Melchor Mejía Munera por tanto la Unidad de Fiscalías para la justicia y la paz, tiene como objetivo develar esta realidad.
35. Advirtió que como victimas directas, la unidad tiene registros de “solo” 958 casos de violencia sexual en contexto de conflicto armado, pero que hay reporte de victimas indirectas donde mas del 60% son mujeres sobrevivientes. Estas dos cifras, simplemente indican la magnitud de los perjuicios y afectación a las mujeres, ya que se es conciente del sub registro y de la falta de denuncia25.
36. Dijo, coincidiendo con la doctora Barraza, que el primer obstáculo que sufren
las mujeres son restricciones de carácter cultural y social, ya que en el imaginario de muchas personas, incluidas mujeres desempoderadas, su papel se limita a la vida privada, al hogar y al cuidado de su familia, motivo por el que, al verse solas, por la muerte de su esposo, hijo etc., sufren una doble perdida, la de un familiar cercano y la de su entorno, que entienden como “natural”. Ejemplifica esta violencia cultural con el caso del modelo hacendatario que se dio en Santa Marta con el paramilitar Hernán Giraldo; decían que a las mujeres les gusta los militares, hay que buscar al mejor proveedor. Por esto, como estrategia de supervivencia y en demostración de lealtad con el patrón, la mamá le ofrece su hija al hacendatario. De esta manera, se reproducen estructuras de dominación sobre las mujeres con base en el monopolio de la tierra
37. Agregó que en muchos contextos precarios y alejados, las mujeres no se reconocen como victimas, o solo lo hacen de manera indirecta cuando agreden a uno de sus familiares, pero en realidad cuando ellas son las agredidas no acuden a denunciar porque lo consideran “normal”.
25 (03:35:00) 14 Tribunal Superior de Bogotá Sala de Justicia y Paz Radicado: 11001600025320083612
Postulado: Miguel Ángel Melchor Mejía Munera
38. Finalizó su intervención, reiterando el compromiso de la Fiscalía General de la Nación en la visibilización de estas violencias, no solo sexuales, en donde las mujeres, son victimas de manera diferenciada. Muestra del compromiso es este proceso donde se imputan y formulan nueve hechos en los que hay implicada
violencia sexual.
39. Su participación generó una serie de interrogantes por parte de la Magistrada Ponente que fueron absueltos por la interviniente de la siguiente manera: 40. ¿Es posible afirmar, que la violencia sexual y los delitos de género se constituyeron en un instrumento de guerra?: “esa es una pregunta cuya respuesta creo no puedo dar todavía, por que cada bloque tenía su dinámica y el manejo de la victimización a las mujeres”. ¿Esto quiere decir, que cada bloque va a determinar si en su unidad la violencia sexual fue un instrumento de guerra y que eventualmente en cada uno de los lugares la violencia sexual y los delitos de género son hechos aislados? “No señoría, no son hechos aislados, me refiero a la finalidad de la violencia sexual e identificar también los contextos de los cuales la violencia sexual fue utilizada como arma de guerra, pero en este momento la variación de la violencia sexual es asimétrica, no solo en el trance colombiano sino en todos los conflictos y es tan desigual que varía de bloque a bloque y de autodefensas a subversión. En conclusión cada bloque tendrá que sacar y luego hacer la correspondiente construcción general con los aspectos que se han encontrado y se tomaran las decisiones. Cada cual dirá si era una arma de guerra o no o solamente arma de guerra, porque crímenes de guerra y delitos de lesa humanidad ya hemos encontrado”
PETICIONES EN AUDIENCIA
15 Tribunal Superior de Bogotá Sala de Justicia y Paz Radicado: 11001600025320083612
Postulado: Miguel Ángel Melchor Mejía Munera
La Fiscalía
41. La doctora Jeaneth Niño Farfán, Fiscal 22 de la Unidad Nacional para la
Justicia y la Paz, presentó la relación de los procesos que se adelantan en la justicia permanente con ocasión de los hechos que son objeto de legalización. En ella precisó el estado actual de los mismos y los postulados en contra de los cuales cursa la investigación. Esto con la finalidad de adoptar medidas encaminadas a la acumulación de procesos y de penas según el caso.
42. Para mayor ilustración, a continuación se elaborará un cuadro con la información de cada uno de los procesos enunciados por la Fiscalía.
PROCESOS
SUSPENDIDOS
ESTADO ESTADO
DELITO AUTORIDAD ACTUACION POST. ACTUAL
PROCESO 29662 ACTIVO. INVEST
CONCIERTO SE REITERA
HECHO 1 FISCALIA 92 SEC. PREVIA A PARTIR MEJIA M
P/DELINQUIR SUSPENSION
BOGOTA DE LA DESMOVILIZ
TRAFICO DE P.604 FISCALIA ETAPA SOLICITA
HECHO 3 MEJIA M ESTUPEFACIENTES UNAIM INSTRUCCIÓN SUSPENSION ENRIQUECIM/ ILICITO P . 5 7 4 U N AIM. J 12 SENT. POSIBLE
HECHO 4 MEJIA M
24 AGO/2001 EPMS EJECUTORIADA ACUMULACION
P.2010 FISCALIA RECURSO EN APELACION LAVADO DE ACTIVOS E X T I N C ION DE APELACION HTB
HECHO 5 MEJIA M NO SE HA
24 AGO.2005 DOMINIO. JUZG. Sala Lavados de
SUSPENDIDO
12 ES
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