🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

JYP - Terminación del proceso 110016000253200680857

Justicia y Paz

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
JYP - Terminación del proceso 110016000253200680857
Autor
Justicia y Paz
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Transicional
Año

11

DIA MES

02 09 AÑO 2015

TRIBUNAL SUPERIOR DE

MEDELLÍN

SALA DE JUSTICIA Y PAZ

BLOQUE CÓRDOBA • AUC

MEDELLIN

SALA DE JUSTICIA Y

PAZ

HORA INICIAL HORA FINAL 10:15 A.M 10:45 A.M

MAGISTRADO PONENTE

JUAN GUILLERMO CARDENAS GOMEZ 11 11 11 10 lo 11 16 lo jo 10 12 15 13 12 lo lo 16 la lo la Is 171 1 • :::7fi=.::=.: _.:.,=,=.::-,::fi=::.:.

SOLICITUD DE EXCLUSIÓN DEL PROCESO DE JUSTICIA Y PAZ - LUIS ALBERTO MARTINEZ PARADA sin alias conocido

-· ·------ CEDULA 88.028.092 -:fi·:: :_-:·,;:fi·::··:.::fi- ··- •· ----

FISCAL 13 UNJYP

DEFENSOR PUBLICO

CONCIERTO PARA DELINQUIR Y OTROS

NOMBRES Y APELLIDOS ALIAS LUIS ALBERTO MARTINEZ PARADA SIN ALIAS CONOCIDO . . . .

. . . ----- .. - .. . .

DR. RAFAEL APONTE MARTINEZ

ORA CESAR AUGUSTO GALLEGO ARISMENDY

.

DETENIDO

SI NO X .. ·-.. REPRESENTANTE DE VICTIMAS Se por la Fiscalía que a la fecha no se cuenta con víctimas reconocidas MINISTERIO PUBLICO ORA DORIS NOREÑA (Procuradora 113 Judicial II Penal de Medellín

ASISTIO

SI . . NO X --fi-- ◄-

MINISTERIO PUBLICO ORA DORIS NOREÑA (Procuradora 113 Judicial II Penal de Medellín

ASISTIO

SI . . NO X --fi-- ◄- Se da inicio a la audiencia siendo 10:15 de la mañana, con la presentación de cada una de las partes intervinientes en ella, para seguidamente concederse el uso de la palabra al representante de la Fiscalía, quien expone las razones en las que justifica la solicitud de exclusión del proceso de Justicia y Paz del señor Luis Alberto Martínez Parada, desmovilizado del Bloque Córdoba de las AUC. Min 00:00:42 Intervención de la Fiscalía: Expone ante la Magistratura el ente Fiscal, que la competencia para la resolución de la pretensión radica en cabeza de esta Sala, acorde a las previsiones contenidas en el inciso 1 del artículo16 de la Ley 975 de 2005 y los actos administrativos emitidos por el Consejo Superior de la Judicatura en ese sentido. 1/4. /;" / : • .. CD ·---7 ""i ii"";i!"!!'i , .... ,, ... a§"'i""'!s·, Ji11 a w ;i, •, ;J \I fi J, 11, ,, SALA DE JUSTICIA Y PAZ Advirtió de manera inicial los antecedentes de la desmovilización y postulación al proceso de Justicia y Paz por parte del gobierno Nacional, así como los antecedentes procesales y situación jurídica actual, para de este modo proceder a explicar que desde ese momento adquirió una serie de obligaciones reciprocas que debe cumplir a cabalidad, entre ellas la de presentarse ante la autoridad judicial cuando sea requerido y estar atento a la evolución del proceso, pues de lo contrario es viable la terminación del proceso adelantando en su

debe cumplir a cabalidad, entre ellas la de presentarse ante la autoridad judicial cuando sea requerido y estar atento a la evolución del proceso, pues de lo contrario es viable la terminación del proceso adelantando en su contra, la consiguiente exclusión del mismo y con ello la perdida de los beneficios otorgados. Para ello precisó que por parte de la Fiscalía, en varias oportunidades y a través de diferentes medios, se ha trató de localizar al desmovilizado con el fin de escucharlo en versión libre, es así como se efectuaron citaciones en un diario de amplia circulación nacional -El espectadorlos días 29 de diciembre de 2014, 3 de febrero y 5 de marzo de la presente anualidad, con distribución de edictos emplazatorios en las 32 ciudades capitales de Colombia1, a la vez que se intentó comunicación a través de los números telefónico -791188423202618851y ubicación en la dirección obtenida -carrera 11, número 10-01 barrio divino Niño del Municipio de Tibú, Norte de Santandera través de la Agencia Colombiana para la reintegración -ACRy de la EPS SaludCoop, con resultados negativos. Además de ello, se intentan citaciones por medio de la página Web de la Fiscalía General de la Nación y se verifica con el Instituto Nacional Penitenciario_ y Carcelario si a la fecha se encuentra privado de la libertad, todo ello sin resultados positivos que permitan lograr su comparecencia. En razón de ello, solicita la fiscalía la terminación del proceso de justicia transicional, conforme con las previsiones contenidas en numeral 1 del artículo 11A de la ley 975 de 2005, que señala: "( ... ) cuando el postulado sea renuente a comparecer al proceso o incumpla los compromisos propios de la presente ley (. .. )",

previsiones contenidas en numeral 1 del artículo 11A de la ley 975 de 2005, que señala: "( ... ) cuando el postulado sea renuente a comparecer al proceso o incumpla los compromisos propios de la presente ley (. .. )", dado que no se logró establecer su paradero a pesar de las diferentes actividades realizadas con dicho fin. Min 00:22:52 Representante del Ministerio Público Por su parte la doctora Doris Noreña, manifestó no tener oposición alguna a la pretensión de la Fiscalía, como quiera que de la información aportada por la misma, se puede constatar que efectivamente fue citado en diferentes oportunidades y a través de distintos medios de comunicación, sin obtener resultados positivos. Advierte además como otros postulados renuentes, citado a través de los mismos medios de comunicación y en la página de la entidad han acudido a los llamados, entendiendo que se trata de una medio eficaz para 1 A folios 16 y ss de la carpeta contentiva de la documentación del postulado, se constatan las convocatorias en 3 oportunidades, con las respectivas certificaciones emitida por la Coordinadora del Grupo Administrativo de la Dirección de Fiscalía Transicional, asi como la de Subgerente Comercial y de Divulgación de la Imprenta Nacional, con la copia de la primera página del diario, a través del cual se certifica la publicación de la separata, en las fechas enunciadas. 2 Se obtiene de investigación donde el postulado figura como victima del delito de lesiones personales .. ,. , •. ,, .... . ........... ................ J" ... :···•· .. , ........... , .......... . 214, • i_/ @ml@:111:lfi!#MÉ+iiifi:ij:ffite)@ '.\l,:,tc-11111

SALA DE JUSTICIA Y PAZ

214, • i_/ @ml@:111:lfi!#MÉ+iiifi:ij:ffite)@ '.\l,:,tc-11111 SALA DE JUSTICIA Y PAZ comunicar la realización de las diligencias judiciales, lo que demuestra el desinterés del desmovilizado de continuar con el proceso, en tanto de su parte existe igualmente una obligación de comparecer. En razón de ello solicita, se acceda a las pretensiones del ente fiscal y se compulsen copias para que se continúen los procesos ante la justicia ordinaria. Min 00:24:36 Defensor Sostiene por su parte la defensa, doctor Cesar Augusto Gallego Arismendy, que no comparte los argumentos de la Fiscalia, solicitando en primer lugar de se le aclara el número telefónico fijo en el cual se trató de ubicar al desmovilizado, aseverando que se trata del mismo con el que cuenta en su base de datos, para seguidamente exponer que de parte del Estado deben adelantarse labores para lograr la comparecencia del postulado y que de las desarrolladas por la Fiscalía no se puede colegir una efectiva citación, en tanto de todas ellas fueron efectuadas de manera continua y solo a finales del año 2014 y 2015, transcurriendo un tiempo considerable desde el momento de la desmovilización, sin ser buscado, por lo que muy seguramente dados sus antecedentes cambio de residencia, aunado a que como prueba de estos emplazamientos sólo se anexa una copia de la primera página de la separata del diario el Espectador, que nada demuestra la efectiva citación del postulado. Advierte además que no puede presumirse como lo pretende la Delegada del Ministerio Público, que por que otros postulados acudieron a las citaciones por las citaciones que se hace en la página Web, ara todos los

citación del postulado. Advierte además que no puede presumirse como lo pretende la Delegada del Ministerio Público, que por que otros postulados acudieron a las citaciones por las citaciones que se hace en la página Web, ara todos los eventos será igual, en tanto no todos escuchan, ni lee los mimos medios de comunicación, ni tiene acceso a internet. De igual modo, deja a salvo que con anterioridad a la celebración de la audiencia no se le puso de presente la carpeta con el fin de librar órdenes de trabajo con el fin de ubicarlo.

REQUERIMIENTOS Ninguno

EVIDENCIA

:PEtlSIOfi. -

RECURSOS

Ninguno MVC / ----· -fifi ... -

  • - Se entrega carpeta contentiva de la identidad del postulado y de las actividades por medio de la cual se trató de ubicar el postulado.
  • -------- RECURRENTE fi ,fifi c--:--f 1

fiUAN GUILLERM<%fiRDENAS GÓMEZ

Magistrado 31411

TRT13UNAL SUPFRrOR

SALA DE JUSTICIA Y PAZ

BLOQUE SUROESTE ANTIOQUEÑO· AUC DIA MES AÑO 29 10 2015

TRIBUNAL SUPERIOR DE

MEDELLÍN

MEDELLIN HORA INICIAL HORA FINAL 8:22 A.M 8:35 A.M

SALA DE JUSTICIA Y MAGISTRADO PONENTE

PAZ JUAN GUILLERMO CARDENAS GOMEZ 11 11 11 10 10 11 16 10 10 10 12 IS 13 12 10 10 16 IB 10 IBIS 171

LECTURA DECISION DE TERMINACION DEL PROCESO DE JUSTICIA Y PAZ de LUIS ALBERTO

11 11 11 10 10 11 16 10 10 10 12 IS 13 12 10 10 16 IB 10 IBIS 171

LECTURA DECISION DE TERMINACION DEL PROCESO DE JUSTICIA Y PAZ de LUIS ALBERTO MARTÍNEZ PARADA, sin alias conocido

CONCIERTO PARA DELINQUIR Y OTROS

CEDULA NOMBRES Y APELLIDOS ALIAS

88.028.092 LUIS ALBERTO MARTINEZ PARADA SIN ALIAS

FISCAL 20 UNJYP DR. RAFAEL SILVESTRE APONTE

DETENIDO ASISTID

SI NO SI NO X X DEFENSOR PUBLICO DR OTTO FABIO REYES TOVAR SUSTITUY AL DR. CESAR AUGUSTO GALLEGO ARISMENDY

REPRESENTANTE (S) DE NO RECONOCIDAS

VÍCTIMAS MINISTERIO PUBLICO (NO ASISTIÓ Se da inicio a la audiencia siendo 8:22 de la mañana, con la presentación de cada una de las partes intervinientes en ella, para seguidamente proceder a realizar lectura de la decisión, previa aquiescencia de los sujetos procesales para que sólo sea leída las consideraciones de la misma. En la parte resolutiva de la misma queda contenido lo siguiente: Min 00:02:57. RES U EL VE:PRIMERO: Se ordena la TERMINACIÓN DEL PROCESO de Justicia y Paz (Ley 975 de 2005-modificada por su similar 1592 de 2012-, del postulado LUIS ALBERTO MARTiNEZ PARADA, sin alias conocido, con documentos de identidad numero 88.028.092 de Tibú Norte de Santander, desmovilizado del "Bloque Córdoba de fas Autodefensas Unidas de 112TRIBIJN,\L :>tJl'I l{JOR \t c ,1,•11,,i

Tibú Norte de Santander, desmovilizado del "Bloque Córdoba de fas Autodefensas Unidas de 112TRIBIJN,\L :>tJl'I l{JOR \t c ,1,•11,,i SALA DE JUSTICIA Y PAZ Colombia - "AUC", en atención a que se encuentra demostrado su incumplimiento a los deberes adquiridos en el trámite de Justicia transicional, de conformidad con el artículo 11 A de fa Ley 975 de 2005, adicionado por el artículo 5, numeral 1 y desarrollado en el Parágrafo 1 º, numerales 2 y 3 de fa Ley 1592 de 2012 y consecuentemente los beneficios en ella contenidos. SEGUNDO: Una vez en firme fa presente decisión, dentro de fas treinta y seis (36) horas siguientes, se remitirá copia de esta con destino a fa Jurisdicción Ordinaria a efecto de que se reactiven fas investigaciones y juzgamientos que se encontraran suspendidas en favor de LUIS ALBERTO MARTiNEZ PARADA, sin alias conocido, con documentos de identidad número 88.028.092 de Tibu Norte de Santander, desmovilizado del "Bloque Córdoba de fas Autodefensas Unidas de Colombia - "AUC", en razón al acogimiento de Justicia Transicional. TERCERO: Informar de tal decisión al Gobierno Nacional a través del Ministerio de Justicia y del Derecho, para que proceda al trámite correspondiente de fa exclusión de fa lista de postulados. CUARTO: En lo relacionado con el tema de los bienes que pudieran haber sido denunciados y entregados por MARTiNEZ PARADA, permanecerán dentro del presente proceso de Justicia y Paz de acuerdo a fas precisiones contenidas en fa parte motiva de fa presente providencia. QUINTO: Contra fa presente decisión proceden los recursos de Ley Min

pudieran haber sido denunciados y entregados por MARTiNEZ PARADA, permanecerán dentro del presente proceso de Justicia y Paz de acuerdo a fas precisiones contenidas en fa parte motiva de fa presente providencia. QUINTO: Contra fa presente decisión proceden los recursos de Ley Min 00:12:37 Min 00:12:40 intervención Fiscalia, Ministerio Publico y defensa. Se concede la palabra a los sujetos procesales para que indiquen si desean interponer los recursos en contra del auto, advirtiendo cada uno de ellos, que no los interpondrán Min 00:13:02Termina audiencia 8:35 a.m

REQUERIMIENTOS Ninguno

EVIDENCIA

RECURSOS RECURRENTE

Ninguno Magistrado MVC 212

Consultar sobre este documento ...