JYP - Terminación del proceso 110016000253200682456
Justicia y Paz
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Detalles
- Título
- JYP - Terminación del proceso 110016000253200682456
- Autor
- Justicia y Paz
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Transicional
- Año
- —
11
DIA MES ANO 15 12 2015
Tribunal Superior de Medellín l IIMIIIMlfiMMMiiiii Mcdellin
SALA DE JUSTICIA Y PAZ
BLOQUE CÓRDOBA
LUGAR Y FECHA
MEDELLIN
CORPORACIÓN
Sala de Justicia y Paz HORA INICIAL HORA FINAL 08:10 a.m. 08:28 a.m.
MAGISTRADO PONENTE
Rubén Darío Pinilla Co olio CÓDIGO ÚNICO DE INVESTIGACIÓN (CUI) 11 1 1 o o 1 so o o 2 s 3 2 o 01s1s1214 slsl TIPO DE AUDIENCIA Exclusión por renuencia DELITOS Concierto para delinquir
POSTULADOS
Cédula Nombres y Apellidos 71.974.809 Jhon Jairo Julio de Hoyos
INTERVINIENTES
Alias Detenido Asistió
SI NO SI NO
X X Fiscal 13 UNJYP Albeiro Chavarro Avila (fiscal 45 UNJYP) en reem lazo del doctor Rafael A ante Martínez. Defensor Representantes de Víctimas Wilson de Jesús Mesa Casas
VÍCTIMAS
Nombres Apellidos Número de identificación Teléfono DESARROLLO DE LA AUDIENCIA 1:t,J'íf.d,t, niír.jt, /il,·if1>0\!'.(llt:,-_m:,:ir,, • • • :, •. fi ' .. ' 00:01 :00 Se inicia la audiencia anunciando que su objeto es dar lectura a la decisión de exclusión del roceso de Justicia del ostulado Jhon Jairo Julio de Ho os. Presentación deMedellin
SALA DE JUSTICIA Y PAZ
00:01 :00 Se inicia la audiencia anunciando que su objeto es dar lectura a la decisión de exclusión del roceso de Justicia del ostulado Jhon Jairo Julio de Ho os. Presentación deMedellin SALA DE JUSTICIA Y PAZ las partes. La Sala deja constancia que el Magistrado Juan Guillermo Cárdenas Gómez no se presenta porque se encuentra desempeñando otras funciones propias de su cargo y sesiona por mayoría. 0:03:07 El Magistrado Ponente procede a leer la decisión de exclusión del postulado. Las partes no presentaron recurso alguno. OBSERVACIONES ¡;::;::::-::-.;;wwm•:;:=::i "1.NIEGASE la solicitud de terminación del proceso de Justicia y Paz del postulado Jhon Jairo Julio de Hoyos, más conocido como "El Negro Ricardo", desmovilizado del Bloque Córdoba de las Autodefensas Unidas de Colombia, identificado en las motivaciones de esta decisión. 2. Esta decisión se notifica en estrados y contra ella proceden los recursos ordinarios de reposición y apelación".