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Laudo 138138 LM INGENIEROS CONSTRUCTORES S.A.S. VS. ALVARO RINCON TRUJILLO

Cámara de Comercio de Bogotá

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Detalles

Título
Laudo 138138 LM INGENIEROS CONSTRUCTORES S.A.S. VS. ALVARO RINCON TRUJILLO
Autor
Cámara de Comercio de Bogotá
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
MASC
Año

CENTRO DE ARBITRAJE Y CONCILIACIÓN DE LA CÁMARA DE COMERCIO DE BOGOTÁ. LAUDO ARBITRAL TRIBUNAL ARBITRAL DE LM INGENIEROS CONSTRUCTORES S.A.S. VS ÁLVARO RINCÓN TRUJILLO 138138 26 DE JULIO DE 2024TRIBUNAL ARBITRAL DE LM INGENIEROS CONSTRUCTORES S.A.S. VS Á LVARO RINCÓN TRUJILLO Centro de Arbitraje y Conciliación – Cámara de Comercio de Bogotá 1

CONTENIDO: I. CAPITULO PRIMERO: ANTECEDENTES ......................................................................................... 6 1. PARTES PROCESALES ................................................................................................................... 6 1.1. Parte convocante. .......................................................................................................... 6 1.2. Parte convocada ............................................................................................................. 6 2. EL CONTRATO .......................................................................................................................... 6 3. EL PACTO ARBITRAL ................................................................................................................ 6 4. EL TRÁMITE DEL PROCESO ...................................................................................................... 7 4.1. Presentación de la demanda: ........................................................................................ 7 4.2. Designación de los árbitros: ........................................................................................... 7 4.3. Instalación: ..................................................................................................................... 7 4.4. Admisión de la demanda: .............................................................................................. 8 4.5. Notificación Auto Admisorio de la Demanda: ............................................................... 8 4.6. Contestación de la demanda: ........................................................................................ 8 4.7. Admisión de la demanda de reconvención: .................................................................. 8 4.8. Admisión de la demanda de llamamiento en garantía formulada por Álvaro Rincón: 8 4.9. Contestación de la demanda de reconvención y del llamamiento en garantía formulado por Álvaro Rincón: ..................................................................................................... 9 4.10. Llamamiento en garantía formulado por LM INGENIEROS CONSTRUCTORES: ............ 9 4.11. Admisión de la demanda de llamamiento en garantía formulada por LM INGENIEROS CONSTRUCTORES: ........................................................................................................................ 9 4.12. Contestación del llamamiento en garantía formulado por LM INGENIEROS CONSTRUCTORES: ........................................................................................................................ 9 4.13. Traslado de las contestaciones a la demanda inicial y

demanda de reconvención: .... 9 4.14. Reforma de la demanda de reconvención y al llamamiento en garantía: .................. 10 4.15. Admisión de la reforma de la demanda de reconvención y de la reforma del llamamiento en garantía: ........................................................................................................... 10 4.16. Contestación de la reforma de la demanda de reconvención y de la reforma del llamamiento en garantía: ........................................................................................................... 10 4.17. Traslado de las contestaciones a la reforma de la demanda de reconvención: ......... 10 4.18. Audiencia de conciliación y fijación de honorarios: .................................................... 11 4.19. Pago de los gastos del proceso: ................................................................................... 11 4.20. Etapa Probatoria: ......................................................................................................... 11 4.21. Alegatos De Conclusión: .............................................................................................. 12 5. SINTESIS DE LA CONTROVERSIA ............................................................................................ 12 5.1. Las Pretensiones Relacionadas en la Demanda Inicial: ............................................... 12TRIBUNAL ARBITRAL DE LM INGENIEROS CONSTRUCTORES S.A.S. VS Á LVARO RINCÓN TRUJILLO

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5.2. Las Pretensiones Relacionadas en la Demanda de Reconvención Reformada y Subsanada: ................................................................................................................................. 15 5.3. De las excepciones propuestas: ................................................................................... 20 6. TÉRMINO DE DURACIÓN DEL PROCESO ............................................................................... 21 II. CAPITULO SEGUNDO: CONSIDERACIONES DEL TRIBUNAL ....................................................... 22 1. Competencia del Tribunal ..................................................................................................... 22 2. Presupuestos Procesales ...................................................................................................... 23 3. Tachas de sospecha de los testigos Carlos Augusto Zuluaga Herrera, Lady Lorena Roncancio Reyes, Andrés Felipe Lucena Lozada y Jessica Rincón Hernández. ............................ 23 4. Celebración, naturaleza y régimen jurídico del Contrato sobre el que versa la controversia ................................................................................................................................... 26 5. Los incumplimientos alegados por las partes como causal de terminación del Contrato .. 29 5.1. Incumplimiento alegado por LM INGENIEROS CONSTRUCTORES ................................... 30 5.1.1. Postura de la Parte Convocante .............................................................................. 30 5.1.2. Postura de la Parte Convocada ............................................................................... 31 5.1.3. Consideraciones del Tribunal .................................................................................. 31 5.1.4. Conclusión ................................................................................................................ 37 5.2. Incumplimientos alegados por ÁLVARO RINCÓN TRUJILLO ............................................ 38 5.2.1. Deficiencias constructivas y malas praxis ............................................................... 39 5.2.1.1. Postura del demandante en reconvención ............................................................. 39 5.2.1.2. Postura de la demandada en reconvención ...........................................................

39 5.2.1.3. Consideraciones del Tribunal .................................................................................. 40 5.2.1.4. Conclusión ................................................................................................................ 64 5.2.2. Inobservancia de la Ley 400 de 1997 ...................................................................... 64 5.2.2.1. Postura del demandante en reconvención ............................................................. 64 5.2.2.2. Postura de la demandada en reconvención ........................................................... 65 5.2.2.3. Consideraciones del Tribunal .................................................................................. 65 5.2.2.4. Conclusiones ............................................................................................................ 72 5.2.3. Incumplimiento del cronograma de trabajo ........................................................... 73 5.2.3.1. Postura del demandante en reconvención ............................................................. 73 5.2.3.2. Postura de la demandada en reconvención ........................................................... 73 5.2.3.3. Consideraciones del Tribunal .................................................................................. 73 5.2.3.4. Conclusión ................................................................................................................ 82 5.2.4. No ejecución de la sala de ventas ........................................................................... 82 5.2.4.1. Postura de la demandante en reconvención .......................................................... 82 5.2.4.2. Postura de la demandada en reconvención ........................................................... 82 5.2.4.3. Consideraciones del Tribunal .................................................................................. 82 5.2.4.4. Conclusión ................................................................................................................ 86TRIBUNAL ARBITRAL DE LM INGENIEROS CONSTRUCTORES S.A.S. VS Á LVARO RINCÓN TRUJILLO

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5.3. Análisis y conclusiones del Tribunal sobre la terminación del Contrato y la legitimación para pedir indemnización de perjuicios ante los incumplimientos probados. ............................ 86 6. La indemnización de perjuicios pretendida por ALVARO RINCÓN TRUJILLO en contra de LM INGENIEROS CONSTRUCTORES ............................................................................................... 94 6.1. Postura del demandante en reconvención ................................................................. 94 6.2. Postura del demandado en reconvención .................................................................. 96 6.3. Consideraciones del Tribunal ....................................................................................... 97 6.3.1. Análisis de los requisitos de la responsabilidad civil contractual en el caso concreto. ................................................................................................................................. 97 6.3.1.1. La existencia de un contrato válido ......................................................................... 97 6.3.1.2. Incumplimiento contractual de LM INGENIEROS CONSTRUCTORES ...................... 98 6.3.1.3. El daño o perjuicio ................................................................................................... 98 6.3.1.3.1. Perjuicio reclamado en cuanto a la “reparación de obras de cimentación de estructura” y “obras para reparar las deficiencias constructivas” ......................................... 100 6.3.1.3.1.1. Reparación deficiencias constructivas y de calidad relacionadas con la patología ....................................................................................................................... 101 6.3.1.3.1.2. Perjuicio reclamado en cuanto a la terminación de la cimentación y estructura ....................................................................................................................... 106 6.3.1.3.2. La cláusula penal y las pretensiones subsidiarias ............................................. 123 6.3.1.3.3. Sumas de dinero debidas por LM INGENIEROS CONSTRUCTORES

derivadas de la contratación de la ventanería. ............................................................................................. 129 6.3.1.4. La relación de causalidad ....................................................................................... 131 6.3.2. Intereses de mora – corrección monetaria ........................................................... 147 6.4. Conclusión .................................................................................................................. 151 7. Otras pretensiones de la demanda principal y de reconvención ...................................... 151 7.1. Pretensión sobre la retención en garantía ..................................................................... 151 7.1.1. Postura del demandante en reconvención ........................................................... 152 7.1.2. Postura de la demandada en reconvención ......................................................... 152 7.1.3. Consideraciones del Tribunal ................................................................................ 152 7.1.4. Conclusión .............................................................................................................. 153 7.2. Pretensiones sobre la aplicación del deber de mitigar los daños propios .................... 153 7.2.1. Postura del demandante en reconvención sobre la aplicación del deber de mitigar los daños propios ..................................................................................................................... 153 7.2.2. Postura de la demandada en reconvención ......................................................... 154 7.2.3. Consideraciones del Tribunal ................................................................................ 154 7.2.4. Conclusión .............................................................................................................. 155 7.3. Pretensiones sobre el “avance de la obra” .................................................................... 155 7.3.1. Postura de la Parte Convocante y demandada en reconvención ......................... 155 7.3.2. Postura de la Parte Convocada y demandante en reconvención ......................... 156TRIBUNAL ARBITRAL DE LM INGENIEROS CONSTRUCTORES S.A.S. VS Á LVARO RINCÓN TRUJILLO

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7.3.3. Consideraciones del Tribunal ................................................................................ 156 7.3.4. Conclusión .............................................................................................................. 166 7.4. Pretensiones sobre la cesión de los contratos celebrados por LM INGENIEROS CONSTRUCTORES con EMPRESAS A.M.P. S.A.S. y SCHLINDER DE COLOMBIA S.A.S. ................. 166 7.4.1. Postura de la Parte Convocante y demandada en reconvención ......................... 166 7.4.2. Postura de la Parte Convocada y demandante en reconvención ......................... 167 7.4.3. Consideraciones del Tribunal ................................................................................ 168 7.4.4. Conclusión .............................................................................................................. 170 7.5. Pretensión sobre la obligación de paz y salvo a vecinos ............................................... 170 7.5.1. Postura del demandante en reconvención ........................................................... 170 7.5.2. Postura de la demandada en reconvención ......................................................... 170 7.5.3. Consideraciones del Tribunal ................................................................................ 171 7.5.4. Conclusión .............................................................................................................. 172 8. Pronunciamiento sobre las excepciones de fondo de la demanda principal .................... 172 9. Pronunciamiento sobre las excepciones de fondo a la demanda de reconvención ......... 174 9.1.1. LM INGENIEROS CONSTRUCTORES S.A.S. cumplió las obligaciones derivadas del contrato ............................................................................................................................... 175 9.1.2. ÁLVARO RINCÓN TRUJULLO es el contratante incumplido .................................. 176 9.1.3. La que deriva del cobro de lo no debido ............................................................... 176 9.1.4. La que se deriva del deber de LM INGENIEROS CONSTRUCTORES S.A.S. de mitigar el daño ............................................................................................................................... 177 9.1.5. La que se deriva de la ausencia de daño ............................................................... 177 9.1.6. La que se deriva de la inexistencia de perjuicios .................................................. 178

INGENIEROS CONSTRUCTORES S.A.S. de mitigar el daño ............................................................................................................................... 177 9.1.5. La que se deriva de la ausencia de daño ............................................................... 177 9.1.6. La que se deriva de la inexistencia de perjuicios .................................................. 178 9.1.7. Mala fe del demandante ....................................................................................... 178 10. La liquidación judicial del Contrato ................................................................................ 180 10.1. Postura del demandante en reconvención ............................................................... 180 10.2. Postura del demandado en reconvención ................................................................ 181 10.3. Consideraciones del Tribunal ..................................................................................... 181 10.4. Conclusión .................................................................................................................. 182 CAPITULO TERCERO: OTROS PRONUNCIAMIENTOS DEL TRIBUNAL ............................................... 182 1. El Juramento estimatorio .................................................................................................... 182 2. La conducta procesal de las partes ..................................................................................... 184 3. Oficio del Tribunal a la Alcaldía Local de Suba ................................................................... 184 CAPITULO CUARTO: COSTAS ............................................................................................................ 185 CAPÍTULO QUINTO: PARTE RESOLUTIVA ......................................................................................... 185TRIBUNAL ARBITRAL DE LM INGENIEROS CONSTRUCTORES S.A.S. VS Á LVARO RINCÓN TRUJILLO

Centro de Arbitraje y Conciliación – Cámara de Comercio de Bogotá 5TRIBUNAL ARBITRAL DE LM INGENIEROS CONSTRUCTORES S.A.S. VS Á LVARO RINCÓN TRUJILLO Centro de Arbitraje y Conciliación – Cámara de Comercio de Bogotá 6

LAUDO ARBITRAL Bogotá D.C., veintiséis (26) de julio de dos mil veinticuatro (2024) Surtidas la totalidad de las actuaciones procesales previstas en la ley 1563 de 2012 para la debida instrucción del trámite arbitral y siendo la fecha y hora señaladas para llevar a cabo la audiencia de fallo, el Tribunal profiere en derecho el Laudo que pone fin al proceso arbitral convocado para dirimir las diferencias surgidas entre LM INGENIEROS CONSTRUCTORES S.A.S. por una parte (la “Convocante”) y ÁLVARO RINCÓN TRUJILLO por la otra (la “Convocada”), previos los siguientes: I. CAPITULO PRIMERO: ANTECEDENTES 1. PARTES PROCESALES 1.1. Parte convocante. Es la sociedad LM INGENIEROS CONSTRUCTORES S.A.S., (en adelante “LM INGENIEROS CONSTRUCTORES”, la “Convocante”, la “sociedad Convocante”, la “Parte Convocante” o la “demandada en reconvención”), sociedad colombiana, con domicilio en la ciudad de Bogotá D.C., de naturaleza legal, inscrita en el registro mercantil con matrícula número 02552710, con el Número de Identificación Tributaria NIT 900.829.234-0, representada legalmente por su gerente, que para la fecha de expedición del certificado de existencia y representación legal que obra en el expediente y que fue allegado con la demanda arbitral inicial es Héctor Alejandro Medrano Romero. 1.2. Parte convocada Es el señor ÁLVARO RINCÓN TRUJILLO, (en adelante “Álvaro Rincón”, el “Convocado” o el “demandante en reconvención”), persona natural, mayor de edad, domiciliado en la ciudad de Bogotá e identificado con cédula de ciudadanía No. 19.274.188. 2. EL CONTRATO Obra en el expediente copia del

Rincón”, el “Convocado” o el “demandante en reconvención”), persona natural, mayor de edad, domiciliado en la ciudad de Bogotá e identificado con cédula de ciudadanía No. 19.274.188. 2. EL CONTRATO Obra en el expediente copia del “Contrato de Prestación de Servicios de Construcción y Obra Civil para la Construcción del Edificio Mirador de Montepinar” suscrito el 10 de enero de 2020 por Héctor Alejandro Medrano Romero como representante legal del LM INGENIEROS y ÁLVARO RINCÓN (El “Contrato”). 3. EL PACTO ARBITRAL En la Cláusula Décima Octava del Contrato las Partes estipularon la Cláusula Compromisoria así:TRIBUNAL ARBITRAL DE LM INGENIEROS CONSTRUCTORES S.A.S. VS Á LVARO RINCÓN TRUJILLO

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“Todas las diferencias que se presenten entre las partes con ocasión de este contrato, durante su ejecución, terminación o liquidación y que no puedan ser resueltas por las partes de común acuerdo, serán sometidas a un tribunal arbitral que se sujetará a lo dispuesto en la ley 1563 de 2012 o por las leyes que lo deroguen o modifiquen, de acuerdo con las siguientes reglas: 1. El tribunal estará integrado por tres (3) árbitros, designado por las partes de común acuerdo. En caso de que las partes no designen total o parcialmente a los árbitros en un término máximo de diez (10) días hábiles a partir de la presentación de la convocatoria arbitral, la Cámara de Comercio de Bogotá designará a dichos árbitros conforme a sus reglamentos. 2. El tribunal funcionará en Bogotá D.C. en el Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Bogotá. 3. El Tribunal decidirá́ en derecho. 4. Las Costas de dicho trámite será́ asumidas por la parte vencida.” 4. EL TRÁMITE DEL PROCESO 4.1. Presentación de la demanda: El 17 de agosto de 2022, la Convocante, por intermedio de apoderado judicial especial, solicitó al Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá la integración de un Tribunal Arbitral para dirimir sus controversias con el Convocado. 4.2. Designación de los árbitros: En aplicación de lo dispuesto en la cláusula arbitral, y ante la imposibilidad de las partes para designar de común acuerdo los árbitros que integrarían el presente Tribunal Arbitral, mediante sorteo público realizado por el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá fueron designados como árbitros los doctores JORGE SANMARTÍN JIMÉNEZ, JAVIER JOSÉ

árbitros que integrarían el presente Tribunal Arbitral, mediante sorteo público realizado por el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá fueron designados como árbitros los doctores JORGE SANMARTÍN JIMÉNEZ, JAVIER JOSÉ BONIVENTO JIMÉNEZ Y FRANCISCO CARLOS JOSÉ ESCOBAR HENRÍQUEZ quienes, encontrándose dentro del término previsto en la ley, aceptaron la designación efectuada. 4.3. Instalación: El Tribunal Arbitral se instaló el 14 de octubre de 2022, en sesión realizada a través de los medios electrónicos dispuestos por el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio deTRIBUNAL ARBITRAL DE LM INGENIEROS CONSTRUCTORES S.A.S. VS Á LVARO RINCÓN TRUJILLO

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Bogotá; en la audiencia fue designada como secretaria a la abogada María Isabel Paz Nates, quien posteriormente aceptó el cargo y tomó posesión del mismo. 4.4. Admisión de la demanda: En la audiencia de instalación, el Tribunal además de haber fijado su sede y reconocido personería a los apoderados de ambas partes, inadmitió la demanda por no reunir los requisitos formales previstos en el estatuto procesal. Mediante escrito presentado el 24 de octubre de 2022, el apoderado de la Parte Convocante subsanó debidamente la demanda, lo que dio lugar a que, mediante Auto No 3 de 4 de noviembre de 2022, se admitiera la misma. 4.5. Notificación Auto Admisorio de la Demanda: El 8 de noviembre de 2022, fue notificado personalmente el Convocado, quien, encontrándose dentro del término de ejecutoria recurrió el auto admisorio de la demanda que más adelante, mediante Auto No. 7 de 29 de noviembre de 2023 fue confirmado. 4.6. Contestación de la demanda: El 29 de diciembre de 2022, encontrándose dentro del término concedido por el Tribunal, la Convocada por conducto de su apoderado judicial presentó (i) demanda de reconvención; (ii) escrito de contestación a la demanda; y (iii) llamamiento en garantía a la compañía Seguros del Estado S.A. 4.7. Admisión de la demanda de reconvención: Mediante Auto No. 13 de 13 de enero de 2023, el Tribunal inadmitió la demanda de reconvención presentada. Mediante escrito presentado el 23 de enero de 2023, el apoderado de la Parte Convocada subsanó debidamente la demanda de reconvención, lo que dio lugar a que, mediante Auto No 14 de 1 de febrero de 2023, se admitiera la misma. 4.8.

escrito presentado el 23 de enero de 2023, el apoderado de la Parte Convocada subsanó debidamente la demanda de reconvención, lo que dio lugar a que, mediante Auto No 14 de 1 de febrero de 2023, se admitiera la misma. 4.8. Admisión de la demanda de llamamiento en garantía formulada por Álvaro Rincón: Mediante Auto No. 16 de 1 de febrero de 2023, el Tribunal inadmitió la demanda de llamamiento en garantía.TRIBUNAL ARBITRAL DE LM INGENIEROS CONSTRUCTORES S.A.S. VS Á LVARO RINCÓN TRUJILLO

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Mediante escrito presentado el 9 de febrero de 2023, el apoderado de la Parte Convocada subsanó debidamente la demanda de llamamiento en garantía, lo que dio lugar a que, mediante Auto No 19 de 17 de febrero de 2023, se admitiera la misma. 4.9. Contestación de la demanda de reconvención y del llamamiento en garantía formulado por Álvaro Rincón: El 21 de marzo de 2023, encontrándose dentro del término concedido por el Tribunal, la Convocante, por conducto de su apoderado judicial, presentó escrito de contestación a la demanda de reconvención. El 31 de marzo de 2023, encontrándose dentro del término concedido por el Tribunal, el llamado en garantía Seguros del Estado S.A., por conducto de su apoderado judicial, presentó escrito de contestación a la demanda principal, a la demanda de reconvención y al llamamiento en garantía. 4.10. Llamamiento en garantía formulado por LM INGENIEROS CONSTRUCTORES: El 21 de marzo de 2023, LM INGENIEROS CONSTRUCTORES, por intermedio de su apoderado judicial formuló llamamiento en garantía de la compañía Seguros del Estado S.A. 4.11. Admisión de la demanda de llamamiento en garantía formulada por LM INGENIEROS CONSTRUCTORES: Mediante Auto No. 24 de 10 de abril de 2023, el Tribunal inadmitió la demanda de llamamiento en garantía. Mediante escrito presentado el 17 de abril de 2023, el apoderado de la Parte Convocante subsanó debidamente la demanda de llamamiento en garantía, lo que dio lugar a que, mediante Auto No 29 de 2 de mayo de 2023, se admitiera la misma. 4.12. Contestación del llamamiento en garantía formulado por LM INGENIEROS CONSTRUCTORES: El 26 de junio de 2023, encontrándose dentro del término concedido por el Tribunal,

a que, mediante Auto No 29 de 2 de mayo de 2023, se admitiera la misma. 4.12. Contestación del llamamiento en garantía formulado por LM INGENIEROS CONSTRUCTORES: El 26 de junio de 2023, encontrándose dentro del término concedido por el Tribunal, el llamado en garantía Seguros del Estado S.A., por conducto de su apoderado judicial, presentó escrito de contestación al llamamiento en garantía formulado por LM INGENIEROS CONSTRUCTORES. 4.13. Traslado de las contestaciones a la demanda inicial y demanda de reconvención:TRIBUNAL ARBITRAL DE LM INGENIEROS CONSTRUCTORES S.A.S. VS Á LVARO RINCÓN TRUJILLO

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En los términos correspondientes, la parte Convocante y Convocada respectivamente descorrieron traslado de las contestaciones a la demanda arbitral inicial y la demanda de reconvención y a la objeción a los juramentos estimatorios. 4.14. Reforma de la demanda de reconvención y al llamamiento en garantía: El 25 de julio de 2023, el Convocado, por intermedio de su apoderado judicial, presentó escrito de reforma a la demanda de reconvención y del llamamiento en garantía. 4.15. Admisión de la reforma de la demanda de reconvención y de la reforma del llamamiento en garantía: Mediante Autos No. 36 y 37 de 1 de agosto de 2023, el Tribunal inadmitió la reforma de la demanda de reconvención presentada y la reforma del llamamiento en garantía, respectivamente. Mediante escritos presentados el 10 de agosto de 2023, el apoderado de la Parte Convocada subsanó debidamente la reforma de la demanda de reconvención y la reforma del llamamiento en garantía, lo que dio lugar a que, mediante Autos No 38 y 39 de 16 de agosto de 2023, el Tribunal admitiera la reforma de la demanda y la reforma del llamamiento en garantía. 4.16. Contestación de la reforma de la demanda de reconvención y de la reforma del llamamiento en garantía: El 22 de agosto de 2023, Seguros del Estado S.A., por intermedio de su apoderado judicial, presentó escrito de contestación a la reforma de la demanda de reconvención; escrito de contestación a la reforma del llamamiento en garantía; y objeción al juramento estimatorio. El 29 de agosto de 2023, LM INGENIEROS CONSTRUCTORES, por intermedio de su apoderado judicial, presentó escrito de contestación a la reforma de la demanda de reconvención y objeción al juramento estimatorio. 4.17. Traslado de las

El 29 de agosto de 2023, LM INGENIEROS CONSTRUCTORES, por intermedio de su apoderado judicial, presentó escrito de contestación a la reforma de la demanda de reconvención y objeción al juramento estimatorio. 4.17. Traslado de las contestaciones a la reforma de la demanda de reconvención: En el término correspondiente, la Parte Convocada descorrió traslado de las contestaciones a la reforma de la demanda de reconvención y a la objeción a l

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