Laudo 2227 COMISION NACIONAL DE TELEVISION VS. CARACOL TELEVISION S.A.
Cámara de Comercio de Bogotá
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- Título
- Laudo 2227 COMISION NACIONAL DE TELEVISION VS. CARACOL TELEVISION S.A.
- Autor
- Cámara de Comercio de Bogotá
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- MASC
- Año
- —
0000000000 000000000000 Edith €. Cediel Charris Abogada ecediel2penacedielabogados. corn Señores
CENTRO DE ARBITRAJE Y CONCILIACIÓN
DE LA CAMARA DE COMERCIO DE BOGOTA
Ciudad.
Referencia: Tribunal de Arbitraje entre Comisión Nacional de Televisión CNTVEn Liquidación, vs Caracol Televisión S.A.
Asunto. Laudo Arbitral proferido el 7 de noviembre de 2012 Señores Centro de Arbitraje Por medio de la presente y en cumplimiento de lo previsto en el Laudo Arbitral proferido el 7 de noviembre de 2012 por el Tribunal de Arbitraje que puso fin a las diferencias contractuales surgidas entre LA COMISIÓN NACIONAL DE TELEVISIÓN, CNTV, -En Liquidación, parte Convocante, y CARACOL TELEVISIÓN $. A., parte Convocada, hago entrega de copia simple del citado Laudo, Asimismo les informo que contra el citado laudo fue interpuesto recurso de Anulación por CARACOL TELEVISIÓN S.A., el que fue remitido para su trámite ante el Consejo de Estado el pasado 26 de noviembre de 2012. Respetuosamente,
EDITH C.CEDIEL CHARRIS
Secretaria Calle 113 No. 745, Torre B. Of. 504, Ed. Teleport Business Park.
Tels: 6292704 — 6291918. Fax: 6292610
Bogotá: ColombiaTribunal de Arbitraje
COYNISIÓN NACIONAL DE TELEVISIÓN -CNTV: vs CARACOL TELEVISIÓN S.A.
CONTENIDO PRIMERA PARTE.- ANTECEDENTES ooccoccnononoccononncnonananonrnnoonnonon canon rannctanocranacnn narcos 1
COYNISIÓN NACIONAL DE TELEVISIÓN -CNTV: vs CARACOL TELEVISIÓN S.A.
CONTENIDO PRIMERA PARTE.- ANTECEDENTES ooccoccnononoccononncnonananonrnnoonnonon canon rannctanocranacnn narcos 1
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO Y DESARROLLO DEL TRÁMITE. ................ 1
1. Las partes y sus Apoderados. ...cooooccnnnnccccnooncnnonennnnoncononoonannoncanronnnn ramon ne nanrccnarennerananros 1
2. El pacto arbitral. .....oo.oocnnnnononccinncccnoonnconnnaornnanononaronnen orinar oran conan r rn nornnrrnnnn nro r nono nrrnnaros 2
3. El Tribunal Arbitral. -Conformación y trámite preliminar. ...oooooonccconicicinnccinncccirnccros 3
4. El proceso arbitral. ....o.ooooonnncccncoonccoonncnoncononnononononnonoononnnnoonnnncononann ne rann rear one re rna ca racia ro 4
A. La competencia del Tribunal... mnooonnoccinnoccccononorannnononconnonononenanon corona ronca nnnnnccranacnnnns 4
B. Las Pruebas decretadas y practicadas. ...oooonoocccnncnonicnonnennerenconacnonaonnnencoranorarancncaccnnano 5 a) Prueba documental. ..o.oooconconicnnncnonanncan cn nanonan ano n ro corra rn scan n arrancar rara rcarrncarraerncs 5
D) OFICIOS. coooococconcccocacanonocnnonnn cnn no crnnoc crono care cno nn aon anar noni rro nano rre nora ren aro rancia rern canes 6 c) Declaraciones de Terceros, ...cococonnenncnnncanncncrnncanecronnrrrrnnrennerneri ran cra rnen narran 8 d) Interrogatorio de parte. ..ocoonncicnnncnonconnccononaconennnnninonancno non nono nenonr cnn cnn nanan arm rnnrinnrannnss 8 e) Dictamen pericial. ....ooocncnninnnonserensrcararnacarorernnran raro nr neon re rana rernnan anios 8 £) Inspección Judicial.....ooononnninnncinncnrnncnnnccncanan con rn cnn cnn rr cnarn carnicero encarna 9
C. Los Alegatos de Conclusión. ....oooonccnnocononnnonanccnnnnonncnanonnn once na ron nncnnaro nero nnanoncc nar ccnannnonos 9
D. El Concepto del Ministerio Público.......oooooncconononononooonnnoonccononaoronanrranacnornonarnonanarnass 10
E. Audiencias del Tribunal. .....oononoonoconoccccnnonononnnncnononanonocanonnoreaconerononnonnrocn crono canonanao no 13
F. Término de duración de la proceso. ...ooocoononnonoccnnananoncconnanonnonnrocanronannaanoranrarenanenanarosa 13
11. CUESTIONES OBJETO DE CONTROVERSIA. .ooococcncncconononononennnnnnncnnnnenencnnrnnnnns 15
1. Pretensiones de la demanda. .....oooocncccccnonooonccconccnoccnannnnnnanenornnnccnarnnn conoce nenanernnnanrane yo 15
2. Las Excepciones dde MéTILO. ...oooooconoconnccnonanoneconionannonann ra rara orando noraca none conca noncanor anar necasa 21
3. Los Hechos. ......cccccccccccoreniononacncacononorenocorannrnnn noe rre nen rre rOnnaNnnna sona neneanacna nana nraranennannanare 21
SEGUNDA PARTE.- CONSIDERACIONES DEL TRIBUNAL. .occcocociccnconncinennicnnnino 35 Il. EL ENTENDIMIENTO DE LOS HECHOS RELEVANTES. ..0ocooocccnccnonnonincninccanos 35
1. La conformación del precio de la Prórroga de la Concesión. ..ocooocconcccoccconncnnonneno nos 35
2. La entrada en operación de un tercer canal y el precio. ...coooconionanionncnonaninnnonarannanas 35
3. La contratación del Auditor. ...ooononconocccnccononnconnnoconanononcnnnnnonnn ronca nro no roncanroanennaninnannas 36
4. La suscripción de la prórroga del Contrato de Concesión. ..ocoononccnoninnnnnnonncnnanoranonos 36
Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogota000000000000 00000000000000 Tribunal de Arbitraje
COMISIÓN NACIONAL DE TELEVISIÓN -CNTVvs CARACOL TELEVISIÓN S.A.
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5. Cuestionamientos al trabajo del Auditor. ....o.oocioninncccnnninoscccnonananancnonnaroracaraaocanass 36
6. Revisiones y recálculos que plantea la Convocante. ...ooooncocconoonccoooocananncncnnonnenornnnnos 36
7. Efectos concurrentes o acumulados. ....oooocccncnonconcnnoncnrodoconenoconanonnrrannannrnanneranronanonons 37
II. EL ENTENDIMIENTO DE LAS PRETENSIONES Y SU ARTICULACIÓN CON LAS EXCEPCIONES DE LA CONVOCADA. .ooocccocccciornonesnnnnoninncccononanansnanonancanoracinnnos 37
1. Pretensiones Principales Generales. ....ooonocococnnnncnoonoocncnocononnrnannonocnonoracarrnonnnnrnanannanr 37
2. Pretensiones Subsidiarias de las Pretensiones Segunda, Tercera y Cuarta Principales Generales. ...ooooccccononnncaronnccoraoncrnrnnonr cono nonnnc rca ransn cnn nn n an nnn ne nano ere ronncnn naaa rn 38
3. Pretensiones Principales Específicas (Primer GrUPO). .oooconconoorcnccncoronnoonanacanarnnonns 39
4. Pretensiones Subsidiarias de las Pretensiones Principales Específicas Quinta, Sexta y Séptima (Primer (TUpo). .ecoconorcccincoronannnonasnorencannanconororennn corr rnennnn cocer ro remar 40
4. Pretensiones Subsidiarias de las Pretensiones Principales Específicas Quinta, Sexta y Séptima (Primer (TUpo). .ecoconorcccincoronannnonasnorencannanconororennn corr rnennnn cocer ro remar 40
5. Pretensiones Principales Específicas (Segundo GrUPO)...coonocccccnconoroonnancnncanononnnnos 41
6. Pretensiones Subsidiarias del Segundo Grupo de Pretensiones Principales EspeciÍicas. .......ococooocconcnccnnonnnorccncononananenonoconcoren ra nonnnnnnanroan nr nn rra conan rnnane anar ansanere nante na rnnanns 42 7. “Pretensiones Subsidiarias correspondientes a las Pretensiones Subsidiarias (a),
COMO RACE TIO 42
TIT. CUESTIONES PREVIAS. .ccooocconococonoconcnonacocnonononananonsnannnnanonrnnrnnonanarnnrnrcranenornennnos 43
1. Tacha de Un testigo. c.ooonoonccccconanocnnaccaranoncanaranrononnanacaninannnnnananronccanoncnnancanenannnaranccnnas 43
2. La conformación de un litisconsorcio necesario por pasiva. ...onconnononacuconononsrnacacanons 44
A. La posición de la Convocada.......ooocccocoonsonccncnonoroncancanonannnnacaronansanancnrnninnananca na rnnnenonas 44
B. La posición de la Convocante. ...oooocconconoonnoncnoccnonennccnonononononnonconeronennonananconararonnraaaanas 45
C. Consideraciones y decisión del Tribunal. ..............ooononoccnncononccnnnnnnanononcncnaninoono rones 46 a) Estipulaciones del Contrato relativas al Auditor. ..oo.ooniciononinaoncnnonennoroconcnrnincarononos 46 b) Las pretensiones de la demanda que se refieren al Auditor. ....ooncnnonccnnnnnaninnonnonoso 50 c) Estudio particular de la Excepción. ..onocoonncicnnonarnonnnnconanonononarnnnnarncnananennorno rra rarncnens 51 d) Decisión del Tribunal. ....ooninnnionnnnionncinnrnsncncrnocornon corr onanconna rr rroranrnr on osnranr rre ronsenss 53
3. La competencia del Tribunal y el enriquecimiento Sin Causa. ...ooooicnnnnccnnnonncnananos 57
A. La posición de la Convocada.....ooococcocnnococoraoonanoncnoconorannononanonrnnnn non condor onnnnnconannen canoas 58
B. La posición de la CONVOCANTE. ..oooccocococcnnonannancnonnn nano nonenanononcnnanaoro nan ncan anno ra rana nar acom 58
C. Consideraciones y decisión del Tribunal. .......ooononccinnnnicnnononocincanaconaonccninananovacannnnnns 59 a) Desde el derecho privado. ..cocococicncninocnacconcnonar cnn naroncon rar nacarrnnnn rara non naar rr nro 60 b) Desde el derecho de la contratación estatal. ....oooncinnicnnconnnnncncornnanonccnnncrannonororono 61
IV. EL PRECIO EN ESTA CONTROVERSÍA. ..ooocccconccccononononoconecnnnononannnorancnnónnncnaneos 63
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COMISIÓN NACIONAL DE TELEVISIÓN -CNTVvs CARACOL TELEVISIÓN 5.A,
1. La determinación del precio......ooncconnonccinnnnnncconcnnnnnnnacanonncnnnrnc nono nena nono ne nnn aran n rana ninas 64
2. Los elementos de la estructuración del precio en este caso: “un modelo de valoración” y “unos supuestos de mercado” ...ocoonccconocacoconacanoncanononennnnrenanonanoocnon cana ccnres 66
3. La conformación del precio. .....ooonnncccnnnncoccnononccccnonanoncncccnnanananonano ro rnnna roca rara narnanic ranas 68
4. Conclusión del Tribunal. .........ooooononnnincocooononcnonanonanonononanonononnnnnrnanorrononannonan cnn anznnnaness 70
V. EL PRETENDIDO ROMPIMIENTO DE LA ECUACIÓN ECONOMICO FINANCIERA DEL CONTRATO. cccconiocononncnoncnccnnonorranncrnononccnannonnannaccnnnarnnn nene o rorenena 70
1. Posición de la CoNVOCAante. coooooocccccconconenncaconcnorononnnncnconnonnnanancononnnnnnanrnnrnnnnacancnnonnninoss 71
2. Posición de la Convocada. ..oooooococnncononcccnnoroncntoncannaronncanrn rro trace reno rnonncn canon or cnnnarenrannono 74
3. Consideraciones del Tribunal. ...oooonninnioncccnccnnonconnnacccnnncononenanancononncnaanororonnnnnannnoronanos 75
A. La decisión qUe Se PIOferiTÁ. ...oocooccconioccccncccnnoncorannncnnanonccnnon cr ronnccnnanonrannc name nn none nnnnns 75
B. La ecuación contractual. ......connonocncnnonnnonnccnncanonononcnnnacnroonennrnniorooronnnn near o rra nn ran rr rones 77
C. Rompimiento de la ecuación contractual. ..........conconccucnnnonanncncninanonnoconanocncarancnnonaonos 79
D. “Manifestaciones” relevantes de las partes. ...oooonoonoononcoonccionocnnonaccanoonoranccnonc cor oncooo 80
E. El caso sometido al Tribunal. -...ooooonconcnnnononaccnnoonnnononananonnononronnnncnronannnrno nro rorrnnnarnaross 83 a) El Contrato Celebrado y su PrórTOBA. cocooccccccnnnnnrncremarnacinranararrarnerennanrenannos 88 b) Durante la ejecución del Contrato se produjeron “fenómenos” que alteraron en contra de la entidad estatal - CNTV -— el equilibrio económico o financiero del
Comtratdo. coonoconcccconononnnnncononananonncnconnnnnonnno cnn rra ronca nnnnnn na nn aerea rnnnnna naa rernn rra nasa raonarnonan ra cinanos 89 c) Los fenómenos o eventos que originaron el desequilibrio ocurrieron durante la vigencia y ejecución del contrato. .....oooononccnnconicnnncancncccnnvononnnncnnononccrnannaor rra oran aca naanca css 97 d) Los fenómenos ocurridos fueron “exógenos a las partes del negocio” y sus causas no son imputables a la Comisión Nacional de Televisión, CNTV. ..oonnoninninnninininncnnns 98
F. Monto del desequilibrio y su restablecimiento. ...omcoconccnoonornnccnoonacóorconcncnonaónoninnoos 101
G. Concepto del Ministerio PÚblico. .....ooocconnccnononcnnnocnccinncancnocaronannarnncnncnann nana ranonasa 105
H. Conclusión. ...ooooocnnoncccoonnnononcaraccnacarononananonronoronenanonrnrnna ron en ona no naar n rca no raua naar cono rannacinss 105
VI. PRETENSIONES VINCULADAS CON LA INPTV, doccococoncccnonnccnononcanianacananoas 105
1. La Convocada faltó a la buena fe al incurrir en actos “que afectaron o distorsionaron el cálculo de la INPTV”. ooccooncacccconcnoronccnonaornrronnnnnnnoncnranancnonnncacnanss 106
A. Posición de la Convocante. ..oococccoconcooonncoonnnocnnnannnnnccanonnnanornnnnacnnnnnnaronannnane rra ncnnonanon 107
B. Posición de la Convocada en la Contestación de la Demanda. ....ooooonoonocioooneccnnnos 107
C. El Alegato de Conclusión de la Convocada. ....moooocoonnnconrniccnnnonononananaonanoancanananonnas 108
D. Conclusiones del Tribunal......onocccninnnncnnncocnononiccrnconccncnaneraroocncnnononornonccaneninnoos 108
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COMISIÓN NACIONAL DE TELEVISIÓN -CNTVvs CARACOL TELEVISIÓN S.A.
2. En la ejecución del Contrato y su Prórroga “ocurrieron hechos que afectaron el cálculo de la INPTV real de 2009 y 2010”. ..ooonccccnoncccnonacanconccnnanonnonacnoncooccoorncnnzaronoos 111
A. Posición de la Convocante. ..oooocococcnnncoronnonnnnoconconnnnncnonnconnnnnnnnorononnanannrcronancnnnnrcozosos 111
B. Posición de la Convocada....cooooconnnnnonuccnnonroncnacanoronnrnnnononconnnnncoronnonrnnnna cnn nro ronnnncanaaos 112
C. Conclusiones del Tribunal. .......ooooocconnonncccononornencccncanerronnnneccnnrncnrerccnnao ro croraccnornnenos 113 3“... El Concesionario incumplió el Contrato al aplicar el “VDA', a partir de un
C. Conclusiones del Tribunal. .......ooooocconnonncccononornencccncanerronnnneccnnrncnrerccnnao ro croraccnornnenos 113 3“... El Concesionario incumplió el Contrato al aplicar el “VDA', a partir de un cálculo de la INPTV indebidamente realizado por el Auditor...” .ooooococononnciniconacro»» 115 4”...El cálculo de la INPTV se ha visto afectado por una circunstancia ajena a la CNTV” consistente en “La inadecuada aplicación por parte del Auditor de la metodología de cálculo de la INPTV”. .oooncococonnnonacanonoracononnncccnnocnornccn crono roo rarnerararass 118
A. Posición de la Convocante en la Demanda. .....ccocccnonononionnconrennnonconononenenaronsanconanens 119
B. Posición de la Convocante en el Alegato de Conclusión. ...ooooooococoncninioornnnccnonanonnas 121
C. Posición de la Convocada en la Contestación de la Demanda. ..oooonnonnccinnnconon.... 127
D. Posición de la Convocada en el Alegato de Conclusión. ......ocorccoroccononoononccccnonnnono 128
E. Conclusiones del Tribunal. ........ccncccccnccncnonnacicnoaosnenanconoonnenenarannanenncanrornncnnancananancoo 130 a) Consideración Preliminar: el Dictamen Pericial. ...oooooccnninnnnnnmnsrrmmr 130
b) “Impacto por Deflactación”. coooocoonciconnnonnsnnconcnonronnncinararonon nan canoroncnnnnn ciao narrar ninonos 131 c) “Impacto por Estacionalidad”....onocinnoonicncnioconcanonconio con norcnncenoco ron cnnar raros ro rnotorararos 134 d) “Impacto por distorsiones INPTV de 2009 y 2010 ....ocnunicinionnnioninsinccnriniaconarnan 136 e) Últimas Pretensiones Subsidiarias ...oooconconnciococonnenncnnnnoconnonononanco conan anna ranan anne 142 f). Concepto del Ministerio PÚDÍICO......ooononccnnnoocnccnnnocononncnnnnonancnnnnc cnn car cnnonanacina iran 143 VU. PRONUNCIAMIENTO EXPRESO SOBRE LAS EXCEPCIONES DE LA CONVOCADA. conococcnccnoncnccononcnnonanonacononrenoonnnna no rcnn mencionen canaria riera raso mcr nai n aran nara r enanas 143
1. Falta de jurisdicción y COMPetenciA.....ccoonoonoconncncnoneninononencnonnnnnonanonoracenncnna rca nanananns 145
2. El demandante no puede alegar su propia Culpa....ooooononniccnoneccnnnoccnonencninnncnaranenoos 145
3. Improcedencia del restablecimiento del equilibrio económico por causas imputables a la CNTV. ooooooocccciniccocacononoonnncnononononconannnnroranononan cor rnnna naar nara nenronar are ronanos 146
4. Indebida integración del contradictorio por pasiva. ...ccococccoonorannanncnnccoracnnnnazannannno 147
5. Inexistencia de los supuestos incumplimientos a la buena fe contractual. ......... 147
6. Violación del debido proceso e ineptitud de la demanda por violación de los requisitos formales. ....ooooncnconcccnonnencccnnnocncononcnonocorornonennreannnnr canon cren rennen rn encara ono niran renos 148
7. Inexistencia de los presupuestos para la imputación de responsabilidad por el hecho de UN tercero. ..ooocccnonooconnononnononennnananonoronnon one renonnonnnnnnnncnrnnrananan on nn nrnaan nano ronnnnnnnaso 148
8. La mitigación del daño. ....oononcoccnonicinoncnnnonaccnconooronancanonenanor rana ronnnnnnnanarnr narran rna ora nenas 149
IT TAS II 150
E Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de BogotáTribunal de Arbitraje
COMISIÓN NACIONAL DE TELEVISIÓN -CNTVvs CARACOL TELEVISIÓN S.A.
VII. SUCESIÓN PROCESAL .ccoococcnninnccinoniononacnoncaranmaninn corran cnrrrnrnencecarcnrrrnarniaros 150
IX. ESTIMACIÓN JURADA DE PERJUICIOS. .oocococcocinnoncnnnoninirnenncinmeiecs 151 ¿NA IA 152
TERCERA PARTE.- DECISIONES DEL TRIBUNAL ....ooonccicnnicnnnccinnonirenonconononass 153 A naa] Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá0000000000000 0000000000000
A naa] Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá0000000000000 0000000000000 Tribunal de Arbitraje
COMISIÓN NACIONAL DE TELEVISIÓN -CNTVys CARACOL TELEVISIÓN S.A.
LAUDO ARBITRAL
TRIBUNAL DE ARBITRAJE
COMISIÓN NACIONAL DE TELEVISIÓN, CNTV,-EN LIQUIDACIÓN contra
CARACOL TELEVISIÓNS. A.
Bogotá Distrito Capital, a los siete (7) días del mes de noviembre de dos mil doce (2012) Cumplido el trámite del proceso de la referencia dentro del término previsto por la ley, procede el Tribunal de Arbitraje integrado por Gilberto Peña Castrillón, Presidente, César Hoyos Salazar y Fernando Pabón Santander, con la Secretaría de Edith C. Cediel Charris, a dictar el laudo arbitral que pone fin a este trámite y que resuelve las diferencias contractuales surgidas entre LA COMISIÓN NACIONAL DE TELEVISIÓN, CNTV, -En Liquidación, parte Convocante, y CARACOL TELEVISIÓN $. A., parte Convocada. El presente laudo se profiere en derecho, dentro de la oportunidad conferida por la ley y con el voto unánime de los árbitros integrantes del Tribunal.
PRIMERA PARTE.- ANTECEDENTES
Il. ANTECEDENTES DEL PROCESO Y DESARROLLO DEL
TRÁMITE.
1. Las partes y sus Apoderados.
1. La Convocante es la COMISIÓN NACIONAL DE TELEVISIÓN, CNTV, persona jurídica de derecho público, creada por la ley 182 de 1995 con fundamento en lo previsto en los artículos 76'y 77 de la Constitución Política,
1. La Convocante es la COMISIÓN NACIONAL DE TELEVISIÓN, CNTV, persona jurídica de derecho público, creada por la ley 182 de 1995 con fundamento en lo previsto en los artículos 76'y 77 de la Constitución Política, quien estuvo representada en este proceso, hasta el mes de abril de 2012, por Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá P.1Tribunal de Arbitraje COMISIÓN NACIONAL DE TELEVISIÓN -CNTVva CARACOL TELEVISIÓN S.A. su Director, el señor comisionado, doctor Jaime Andrés Estrada Galindo (folio 309 del Cuaderno Principal).
Al momento de proferirse este Laudo arbitral la Convocante está sometida, por decisión legal, al trámite de liquidación administrativa como consecuencia de su supresión como ente estatal, y su sustitución por la Autoridad Nacional de Televisión, ANTV. (Ley 1507 de 2012. El Tribunal recibió oficio del Liquidador de esta entidad en el que informó esta circunstancia (folio 91 del Cuaderno Principal No.2). La Convocada es CARACOL TELEVISIÓN S. A,, sociedad anónima constituida a través de la Escritura Pública número 4656 otorgada el 28 de agosto de 1969 de la Notaría 4” del círculo de Bogotá, inscrita bajo el No. 41072 con la sigla “CARACOL T. V. S y A” (sic), posteriormente modificada mediante Escritura Pública No. 9410 del 27 de diciembre de 1973 de la Notaria 4 de Bogotá, e inscrita en el Registro Mercantil de la Cámara de Comercio de Bogotá, el 12 de junio de 1974, bajo el No. 18643 del libro IX, en
Notaria 4 de Bogotá, e inscrita en el Registro Mercantil de la Cámara de Comercio de Bogotá, el 12 de junio de 1974, bajo el No. 18643 del libro IX, en la que se suprimió de la Sigla CARACOL T.V “S. y A”, representada por el doctor Jorge Martínez León (folios 191 a 196 del Cuaderno Principal No.1).
2. El pacto arbitral.
El presente proceso se originó en la demanda presentada por la COMISIÓN NACIONAL DE TELEVISIÓN (en lo sucesivo CNTV o la Convocante) contra CARACOL TELEVISIÓN $. A. (en lo sucesivo CARACOL, o la Convocada, o el Concesionario). El trámite aplicado al proceso tuvo su origen en el pacto arbitral acordado entre las partes bajo la modalidad de cláusula compromisoria en la cláusula Cuadragésimo Tercera del Otrosí No. 4 mediante el cual se prorrogó, modificó e integró el Contrato de Concesión No. 136 de 1997, suscrito entre las partes y cuyo objeto es la operación y explotación del canal de televisión nacional de operación privada de cubrimiento nacional No. 2, cláusula que textualmente dispone (folio 65 del Cuaderno de pruebas No. 1): “CLÁUSULA CUADRAGÉSIMO TERCERA.- CLÁUSULA COMPROMISORIA. Toda controversia o diferencia relativa a Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá P.200000000000000000000000000 Tribunal de Arbitraje COMISIÓN NACIONAL DE TELEVISIÓN -CNTVvs CARACOL TELEVISIÓN S.A. este contrato y a su ejecución y liquidación, se resolverá por un
Tribunal de Arbitraje COMISIÓN NACIONAL DE TELEVISIÓN -CNTVvs CARACOL TELEVISIÓN S.A. este contrato y a su ejecución y liquidación, se resolverá por un Tribunal de Arbitramento, que se sujetará a lo dispuesto en las leyes vigentes sobre la materia y en el reglamento del centro de arbitraje y conciliación de la Cámara de comercio de Santa Fe de Bogotá D. C, lugar en el cual funcionara y tendrá su sede el tribunal de acuerdo con las siguientes reglas: a) El tribunal estará integrado por tres (3) árbitros designados de común acuerdo por las partes. En caso de no llegar a un acuerdo en tal sentido la designación de éstos se efectuará por el Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Bogotá, mediante sorteo entre árbitros de la lista “A” de dicho Centros b) La organización interna del tribunal se sujetará a las reglas previstas para el efecto por el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá y c) El tribunal decidirá en derecho. En ningún caso se someterán al tribunal las causales y los efectos de la cláusula de caducidad”.
3. El Tribunal Arbitral.-Conformación y trámite preliminar.
Las partes, en cumplimiento de lo acordado en la cláusula Cuadragésimo Tercera del Otrosí No. 4 del Contrato de Concesión No. 136 de 1997 procedieron, el 22 de julio de 2011, a nombrar de común acuerdo los árbitros que conocerían y darían solución a las diferencias surgidas entre ellas, habiendo recaído esa designación en los abogados, Gilberto Peña Castrillón,
procedieron, el 22 de julio de 2011, a nombrar de común acuerdo los árbitros que conocerían y darían solución a las diferencias surgidas entre ellas, habiendo recaído esa designación en los abogados, Gilberto Peña Castrillón, César Hoyos Salazar y Fernando Pabón Santander (folio 152 del Cuaderno Principal), la que fue aceptada por los nombrados dentro del término legal (folios 156 a 158 del Cuaderno Principal No.1). Designados los árbitros, en audiencia que consta en el Ácta No. 1 celebrada el 26 de julio de 2011, se declaró, mediante Auto No.1, legalmente instalado el Tribunal, se nombró como secretaria a la doctora Edith C. Cediel Charris y se fijó como lugar de funcionamiento y sede de la secretaría, el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá, Sede El Salitre, y para dar trámite al proceso, por Auto No. 2 de la misma fecha, se admitió la demanda presentada por la CNTV, disponiendo además el traslado a la sociedad Convocada, previa notificación personal del respectivo proveído. (folios 186 a 190 del Cuaderno Principal No.1). Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá P.3OO 10. 11. 12. Tribunal de Arbitraje
COMISIÓN NACIONAL DE TELEVISIÓN -CNTVvs CARACOL TELEVISIÓN S.A.
El 29 de julio de 2011 tomó posesión la Secretaria del Tribunal (folio 197 del Cuaderno Principal No. 1), quien mediante oficio No. 1 informó la instalación de este Tribunal al agente del Ministerio Público designado para intervenir en
El 29 de julio de 2011 tomó posesión la Secretaria del Tribunal (folio 197 del Cuaderno Principal No. 1), quien mediante oficio No. 1 informó la instalación de este Tribunal al agente del Ministerio Público designado para intervenir en este trámite, remitiéndole para tales fines los Autos, la demanda presentada por la CNTV y sus anexos. (Folios 199 del Cuaderno Principal No. 1). El 31 de agosto de 2011, dentro del término legal, la Convocada presentó escrito de Contestación de la Demanda, en el que aceptó unos hechos y negó otros, se opuso a las Pretensiones y propuso Excepciones (folios 200 a 266 del Cuaderno principal No. 1). El 9 de septiembre de 2011, por secretaría se pusieron en conocimiento por el término de cinco (5) días, las Excepciones propuestas por la Convocada (folios 268 del Cuaderno Principal No.1), oportunidad en la que la CNTV se opuso a las Excepciones propuestas, aportó y solicitó nuevas pruebas (folios 275 a 287 del Cuaderno Principal No. 1). Mediante Auto No. 4 del 19 de septiembre de 2011, el Tribunal citó a audiencia de conciliación, la que se llevó a cabo el 4 de octubre de 2011 y se declaró fracasada por el Tribunal mediante Áuto No. 5 de esa misma fecha (folios 301 a 303 del Cuaderno de Principal No. 1). A continuación, el Tribunal procedió, mediante Auto No. 6 a fijar los honorarios de los árbitros y de la secretaria, gastos de funcionamiento y administración del Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá y demás gastos y expensas
procedió, mediante Auto No. 6 a fijar los honorarios de los árbitros y de la secretaria, gastos de funcionamiento y administración del Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá y demás gastos y expensas del proceso. Las sumas decretadas por el Tribunal fueron entregadas por las partes al Presidente del Tribunal en las proporciones de ley y dentro de la oportunidad legal. (folios 304 a 307 del Cuaderno Principal No. 1).
4. El proceso arbitral.
A. La competencia del Tribunal.
El 10 de noviembre de 2011, tuvo lugar la Primera Audiencia de Trámite, oportunidad en la que el Tribunal, mediante Auto No, 8, se declaró competente para conocer y decidir las diferencias existentes entre las partes (Acta No. 5 folios 319 a 338 del Cuaderno Principal No. 1) Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá P.400000000000 000000000000000 Tribunal de Arbitraje
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13. La Convocada recurrió la decisión de declaratoria de competencia del
14. 15. 16. Tribunal, en lo que tiene que ver con las pretensiones subsidiarias y las subsidiaria de las subsidiarias de la demanda, “en las cuales se depreca un pronunciamiento por parte del tribunal en relación con un ... supuesto detrimento patrimonial que habría sufrido la CNTV', sí tener causa legal alguna, es decir que la fuente de ese detrimento no es el contrato cuyo seno aparece en la cláusula compromisoria, que determina por el principio de habilitación, la competencia del propio Tribunal.” De dicho recurso se corrió
alguna, es decir que la fuente de ese detrimento no es el contrato cuyo seno aparece en la cláusula compromisoria, que determina por el principio de habilitación, la competencia del propio Tribunal.” De dicho recurso se corrió traslado a la parte Convocante. Escuchada la intervención de la Convocante, el apoderado de la Convocada desistió del mismo, desistimiento que fue aceptado por el Tribunal. (folios 81 a 85 del Cuaderno de Pruebas No. 12)
B. Las Pruebas decretadas y practicadas.
En la Primera Audiencia de Trámite, el Tribunal decretó las pruebas solicitadas por las partes, las que se practicaron en su totalidad, como se relaciona a continuación. a) Prueba documental. Mediante Auto No. 8, el Tribunal ordenó tener como pruebas de la Convocante, los documentos aportados y relacionados en el capítulo de pruebas de la Demanda, así como los entregados con el memorial presentado el 16 de septiembre de 2011, al descorrer el traslado de las Excepciones. De igual forma, ordenó tener como pruebas las documentales relacionadas en el capítulo 4 de la Contestación de la demanda y aportadas con tal escrito y, como prueba trasladada, el testimonio rendido por MAURICIO SÁNCHEZ, en su calidad de Gerente de IBOPE COLOMBIA, prueba decretada y practicada dentro del tribunal de arbitraje que se adelantó en el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá entre CARACOL TELEVISIÓN S.A. vs la COMISIÓN NACIONAL DE TELEVISIÓN, CNTV y que fue aportada con la demanda. Dichas pruebas obran en los Cuadernos de
Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá entre CARACOL TELEVISIÓN S.A. vs la COMISIÓN NACIONAL DE TELEVISIÓN, CNTV y que fue aportada con la demanda. Dichas pruebas obran en los Cuadernos de Pruebas Nos. la 11 y a folios 1 a 72 del Cuaderno de Pruebas No. 12. Igualmente se incorporaron al expediente como pruebas, los documentos entregados por algunos testigos en sus declaraciones o en la oportunidad indicada por el Tribunal (folios 145 a 422 del Cuaderno de Pruebas No12.), así Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá P.517. 18. 19. Tribunal de Arbitraje COMISIÓN NACIONAL DE TELEVISIÓN -CNTVva CARACOL TELEVISIÓN S.A. como los aportados de común acuerdo por la Convocante y Convocada los días 5 de junio y 16 de julio de 2012 (Cuaderno de Pruebas Nos 18 a 21 y 23). b) Oficios. El Tribunal ordenó que por Secretaría se libraran los siguientes oficios' Al Representante de ASOMEDIOS, para que remitiera copia íntegra y auténtica de los informes preparados por dicha entidad con el propósito de calcular la INPTV de 2009 y de 2010. Al Consejo de Estado, para que remitiera copia íntegra y auténtica de: i) La ampliación del concepto No. 1966, emitido el veinticinco (25) de febrero de 2010 por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado. Expediente No. 11001-03-06-000-2009-00049-00. Referencia: Pluralidad de
de 2010 por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado. Exp
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