Laudo 3958 CENTRO DE GERENCIAMIENTO DE RESIDUOS DONA JUANA S.A ESP - CGR DONA JUANA S.A ESP VS
Cámara de Comercio de Bogotá
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Detalles
- Título
- Laudo 3958 CENTRO DE GERENCIAMIENTO DE RESIDUOS DONA JUANA S.A ESP - CGR DONA JUANA S.A ESP VS
- Autor
- Cámara de Comercio de Bogotá
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- MASC
- Año
- —
Tribunal de Centro de Gerenciamiento de Residuos Doña Juana S.A. ESP contra Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos -UAESPTRIBUNAL ARBITRAL DE CENTRO DE GERENCIAMIENTO DE RESIDUOS DOÑA JUANA S.A. ESP contra UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE SERVICIOS PÚBLICOS-UAESP-Tribunal de Centro de Gerenciamiento de Residuos Doña Juana S.A. ESP contra Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos -UAESP-
ÍNDICE
l. ANTECEDENTES DEL PROCESO 6
1. SOBRE LAS PARTES ••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••••• 6 1.1. Parte Convocante· ..................................................................................................................... 6 1.2. Parte Convocada· ...................................................................................................................... 7 1.3. Sobre llamamiento en garantía ................................................................................................. 7
2. PACTO ARBITRAL .............................................................................................................. 8
3. CONVOCATORIA DEL TRIBUNAL Y ACTUACIONES PREVIAS ................................................. 8
4. LA DEMANDA PRINCIPAL, SU CONTESTACIÓN Y EXCEPCIONES ......................................... 14 4.1. Pretensiones de la Demanda Principal ........................................................................................ 14 4.2. Contestación de la Demanda Principal ........................................................................................ 22 !i. LA DEMANDA DE RECONVENCIÓN REFORMADA, SU CONTESTACIÓN Y EXCEPCIONES ...... 23 5.1 Pretensiones de la Demanda de Reconvención ............................................................................ 23
4.2. Contestación de la Demanda Principal ........................................................................................ 22 !i. LA DEMANDA DE RECONVENCIÓN REFORMADA, SU CONTESTACIÓN Y EXCEPCIONES ...... 23 5.1 Pretensiones de la Demanda de Reconvención ............................................................................ 23 5,1. Contestación de la Demanda de Reconvención por Parte de la Convocante ............................. 38
6. PRIMERA AUDIENCIA DE TRÁMITE .................................................................................. 39
1. ETAPA PROBATORIA ....................................................................................................... 39 7.1. Documentales ............................................................................................................................... 39 7.2.. Testimoniales ................................................................................................................................ 40 7.3. Dictamen Pericial .......................................................................................................................... 40
8. CONCILIACIÓN PARCIAL .................................................................................................. 41
9. ALEGATOS DE CONCLUSIÓN Y CONCEPTO DEL MINISTERIO PÚBLICO ................................ 41
10. DURACIÓN DEL TRÁMITE: ............................................................................................... 42
11. CONSIDERACIONES DEL TRIBUNAL 43 1, ESTRUCTURA Y DELIMITACIÓN DE LOS ASUNTOS A TRATAR ............................................ 43 1.1. Delimitación de los asuntos a tratar ............................................................................................ 43 1.2. Estructura de las consideraciones del Tribunal ........................................................................... 46 2, PRESUPUESTOS PROCESALES .......................................................................................... 47 2.1. La competencia del Tribunal ........................................................................................................ 48 2.2. Caducidad ...................................................................................................................................... 50
3. LA EXCEPCIÓN DE FALTA DE JURISDICCIÓN Y/O COMPENTENCIA DEL TRIBUNAL .............. 55 3,1, Planteamiento de la convocada ................................................................................................... 55 3.2 Análisis del Tribunal ....................................................................................................................... 56
2Tribunal de Centro de Gerenciamiento de Residuos Doña Juana S.A. ESP contra Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos -UAESP3.2 Análisis del Tribunal ....................................................................................................................... 56 2Tribunal de Centro de Gerenciamiento de Residuos Doña Juana S.A. ESP contra Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos -UAESP4. CONTROVERSIAS SOBRE EL SISTEMA DE LIXIVIADOS ........................................................ 67 4.1. Las pretensiones de la demanda principal... ................................................................................ 67 4.2. La posición de las partes y del Ministerio Público frente a las pretensiones de la demanda principa 1 ................................................................................................................................................ 68 4.3. Pretensiones de la demanda de reconvención reformada ......................................................... 71 4.4. Posiciones de las partes y del Ministerio Público frente a las pretensiones de la demanda de reconvención reformada ...................................................................................................................... 74 4.5. Análisis del Tribunal.. .................................................................................................................... 76 4.6. Excepción de buena fe formulada por la UAESP .......................................................................... 97 4. 7. Excepción denominada dolo omisivo, en cuanto a las condiciones de RSDJ .............................. 98 4.8. Conclusión del Tribunal .............................................................................................................. 100
S. CONTROVERSIAS SOBRE LOS PROYECTOS DE APROVECHAMIENTO 100 5.1. Las pretensiones de la demanda principal... .............................................................................. 100 5.2. La posición de las partes y del Ministerio Público frente a las pretensiones de la demanda principal .............................................................................................................................................. 100 5.3. Pretensiones de la demanda de reconvención reformada ....................................................... 101 5.4. Posiciones de las partes y del Ministerio Público frente a las pretensiones de la demanda de reconvención reformada .................................................................................................................... 102 5.5. Análisis del Tribunal... ................................................................................................................. 103 5.6. Sobre la excepción de confesión promovida por la UAESP .............................................................. 108
reconvención reformada .................................................................................................................... 102 5.5. Análisis del Tribunal... ................................................................................................................. 103 5.6. Sobre la excepción de confesión promovida por la UAESP .............................................................. 108 5.7. Conclusión del Tribunal .............................................................................................................. 111
6. CONTROVERSIAS SOBRE LAS CONDICIONES DE LAS VÍAS Y TALUDES DEL RSDJ 112 6.1 Las pretensiones de la demanda principal... .............................................................................. 112 6.2 Posición de las partes y del Ministerio Público respecto de las pretensiones de la demanda pri ncipa 1 .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. .. .. .. .. .. .. 113 6.3 Pretensiones de la demanda de reconvención reformada ....................................................... 119 6.4 Posiciones de las partes y del Ministerio Público respecto de las pretensiones de la demanda de reconvención ................................................................................................................................. 121 6.5 Análisis del Tribunal.. .................................................................................................................. 125 6.6. Conclusión del Tribunal .............................................................................................................. 154
7. CONTROVERSIAS SOBRE EL MANTENIMIENTO DE PONDAJES 154 7.1 Las pretensiones de la demanda principal... .............................................................................. 154 7.2 Posición de las partes y del Ministerio Público respecto de la demanda principal .................. 155 7.3 Pretensiones de la demanda de reconvención .......................................................................... 156 7.4 Posiciones de las partes y del Ministerio Público respecto de la demanda de reconvención . 156 7.5 Análisis del Tribunal... ................................................................................................................. 157
7.3 Pretensiones de la demanda de reconvención .......................................................................... 156 7.4 Posiciones de las partes y del Ministerio Público respecto de la demanda de reconvención . 156 7.5 Análisis del Tribunal... ................................................................................................................. 157 7.6. Conclusión del Tribunal .............................................................................................................. 167
8. CONTROVERSIAS SOBRE LA MAQUINARIA PERMANENTE DE LA CONCESIÓN 167 8.1 Las pretensiones de la demanda ................................................................................................ 167 8.2 Posición de las partes y del Ministerio Público frente a la demanda principal ........................ 167 8.3 Pretensiones de la demanda de reconvención .......................................................................... 172 8.4 Posiciones de las partes y del Ministerio Público respecto de las pretensiones de la demanda de reconvención ................................................................................................................................. 172
3Tribunal de Centro de Gerenciamiento de Residuos Doña Juana S.A. ESP contra Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos -UAESP8.5 Análisis del Tribunal.. .................................................................................................................. 173 8.6. Conclusión del Tribunal .............................................................................................................. 190
9. CONTROVERSIAS SOBRE LA AUTOMATIZACIÓN DE LOS INSTRUMENTOS DE GEOTECNIA PARA SU LECTURA EN TIEMPO REAL 191 9.1 Pretensiones de la demanda principal ....................................................................................... 191 9.2 La posición de las partes y del Ministerio Público respecto de la demanda principal ............. 193 9.3 Las pretensiones de la demanda de reconvención .................................................................... 195 9.4 Posiciones de las partes y del Ministerio Público respecto la demanda de reconvención ...... 195 9.5 Análisis del Tribunal.. .................................................................................................................. 196 9.6. Conclusión del Tribunal .............................................................................................................. 223
10. CONTROVERSIA SOBRE LA FORMA DE PAGO DE LA RETRIBUCIÓN AL
CONCESIONARIO 224
9.5 Análisis del Tribunal.. .................................................................................................................. 196 9.6. Conclusión del Tribunal .............................................................................................................. 223
10. CONTROVERSIA SOBRE LA FORMA DE PAGO DE LA RETRIBUCIÓN AL CONCESIONARIO 224 10.1 Las pretensiones de la demanda principal.. ............................................................................... 224 10.2 Posición de las partes y del Ministerio Público .......................................................................... 224 10.3 Análisis del Tribunal.. .................................................................................................................. 228
11. CONTROVERSIA SOBRE LA LEGALIDAD DE LA RESOLUCIÓN NO. 394 DE 2004 232 11.1 Las pretensiones de la demanda ................................................................................................ 232 11.2 Posición de las partes y del Ministerio Público .......................................................................... 232 11.3 Análisis del Tribunal.. .................................................................................................................. 234
12. CONTROVERSIA SOBRE EL INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES EN GESTIÓN SOCIAL, RELACIONADAS CON LA ENTREGA DEL INFORME COMPLETO Y DETALLADO DE INVERSIÓN SOCIAL, EL PRESUPUESTO, EL COSTO DE CADA UNA DE LAS ACCIONES Y /O ACTIVIDADES EJECUTADAS CON SOPORTES PARA LOS AÑOS 2012 AL 2016 238 12.1 Posiciones de las partes y del Ministerio Público ...................................................................... 239 12.2 Consideraciones del Tribunal ..................................................................................................... 239
13. CONTROVERSIA EN RELACIÓN CON EL CUMPLIMIENTO DEL PLAN DE ACCIÓN SOCIAL CONTENIDO EN LA RESOLUCIÓN 724 DE 2010, ARTÍCULO 69. 241 13.1 Las pretensiones de la demanda de reconvención reformada ................................................. 241 13.2 Posiciones de las partes y del Ministerio Público ...................................................................... 241
SOCIAL CONTENIDO EN LA RESOLUCIÓN 724 DE 2010, ARTÍCULO 69. 241 13.1 Las pretensiones de la demanda de reconvención reformada ................................................. 241 13.2 Posiciones de las partes y del Ministerio Público ...................................................................... 241 13.3 Análisis del Tribunal................................................................ . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 241
14. EN RELACIÓN CON LA IMPOSICIÓN DE MULTAS 243 14.1 Pretensiones de la demanda ...................................................................................................... 243 14.2 Posiciones de las partes y del Ministerio Público ...................................................................... 243 14.3 Consideraciones del Tribunal ..................................................................................................... 243
15. SOBRE LA APLICACIÓN DE LA CLÁUSULA PENAL ............................................................. 245 15.1. Análisis del Tribunal ............................................................................................................... 245
4Tribunal de Centro de Gerenciamiento de Residuos Doña Juana S.A. ESP contra Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos -UAESP16. SOBRE LA ACTUALIZACIÓN O INDEXACIÓN DE LAS SUMAS DE DINERO ........................... 265 16,1. Análisis del Tribunal ............................................................................................................... 266
17. SOBRE LA CONDENA A INTERESES MORATORIOS ........................................................... 267
18. OBJECIONES A LOS JURAMENTOS ESTIMATORIOS ............................................................ 267
19. LOS EMBARGOS AL CENTRO DE GERENCIAMIENTO DE RESIDUOS DOf.lA JUANA S.A. ESP 267 20.- SOBRE LA CONDENA EN COSTAS ..................................................................................... 268
21. PARTE RESOLUTIVA ...................................................................................................... 269
5Tribunal de Centro de Gerenciamiento de Residuos Doña Juana S.A. ESP contra
20.- SOBRE LA CONDENA EN COSTAS ..................................................................................... 268
21. PARTE RESOLUTIVA ...................................................................................................... 269
5Tribunal de Centro de Gerenciamiento de Residuos Doña Juana S.A. ESP contra Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos -UAESPante el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá demanda arbitral contra la UAESP. 3.2. Las Partes de mutuo acuerdo designaron como árbitros para integrar el Tribunal Arbitral a los doctores Jaime Tobar Ordoñez 2 y Manuel Santiago Urueta 3 • Por su parte, mediante sorteo público se designó al doctor Lorenzo Villegas Carrasquilla 4 • Los árbitros aceptaron su designación en la oportunidad legal dispuesta para ello y cumplieron con los deberes de información dispuestos en la Ley 1563 de 2012. 3.3. El 19 de agosto de 2015, se realizó la audiencia de instalación del Tribunal de Arbitramento en la que se decidió que el doctor Manuel Urueta Ayola actuaría como presidente en el trámite arbitral. Adicionalmente, mediante Auto No. 1 se declaró legalmente instalado el Tribunal, se designó como secretario a Luis Felipe Botero Aristizábal, se reconoció personería jurídica a los apoderados de la Convocante y Convocada, se fijó la sede del arbitraje, se inadmitió la demanda formulada por CGR y se concedieron cinco (5) días para subsanarla5 • 3.4. El 24 de agosto de 2015 el apoderado de la Convocante subsanó la demanda arbitral presentada 6 • Esta fue admitida mediante Auto No. 2 del 3 de septiembre de 2015 y en esa
días para subsanarla5 • 3.4. El 24 de agosto de 2015 el apoderado de la Convocante subsanó la demanda arbitral presentada 6 • Esta fue admitida mediante Auto No. 2 del 3 de septiembre de 2015 y en esa misma providencia se ordenó efectuar el traslado a la UAESP por el término de veinte (20) días hábiles 7 • Dentro de la oportunidad legal para ello, la parte Convocante solicitó la 2 Folio 152 y 153 del Cuaderno Principal No. l. 3 Folio 210 y 211 del Cuaderno Principal No. l. 4 Folio 170 del Cuaderno Principal No. l. 5 Folio 263,264 y 265 del Cuaderno Principal No. l. 'Folio 272 y 273 del Cuaderno Principal No. l. 7 Folio 276 y 277 del Cuaderno Principal No. l. 9Tribunal de Centro de Gerenciamiento de Residuos Doña Juana S.A. ESP contra Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos -UAESPaclaración del Auto No. 2. 8 , solicitud que fue negada por el Tribunal mediante providencia del 21 de septiembre de 2015 9 • 3.5. El 27 de noviembre de 2015, dentro del término legal, la parte Convocada presentó escrito de contestación a la demanda 10 • A su vez, el 30 de noviembre de 2015, la UAESP presentó demanda de reconvención 11. El Tribunal, mediante Auto No. 4, corrió traslado de la contestación de la demanda presentada por la Convocada e inadmitió la demanda de reconvención indicando a la Convocada que contaba con un término de cinco (5) días para subsanar los defectos señalados. La Convocante presentó, dentro del término de ley, escrito
reconvención indicando a la Convocada que contaba con un término de cinco (5) días para subsanar los defectos señalados. La Convocante presentó, dentro del término de ley, escrito a través del cual descorrió las excepciones de mérito presentadas por la parte Convocada. 3.6. El 16 de diciembre de 2015, UAESP llamó en garantía a AXA Colpatria Seguros 12 y presentó la subsanación de la demanda de reconvención 13 • El Tribunal, en providencia del 21 de diciembre de 2015 admitió la demanda de reconvención y el llamamiento en garantía y, en consecuencia, ordenó correr traslado de la demanda y notificar personalmente al llamado en garantía 14 • 3.7. El 29 de enero de 2016, el apoderado de la sociedad llamada en garantía presentó recurso de reposición contra el Auto No. 5 del 21 de diciembre de 2015, por medio del cual se admitió la demanda de llamamiento en garantía. El Tribunal por medio del Auto No. 6 del 9 de febrero de 2016 decidió no reponer el auto mencionado anteriormente 15 • 8 Folio 284 del Cuaderno Principal No. l. • Folio 288 y 289 del Cuaderno Principal No. l. 1 ° Folio 293 y 340 del Cuaderno Principal No.1. 11 Folio 341-375 del Cuaderno Principal No. l. 12 Folio 386-403 del Cuaderno Principal No. l. 13 Folio 404-437 del Cuaderno Principal No.1. 14 Folio 438-440 del Cuaderno Principal No. 1 15 Folio 500-504 del Cuaderno Principal No. 2. 10Tribunal de Centro de Gerenciamiento de Residuos Doña Juana S.A. ESP contra
14 Folio 438-440 del Cuaderno Principal No. 1 15 Folio 500-504 del Cuaderno Principal No. 2. 10Tribunal de Centro de Gerenciamiento de Residuos Doña Juana S.A. ESP contra Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos -UAESP3.8. El 8 de febrero de 2016, CGR dio respuesta a la demanda de reconvención manifestando expresamente su oposición a todas las excepciones presentadas por la UAESP, formulando excepciones de mérito y objetando el juramento estimatorio16 • 3.9. Mediante Auto No. 7 del 18 de febrero de 2016, a petición de las partes, el Tribunal suspendió el proceso arbitral desde el 16 de febrero de 2016 hasta el 1 de abril de 2016. Asimismo, producto de la solicitud de las partes en este sentido, el Tribunal mediante Auto No. 8 del 4 de abril de 2016, suspendió el proceso arbitral desde el 1 de abril de 2016 hasta el 29 de abril de 2016 17 • 3.10. El 27 de abril de 2016, el apoderado del llamado en garantía presentó la contestación a la demanda de reconvención, del escrito de subsanación y del llamamiento en garantía 18 • 3.11. Por su parte, el 29 de abril de 2016, la convocada solicitó el reconocimiento de personería jurídica de un nuevo apoderado y solicitó la suspensión del proceso arbitral. En respuesta, mediante Auto No. 9 del 2 de mayo de 2016, el Tribunal reconoció personería jurídica al nuevo apoderado y negó la suspensión del proceso arbitral 19 . Sin embargo, por solicitud reiterada de todas las partes, el Tribunal decretó la suspensión del proceso arbitral
jurídica al nuevo apoderado y negó la suspensión del proceso arbitral 19 . Sin embargo, por solicitud reiterada de todas las partes, el Tribunal decretó la suspensión del proceso arbitral desde el 11 de mayo de 2016 hasta el 18 de mayo de 2016 y desde el 20 de mayo de 2016 hasta el 20 de junio 2016, mediante Auto No. 10 y Auto No. 11 respectivamente. 3.12. En este mismo sentido y por petición de las partes, mediante Auto No. 12 del 27 de junio de 2016, el Tribunal suspendió el proceso arbitral desde el 20 de junio de 2016 hasta el 20 de julio de 2016 y reconoció personería jurídica al doctor Juan Carlos Jiménez 16 Folio 470-499 del Cuaderno Principal No. 2. 17 Folio 505-523 del Cuaderno Principal No.2. 18 Folio 533-594 del Cuaderno Principal No. 2 19 Folio 597-603 del Cuaderno Principal No. 2 11Tribunal de Centro de Gerenciamiento de Residuos Doña Juana S.A. ESP contra Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos -UAESPTriana 20 .Mediante Auto No. 13 del 25 de julio de 2016, por solicitud de las partes, el Tribunal suspendió nuevamente el proceso arbitral desde el 20 de julio de 2016 hasta el 20 de agosto de 2016 21 • 3.13. El 23 de agosto de 2016, mediante Auto No.14, el Tribunal citó a las partes, al llamado en garantía, al Ministerio Público y a la Agencia Jurídica para la Defensa del Estado y a sus correspondientes apoderados a la audiencia de conciliación de que trata el artículo 24 de la
en garantía, al Ministerio Público y a la Agencia Jurídica para la Defensa del Estado y a sus correspondientes apoderados a la audiencia de conciliación de que trata el artículo 24 de la Ley 1563 de 2012, para el 30 de agosto de 2016 a las 9:00 am. 22 3.14. El 25 de agosto de 2016, el apoderado de la UAESP presentó reforma de la demanda de reconvención23 , la cual fue inadmitida por el Tribunal mediante Auto No. 15 del 27 de agosto de 2016. Adicionalmente, en el auto mencionado anteriormente se modificó la fecha de la audiencia de conciliación24 • 3.15. El 2 de septiembre de 2016, la UAESP presentó la subsanación a la demanda de reconvención la cual fue admitida mediante Auto No. 16 del 7 de septiembre de 2016 25 . El 19 de septiembre de 2016, AXA Seguros Colpatria S.A. dio respuesta a la demanda de reconvención, de su subsanación y del llamamiento en garantía 26 • 3.16. El 5 de octubre de 2016, la UAESP y CGR radicaron un documento suscrito por ambas partes en el que manifestaron haber llegado a un acuerdo de conciliación parcial en relación con las pretensiones de la demanda principal 27 • 2 ° Folio 632-633 del Cuaderno Principal No. 2 21 Folio 635-636 del Cuaderno Principal No. 2 22 Folio 639-640 del Cuaderno Principal No. 2 23 Folio 642-691 del Cuaderno Principal No. 2 24 Folio 692-695 del Cuaderno Principal No. 2 25 Folio 702-703 del Cuaderno Principal No. 2 26 Folio 707-767 del Cuaderno Principal No. 2
23 Folio 642-691 del Cuaderno Principal No. 2 24 Folio 692-695 del Cuaderno Principal No. 2 25 Folio 702-703 del Cuaderno Principal No. 2 26 Folio 707-767 del Cuaderno Principal No. 2 27 Folio 811-893 del Cuaderno Principal No. 2. 12Tribunal de Centro de Gerenciamiento de Residuos Doña Juana S.A. ESP contra Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos -UAESP3.17. El 6 de octubre de 2016 se recibió la contestación de CGR a la reforma de la demanda de reconvención presentada por la UAESP 28 • 3.18. El 23 de noviembre de 2016, el Tribunal citó a las partes, al llamado en garantía y a sus correspondientes apoderados a la audiencia de conciliación programada para el 7 de diciembre de 2016. 3.19. Así las cosas, el 7 de diciembre de 2016 se realizó la audiencia de conciliación con la participación de las partes, el Ministerio Público y el llamado en garantía, sin embargo, el Tribunal suspendió y programó su reanudación para el 19 de enero de 2017 29 • El 24 de enero de 2017, se reanudó la audiencia de conciliación con presencia de todas las partes y del llamado en garantía. En la mencionada audiencia, el Tribunal mediante Auto No. 21 comunicó que el derecho y/o crédito que CGR persigue mediante el presente Tribunal estaba embargado en cumplimiento de los Oficios 1168 y 1169 del Juzgado 44 Civil del Circuito de Bogotá. Adicionalmente, el Tribunal mediante Auto No. 23 declaró improbado el acuerdo conciliatorio parcial y su adición presentada por las partes. Como consecuencia
Circuito de Bogotá. Adicionalmente, el Tribunal mediante Auto No. 23 declaró improbado el acuerdo conciliatorio parcial y su adición presentada por las partes. Como consecuencia de lo anterior, las partes solicitaron la suspensión del proceso arbitral hasta el 12 de febrero de 2017, petición que fue aceptada por el Tribunal 3 º. 3.20. El 1 de marzo de 2017, se reanudó la audiencia de conciliación con presencia de las partes y el llamado en garantía. En la mencionada audiencia las partes presentaron recurso de reposición contra el Auto No. 23, recurso que fue resuelto negativamente en el Auto No. 30 del 7 de marzo de 2017. Adicionalmente, se informó a las partes que el monto de la medida cautelar por orden del juez había sido aumentado. Por último, mediante Auto No. 28 Folio 768-803 del Cuaderno Principal No. 2. 29 Folio 918-922 del Cuaderno Principal No. 2. 30 Folio 945-960 del Cuaderno Principal No. 2. 13Tribunal de Centro de Gerenciamiento de Residuos Doña Juana S.A. ESP contra Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos -UAESPcumpliendo con Jo establecido en el plan de choque, etapa anterior a la de optimización del STL. 3.1.3. Así mismo, se declare a la UAESP, como responsable de las implicaciones ambientales por el no cumplimiento de los parámetros ambientales de vertimientos establecidos en la Resolución CAR 166 de 2008, por parte del STL del Relleno Sanitario. 3.1.4 Se declare responsable patrimonio/mente a la UAESP al reconocimiento y pago de todas las tasas retributivas, multas y sanciones que
parte del STL del Relleno Sanitario. 3.1.4 Se declare responsable patrimonio/mente a la UAESP al reconocimiento y pago de todas las tasas retributivas, multas y sanciones que con ocasión de incumplimiento de la norma de vertimientos hayan sido impuestas o sean impuestas por las distintas autoridades ambientales hasta el momento que se culminen las obras de optimización del STL. 3.1.5 Se declare, ante el ocultamiento de la UAESP al concesionario sobre la verdadera capacidad de la PTL, que dicha entidad deberá asumir la totalidad los costos que demande su optimización, hasta lograr la capacidad de tratamiento de 21,5 Lts/s, capacidad ficticia que la entidad contratante manifestó poseer, tanto en los términos de referencia como la documentación entregada a los proponentes. 3.1.6 Se declare que CGR se encuentra en imposibilidad de continuar con el desarrollo del proyecto de aprovechamiento de mixtos, incluido en la propuesta técnica presentada en la licitación pública No. 001 de 2010, y por Jo mismo, obligación contractual, por expresa prohibición de la autoridad ambiental CAR. 15Tribunal de Centro de Gerenciamiento de Residuos Doña Juana S.A. ESP contra Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos -
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