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Laudo 4665 CONSTRUCTORA ARIGUANI S.A.S. VS. CONSTRUCCIONES CONALVIAS S.A.S. y SBS SEGUROS COLO

Cámara de Comercio de Bogotá

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Título
Laudo 4665 CONSTRUCTORA ARIGUANI S.A.S. VS. CONSTRUCCIONES CONALVIAS S.A.S. y SBS SEGUROS COLO
Autor
Cámara de Comercio de Bogotá
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
MASC
Año

CÁMARA DE COMERCIO DE BOGOTÁ

CENTRO DE ARBITRAJE Y CONCILIACIÓN

LAUDOARBITRAL

CONSTRUCTORA ARIGUANÍ S.A.S. - EN REORGANIZACIÓN

DEMANDANTE

CONSTRUCCIONES CONALVÍAS S.A.S. - EN REORGANIZACIÓN

DEMANDADA

SBS SEGUROS COLOMBIA S.A.

LLAMADA EN GARANTÍA - RADICACIÓN 4665TRIBUNALÁRBITRAL

CONSTRUCTORAARIGUANÍ S.A.S — EN REORGANIZACIÓN

CONSTRUCCIONES CONALVÍAS S.A.S. — EN REORGANIZACIÓN

SBSSEGUROS COLOMBIAS.A.

ÍNDICE

PÁGINA CapPíTULO 1 — TÉRMINOS DEFINIDOS 8

CAPÍTULO 11 — PARTES. LLAMADA EN GARANTÍA. APODERADOS 20

CAPÍTULO 111 — ANTECEDENTESY TRÁMITE DEL PROCESO 22

A. SOLICITUD DE CONVOCATORIAY CONFORMACIÓN DELTRIBUNAL ARBITRAL -“““=====nena===============-- 22

B. INSTALACIÓN DELTRIBUNAL ARBITRAL ==“==="=============- -- 23

C. TRÁMITE INICIAL. =-=======================--Cmos rr 24

D. AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN. FIJACIÓN Y PAGO DE HONORARIOS ===>"26

E. PRIMERA AUDIENCIA DE TRÁMITE. COMPETENCIA Y DECRETO DE PRUEBAS==>=Torre26

F. PRÁCTICA DE PRUEBAS "TIT29

CG. ALEGATOS35

H. CONTROL DE LEGALIDAD. AUDIENCIA DE FALLO IN45

I. TÉRMINO DE DURACIÓN DEL PROCESO rtorras45

CAPÍTULO IV — CIRCUNSTANCIAS QUE ENMARCAN LA CONTROVERSIA 48

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CapPítuLO V—PRETENSIONES Y DEFENSAS DE LAS PARTES Y DE LA LLAMADA EN GARANTÍA--------=- 54

A. PRETENSIONES DE ARIGUANÍ ---===“========cmm=-- NN54

A.1 Pretensiones de la Demanda -="=======nnennnnntIntiiiTo54 A.2 Pretensiones del Llamamiento en Garantía -"-=========ncrencnorrnnnorrnamnmmmon===- 64

B. CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA Y EXCEPCIONES DE CONALVÍAS =-="=======crmrnnincocnemmontemmn 67

C. CONTESTACIÓN DEL LLAMAMIENTO EN GARANTÍA Y EXCEPCIONES DE SBS===coneemoococteccoio” 69

CapíTULO VI - CONSIDERACIONES DELTRIBUNALARBITRAL 72

A. ASPECTOS PROCESALES ==="eerrrorrTITTITNTTITTTr 72

A.1 Consideraciones generales-oo==errennnonnnnlnnIIITITNTTITTTTTTNtTir 72 A.2 Competencia del Tribunal respecto del Llamamiento en Garantía SBS ======"=======-- 73

B. PRETENSIONES DE LA DEMANDA ÓN IN74

B.1 Naturaleza del Contrato de Concesión, el Contrato EPC y el Subcontrato EPC. Su ÓN75 B.2 Evaluación y conclusiones sobre las Pretensiones Generales--====roonnmomaenmmmamon85 B.3 Evaluación y conclusiones sobre las Pretensiones Específicas-=======n==rerccene=====- 86 Pretensiones relativas al abandono de las obras y actividades por parte de Conalvías y obras no ejecutadas--noniIIIITNTTTTTTTTITTTITTTTTTTTT 86

Pretensiones NOS. 3 Y 4oooTITTTTTNTTNTTTTUTTITVTTTTTTT 86

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Pretensión No. 6--- e88 Pretensión No. 5 --- 210 Pretensiones Nos. 7, 8 Y 9 === nenoooiocono212 Pretensionesrelativas al incumplimiento de actividades respecto de las cuales

Conalvías recibió el pago pero no ejecutó --=——==========================n========- 230

Pretensión No. 28 ===eeacmconnnnnnno--e230 Pretensiones Nos. 29 a 33 ====ninnnnnnn---- o-- 260 Pretensiones relativas a los defectos y/o fallas en la estructura de pavimento ------ 261 Pretensiones Nos. 34 2 39 ===>261 Pretensión No. 407 nooo>301 Pretensión No 41 y sus subsidiarias Nos. 42 y 43 -->>oorrnnorrrrocrrrrrerennoon-- 302 Pretensionesrelativas a las reducciones efectuadas ----onnoccnccrrncnnnnoonon304 Pretensiones Nos. 44 a 47, 52 a 55 y 60 a 63TIT304 Pretensiones Nos. 48, 56 y 64-o=oooccncnna---- 329 Pretensiones Nos 49, 57 y 65 y sus respectivas subsidiarias Nos. 50 y 51, 58 y 59 y 66 Y 7mr>330 B.4 Pretensiones COMUNES ===mm333

C. EXCEPCIONES REFERENTES A LA DEMANDA“===rro339

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D. LLAMAMIENTO EN GARANTÍA=-"======"===rnIIITITTTios” 343

D.1 Solicitud de SBS relativa a la nulidad absoluta de la Póliza SBS y la pérdida del

derechoala indemnización a AriguadÍ "===mmm344 D.2 Consideraciones generales sobre la Póliza 1000013 =======r====enmm==emnn=memiiciusv 353 D.3 Pretensiones relacionadas con el amparo de Estabilidad de la Obra ================- 359 D.4 Pretensiones relacionadas con el amparo de Cumplimiento============mn===ancos===" 363 D.5 Pretensiones relacionadas con intereses y COSÍAS-=oo=o=encomenmrcmelctenntitoticcmi7 369

E. EXCEPCIONES REFERENTES AL LLAMAMIENTO EN GARANTÍA ==>IIITITTIIITTTUTTTTTT 370

F. JURAMENTO ESTIMATORIO 9TTTCTTTTTTTNTTTTTTT 372

G. CONDUCTA DE LAS PARTESerroneoTITTTTTUTTTTT 374

H. COSTAS DEL PROCESO ======cronoTTTTTDTMTTTTIT376

CapPíTULO VII — DECISIONES DEL TRIBUNALARBITRAL 379

A. SOBRE LAS PRETENSIONES DE LA DEMANDA===ritmosTITTTTTTTTTTTVTTTTT 379

A.1 Pretensiones Generales --"-—=n=renntttnnianttttIINTITTTITTITTTTTTTTTTi 379 A.2 Pretensiones ESpecÍficaS --"""“=o=rnemencnnrminnnnottttittTITTITTITTTITTTTTTTTTT 380 Pretensionesrelativas al abandono de las obras y actividades por parte de Conalvías y NS380 Pretensionesrelativas al incumplimiento de actividades respecto de las cuales Conalvías recibió el pago pero no ejecutó ====cmtcoctttittotitittTITITTTUiTi” 381

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Pretensiones relativas a los defectos y/o fallas en la estructura de pavimento ------ 381 Pretensiones relativas a las reducciones efectuadas --="“oooeenonnmnnotntocctccmr 382 A.3 Pretensiónes COMUNES==="IIIMENT” 384

B. SOBRE LAS PRETENSIONES DEL LLAMAMIENTO EN GARANTÍA! “orroeonnoreorrnittoooiocicoo 384

C. SOBRE LAS EXCEPCIONES! =“"=o======== - - ÓN386

D. SOBRE EL JURAMENTO ESTIMATORIO:===ITITTTTTTTUNTTr 387

E, SOBRE COSTAS DEL PROCESO: - - -- - - 388

F. SOBRE PAGO DE LAS CONDENAS: =-- -- IN388

G. SOBRE ASPECTOS ADMINISTRATIVOS: ---- -- =--- ÓN389

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LAUDO

Bogotá, 27 demarzo de 2019 Toda vez que corresponde a la oportunidad procesal pertinente, el Tribunal Arbitral expide el Laudo que se expresa a continuación, a través de los diversos capítulos que

LAUDO

Bogotá, 27 demarzo de 2019 Toda vez que corresponde a la oportunidad procesal pertinente, el Tribunal Arbitral expide el Laudo que se expresa a continuación, a través de los diversos capítulos que integran el mismo.

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CAPÍTULO 1 — TÉRMINOS DEFINIDOS Las palabras y expresiones definidas en este Laudo tendrán, sujeto la clarificación que adelante se expone, el significado que aquí se les atribuye, precisándose que cuando haya un término definido con dos (2) o más acepciones se indicará, de ser necesaria, la correspondiente referencia cruzada. Dondeel contexto lo requiera, las palabras y expresiones en número singular incluirán el correspondiente plural y viceversa y las palabras en género masculino incluirán el correspondiente femenino y viceversa. Conelexclusivo propósito de facilidad de referencia y, desde luego, sin ningún otro efecto, la tabla siguiente muestra los principales términos definidos:

“A.1.U.” Administración, imprevistos y utilidad.

“Alegato de Ariguaní” El alegato escrito presentado por Ariguaníel 22 de octubre de 2018, a continuación de la exposición oral hecha en la misma fecha, comprendiendo un texto referente a la Demanda y otro referente al Llamamiento en Garantía.

“Alegato de Conalvías” El alegato escrito presentado por Conalvías el 22 de octubre de 2018, a continuación de

comprendiendo un texto referente a la Demanda y otro referente al Llamamiento en Garantía.

“Alegato de Conalvías” El alegato escrito presentado por Conalvías el 22 de octubre de 2018, a continuación de la exposición oral hecha en la misma fecha.

“Alegato de SBS”

El alegato escrito presentado por SBS el 22 de octubre de 2018, a continuación de la exposición oral hecha en la misma fecha.

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Significado:

“Alegatos” Conjuntamente el Alegato de Ariguaní, el Alegato de Conalvías y el Alegato de SBS, o cualquier combinación de ellos. “ANI” La Agencia Nacional de Infraestructura, antes INCO, “ANLA” La Agencia Nacional de Licencias Ambientales. “Apoderados” Los apoderados judiciales de Ariguaní, de Conalvías y de SBS reconocidos y actuantes en este Proceso.

“Arbitraje” o “Proceso” El presente proceso arbitral, promovido por Ariguaní contra Conalvías, con SBS como Llamada en Garantía.

“Árbitros” Los árbitros que conforman este Tribunal.

“Ariguaní” Constructora Ariguaní S.A.S. - En Reorganización, sociedad por acciones simplificada con domicilio en Bogotá, constituida mediante documento privado del 24 de junio de 2011, sometida a proceso de reorganización empresarial por la Superintendencia de Sociedades el 2 de marzo de 2018.

“Asesorías Valenzuela Méndez” Asesorías Valenzuela Méndez Ltda.

“Audiencia” Cualquier audiencia celebrada en el curso del

Arbitraje. “C.C.” Código Civil. “C. Co.” Código de Comercio. “C.G.P.” Código General del Proceso.

“Centro” o “Centro de Arbitraje” El Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cá- mara de Comercio de Bogotá.

“Civeltec” Civeltec S.A.S. Chubb” Chubb Seguros Colombia S.A.

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“Cláusula Compromisoria” La consignada en la cláusula 25 del Subcontrato EPC, titulada Mecanismos de Solución de Controversias.

“Comunicación 4431-2015” La comunicación RUTADELSOL - 032-44312015, fechada 16 de septiembre de 2015 y dirigida por Conalvías a Ariguaní.

“Conalvías” Conalvías Construcciones S.A.S. - En Reorganización, sociedad por acciones simplifi2015, fechada 16 de septiembre de 2015 y dirigida por Conalvías a Ariguaní.

“Conalvías” Conalvías Construcciones S.A.S. - En Reorganización, sociedad por acciones simplificada con domicilio en Cali, constituida mediante escritura pública No. 2488 del 28 de julio de 1980 de la Notaría 5% de Cali, sometida a proceso de reorganización empresarial por solicitud efectuada el:23 de septiembre de 2015 y admitida por la Superintendencia de Sociedadesel siguiente 2 de octubre.

“Consejo de Estado” o "C. de E.” El Consejo de Estado - Sala de lo Contencioso Administrativo - Sección Tercera (salvo indicación en contrario).

“Contestación de la Demanda” o “Contestación de la Demanda Reformada” La contestación de la Demanda Reformada, presentada por Conalvías el 4 de agosto de 2017.

“Contestación del Llamamiento en Garantía” La contestación de la Demanda y del Llamamiento en Garantía, presentada por SBS el 1 de agosto de 2017.

“Contestaciones” La Contestación de la Demanda y la Contestación del Llamamiento en Garantía SBS y, según el contexto, la contestación del Llamamiento en Garantía Liberty.

“Contrato de Concesión”

El Contrato de Concesión No. 007 de 2010, suscrito el 4 de agosto de 2010 entre el INCO (hoy AND) y Yuma, incluyendo, según el contexto, uno o varios de sus Otrosíes.

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(hoy AND) y Yuma, incluyendo, según el contexto, uno o varios de sus Otrosíes.

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“Contrato EPC” El Contrato EPC No. 0012, suscrito el 22 de diciembre de 2011 entre Yuma y Ariguanlí, incluyendo, según el contexto, uno o varios de sus Otrosíes.

“Convocada” Conalvías.

“Convocante” Ariguaní.

“Corte Suprema” o “C.S.J.” Corte Suprema de Justicia — Sala de Casación Civil (salvo indicación en contrario).

“Declaración” Cualquier declaración decretada y rendida en el curso del Arbitraje diferente de los Interrogatorios de Parte.

“Declarante” Cualquier declarante en este Proceso, incluyendo los Peritos, pero excluyendo los representantes legales a cargo de los Interrogatorios de Parte.

“Demanda inicial” La demanda presentada por Ariguaní el 24 de junio de 2016.

“Demanda Reformada” o “Demanda” La Reforma a la Demanda, presentada por Ariguaní el 2 de junio de 2017.

“Dictamen” o “Peritaje” Cualquier dictamen pericial integrante del material probatorio del Proceso.

“Dictamen Espinosa López” El Dictamen presentado por el Perito Carlos José Espinosa López.

“Dictamen Espinosa Restrepo” o

“Dictamen” o “Peritaje” Cualquier dictamen pericial integrante del material probatorio del Proceso.

“Dictamen Espinosa López” El Dictamen presentado por el Perito Carlos José Espinosa López.

“Dictamen Espinosa Restrepo” o “Dictamen de Contradicción — Estructura de Pavimento” Dictamen elaborado por Espinosa y Restrepo el 19 de agosto de 2017, titulado Concepto Técnico Daños en Pavimentos, Proyecto Ruta del Sol - sector 3 - Corredor Vial Carmen de Bolívar - Valledupar - Tramos 5y 6.

“Dictamen Gloria Correa” o “Dictamen de Contradicción —- Mayores Costos”

Dictamen elaborado por Gloria Zady Correa Palacio el 2 de agosto de 2017,titulado Objeciones al Dictamen presentado por Joyco S.A.S.

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minoDéfinido

“Dictamen Joyco No. 1” o “Dictamen Mayores Costos” Dictamenelaborado por Joyco el 30 de mayo de 2017, titulado Dictamen pericial sobre el mayorcosto porconcepto de la ejecución de las obras del Subcontrato 001-2012, no realizadas por Conalvías Construcciones S.A.S., en razón del abandono de las mismas.

“Dictamen Joyco No. 2” o “Dictamen Obligaciones Ambientales” Dictamen elaborado por Joyco el 30 de mayo

lizadas por Conalvías Construcciones S.A.S., en razón del abandono de las mismas.

“Dictamen Joyco No. 2” o “Dictamen Obligaciones Ambientales” Dictamen elaborado por Joyco el 30 de mayo de 2017, titulado Dictamen pericial sobre el cumplimiento de las obligaciones ambientales del Subcontrato 001-2012 yla valoración económica de su ejecución.

“Dictamen Joyco No. 3” o “Dictamen Disponibilidad Predial” Dictamenelaborado porJoyco el 15 deenero de 2018, titulado Dictamen pericial sobre disponibilidad predial en tramos a cargo de Conalvías Construcciones S.A.S.

“Dictamen Joyco No. 4” o “Dictamen Actividades No Ejecutadas y Pagadas” Dictamenelaborado por Joyco el 30 de mayo de 2017, titulado Dictamen pericial sobre las actividades no ejecutadas por Conalvías Construcciones S.A.S. que fueron pagadas por Constructora Ariguaní S.A.S. bajo un ítem de pago.

“Dictamen Joyco No. 5” o “Dictamen Retenciones Indicadores E 11, E 6 y MetasdeAsfalto” Dictamen elaborado por Joyco el 4 de septiembre de 2017, titulado Dictamen pericial sobre el valor de las retenciones por el incumplimiento de los indicadores E 11, E 6 y metas de asfalto.

“Dictamen Joyco No. 6” o “Dictamen Estructura de Pavimento”

Dictamen elaborado por Joyco el 30 de mayo de 2017, titulado Dictamen pericial en relación con el estado de la estructura de pavimentodelas vías objeto del Subcontrato EPC

men Estructura de Pavimento”

Dictamen elaborado por Joyco el 30 de mayo de 2017, titulado Dictamen pericial en relación con el estado de la estructura de pavimentodelas vías objeto del Subcontrato EPC No. 001-2012 y la valoración de la reparación o reposición de dicha estructura.

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“Dictamen Juan Clímaco Sánchez No. 1” o “Dictamen de Contradicción Obra no Ejecutada” El Dictamen elaborado por el Juan Clímaco Sánchez Arango en julio de 2017, relativo a obra pagada no ejecutada, indicador E 11 y metas de asfalto

“Dictamen Juan Clímaco Sánchez No. 2” o “Dictamen de Contradicción Valor Retenciones” El Dictamen elaborado por Juan Clímaco Sánchez Arango en diciembre de 2017, titulado “Manifestaciones referentes al Dictamen Pericial sobre el valor de las retenciones por incumplimiento de los indicadores E 11, E 6 y Meta de Asfalto” [Dictamen Joyco No. 5].

“Dictamen Rafael Arias” o “Dictamen Revisión Información Contable” Dictamen elaborado por Gabriel Sánchez y

Rafael Arias el 13 de enero de 2018, cuyo objeto fue Revisar la información suministrada, con el fin de verificar desde el punto de vista contable, el descuento efectivo por parte de la empresa YUMA CONCESIONARIA S.A. a la empresa CONSTRUCTORA ARIGUANIS.A.S., por concepto de incumplimiento de los indicadores E6, E11 yMetas de Asfalto, los cuales Ariguaní solicita le sean reconocidosporla compañía Conalvías Construcciones S.A.S.

“Dictamen Valenzuela Méndez” o “Dictamen de ContradicciónObligaciones Ambientales” Dictamen elaborado por Asesorías Valenzuela Méndez Ltda. el 13 de julio de 2017, relativo al cumplimiento de las obligaciones ambientales del Subcontrato EPC.

“Documento Gestión Predial vs. Ejecución”

El documento titulado Gestión Predial vs. Ejecución - Subcontrato EPC001-12 de julio de 2017, elaborado porla oficina técnica de Conalvías, y presentado por esta en el Proceso.

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ALO Definido

“EPC” Engineering, Procurement and Commissioning.

“Especificaciones INVIAS 2007” Las especificaciones generales de construcción de carreteras adoptadas por el Ministerio de Transporte mediante la Resolución 3288 del 15 de agosto de 2007, incluyendo

Engineering, Procurement and Commissioning.

“Especificaciones INVIAS 2007” Las especificaciones generales de construcción de carreteras adoptadas por el Ministerio de Transporte mediante la Resolución 3288 del 15 de agosto de 2007, incluyendo sus adiciones y/o modificaciones.

“Espinosa y Retrepo” EY REspinosa y Restrepo S.A.

“Excepciones” Genéricamente las Excepciones de Conalvías y/o las Excepciones de SBS, o cualquiera de unas u otras y, según el contexto, las excepciones referentes al Llamamiento en Garantía Liberty.

” “Excepciones de Conalvías Las excepciones y/o defensas formuladas por Conalvías.

“Excepciones de SBS” Las excepciones y/o defensas formuladas por SBS.

“Fiduciaria Bancolombia” Fiduciaria Bancolombia S.A., administradora y vocera del Fideicomiso — Patrimonio Autó- nomo Yuma.

“Gevial” Gevial, Ingeniería y Gestión Vial S.A.S.

“Gómez Cajiao” Gómez Cajiao y Asociados S.A.

“Grodco” C.I. Grodco Ingenieros Civiles S.A.S, antes C.I. Grodco S. en C.A Ingenieros Civiles.

“Hechos” Los relatados en la 8 V de la Demanda y/o en la 8 IV del Llamamiento en Garantía, incluyendo grupos de los mismos, o cualquiera de ellos en forma individual.

“I.P.C.” Índice de Precios al Consumidor reportado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, o quien haga sus veces.

“I.V.A.”

Impuesto al valor agregado.

de ellos en forma individual.

“I.P.C.” Índice de Precios al Consumidor reportado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, o quien haga sus veces.

“I.V.A.”

Impuesto al valor agregado.

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“Impregilo” Salini-Impregilo S.p.A., antes Impregilo S.p.A.

“INCO” El Instituto Nacional de Concesiones, hoy ANI.

“Indicador E-6 El indicador sobre baches, asentamientos y fisuras contemplado en el Contrato de Concesión.

“Indicador E-11 El indicador sobre estado y estabilidad de puentes contemplado en el Contrato de Concesión.

“Indicadores” Colectivamente el Indicador E-6 y el Indicador E-11.

“Informe Gómez Cajiao” Los informes sobre Revisión Avance Hitos de construcción Tramos Viales Ruta del Sol Sector 43", preparados por Gómez Cajiao a solicitud de Impregilo y presentados en noviembre de 2015 y junio de 2016.

“Ingetec” Ingetec S.A. Ingenieros Consultores. >

“Interrogatorio de Parte” El interrogatorio de parte decretado y rendido en el Proceso porel representante legal de Ariguaní y por el representante legal de Conalvías, según sea el caso.

“Interventor” o “Interventoría” El interventor del Contrato de Concesión.

dido en el Proceso porel representante legal de Ariguaní y por el representante legal de Conalvías, según sea el caso.

“Interventor” o “Interventoría” El interventor del Contrato de Concesión.

“INVIAS” El Instituto Nacional de Vías. “Isovial” Ingeniería de Soluciones Viales Integrales S.A.S. “Joyco” Joyco S.A.S. “Km” Kilómetro. “Laudo” El laudo que emite el Tribunal Arbitral mediante esta providencia. “Ley 1563” La Ley 1563 de 2012 y cualquier norma que

la adicione o modifique.

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“Liberty” Liberty Seguros S.A.

“Llamada en Garantía” SBS, respecto de la Póliza SBS, con la precisión indicada en la definición de “Partes”.

“Llamados en Garantía” Conjuntamente Chubb, Liberty y SBS, respecto de la Póliza Liberty, o cualquier combinación de ellos.

“Llamamiento en Garantía” o “Llamamiento en Garantía No. 1” o “Llamamiento en Garantía SBS” El llamamiento en garantía formulado por Ariguaní contra SBS con base en la Póliza SBS, comprendiendo, según el contexto, la reforma del mismo presentada con la Demanda Reformada.

“Llamamiento en Garantía No. 2”

El llamamiento en garantía formulado por Ariguaní contra SBS con base en la Póliza SBS, comprendiendo, según el contexto, la reforma del mismo presentada con la Demanda Reformada.

“Llamamiento en Garantía No. 2” o “Llamamiento en Garantía Liberty” El llamamiento en garantía formulado por Ariguaní contra Chubb, Liberty y SBS con base en laPóliza Liberty, comprendiendo, según el contexto, la reforma del mismo presentada con la Demanda Reformada.

“Llamamientos en Garantía” Conjuntamente el Llamamiento en Garantía SBS el Llamamiento en Garantía Liberty.

“Metas de Asfalto” Las metas de asfalto contempladas en el Otrosí No. 4 del Contrato de Concesión.

“Mej"o'"M” Mejoramiento, como parte de las obras a cargo de Conalvías. “NIT” Número de Identificación Tributaria. “Otrosí” Cualquier acuerdo modificatorio del Contrato de Concesión, el Contrato EPC o el Subcontrato EPC, según sea el caso. “p.I.P.” Programa de Intervención Prioritaria. “Partes” Ariguaní y/o Conalvías, o cualquiera de ellas.

Según el contexto en que se emplee el término, SBS también podrá ser referida como “Parte”.

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EititerTeo)

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EititerTeo)

”Pesos” o “$” Moneda legal de la República de Colombia.

“Perito” El autor de cualquier Dictamen presentado en el Proceso.

“Principios UNIDROIT” Principios UNIDROIT sobre los Contratos Comerciales Internacionales - Versión 2010.

“Póliza Liberty” La Póliza de Cumplimiento para Particulares No. 2527506, expedida el 22 de junio de 2015 porLiberty, donde aparece comotomador Conalvías y como aseguradosy beneficiarios Ariguaní y Yuma. La Póliza Liberty fue expedida en coaseguro con Liberty participando en el 34%, SBS en el 33% y Chubbenel 33%.

“Póliza 1000013” o “Póliza AIG” o “Póliza SBS” El contrato de seguro documentado en la Pó- liza de Seguro de Cumplimiento para Entidades Particulares Nos. 1000012 - 1000013, expedida el 17 deabril de 2012 por SBS (entonces AIG Seguros Colombia S.A.), donde aparece como tomador Conalvías y como asegurados y beneficiarios Ariguaní, Impregilo y Yuma.

“Pretensiones” Genéricamente, las Pretensiones de la De- .manda y/o del Llamamiento en Garantía, incluyendo grupos de las mismas, o cualquiera de ellas en forma individual.

“Proyecto”

De manera general, las obras y actividades referidas en la 8 1.38 del Subcontrato EPC,

.manda y/o del Llamamiento en Garantía, incluyendo grupos de las mismas, o cualquiera de ellas en forma individual.

“Proyecto”

De manera general, las obras y actividades referidas en la 8 1.38 del Subcontrato EPC, correspondientes a los Tramos Nos.5, 6, 7 y 8 de la Ruta del Sol 111 (CarmendeBolívarValledupar).

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Tira

“Ruta del Sol 111” El denominado Sector 3 del Proyecto Vial Ruta del Sol, comprendido, por una parte, entre San Roque y Ye de Ciénagay, porotra parte, entre CarmendeBolívar y Valledupar.

“SBS” SBS Seguros Colombia S.A., antes AIG Seguros Colombia S.A.

“Subcontratistas EPC” Ariguaní y Grodco, o cualquiera de ellos en forma individual.

“Subcontrato” o “Subcontrato El Subcontrato EPCNo. 001-12, celebradoel

EPC” 12 de abril de 2012 entre Ariguaní y Conalvías, incluyendo, según el contexto, uno o varios de sus Otrosíes. “Testigo” Ver “Declarante”.

“Testimonio” Ver “Declaración”.

“Tramo” Cualquiera, o varios, de los tramos correspondientes a la Ruta del SolIII, en particular los asignados a Conalvías, sean de Obra o Vía Nueva o de Mejoramiento.

“Testimonio” Ver “Declaración”.

“Tramo” Cualquiera, o varios, de los tramos correspondientes a la Ruta del SolIII, en particular los asignados a Conalvías, sean de Obra o Vía Nueva o de Mejoramiento.

“Tribunal Arbitral” o “Tribunal” El tribunal arbitral a cargo de este Proceso.

“ZODMES”

“UN” Vía Nueva, como parte de las obras a cargo de Conalvías. “Yuma” Yuma Concesionaria S.A. Zonas de depósito de material estéril.

En la parte resolutiva del Laudo se podrán emplearlas definiciones anteriores, exceptuandolas de las Partes y la Llamada en Garantía, que serán identificadas por su denominación completa. Las expresiones “Art.” o “Par.” o “8” significarán, según el contexto en que se empleen, cualquier artículo, sección, acápite, parágrafo o capítulo de una disposición legal o de una cláusula o estipulación contractual o de un escrito o decisión relativa a este Arbitraje.

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En la medida de lo posible, y en cuanto sea práctico, las citas de documentos,

escritos de las Partes, disposicionesdel Tribunal, normatividad, jurisprudencia, doctrina, etc. que se hagan en este Laudo seguirán el correspondiente formato original. Adicionalmente, por razones de facilidad, en caso de citas de documentos obrantes en el Proceso, se acudirá, indistintamente, a la mención de los cuadernos y folios del expediente, o a la página del correspondiente documento (escritos de las Partes y/o de la Llamada en Garantía, Testimonios, Dictámenes, etc.). Finalmente, y también para fines de facilidad, en ocasiones -como se puso de presente en la definición del términose designará con el nombre genérico de “Partes” tanto a la Convocante como a la Convocada —partes propiamente dichascomo a la Llamada en Garantía.

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9.

CAPÍTULO 11 — PARTES. LLAMADA EN GARANTÍA. APODERADOS

Son Partes y Llamada en Garantía en este Proceso: a. Como Convocante: Constructora Ariguaní S.A.S. - En reorganización, (atrás definida como “Ariguaní” o “Convocante”), sociedad por acciones simplificada, con domicilio en Bogotá y NIT 900.475.730-1, constituida mediante

documento privado del 24 de octubre de 2011, inscrita el siguiente 4 de noviembre en la Cámara de Comercio de Bogotá, bajo el número 01525376 del Libro IX, representada legalmente por su Gerente General, Pasquale Buonanno, según consta en el certificado de existencia y representación legal que obra enel Proceso.

Como Convocada: Construcciones Conalvías S.A.S. — En Reorganización, (atrás definida como “Conalvías” o “Convocada”), sociedad por acciones simplificada,? con domicilio en Cali y NIT 890.318.278-6, constituida mediante escritura pública No. 2488 del 28 de julio de 1980 de la Notaría 5a de Cali, representada legalmente por su Gerente, Álvaro Torres, según consta en el certificado de existencia y representación legal que obra en el Proceso.?

1 2 Cuaderno Principal No. 1 - Folios 123 a 125. Originalmente Conalvías tuvo la condición de sociedad anónima. Cuaderno Principal No. 1 - Folios 126 a 153.

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Como Llamada en Garantía: SBS Seguros Colombia S.A.(atrás definida como "Llamada en Garantía” o “SBS”), sociedad anónima con domicilio en Bogotá y NIT 860.037.707-9, constituida por escritura pública No. 1647 del 6 de julio de 1973 de la Notaría 11 de Bogotá, representada legalmente por su Presidente, Martha Lucía Pava, según consta enel certificado'de existencia y representación legal que obra en el.Proceso.?

10. Los Apoderados en este Proceso han sido: De Ariguaní, el doctor Daniel Posse Velásquez, a quien se le reconoció personería oportunamente, y ocasionalmente sustituyó su

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