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Laudo 4971 TRANSPORTE ZONAL INTEGRADO S.A.S. - TRANZIT S.A.S. VS. EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TE

Cámara de Comercio de Bogotá

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Título
Laudo 4971 TRANSPORTE ZONAL INTEGRADO S.A.S. - TRANZIT S.A.S. VS. EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TE
Autor
Cámara de Comercio de Bogotá
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
MASC
Año

TRIBUNAL DE ARBITRAJE DE TRANSPORTE ZONAL INTEGRADOTRANZIT S.A.S.

Vs.

EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO -TRANSMILENIO S.A.

LAUDO Bogotá D.G., 30 de noviembre de 2018 Agotado el trámite legal correspondiente, el Tribunal emite el laudo que pone fin al . presente proceso seguido entre las partes que se identifican enseguida, el cual es acogido por unanimidad de los Árbitros y se integra de los siguientes capítulos: GLOSARIO Con el fin de facilitar el entendimiento de las expresiones de uso frecuente en la presente providencia, enseguida se definen las mismas y sus abreviaturas: Abreviatura Nombre Centro de Arbitraje o el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Centro Comercio de. Bogotá

COOBUS COOBUS S.A.S.

EGOBUS EGOBUS S.A.S., ,-

El Contrato Contrato de Concesión No. 011 de 201 O Las partes TRANZIT y TRANSMILENIO TISC Tarjeta Inteligente Sin Contacto TPC Transporte Público Colectivo TRANZIT, demandante, TRANSPORTE ZONAL INTEGRADO S.A.S. EN demandada en REORGANIZACIÓN - TRANZIT S.A.S. reconvención, convocan te o concesionario TRANSMILENIO, Empresa de Transporte del Tercer Milenio S.A. demandada, demandante en reconvención, convocada o Ente Gestor SIRCI Sistema Integrado de Recaudo, Control e Información al Usuario del SITP SITP Sistema Integrado de Transporte Público

1TRIBUNAL DE ARBITRAJE DE TRANSPORTE ZONAL INTEGRADO­

convocada o Ente Gestor SIRCI Sistema Integrado de Recaudo, Control e Información al Usuario del SITP SITP Sistema Integrado de Transporte Público

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TRANZIT S.A.S.

Vs.

EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO -TRANSMILENIO S.A.

TABLA DE CONTENIDO

l. ANTECEDENTES DEL LITIGIO. Y TRÁMITE DEL PROCESO ........................ 6

11. FUNDAMENTOS DE HECHO ........................................................................ 14

LA DEMANDA PRINCIPAL REFORMADA ........................................................... 14

PRONUNCIAMIENTO DE TRANSMILENIO SOBRE LOS HECHOS DE LA DEMANDA PRINCIPAL REFORMADA ................................................................. 51

LA DEMANDA DE RECONVENCIÓN REFORMADA ........................................... 77

PRONUNCIAMIENTO DE TRANZIT SOBRE LOS HECHOS DE LA DEMANDA DE RECONVENCIÓN REFORMADA ......................................................................... 80

111. PRESUPUESTOS PROCESALES ................................................................. 83

IV. CONSIDERACIONES DEL TRIBUNAL. ......................................................... 83

LA DEMANDA PRINCIPAL ................................................................................. 111

Pretensión primera ........................................................................................... 111 Pretensiones segunda y tercera ...................................................................... 113 Pretensión sexta .............................................................................................. 122 Pretensión séptima .......................................................................................... 125 Pretensiones cuarta, quinta, octava, novena, décima, undécima y duodécima 127 Pretensión décima tercera ............................................................................... 146 Pretensión décima cuarta ................................................................................ 147 Pretensión décima quinta ................................................................................ 149 Pretensión décima sexta .................................................................................. 150 Pretensión décima séptima .............................................................................. 154

Pretensión décima tercera ............................................................................... 146 Pretensión décima cuarta ................................................................................ 147 Pretensión décima quinta ................................................................................ 149 Pretensión décima sexta .................................................................................. 150 Pretensión décima séptima .............................................................................. 154 Pretensiones decimoctava, decimonovena, vigésima, vigésima primera, vigésima segunda, vigésima tercera y vigésima cuarta ................................... 157 Pretensión vigésima quinta .............................................................................. 182 Pretensión vigésima sexta ................................................................................ 183 Pretensión vigésima séptima ........................................................................... 186 2_)

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Vs.

EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO -TRANSMILENIO S.A.

Pretensiones vigésima octava, vigésima novena, trigésima y trigésima primera ......................................................................................................................... 199 Pretensión vigésima novena ............................................................................ 217 Pretensión trigésima ........................................................................................ 219 Pretensión trigésima primera ........................................................................... 228 Pretensiones trigésima segunda, trigésima tercera, trigésima cuarta, trigésima quinta y trigésima sexta ................................................................................... 261 Pretensión trigésima séptima ........................................................................... 271 Pretensión trigésima octava ............................................................................. 282 Pretensión trigésima novena ........................................................................... 284 Pretensiones cuadragésima, cúadragésima primera y cuadragésima segunda ......................................................................................................................... 288 Pretensión cuadragésima tercera .................................................................... 294 Pretensiones cuadragésima cuarta, cuadragésima quinta, cuadragésima sexta y

......................................................................................................................... 288 Pretensión cuadragésima tercera .................................................................... 294 Pretensiones cuadragésima cuarta, cuadragésima quinta, cuadragésima sexta y cuadragésima séptima ..................................................................................... 298 Pretensiones cuadragésima octava y cuadragésima novena .......................... 303 Pretensión quincuagésima ......... : ..................................................................... 315 Pretensión quincuagésima primera ................................................................. 319 Pretensiones quincuagésima segunda y quincuagésima tercera .................... 331 Pretensiones quincuagésima cuarta, quincuagésima quinta y quincuagésima sexta ................................................................................................................ 336 Pretensión quincuagésima séptima ................................................................. 359 Pretensión quincuagésima octava ................................................................... 362 Pretensión quincuagésima novena .................................................................. 363 Pretensión sexagésima .................................................................................... 364 Pretensión sexagésima primera ...................................................................... 367 pretensión sexagésima segunda ..................................................................... 369 Pretensión sexagésima tercera ....................................................................... 383 Pretensión sexagésima cuarta ......................................................................... 403 Pretensión sexagésima quinta ......................................................................... 406 Pretensión sexagésima sexta .......................................................................... 407 31 '¡

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TRANZIT S.A.S.

Vs.

EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO-TRANSMILENIO S.A.

Pretensiones sexagésima séptima, sexagésima octava sexagésima novena . 414 Pretensiones septuagésima, septuagésima primera y septuagésima segunda ......................................................................................................................... 419

Pretensiones sexagésima séptima, sexagésima octava sexagésima novena . 414 Pretensiones septuagésima, septuagésima primera y septuagésima segunda ......................................................................................................................... 419 Pretensión septuagésima tercera, septuagésima cuarta y septuagésima quinta ......................................................................................................................... 422 Pretensiones septuagésima sexta, septuagésima séptima y septuagésima octava .............................................................................................................. 423 Pretensión septuagésima novena .................................................................... 426 Pretensión octogésima .................................................................................... 427 Pretensiones octogésima primera, octogésima segunda y octogésima tercera ......................................................................................................................... 429 Pretensión octogésima cuarta ......................................................................... 431 Pretensiones octogésima quinta ...................................................................... 435 Pretensión octogésima sexta ........................................................................... 435 Pretensiones octogésima séptima, octogésima octava, octogésima novena, nonagésima primera, nonagésima segunda, nonagésima tercera y nonagésima cuarta ............................................................................................................... 439 Pretensión nonagésima quinta ........................................................................ 472

LA DEMANDA DE RECONVENCIÓN ................................................................. 476

Pretensiones primera, segunda, tero:era, cuarta, vigésima séptima, vigésima octava y vigésima novena ................................................................................ 476 Pretensiones quinta, sexta, séptima, octava, novena, décima, décima quinta y décima sexta .................................................................................................... 476 Pretensiones décima primera, décima segunda y trigésima primera ............... 493 Pretensión décima tercera ............................................................................... 494 Pretensión décima cuarta ................................................................................ 495

décima sexta .................................................................................................... 476 Pretensiones décima primera, décima segunda y trigésima primera ............... 493 Pretensión décima tercera ............................................................................... 494 Pretensión décima cuarta ................................................................................ 495 Pretensiones décima séptima y décima octava ............................................... 496 Pretensión décima novena .............................................................................. 499 Pretensión vigésima ......................................................................................... 502 Pretensión vigésima primera ........................................................................... 502 Pretensiones vigésima segunda, vigésima tercera, vigésima cuarta y trigésima ......................................................................................................................... 505

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EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO -TRANSMILENIO S.A.

Pretensiones vigésima quinta y vigésima sexta ............................................... 511

PRONUNCIAMIENTO SOBRE LAS EXCEPCIONES ......................................... 514

Excepciones propuestas contra las pretensiones de la demanda principal ..... 514 Excepciones propuestas contra las pretensiones de la demanda de reconvención ................................................................................................... 535 OTROS ASPECTOS QUE FUERON PLANTEADOS POR LAS PARTES Y QUE SE DEBEN RESOL VER ...................................................................................... 535 La tacha por sospecha formulada en relación con algunos de los testigos ..... 535 La objeción por error grave del dictamen de Cal y Mayor propuesta por TRANSMILENIO .............................................................................................. 541 Las objeciones a los juramentos estimatorios propuestas por las dos partes contra la respectiva estimación de su contraparte ........................................... 546 Levantamiento de la medida cautelar .............................................................. 547 El precedente judicial invocado por TRANSMILENIO ...................................... 548

V. COSTAS ...................................................................................................... 552

contra la respectiva estimación de su contraparte ........................................... 546 Levantamiento de la medida cautelar .............................................................. 547 El precedente judicial invocado por TRANSMILENIO ...................................... 548

V. COSTAS ...................................................................................................... 552

VI. PARTE RESOLUTIVA .................................................................................. 552

LA DEMANDA PRINCIPAL. ............................................................................. 553

LA DEMANDA DE RECONVENCIÓN ............................................................. 557

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EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO -TRANSMILENIO S.A.

l. ANTECEDENTES DEL LITIGIO Y TRÁMITE DEL PROCESO

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES DEL PROCESO LA DEMANDANTE Y DEMANDADA EN RECONVENCIÓN La parte Demandante y Demandada en reconvención es TRANSPORTE ZONAL INTEGRADO S.A.S. EN REORGANIZACIÓN - TRANZIT S.A.S. (en adelante, TRANZIT, demandante principal, reconvenida, convocante, demandada en reconvención o concesionario), sociedad comercial, inscrita en la Cámara de Comercio de Bogotá el 1 O de noviembre de 201 O, representada legalmente por la señora Edna Piedad Cubillos Caicedo. LA DEMANDADA Y DEMANDANTE EN RECONVENCIÓN La parte Demandada y Demandante en reconvención, es la Empresa de Transporte del Tercer Milenio S.A., (en adelante, TRANSMILENIO, demandada, convocada, reconviniente o demandante en reconvención), sociedad comercial constituida por medio de Escritura Pública No. 1528 del 13 de octubre de 1999, representada legalmente por su Gerente General, la señora Alexandra Rojas Lopera.

reconviniente o demandante en reconvención), sociedad comercial constituida por medio de Escritura Pública No. 1528 del 13 de octubre de 1999, representada legalmente por su Gerente General, la señora Alexandra Rojas Lopera. EL PACTO ARBITRAL El pacto arbitral por el que hay lugar a dirimir las controversias surgidas entre las partes, se encuentra establecido en la cláusula ciento setenta y ocho (178) del Contrato de Concesión No. 011 de 201 O: "CLÁUSULA 178. TRIBUNAL DE ARBITRAMENTO EN DERECHO "Cualquier divergencia que surja entre las partes con ocasión de la celebración, interpretación, ejecución o liquidación de este Contrato que no sea de carácter técnico, será dirimida por un Tribunal de Arbitramento, el cual se regirá por las siguientes reglas: 178.1. El Tribunal estará compuesto por tres (3) árbitros designados de común acuerdo por las partes cuando la cuantificación de la pretensión o la valoración del conflicto sea igual o superior a dos mil (2000) salarios mínimos legales mensuales vigentes al momento de presentación de la respectiva solicitud de citación del Tribunal. En el caso en que el valor de estimación del conflicto o de las pretensiones se encuentre por debajo de tal valor, se designará un único árbitro.

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Vs. EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO - TRANSMILENIO S.A. 178.2. El Tribunal estará compuesto por tres (3) árbitros con sede en Bogotá, escogidos de común acuerdo por las partes. En caso de desacuerdo serán

178.2. El Tribunal estará compuesto por tres (3) árbitros con sede en Bogotá, escogidos de común acuerdo por las partes. En caso de desacuerdo serán designados por el Centro de Arbitraje y Conciliación Mercantil de la Cámara de Comercio de Bogotá. 178.3. Los árbitros decidirán en derecho. 178.4. El Tribunal se regirá por lo previsto en esta cláusula y por las disposiciones del Decreto 2279 de 1.989, Ley 23 de 1.991, el Decreto 2651 de 1991, la Ley 446 de 1998, el Decreto 1818 de 1998, y por las demás normas que los adicionen, modifiquen o reemplacen. 178.5. La aplicación y los efectos de las cláusulas de caducidad, terminación unilateral, interpretación unilateral y modificación unilateral no podrán ser sometidas a arbitramento. 178.6. El Tribunal tendrá un plazo de 4 meses prorrogables por un plazo igual, en caso de que así lo consideren necesario los miembros del Tribunal. 178. 7. Los gastos que ocasione la intervención del Tribunal de Arbitramento serán cubiertos de conformidad con las normas aplicables. La intervención del Tribunal de Arbitramento no suspenderá la ejecución del Contrato." EL TRÁMITE DEL PROCESO ARBITRAL Convocatoria e integración del Tribunal arbitral El 1 de noviembre de 2016, la sociedad Transporte Zonal Integrado S.A.S., presentó demanda contra Empresa de Transporte del Tercer Milenio - Transmilenio S.A., ante el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá (en adelante, el Centro o Centro de Arbitraje).

presentó demanda contra Empresa de Transporte del Tercer Milenio - Transmilenio S.A., ante el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá (en adelante, el Centro o Centro de Arbitraje). El día 15 de noviembre de 2016 se hicieron presentes en las instalaciones del Centro los doctores, Edwin Cortés Mejía, en calidad de apoderado de la parte convocante y Melba Rocío Pérez, como subgerente jurídica y representante legal de la parte convocada. Los asistentes a dicha audiencia designaron como árbitros a los doctores FERNANDO PABÓN SANTANDER, ANNE MARIE MÜRRLE ROJAS y MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ. Este último manifestó su imposibilidad de aceptar fungir como árbitro señalando ser asesor jurídico del Distrito Capital para el momento del nombramiento. Ante la imposibilidad del doctor BERMÚDEZ MUÑOZ, se envió comunicación el 9 de diciembre de 2016 al doctor JOSÉ VICENTE GUZMÁN ESCOBAR, también escogido por común acuerdo de las partes.

7. TRIBUNAL DE ARBITRAJE DE TRANSPORTE ZONAL INTEGRADOT:,RANZIT S.A.S.

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EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO -TRANSMILENIO S.A.

Todos los árbitros aceptaron expresa y oportunamente su designación. Previas citaciones del Centro de Arbitraje, a los árbitros y a las partes, y conforme lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 1563 de 2012, el Tribunal se instaló el 24 de enero de 2017 (Acta No. 1). En dicha audiencia se designó secretario del Tribunal

lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 1563 de 2012, el Tribunal se instaló el 24 de enero de 2017 (Acta No. 1). En dicha audiencia se designó secretario del Tribunal a JUAN PABLO RIVEROS LARA, quien aceptó el cargo y tomó posesión del mismo oportunamente. Todos los integrantes del Tribunal dieron cumplimiento al deber de información prevenido en el artículo 15 de la Ley 1563 de 2012. (~ Admisión de la demanda principal y de la demanda de reconvención ,---, 1 • ---- . En el curso de la audiencia de instalación, el Tribunal admitió la demanda presentada por la empresa TRANZIT S.A.S., contra la sociedad TRANSMILENIO S.A. (Auto No. 2). Tras la presentación de un recurso de reposición por parte de la demandada contra el auto referido previamente, el 6 de marzo de 2017 el Tribunal no accedió a la petición de revocar el auto admisorio de la demanda y lo mantuvo en todas sus partes (Auto No. 4). Posteriormente, TRANSMILENIO presentó una demanda de reconvención contra TRANZIT, la cual fue admitida el 15 de mayo de 2017 (Auto No. 5), por cumplir con los requisitos legales y haber sido presentada en tiempo. Dentro del término legal, TRANSMILENIO contestó la demanda, presentó excepciones de mérito y objetó el juramento estimatorio. El 15 de agosto de 2017 se admitió la reforma a la demanda principal y se dió traslado de esta a la parte convocada (Auto No. 1 O). El 29 de septiembre de 2017 se admitió la reforma a la demanda de reconvención presentada por

traslado de esta a la parte convocada (Auto No. 1 O). El 29 de septiembre de 2017 se admitió la reforma a la demanda de reconvención presentada por TRANSMILENIO, se dio traslado de la misma a TRANZIT y se le entregó al Ministerio Público (Auto No. 14). Audiencia de conciliación El 2 de noviembre de 2017 se llevó a cabo la audiencia de conciliación declarándose fallida la oportunidad, por lo cual el Tribunal ordenó continuar con el proceso (Auto No. 16) y procedió con la fijación de honorarios (Auto No. 17).

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A la audiencia asistieron los apoderados de las partes y la Agente del Ministerio Público, quienes manifestaron su conformidad con la declaración de la conciliación como fallida y el control de legalidad oficioso realizado por el Tribunal. Honorarios y gastos del proceso El mismo 2 de noviembre de 2017 el Tribunal fijó las sumas correspondientes a honorarios de los Árbitros, del Secretario, las partidas de administración del Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá y otros gastos del proceso. El 23 de noviembre de 2014, se verificó el pago correspondiente a cada una de las partes por los conceptos señalados, por lo que el Tribunal convocó la primera audiencia de trámite para el 13 de diciembre de 2017 (Auto No. 18). Primera audiencia de trámite El 13 de diciembre de 2017 se dio inicio a la celebración de la primera audiencia de

audiencia de trámite para el 13 de diciembre de 2017 (Auto No. 18). Primera audiencia de trámite El 13 de diciembre de 2017 se dio inicio a la celebración de la primera audiencia de trámite, de conformidad con el artículo 30 de la Ley 1563 de 2012 y tras haber s_ido suspendida (Autos No. 19 y No. 22), se declaró terminada el 7 de febrero de 2018. Durante todo el curso de la audiencia inicial, se hizo presente en la sede del Tribunal MONICA IVÓN ESCALANTE RUEDA, en su calidad de PROCURADORA 50

JUIDIDAL II PARA AUNTOS ADMINISTRATIVOS.

En dicha oportunidad, el Tribunal declaró su competencia para conocer y resolver en derecho las controversias surgidas entre las partes, con fundamento en la cláusula compromisoria contenida en la cláusula 178 del Contrato de Concesión No. 011 de 201 O. Decreto y práctica de pruebas En la primera audiencia de trámite, el Tribunal profirió auto de decreto de las pruebas solicitadas por TRANZIT en la demanda principal y su reforma, en el traslado de las excepciones de mérito propuestas por TRANSMILENIO, en la contestación a la reconvención y su reforma. Así mismo, se decretaron las pruebas solicitadas por TRANSMILENIO en su contestación a la demanda y su reforma y en la reconvención y su reforma. Con el valor que la ley les confiere, se agregaron al expediente los documentos aportados, así:

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Vs.

EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO-TRANSMILENIO S.A.

aportados, así:

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Vs.

EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO-TRANSMILENIO S.A.

a. Por la parte convocante y demandada en reconvención Con su escrito de demanda con la demanda: folios 1 a 377 del Cuaderno de Pruebas No. 1. A través de documento del 20 de septiembre de 2017, aportó pruebas adicionales, contenidas en un CD: folio 39 del Cuaderno de Pruebas No.

2. Con la reforma a la demanda principal, aportó un CD: folio 43 del Cuaderno de

Pruebas No. 2. La convocante, no solicitó pruebas distintas de las pedidas en la demanda principal en su contestación a la reconvención ni su contestación a la reconvención reformada. b. Por la parte convocada y demandante en reconvención Con la contestación de la demanda: folios 1 al 15 del Cuaderno de Pruebas No. 2, la convocada aportó con su contestación a la demanda reformada, tres CDs: folio 45 del Cuaderno de Pruebas No. 2. A través de su demanda de reconvención se aportaron nuevos documentos: folios 17 al 37 del Cuaderno de Pruebas No. 2. A través de oficio del 5 de octubre de 2017: folio 41 del Cuaderno de Pruebas No. 2. Con la reforma a la reconvención los documentos (folio 47 al 285 del Cuaderno de Pruebas No. 2) c. Testimonios El Tribunal arbitral recibió los siguientes testimonios: Sugey Andrea Rodríguez 15 de marzo de 2018 Acta No. 19

Pruebas No. 2) c. Testimonios El Tribunal arbitral recibió los siguientes testimonios: Sugey Andrea Rodríguez 15 de marzo de 2018 Acta No. 19 Carlos Eduardo Vemara Emiliani 15 de marzo de 2018 Acta No. 19 Jhon Fredv Bohórquez Jiménez 15 de marzo de 2018 Acta No. 19 Wilmer Alexis Gonzáles Murcia 16 de marzo de 2018 Acta No. 20 Joan Camilo Florián Cañón 16 de marzo de 2018 Acta No. 20 lvonne Alcalá Arévalo 16 de marzo de 2018 Acta No. 20 Jorge Eduardo Cabrera Vargas 20 de abril de 2018 Acta No. 22 Daniel Fernando Cárdenas Ochoa 20 de abril de 2018 Acta No. 22 Guillermo Sarmiento Useche 21 de mavo de 2018 Acta No. 25 Los testigos Sugey Andrea Rodríguez, Carlos Eduardo Vergara Emiliani, Jhon Fredy Bohórquez Jiménez, Wilmer Alexis Gonzáles Murcia, Joan Camilo Florián Cañón fueron tachados por sospecha por TRANSMILENIO.

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TRANZIT S.A.$;

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La parte convocante desistió de los testimonios de José Jonathan Londoño Morales, Andrés Contreras Bohórquez, Óscar Fernando Mejía Carvajal, Germán Cáceres Romero, Pedro Javier Rodríguez Amaya, áscar Eduardo Salamanca Reyes, Johnnatan Munévar, Bibiana Marcela Linero Guiza y Juan Manuel Sastoque. d. Inspección judicial y Exhibición de documentos

Cáceres Romero, Pedro Javier Rodríguez Amaya, áscar Eduardo Salamanca Reyes, Johnnatan Munévar, Bibiana Marcela Linero Guiza y Juan Manuel Sastoque. d. Inspección judicial y Exhibición de documentos La Secretaria de Movilidad llevó a cabo la exhibición de documentos el 16 de febrero de 2018, y los exhibidos fueron incorporados al expediente según lo dispuesto en el Auto No. 28. TRANSMILENIO exhibió documentos en la misma fecha y los exhibidos fueron incorporados en el expediente según lo dispuesto en el Auto No. 29. Si bien el Tribunal había decretado la inspección judicial para evidenciar el estado de la infraestructura en la zona Usme (Auto No. 38), la convocada desistió de la misma el 21 de mayo de 2018 (Acta No. 35). e. Prueba trasladada El Tribunal accedió a la solicitud de la convoéante de incorporar al expediente las grabaciones y transcripciones de los testimonios que se relacionan en los numerales 3.7.1. a 3.7.4. (folio 24 del Cuaderno Principal No. 4). f. Prueba pericial Por solicitud de la parte convocante se decretó un dictamen pericial ECONÓMICO­ FINANCIERO que fue rendido por la firma ÍNTEGRA AUDITORES CONSULTORES S.A. el día 16 de abril de 2016. Del anterior dictamen se corrió traslado, a las partes y al Ministerio Público el 17 de abril de 2018 mediante Auto No. 37 (folio 337 del Cuaderno Principal No. 4), por lo que ambas partes solicitaron su complementación y aclaración y la convocante solicitó fijar fecha para realizar audiencia de interrogatorio al perito.

abril de 2018 mediante Auto No. 37 (folio 337 del Cuaderno Principal No. 4), por lo que ambas partes solicitaron su complementación y aclaración y la convocante solicitó fijar fecha para realizar audiencia de interrogatorio al perito. Las aclaraciones y complementaciones rendidas por ÍNTEGRA AUDITORES CONSULTORES S.A. fueron trasladadas a las partes y al Ministerio Público mediante fijación en lista del 13 de junio de 2018 e incorporadas al expediente (folios 72 al 321 y 384 en adelante del Cuaderno de Pruebas No. 7).

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TRANZIT desistió a la solicitud de interrogatorio al perito de ÍNTEGRA AUDITORES CONSULTORES S.A., lo cual fue aceptado por el Tribunal (Auto No. 46). g. Experticias de parte El Tribunal tuvo como experticia de parte, la aportada por lo demandante, a ser rendida por la firma STRATEGAS CONSULTORES (folios 286 y 565 del Cuaderno de Pruebas No. 2) y por la firma CAL Y MAYOR (Cuadernos de Pruebas 3, 4 y 5). La convocada aportó el dictamen elaborado por la firma VALORA S.A., a fin de revisar las cifras presentadas por la firma STRATEGAS CONSULTORES (folio 495 del Cuaderno de Pruebas No. 5) h. Declaracio

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