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Laudo 5377 MAURICIO HERNANDO GARZON CORTES y GABRIEL HERNANDO GARZON VELASQUEZ VS. CONSTRUCTOR

Cámara de Comercio de Bogotá

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Detalles

Título
Laudo 5377 MAURICIO HERNANDO GARZON CORTES y GABRIEL HERNANDO GARZON VELASQUEZ VS. CONSTRUCTOR
Autor
Cámara de Comercio de Bogotá
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
MASC
Año

TRIBUNAL DE ARBITRA\JE DE MAURICIO HERNÁNDO GARZÓN CORTES Y GABRIEL HERNÁNDO GARZÓN VEl,.ÁSQUEZ CONTRA CONSTRUCTORA MARSIL S.A.S. - EXP. 5377 ' . . . .

TRIBUNAL DE ARBITRAJE

MAURICIO HE

1

RNÁNDO GARZÓN

CORTES Y GABRIEL HERNÁNDO

GARZÓN VELÁSQUEZ

CONTRA

CONSTRUCTORA MARSIL S.A.S.

·LAUDO ARBITRAL

Bogotá D.C., veintiocho de (28) de agosto de dos mil dieciocho (2018).

CAMARA DE COMERCIO DE BOGOTACENTRO DE ARBITRAJE Y CONCILIACION. ', \ . ~ . . .

TRIBUNAL DE ARBITRAJE

MAURICIO HERNANDO GARZÓN CORTES Y GABRIEL HERNANDO GARZÓN

VEl.;.ÁSQUEZCONTRA CONSTRUCTORA MARSIL S.A.S.

TRIBUNAL DE ARBITRAJE .

MAURICIO HERNANDO GARZÓN CORTES Y GABRIEL

. H.ERNANDO GARZÓN VÉLÁSQUEZ .

CONTRA

CONSTRUCTORA MARSIL S.A.S.

LAUDO ARBITRAL

1 Bogotá D.C., veintiocho (28) de agosto de dos mil dieciocho (2018). El Tribunal de Arbitraje integrado para dirimir .en derecho las controversias suscitadas entre MAURICIO HERNÁNDO GARZÓN CORTES y GÁE3RIEL HERNÁNDO GARZÓN VELÁSQUEZ, como Convocantes, y ~- CONSTRUCTORA MARSIL S.A.S., como parte Convocada, profiere el presente Laudo Arbitral después .de que todas

CORTES y GÁE3RIEL HERNÁNDO GARZÓN VELÁSQUEZ, como Convocantes, y ~- CONSTRUCTORA MARSIL S.A.S., como parte Convocada, profiere el presente Laudo Arbitral después .de que todas las etapas que la• normatividad vigente (Ley 1563 de 2012 y normas ) . complementarias)· prevé para el desarrollo del proceso . arbitral se surtieron debidamente, etapás que se adelantaron con apego a la ley y con pleno respeto de los derechos y garantías de las partes, con lo· cual se decide el conflicto jurídico que las partes sometieron al conocimiento de··este Tribunal.

CAPÍTULO PRIMERO

ANTECEDENTES DEL LITIGIO Y TRÁMl1E DEL PROCESO

.;~:: :~

1.- IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES DEL PROCESO.

Los extremos de este proceso arbitral son los siguientes: 1.1.- La parte Convocante en este proceso está compuesta por las siguientes personas naturales: · CÁMARA DE CQMERCIO DE BOGOTÁ, CENTRO DE ARBITRAJE Y CONCILIACIÓN . .',... :, ' . ' ~ '

TRIBUNAL DE ARBITRAJE

MAURICIO HERNANDO GARZÓN CORTES Y GABRÍEL HERNANDO GARZÓN

VELÁSQUEZCONTRA CONSTRUCTORA MARSIL S.A.S.

MAURICIO HERNANDO. GARZÓN CORTES, mayor de _edad, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.977.623 de Bogotá, domiciliado en la misma ciudad.

GABRIEL HERNANOO GARZÓN VELÁSQUEZ, mayor de edad,

identificado con cédula de ciudadanía No. 9.078.227 ·de Cartagena,

domiciliado en la misma ciudad.

GABRIEL HERNANOO GARZÓN VELÁSQUEZ, mayor de edad,

identificado con cédula de ciudadanía No. 9.078.227 ·de Cartagena, domiciliado en la :ciudad Bogotá. En este proceso actúan a través de apoderado judicial, a quien en forma oportuna se le reconoció personería para actuar en el presente trámite con fundamento en el poder que repo.sa en el expediente.· 1.2.- La parte Convocada es la_ sociedad CONSTRUC~ORA MARSIL , S.A.S., sociedad_ comercial de derecho pr!vado, con domicilio principal en la ciudad de Bogotá, identificada· con Nit. 900.604.650-5, representada legalmente .por 'üLGA PATRICIA SILVA PRE;CIADO, identificada con· cédula de ciudadanía No. 1.019.151.600 de Bogotá,. tal y como con.sta Certificado de Existencia y Representación Legal que se acompañt> al expediente. · En este proceso igualmente actúa a través de apoderado judicial a quien. en forma oportuna se le reconoció personerí_a adjetiva para actuar en el presente trámite con ft,mdamento en el poder' que milita en el expediente. ·, · 2.- EL PACTO ARBITRAL. · El pacto arbitral . con base en el cual se convocó a este Tribunal de Arbitraje es el contenido en· la cláusula compromisoria incorporada en el Contrato SU$Crito el 27 de agosto de 2013, que tuvo como objeto la obligación por parte de la SOCIEDAD para con el BENEFICIARIO "a preferirlo en el momento en el .cual el primero decida y pueda vender

el Contrato SU$Crito el 27 de agosto de 2013, que tuvo como objeto la obligación por parte de la SOCIEDAD para con el BENEFICIARIO "a preferirlo en el momento en el .cual el primero decida y pueda vender la Casa Dos del Bifamiliar Pinos de Turingia, ubicado en la Carrera 103C No. 152 - 39 Barrio Turingia de la ciudad de Bogotá, lote 11, manz_ana B de la Urbanización. Turingia 3, con área superficial de 36:00 m2 (3.00 m2 de frente por 12.00 m2 de fondo), tres (3) pisos de altura, área corjstruida de· 116.00 m2 y área de placa de cubierta de 27.00 m2; para _lo · cl{a!, las partes celebrarán una· promesa de compraventa que contenga /as condiciones bajo las· cuales se perfeccione la venta dei mencion_ado inmueble. PARÁGRAFO: Cabe anotar que las · características consignadas en la cláusula anterior

CÁMARA DE COMER~IO DE BOGOTÁ, CENTRO DE ARBITRAJE Y CONCILIACIÓN

2TRIBUNAL DE ARBITRAJE

MAURiCIO HERNANDO GARZÓN CORTES Y GÁBRIEL HERNANDO GARZÓN VÉLÁSQUEZCONTRA CONSTRUCTORA MARSIL S.A.S. .. . están sujetas al cumplimiento de los requerimientos de la Curaduría Urbana; por lo tanto, una vez aprobado el proyecto, se pueden presentar.variaciones en 1o referente a /as áreas construidas". La Cláusula Compromisoria es d~I siguiente tenor: "Toda controversia o diferencia .relativa a este contrato, a su ejecución b liquidación, se resolverá por un Tribuna/de

presentar.variaciones en 1o referente a /as áreas construidas". La Cláusula Compromisoria es d~I siguiente tenor: "Toda controversia o diferencia .relativa a este contrato, a su ejecución b liquidación, se resolverá por un Tribuna/de Arbitramento integrado por un Árbitro Único, por el Centro de Arbitraje, Conciliación y Amigable Composición de la Cámara de Comercio de Bogotá. El Tribunal se sujetará en su funcionamiento a /as disposiciones legales, al reglamento.: . adoptado por el . Centro .mencionado, funcionará állí y el . Árbitro resolverá /as· diferencias en derecho".

3.- SÍNTESIS DE LAS ACTUACIONES SURTIDAS EN LA ETAPA

INTRODUCTORIA DEL PROCESO.

Las actuaciones adelantadas en el presente proceso arbitral fueron, en síntesis, las siguientes: 3.1.- Por conducto de apoderado judicial la parte Convocante presentó el día 8 de septiembre de 2017 la demanda arbitral con la que se dio inicio a este proceso. 3.2.- Agotado el trámite de la designación de árbitro · único, el nombramiento ,·se produjo mediante la modalidad° de sorteo público llevado a cabo. el día 26 de septiembre de 2017. Luego ·de que el árbitro aceptará' su designación, se cumplió con lo preceptuado por el artículo 15 de la Ley 1563 de. 20'12. En audiencia. celebrada el 1 ade 0 diciembre de 2017, el Tribunal además de declararse debidamente instalado, fijó como su sede y la de su Secretaría al Centro ·de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá Igualmente

0 diciembre de 2017, el Tribunal además de declararse debidamente instalado, fijó como su sede y la de su Secretaría al Centro ·de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá Igualmente . designó Secretário, éste último de ·1a lista de Secretarios del Centro de Arbitraje y Conciiiación de la Cámara de Comercio de Bogotá, quien oportunamente ·. aceptó su designación y tomó posesión dando cumplimiento al deber de información cons~gr_ado en la Ley. 3.4.- Mediante Auto No. 2 de esa misma fecha se ádmitió: la demanda y se ordenó correr traslado .de ella .por el término legal al extremo CÁMARA DE COMERCIO DE BOGOTÁ, CENTRO DE ARBITRAJE Y CONCILIACIÓN . . 3,.' ', ,,

TRIBUNAL DE ARBITRAJE .

MAURICIO HERNANDO GARZÓN CORTES Y GABRIEL HERNANDO GARZÓN VELÁSQUEZCONTRA CONSTRUCTORA MARSIL S.A.S . . ··. ··.~: ,, ' .

Convocado, a quien , se le notificó personalmente la providencia admisoria. , 3.5.- El 6 de marzo de 2018 la Conv~cada dio oportuna contestación a la demanda, formuló excepciones· de mérito, aportó pruebas y solicitó el decreto y práctica de otras. 3.6.- Una vez el Tribunal corrió trasládo por el término de ley de las excepciones de mérito 'formuladas por la Convocada frente a la demanda arbitral, en debida oportunidad la -parte Convocante presentó escrito mediante el cual se manifestó al respecto. 3.7.- Luego de que ~e señalara fecha y hora al efecto, el 1,6 de abril de .

demanda arbitral, en debida oportunidad la -parte Convocante presentó escrito mediante el cual se manifestó al respecto. 3.7.- Luego de que ~e señalara fecha y hora al efecto, el 1,6 de abril de . 2018 se llevó a cabo· la audiencia de conciliación prevista en el artículo 24 de la Ley _1 ~63 de 2012, · en la cual las partes manifestaron la imposibilidad de llegar a un acyerdo,. por lo que mediante Auto No. 4 de esa misma fecha se fijaron honorarios y gastos, los cuales fueron en su totalidad _oportunamente pagados por la ·parte Convocante del proceso. 3.8.- El día 19 de abril de 2018, la parte Convocante presentó escrito mediante el cual solicitó el decreto de la medida cautelar de inscripción. de demanda en el folio de matrícula inmobiliaria de ,dos (2) inmuebles de propiedad ~~ la parte Convocada, la cual fue decretada mediante Auto No. 7 del ·17 de mayo de 2018. Esta providencia, conforme a la normatividad vfg~nte, primero _se notificó al peticionario de la medida y ( luego de practic,ada, se 'le notificó al extremo Convocado. 4.- PRIMERA AUDIENCIA DE TRÁMITE, ETAPA PROBATORIA Y ALE_GACIONES FINALES. . 4.1.- El 28 de mayo de 2018 se celebró la primera audiencia de trámite, en la cual el Tribunal, después de analizar el alcance-del pacto arbitral en cuanto a la materia y en cuanto a los sujetos de cara a los asuntos sometidos a arbitraje, mediante Auto No. 9 se declaró competente ·para· · conocer y resolver· en derecho tqdas las controversias planteadas entre las partes de este proceso.

arbitral en cuanto a la materia y en cuanto a los sujetos de cara a los asuntos sometidos a arbitraje, mediante Auto No. 9 se declaró competente ·para· · conocer y resolver· en derecho tqdas las controversias planteadas entre las partes de este proceso. 4.2.- En firme el auto media'nte el cual se asumió competencia para conocer y decidir el· litigio sometido· a su conocimiento, procedió el Tribunal a abrir" a pruebc3:s el proceso mediante Auto No. 1 O del 28 de mayo de 2018. ·· ---::-,=--:-=-:~:-=-------,-~~~~,--~~~~~~~~~~--,-~·4

CÁMARA DE COMERCIO DE BOGOTÁ, CENTRO DE ARBITRAJE Y CONCILIACIÓN ·.( ' 'r., -, - • • ' .. • 1 ~ '. ' - . 'i ¡" '

TRIBUNAL DÉ. ARBITRAJE

MAURICIO HER,NANDO GARZÓN C9,RTl=S Y GABRIEL HERNA~DO GARZÓN VELASQUEZCONTRA CONSTRUCTORA MARSIL S.A.S. 4.3.- La etapa probatoria se desarrolló de la siguiente manera: a.- El día 14 de junio de 201.8 se· practicó el interrogatorio de parte a la representante legal de la Convocada CONSTRUCTORA MARSIL S.A.S., el testimonio· de Dayro .Augusto .castellanos Mola no, Filonina Modesta Cortes .de Garzón, Edwin Segundo Suarez Fajardo, Lucy María Rivera Sánchez y Carlos Editson Gamez Moreno, todos por · solicitud de la parte Convocante, quien en la misma audiencia desistió de los testimoniós de Yeisson Fabián Robayo Romero, Derly Ospina y Claudia Lizeth Hernández. . .

María Rivera Sánchez y Carlos Editson Gamez Moreno, todos por · solicitud de la parte Convocante, quien en la misma audiencia desistió de los testimoniós de Yeisson Fabián Robayo Romero, Derly Ospina y Claudia Lizeth Hernández. . . b.- En la misma fecha se practicó el testimonio de Abel Antonio Rodríguez Jimériez, citado a declarar en el presente proceso por solicitud de. la parte Convocada,, quien además desistió. del testimonio de Yimmy Suesca. ·· 4.4.- Agotada la instrucción del proceso el Tribunal señaló fecha y hora para la audiencia de alegaciones, la cual se celebró e.1 día 4 · de julio 2018 y en ella las partes expusieron oralmente sus alegaciones y entregaron la versión escrita de sus intervenciones .

. 5.- TÉRMINO DE DURACIÓN DEL PROCESO.

La primera _audiencia de trámite en este p'roceso se surtió el día el veintiocho (28) á~ mayo de 2018, por lo que el término de duración de este proceso, que es de seis (6) meses, vence el veintiocho (28) de . noviembre de 20.18. Por lo anterior, la expedición del Laudo Arbitral hoy veintiocho (28) de agosto de 2018, ·es oportuna.

CAPÍTULO SEGUNDO.

SÍNTESIS DE. LA ·CONTROVERSIA

1.- LAS PRETENSIONES DE LA DEMANDA INICIAL.

Las pretensiones de la parte Convocante fueron formuladas en el . . ,. líbelo en los sigüientes términos: .CÁMARA DE COMERCIO DE BOGOTÁ, CENTRO DE ARBITRAJE Y CONCILIACIÓN 5'·.'· ¡ r'. •

Las pretensiones de la parte Convocante fueron formuladas en el . . ,. líbelo en los sigüientes términos: .CÁMARA DE COMERCIO DE BOGOTÁ, CENTRO DE ARBITRAJE Y CONCILIACIÓN 5'·.'· ¡ r'. •

' .,_ TRIBUNAL DE ARBITRAJE

MAURICIO HER,NANQO GARZÓN .CQ~TES Y GABRIEL, HERNANDO GARZÓN VEL,ASQUEZCONTRA CONSTRUCTORA MARSIL S.A.S. "PRIMERA: Que se, DECLARE RESUELTO el CONTRA TO DE OPCIÓN PARA FIRMAR PROMESA DE COMPRAVENTA PROYECTO: BIFAMILIAR PINOS DE ,·. . . , TUR/NGIA sÚscrito el 27 de agosto de 2013 entre la CONSTRUCTORA MARSIL - S.A.S., . representada legalmente para la época por la Señora MARIA EL/CENIA SILVA MONTAÑú, y /os señores MAURICIO HERNANDO GARZÓN CORTES Y GABRIEL HERNANDO GARZÓN VELÁSQUEl dá~o el grave incumplimiento de la CON_STRUCTORA, consistente en no hacer efectivo el derecho de'preferencia una vez vencido el término de 12 meses que duraba la opción, no cumplir con la e.laboración de 1a promesa de compraventa respect(vá negarse a escriturar la casa objeto del contrato de preferencia a . . . nombre de /os beneficiarios.

SEGUNDA: Que se DECLARE . RESUELTO el denominado . por la · Constructora CONTRA TO DE PROMESA suscrito el 23 de Enero de 2016 entre la CONS.TRUÓTORA MARSIL SAS representada. legalmente

nombre de /os beneficiarios.

SEGUNDA: Que se DECLARE . RESUELTO el denominado . por la · Constructora CONTRA TO DE PROMESA suscrito el 23 de Enero de 2016 entre la CONS.TRUÓTORA MARSIL SAS representada. legalmente para le épo~a de /os. he.chas por la Señora Fanny María.

Sierra Salgado y /os señores MAURICIO HERNÁNDO

GARZÓN CORTES Y GABRIEL HERNÁNDO GARZÓN.

VELÁSQU;Z dado. que con maniobras engañosas se Je hizo firmar tál contrato a mis defendidos a fin de. hacerles creer que /a-:CONSTRUCTORA estaba cumpliendo con su obligación de firmar la respe'ctiva prome.sa de compraventa del inmueble e indicándoles que era necesario firmar tal contrato pot haber cambiado el representante legal de la Constructora, obligaciones igualmente incumplidas.

TERCERA: Que e_n consecuencia de lo anterior · se CONDENE a la CONSTRUCTORA MARSIL . SAS, a reintegrar a /os Señores_ MAURICIO HERNANDO GARZÓN CORTES Y GABRIEL HERNANDO GARZÓN VELÁSQUEZ,· . la . suma de CIENTO DIECINUEVE

MILLONES .VEINTE UN MIL DOSCIENTOS SETENTA Y .

DOS PESOS MCTE ($119.021.272), por concepto -de la. · cuota inicial pagada a la constructora de acuerdo a · la relación de pagos y consignaciones que se adjuntan a la presente demanda.

CÁMARA DE COMERCIO D.E BOGOTÁ, CENTRO DE ARBITRAJE Y CONCILIACIÓN 6.. --· ----- .. ' -- --·- ... ___ ~ ... - ~

relación de pagos y consignaciones que se adjuntan a la presente demanda.

CÁMARA DE COMERCIO D.E BOGOTÁ, CENTRO DE ARBITRAJE Y CONCILIACIÓN 6.. --· ----- .. ' -- --·- ... ___ ~ ... - ~

TRIBUNAL DE ARBITRAJE

MAURICIO HERNANDO GARZÓN CORTES Y GABRIEL HERNANDO GARZÓN

VE'UÁSQUEZCONTRA CONSTRUCTORA MARSIL S.A.S.'.

CUARTA: Que se CONDENE a la CONSTRUCTORA · MARSIL SAS _a pagar a favor de MAURICIO HERNANDO GA_RZON CÓRTES y. GABRIEL HERNANDO GARZON VELAZQUEZ, todos· y cada uno de /os daños y perjuicios causados a raíz del incumplimiento del contrato, los cuales

se determinan de la -siguiente manera: A.- DAÑO EMERGENTE: · EstimO esta clase de perjuicios en la suma de OCHENTA Y DOS MILLONES - OCHOé/ENTOS NUEVE MIL SESCIENTOS CINCO PESOS· CON · CUARENTA CENTAVOS MCTE ($82.809.605, 40), representados en las sumas que'ha tenido que pagar el señor Mauricio Hernando Gat7ón Corlé$, por concepto d~ arriendo Juego de expirada · la fecha de la opción o preferencia hasta el 13 de abril de 2017 fecfia·en que entró en posesión del referido inmueble; /os gastos o de mano. de obra y /as mejoras que mis ,. . . . . . . prohijados Je efectuaron a la vivienda prometida en _venta por la constructora; y el costo de /os honorario$ pactados con apoder 9 dó judicial para la representación judicial al .

,. . . . . . . prohijados Je efectuaron a la vivienda prometida en _venta por la constructora; y el costo de /os honorario$ pactados con apoder 9 dó judicial para la representación judicial al . interior de-1a presente causa, conforme al contrato de prestación ': de servicios presentado como prueba en la demanda, y sin perjuicio. de /as sumas que posterior a la demanda se generen. Tales sumas -se relacionan e identifican así: Concepto Valor 18 .. meses de arrendamiento pagados desde el 27 de agosto de 2014 hasta el 13 de abril 18. 000. 000, 00 de 2017 · ·a razón de $600. 000 pesos mes Arreglos,. adecuaciones ·y mejoras -.-realizadas .al ' inmueble por parte de /os demandantes junto. con el 9.860.116,00 costo de mano de obra · Honorarios Abogado 54. 949. 489,.40

TOTAL_; 82.809.605,40

CÁMARA DE COMERCIO.DE BOGOTÁ, CENTRO DE ARBITRAJE Y CONCILIACIÓN

.!

7TRIBUNAL DE ARBITRAJE ,

MAURICIO HERNANDO GARZÓN CORTES Y GABRIEL HERNANDO GARZÓN

VELÁSQUEZCQNTRA édNSTRUCTORA MARSIL S.A.S.

B.- LUCRO CESANTE: Lucro Cesante Consolidado Estimo esta· e/ase de perjuicios en la suma de CIENTO

VEINTISIETE MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL CINCUENTA Y NµEVE PESOS MCTE ($127.866.059.oo), correspondientes . a. /os intereses

VEINTISIETE MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL CINCUENTA Y NµEVE PESOS MCTE ($127.866.059.oo), correspondientes . a. /os intereses moratorias generados en relación eón cada una de /as cuotas pagadas por mis representados como pago de cuota inicial, generados desde la fecha de pago de cada cuota hasta la fecha de presentación de la presente demanda según la siguiente liquidación:

LIQUIDACION CUOTAS MAS INTERESES HASTA EL '. , .. 7 DE SEPT DE 2017

FECHA VALOR VALOR TOTAL CUOTA INTERES 26-ago-13, ! $200.00 $245.470 $445.47 o· o 26-ago-13 $49.800 $61.121.9 $110.92 ' .000 47 1.947 26-sep-13 $1.492. $1.794.25 $3.287. 818 3 071 05-nov-13 $1.492. $1.745.94 $3.238. 818 8 766 18-nov-13 $1.492. $1.792.89 $3.222. 818 7 715 20-dic-13 $1.492. $1.690.38 $3.183. 818 7 205 27-ene-14 $7.000.· $7.713.72 $14.-713 000 6 .726 24-feb-14 $3.000. $3.239.56 $6.239. 000 4 564 25-mar-14 .$15.000 $15.8,17.1 $30.817 .000 00 ·.100 · 31-mar-14 $5.000. · $5.251.89 $10.251 000 8 .898 05-may- $4.000. $4.087.00 $8.087.

.000 00 ·.100 · 31-mar-14 $5.000. · $5.251.89 $10.251 000 8 .898 05-may- $4.000. $4.087.00 $8.087. 14. 000 7 007 25-jun-14 $5.000. $4.904.27 $9.904. 000 9 279 02-ju/-14 $4.500. $4.388.14 $8.888. 000 3 143 • . ' 8

CAMARA DE COMERCIO DE BOGOTÁ, CENTRO DE. ARBITRAJE Y CONCILIACIÓN \·.,'. . .

• ~ TRIBUNAL DE ARBITRAJE

MAURICIO HERNANDO GARZÓN CORTES Y GABRIEL HERNANDO GARZÓN VELÁSQUEZCONTRA CONSTRUCTORA MARSIL S.A.S. 07-jul-14 · $550.00 $534.114 $1.084. o 114 05-feb-15 · $4.000. $3.217.43 $7.217. 000 7 ·. 437 27-feb-15 $6.000. $4.720.50 $10.720. 000 o .500· 16-mar-15 $3.000. $2.314.62 $5.314. 000 6 626 11-dic-15 $6.000. $3:349.76 $9.349. 000 · 5 765. .TOTAL $119.02 $127.866. $246.88 1.272 059 7.331

Lucro cesante futuro: .......

Solicito se condene a la CONSTRUCUTORA. MARSIL SAS a pagar a favor de mis representados los intereses que genere cada una de /as cuotas pagadas por mis defendidos desde la fecha de presentación de la presente demanda

....... Solicito se condene a la CONSTRUCUTORA. MARSIL SAS a pagar a favor de mis representados los intereses que genere cada una de /as cuotas pagadas por mis defendidos desde la fecha de presentación de la presente demanda hasta la fecha en que se profiera el Jaudo arbitral que decida el presente asunto o hasta cuando se haga efectivo el pago.

QUINTA: Solicito se condene.· al demandado a . pagar /as . costas del proceso.

2.- LOS HECHOS DE LA DEMANDA.

Los hechos de la demanda son, en síntesis, -los siguiéntes: 2.1.- E. 27 de agosto de 2013 entre · 1a CONSTRUCTORA MARSIL SAS y MAURICIO HERNAN.DO GARZÓN CORTES Y GABRIEL .HERNANDO GARZÓN VELÁSQUEZ, se suscribió el CONTRATO DE OPCIÓN PARA FIRMAR PROMESA DE ·COMPRAVENTA PROYECTO: BIFÁMILIAR PINOS DE TURINGIA, cuyo objeto, según se lee en el contrato, consistió en _que "LA SOCIEDAD se obliga para con el BENEFICÍARIO a preferir/o en el momento en el cual el primero. decida y pueda vender la Casa Dos del Bifamiliar Pinos de Turingia, ubicado en la Carrera 103C No. 152 - 39 barrio Turingia de la ciudad . de Bor;o,tá, /oté 11, manzana B de la Urbanización Turingia 3, con un área superficial de 36.00 m2 ·(3.00 m2 de frente por 12.00 m2 de · fondo), tres (3) pisos de altura, área construida de 116.00 m2 y área de placa de CU:bierta de 27.00 m2; para lo cual, las partes celebrarán . . 9

· fondo), tres (3) pisos de altura, área construida de 116.00 m2 y área de placa de CU:bierta de 27.00 m2; para lo cual, las partes celebrarán . . 9

CÁMARA DE COMERCIO DE BOGOTÁ, CENTRO DE ARBITRAJE Y CONCILIACIÓN . • • ¡'. . _J ·.·-~,; . ' -.

TRIBUNAL DE ARBITRAJE . .

MAURICIO HER.NANDO GARZÓN CQRTES Y GABRIEL HERNANDO GARZÓN VELASQUEZCONTRA CONSTRUCTORA MARSIL S.A.S. una promesa de compraventé;J que contenga /as condiciones bajo /as cuales se perfeccione la venta del mencionado inmueble (. .. )". 1 . 2.2.- El valor . ' pactado . como precio· . de dicho contrato fue $251.259. 700.oo, para ser pagado en una cuota inicial por valor de $75.377.91 O,oo, que a su vez se pagaría periódicamente en las fechas acordadas, y un saldo· por valor de $175.881. 790,oo, que se . . < ' pagaría con un crédito hipote?ario con subrogación o pago de contado antes de la firm~ ·de la escritura de compraventa. . ' 2.3.- Manifestó la · Convocante que los Señore.s MAURICIO HERNANDO GARZÓN CORTES Y GABRIEL HERNANDO GARZÓN VELÁS.QUEZ, pagaron eri las fechas acordadas más del valor de la cuota inicial, está_" es, la suma de $119.021.272,oo, con el fin abonar al saldo y poder ·adquirir el inmueble . 2.4.- En dicho contrato se· pactó el derecho de preferencia u opción a

cuota inicial, está_" es, la suma de $119.021.272,oo, con el fin abonar al saldo y poder ·adquirir el inmueble . 2.4.- En dicho contrato se· pactó el derecho de preferencia u opción a favor de quienes integran la parte Convocante en este Tribunal de Arbitraje, entre otras condiciones, y, además, la· CONSTRUCTORA MARSIL garantizó a. los beneficiarios que el. inmueble era de su propiedad y. se ·obligó a transferirlo ·libre de gravámenes, hipotecas, medidas cautelares, . inscripciones de demanda, condiciones resolutorias, nulidades y limitaciones de dominio entre otras. 2.5.- Afirmó la parte Convócante que a pesa~ de lo pactado, la · CONSTRUCTORA MARSIL incumplió sus obligaciones en el proceso de venta del inmueble, específicamente la de avisar, notificar y preferir a los Señores'-, .MAURICIO HERNANDO GARZÓN CORTES Y GABRIEL HERNANDO · GARZÓN VELÁSQUEZ,. con el fin de posteriormente firmar el contrato de promesa de compraventa y la venta real y escrituración, a pesar de haberse pagado la totalidad de la cuota inicial pactada. Afirma al respecto que a la fecha de presentación de la demanda, la. CONSTRUCTORA MARSIL se ha negado a transferir el inmueble· o a devolver las sumas pagadas. 2.6.- Manifestó la parte Convocante que· las partes suscribieron el 23 de enero de 201.~.contrato. de promesa de .compraventa, en atención al cambio de .representante legal· de la CONSTRUCTORA IVlARSIL_, · hecho que, a su juicio, -fue una maniobra fraudulenta por parte ·de la·

de enero de 201.~.contrato. de promesa de .compraventa, en atención al cambio de .representante legal· de la CONSTRUCTORA IVlARSIL_, · hecho que, a su juicio, -fue una maniobra fraudulenta por parte ·de la· Convocada para · hacer creer que cumpliría con la o_bHgación de preferencia y entrega del inmueble, sin que esto haya sucedido. 10 -=c7'.ÁM:-;-A:-:R:-:A:-:D:-:E::-:C:-::O:-;-M=E=R=c,=o-=o---E __ B __ O __ G~QT-Á~, -.C-EN-. T_R_O_D_E_A-RB-1-TR_A_J_E_Y_C_O_NC_I_LI_AC-, ...... Ó-N-. . TRIBl;JNA~. D,E ARBITRAJE .

MAURICIO HERNANDO GARZON CORTES Y GABRIEL HERNANDO GARZON

VELÁSQUEZCONTRA CONSTRÚCTORA MARSIL S.A.S. . ~ . ·:: 2.7.- Según informó _la Convocante respecto del contrato suscrito el 23 . . ' de enero de 2016, · se trató· del mismo contrato suscrito inicialmente, •! • • con el mismo objeto y precio, y que de manera fraudulenta lo que pretendió fue renovar las fechc}s del con_trato de prefere.n,cia que había incumplido. 2.8.- Debido al incumplimiento de la CONSTRUCTORA MARSIL, los señores MAURICIO HERNANDO GARZÓN CORTES Y GABRIEL HERNANDO GARZÓN VELÁSQUEZ han debido asumir costos de arrendamient9 por no haber podido hacer uso del inmueble en la fecha pactada. Así. mismo afirmó la parte Convocante que el inmueble se

HERNANDO GARZÓN VELÁSQUEZ han debido asumir costos de arrendamient9 por no haber podido hacer uso del inmueble en la fecha pactada. Así. mismo afirmó la parte Convocante que el inmueble se encuentra hipotecado y que cuenta con una medida .de embargo, información que. nunca fue puesta· en conocimiento d_e la parte Convocante. 2.9.- Finalmente manifestó la Convocante · que para el año 2016 ·y lo corrido def año 2Ó17, cuando ya casi estaba terminada la casa, la CONSTRUCTORA MARSI.L . le permitió a los señores MAURICIO HERNANDO GARZÓN CORTES Y GABRIEL HERNANDO GARZÓN VELÁSQUEZ realizar por su cuenta y con .sus recursos unas mejoras, las cuales son relacionadas. por un valor de total de $9.860.116,oo. Adicionalmente Cinformó que una _vez conocida la hipoteca que recae sobre el inmueb_le, desde el · pasado 13 de abril_ de 2Ó17, con el asentimiento de_ la· Convocada, decidieron entrar en posesión _de la • • ,1 • I • • casa.

3.- . LA CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA.

El extremo Convocado se opuso a la prosperidad de las pretensiones de la demanda .-manifestando que, la parte Convocante al incumplir con el pago del saldo adeudado por la adquisición · del inmueble ubicado en la Carrera 103 C No.132.39, no le asiste derecho alguno. ' - Se opuso a la pretensión primera indicando · que los · Señores MAURICIO HERNANDO GARZÓN CORTES . ·y GABRIEL HERNANDO :GARZÓN VELÁSQUEZ no se allanaron: al pago del

' - Se opuso a la pretensión primera indicando · que los · Señores MAURICIO HERNANDO GARZÓN CORTES . ·y GABRIEL HERNANDO :GARZÓN VELÁSQUEZ no se allanaron: al pago del saldo adeudado:y, -por el contrario, entraron en posesión del inmueble, usufructuándolo . .Por ende, se ha visto perjudicado en virtud de dicho incumplimiento, 9_omo lo es el hecho de cancelar la hipoteca y soportar las consecuenci~s derivadas de la medida cautelar que pesa sobre él inmueble. . , · 11

CÁMARA f?E COMERCIO DE BOGOTÁ, CENTRO DE ARBITRAJE y CONCILIACIÓN. ' ~ TRIBUNAL DE ARBITRAJE

MAURICIO HERNANDO GARZÓN COR.TES Y GABRIEL HERNANDO GARZÓN

VELÁSQUEZCONTRA CÓÍ\JSTRUCTORA MARSIL S.A.S • . ~ :·: Así mismo se opuso a la pretensión segunda afirmando que el incürñplimiento si existió, pero que es imputable a la parte actora. A la pretensión tercera se opuso aduciendo que los aquí Convocantes están en posesión' del .inmueble .. Respecto de la pretensión cuarta adujo que los daños y perjuicios son imputables a los Convocantes debido al incumplimiento en el pago del saldo. Por último, la pa.rte Convocada manifestó que nunca se encontró en mora de su obligación · de entrega del inmueble, situación que se encuentra acreditada con la licencia de construcción y escritura de propiedad horizontal, por lo que en este caso no ha causado daño

mora de su obligación · de entrega del inmueble, situación que se encuentra acreditada con la licencia de construcción y escritura de propiedad horizontal, por lo que en este caso no ha causado daño J · alguno a la parte Convoc?tnte, que por el contrario, entraron en posesión el 'inmueble sin cancelar 1.a el saldo adeudado. Finalmente, la CONSTRUCTORA MARSIL manifestó - en . su contestación de la demanda lo· siguiente: "El Convocado solicitó al de_spacho que se abstenga de . admitir la convocatoria c!ef · Tribunal de Arbitraje, toda .vez que la únicff causa· ha sido el incumplimiento por parte de los convocantes .en el pagC? de la suma de CIENTO

TREINTA Y.DOS MILLONES DOSCIENTOS TREINTA.Y.

OCHO MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO PESOS · ($132.238.428) por la .adquisición del inmuebleubicado en la CarrePá 103 C No. 132. 39, Casa dos bifami/iar Pinos de Turingia. ; Como consecuencia de lo. anterior, solicitó que ~I Tribunal se abstenga de reconocer los intereses, lucro cesante, . daño emergente, daño emergente futuro, por las consideraciones expresadas en. ,la contestación, dado que, la responsa.bilidad exclusiva es de los compradores·

HERÑANDO . GÁRZON CORTÉS Y GABRIEL

HERNANDO GÁRZON VELÁSQUEZ".

A las excepcion~s de mérito se les imprimió el trámite de ley, esto es, se corrió el trasl~ 1 do de· rigor al extremo Convocante. ~7=::-=---~~~~--~~--,--~~~~~~~~~~~-.-----12

A las excepcion~s de mérito se les imprimió el trámite de ley, esto es, se corrió el trasl~ 1 do de· rigor al extremo Convocante. ~7=::-=---~~~~--~~--,--~~~~~~~~~~~-.-----12

CÁMARA DE COMERCIO DE BOGOTÁ, CENTRO DI: ARBITRAJE Y CONCILIACIÓN1' TRIBUNAL DE ARBITRAJE

M.AURICIO HERNANDO GARZÓN CQRTES Y GABRIEL HERNANDO GARZÓN

VELÁSQUEZCONTRA CONSTRUCTORA MARSIL S.A.S.

CAPÍTULO TERCERO CONSIDERACIONES DEL TRIBUNAL · 1. Inexistencia de nulidades. . . ·cumplimiento de los presupuesfos procesales. 1.1. Examinado. el expediente se encuentra por este Tribunal de o Arbitramento que no existen vicios que configuren nulidades en el trámite del mismo, control que se realiza previamente a proferir el laudo correspondiente, en acatamiento a lo dispuesto por el artículo 132 del Código General del Proceso. 1.2. Conforme a la cláusula décima-tercera del contrato de ".OPCIÓN PARA FIRMA PROMESA DE COMPRAVENTA PROYECTO: BIFAMIUAR. PINOS DE TURINGIA", suscrito el 27 de agosto de 2013 entre Constructora Marsil .$.A.S. y los señores Mauricio Hernando Garzón Co.rtés y Gabriel Hernando Garzón Velásquez, así como en el contrato suscrit.q entre las.partes mencionadas el 23 ,de enero de 2016 que se denominó.·. por la Constructora · "PROMESA . DE

. COMPRAVENTA PROYECTO BIFAMILIAR PINOS D~ TURINGIA

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