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Laudo 543 BANCO DE LA REPUBLICA VS. SEGUROS GENERALES SURAMERICANA S.A. Y ALLIANZ SEGUROS S.A.

Cámara de Comercio de Bogotá

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Título
Laudo 543 BANCO DE LA REPUBLICA VS. SEGUROS GENERALES SURAMERICANA S.A. Y ALLIANZ SEGUROS S.A.
Autor
Cámara de Comercio de Bogotá
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
MASC
Año

Tribunal de Arbitramento de Banco de la República contra Seguros Generales Suramericana S.A. y Allianz Seguros S.A. Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá Página 1

REPÚBLICA DE COLOMBIA

TRIBUNAL DE ARBITRAMENTO

BANCO DE LA REPÚBLICA contra

SEGUROS GENERALES SURAMERICANA S.A.

Y

ALLIANZ SEGUROS S.A.

ÍNDICE DEL LAUDO

Bogotá D.C., doce (12) de noviembre de dos mil catorce (2014)

TEMA PÁGINA

CAPÍTULO I. A NTECEDENTES

1. LAS CONTROVERSIAS.

2. LAS PARTES DEL PROCESO.

3. EL PACTO ARBITRAL.

4. EL TRÁMITE DEL PROCESO.

5. LA DEMANDA DE BANCO DE LA REPÚBLICA Y SU CONTESTACIÓN. 5.1. Las pretensiones de la demanda principal. 5.2. La oposición de SEGURO

S GENERALES SURAMERICANA S.A. y ALLIANZ SEGUROS S.A. 5.3. Fundamentos de Hecho de la Demanda Principal, y su contestación.

6. LA DEMANDA DE RECONVENCIÓN DE SEGUROS

GENERALES SURAMERICANA S.A. Y ALLIANZ SEGUROS S.A., Y SU CONTESTACIÓN. 6.1. Las pretensiones de la demanda de reconvención. 6.2. La oposición del BANCO DE LA REPÚBLICA. Y SU CONTESTACIÓN. 6.1. Las pretensiones de la demanda de reconvención. 6.2. La oposición del BANCO DE LA REPÚBLICA. 6.3. Fundamentos de Hecho de la demanda de reconvención, y su contestación. 1 1 2 2 2 5 5 9 10 40 40 42 42Tribunal de Arbitramento de Banco de la República contra Seguros Generales Suramericana S.A. y Allianz Seguros S.A. Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá Página 2

7. PRUEBAS PRACTICADAS.

8. PRESUPUESTOS PROCESALES.

CAPÍTULO II. CONSIDERACIONES DEL TRIBUNAL

1. DESCRIPCIÓN GENERAL DEL LITIGIO Y METODOLOGÍA

PARA RESOLVERLO.

2. LAS EXCEPCIONES RELATIVAS A LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN INSTAURADA POR EL BANCO DE LA REPÚBLICA. 2.1. Planteamiento y fundamentación de las excepciones propuestas. 2.1.1. “Excepción de prescripción: 11 años despuésÓelipsis..”. 2.1.2. Excepción de “prescripción de pretensiones n uevas en el nuevo documento de demanda”. 2.1.3. “Excepción de prescripción, como consecuencia de la nulidad del trámite prearbitral”. 2.1.2. Excepción de “prescripción de pretensiones n uevas en el nuevo documento de demanda”. 2.1.3. “Excepción de prescripción, como consecuencia de la nulidad del trámite prearbitral”. 2.2. Consideraciones preliminares en torno a la prescripción en general, y a la prescripción extintiva en el contrato de seguro y en el seguro de responsabilidad civil en particular. 2.2.1. La prescripción extintiva en general. 2.2.2. La interrupción de la prescripción 2.2.3. La reforma de la demanda y la interrupción de la prescripción. 2.2.4. La prescripción en el contrato de seguro en general, y en el seguro de responsabilidad civil en particular. 2.3. Pronunciamiento sobre las excepciones de prescripción propuestas por la Parte Convocada. 2.3.1. En cuanto a la “excepción de prescripción: 11 años despuésÓelipsis..”. 2.3.2. En cuanto a la excepción de “prescripción de pretensiones nuevas en el nuevo documento de demanda”. 2.3.3. En cuanto a la “Excepción de prescripción, como consecuencia de la nulidad del trámite prearbitral”.

3. EL POSTULADO DE LA AUTONOMÍA DE LA

VOLUNTAD:

NOCIÓN, LÍMITES, CARGAS Y EFECTOS. EL CONTRATO DE

SEGURO, EN GENERAL, COMO EXPRESIÓN DE DICHO

POSTULADO. EL DEBER GENERAL DE INFORMACIÓN.

48 50 51 51 54 55 55

SEGURO, EN GENERAL, COMO EXPRESIÓN DE DICHO

POSTULADO. EL DEBER GENERAL DE INFORMACIÓN.

48 50 51 51 54 55 55 56 57 58 59 60 65 70 77 77 86 100Tribunal de Arbitramento de Banco de la República contra Seguros Generales Suramericana S.A. y Allianz Seguros S.A. Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá Página 3

REFERENCIA BÁSICA A LA APLICACIÓN DE ESTE CONTENIDO

A LA PÓLIZA GLOBAL BANCARIA No. 1999.

4. MARCO TEÓRICO (ABSTRACTO) DEL CONTRATO DE

SEGURO EN GENERAL Y DE LA PÓLIZA GLOBAL BANCARIA

EN PARTICULAR (INCLUIDO EL AMPARO DE

RESPONSABILIDAD PROFESIONAL), DESDE LA PERSPECTIVA

DE LA CARACTERIZACIÓN DEL CONTRATO DE SEGURO

SOBRE EL QUE VERSA EL DEBATE ARBITRAL. REFERENCIA

GENERAL (ABSTRACTA) A LA PÓLIZA DE DIRECTORES Y ADMINISTRADORES. 4.1. El contrato de seguro, la póliza global bancar ia y el seguro de responsabilidad civil profesional. 4.1.1. El contrato de seguro en general. 4.1.2. La póliza de seguro global bancaria. 4.1.3. Las cláusulas “claims made”. 4.1.4. El seguro de responsabilidad civil. 4.1.1. El contrato de seguro en general. 4.1.2. La póliza de seguro global bancaria. 4.1.3. Las cláusulas “claims made”. 4.1.4. El seguro de responsabilidad civil. 4.1.5. El seguro de responsabilidad civil profesional. 4.1.6. El seguro de directores y administradores. 4.2. Algunas características del contrato de seguro que interesan a esta controversia. 4.2.1. El contrato de seguro es un contrato de adhesión?. 4.2.2. La obligación de máxima buena fe en el contrato de seguro. 4.2.3. La obligación del asegurado de declarar el estado del riesgo. 4.2.4. La relación entre el contrato de seguro y el contrato de reaseguro.

5. DE LA INTERPRETACIÓN CONTRACTUAL: DEL

CONTRATO EN GENERAL Y DEL CONTRATO DE SEGURO EN

PARTICULAR.

6. LA PÓLIZA GLOBAL BANCARIA No. 1999 EN PARTICULAR

(INCLUIDO SU ANEXO No. 11): ESTRUCTURA FORMAL Y

MATERIAL (COBERTURA Y EXCLUSIONES); IMPORTANCIA Y

CONTENIDO DE LAS SOLICITUDES DE SEGURO ASOCIADAS A

ELLA. REFERENCIA GENERAL A LA PÓLIZA DE SEGURO DE

RESPONSABILIDAD PARA MIEMBROS DE JUNTA DIRECTIVA Y ADMINISTRADORES No. 1999. 6.1. La Póliza Global Bancaria No. 1999: Estructura en materia de coberturas y exclusiones. 101 111 111 112 113 114 117 coberturas y exclusiones. 101 111 111 112 113 114 117 119 122 123 123 125 126 128 131 159 159Tribunal de Arbitramento de Banco de la República contra Seguros Generales Suramericana S.A. y Allianz Seguros S.A. Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá Página 4 6.2. El Anexo No. 11 de la Póliza de Seguro Global Bancario No. 1999 – cobertura de Indemnización Profesional. 6.3. La cláusula de limitación del descubrimiento. 6.4. La cláusula de limitación de la suma asegurada por concepto de gastos de defensa. 6.5. La exigencia de que el acto negligente, el error negligente o la omisión negligente por parte del asegurado hayan sido establecidos así por las autoridades a la fecha de contratación del seguro. 6.6. Las solicitudes de seguro (“Proposal Forms”). 6.6.1. Las solicitudes de seguro (“Proposal Forms”) en la Póliza de Seguro Global Bancario No. 1999. 6.6.2. La información suministrada en los “proposal forms” de la Póliza Global Bancaria antes de 1992.

7. EL BANCO DE LA REPÚBLICA Y SU CONDICIÓN DE “BANCO CENTRAL”, ANTES Y DESPUÉS DE LA CONSTITUCIÓN Póliza Global Bancaria antes de 1992.

7. EL BANCO DE LA REPÚBLICA Y SU CONDICIÓN DE

“BANCO CENTRAL”, ANTES Y DESPUÉS DE LA CONSTITUCIÓN

DE 1991. LA JUNTA MONETARIA COMO AUTORIDAD

ENCARGADA DE LAS FUNCIONES REGULATORIAS. MARCO

NORMATIVO Y JURISPRUDENCIAL ASOCIADO A LA

CALIFICACIÓN DE LOS ACTOS DEL BANCO DE LA REPÚBLICA RELEVANTES PARA LA CONTROVERSIA. 7.1. Las funciones del Banco de la República; la noción de “Banca o Banco Central” frente a las de “servicios bancar ios” y “servicios financieros”. 7.1.1. El régimen jurídico del Banco de la República anterior a la Constitución de 1991 y de la Ley 31 de 1992. 7.1.2. El régimen del Banco de la República a partir de la Constitución de 1991 y de la Ley 31 de 1992. 7.2. El ejercicio de las funciones regulatorias respecto de la UPAC por parte de la Junta Directiva y la responsabilidad del Banco. 7.2.1. La Resolución No. 18 de 1995 de la Junta Dir ectiva del Banco de la República, y la declaración de nulidad del Consejo de Estado. 7.2.2. La nulidad de la Resolución No. 18 de 1995 de la Junta Directiva del Banco de la República y el deber de i nformación propio del contrato de seguro. 7.2.3. La sentencia de inexequibilidad de la expresión "procurando que ésta también refleje los movimientos de la tasa de interés en la Directiva del Banco de la República y el deber de i nformación propio del contrato de seguro. 7.2.3. La sentencia de inexequibilidad de la expresión "procurando que ésta también refleje los movimientos de la tasa de interés en la economía", contenida en el literal f) del artículo 16 de la Ley 31 de 162 163 164 165 166 167 171 172 172 173 183 190 191 193Tribunal de Arbitramento de Banco de la República contra Seguros Generales Suramericana S.A. y Allianz Seguros S.A. Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá Página 5 1992, y el deber de información propio del contrato de seguro. 7.2.4. Referencia general al tema de la responsabilidad del Estado por el ejercicio de la actividad legislativa. 7.2.5. Los procesos adelantados contra el Banco; fallos adversos; la Sentencia SUY353 de 2013 de la Corte Constitucio nal; la cosa juzgada constitucional. El alcance del pronunciamie nto de este Tribunal en esa materia. 7.2.6. La “cosa juzgada constitucional”.

8. LAS PRETENSIONES DE “INEFICACIA” –EN EL SENTIDO

AMPLIO DE LA EXPRESIÓNY INCOADAS POR EL BANCO DE LA

REPÚBLICA RESPECTO DE ALGUNAS CLÁUSULAS –O

8. LAS PRETENSIONES DE “INEFICACIA” –EN EL SENTIDO

AMPLIO DE LA EXPRESIÓNY INCOADAS POR EL BANCO DE LA

REPÚBLICA RESPECTO DE ALGUNAS CLÁUSULAS –O

APARTES DE LAS MISMASY DE LA PÓLIZA GLOBAL BANCARIA

No. 1999.

9. EL TEMA CENTRAL DE DEBATE: LA COBERTURA O NO

DE LA PÓLIZA GLOBAL BANCARIA No. 1999,

ESPECÍFICAMENTE DE SU ANEXO No. 11 –DE

INDEMNIZACIÓN PROFESIONALY, EN RELACIÓN CON EL RIESGO REGULATORIO ASOCIADO AL TEMA UPAC. 9.1. Posiciones y argumentos de las partes. 9.2. El análisis del Tribunal. 9.2.1. El clausulado de la PGB No. 1999, incluido su Anexo No. 11. 9.2.2. Las solicitudes de seguro –proposal formsY d iligenciadas para la vigencia junio de 1999 – junio de 2000. 9.2.3. La apreciación, en conjunto, del contenido volitivo del contrato de seguro sobre el que versa el litigio ar bitral, y su incidencia en materia de interpretación. 9.2.4. Hechos y circunstancias anteriores a la emisión de la PGB No. 1999, potencialmente relevantes para efectos de su interpretación. 9.2.4.1. La mención hasta 1991, en la solicitud de seguro, de la Junta Monetaria como “Dependencia” del Banco. 9.2.4.2. Las circunstancias particulares de la contratación de la interpretación. 9.2.4.1. La mención hasta 1991, en la solicitud de seguro, de la Junta Monetaria como “Dependencia” del Banco. 9.2.4.2. Las circunstancias particulares de la contratación de la PGB No. 1999, y su eventual incidencia en la tarea interpretativa. 9.2.5. Hechos y circunstancias concomitantes con la emisión de la PGB No. 1999, potencialmente relevantes para efecto s de su interpretación: la contratación simultánea de la Póliza de Seguro de Responsabilidad para Miembros de Junta Directiva y Administradores del Banco de la República –D&OY No. 1999. 199 202 206 210 214 229 229 235 235 240 244 250 250 254 257Tribunal de Arbitramento de Banco de la República contra Seguros Generales Suramericana S.A. y Allianz Seguros S.A. Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá Página 6 9.2.6. Hechos y circunstancias posteriores a la emi sión de la PGB No. 1999, potencialmente relevantes para efectos de su interpretación. 9.2.6.1. La autorización de gastos de defensa 9.2.6.2. El no reconocimiento del bono por no reclamación pactado en la PGB No. 1999. interpretación. 9.2.6.1. La autorización de gastos de defensa 9.2.6.2. El no reconocimiento del bono por no reclamación pactado en la PGB No. 1999. 9.2.6.3. La exclusión expresa del riesgo regulatorio en la PGB contratada para el periodo junio de 2000 Y junio de 2001. 9.2.7. La influencia del tema “reaseguro” en la int erpretación de la PGB No. 1999. 9.2.8. La apreciación, en conjunto, del material de interpretación asociado a los elementos antecedentes, concomitante s y posteriores a la formalización de la PGB No. 1999. 9.2.9. La decisión del punto central de controversia, asociado a la cobertura o no del riesgo regulatorio, a la luz de lo previsto en el artículo 1624 del Código Civil.

10. LA RECLAMACIÓN POR GASTOS DE DEFENSA.

11. CONSIDERACIÓN DE LOS LLAMAMIENTOS EN GARANTÍA

EFECTUADOS POR EL BANCO DE LA REPÚBLICA COMO

CAUSAL DEL INCUMPLIMIENTO IMPUTADO POR LAS

ASEGURADORAS RESPECTO DEL CONTRATO DE SEGURO

REPRESENTADO EN LA PÓLIZA GLOBAL BANCARIA No. 1999.

12. PRONUNCIAMIENTO ESPECÍFICO SOBRE LAS

PRETENSIONES DE LA DEMANDA PRINCIPAL Y DE LA DEMANDA DE RECONVENCIÓN 12.1. Las pretensiones de la demanda principal –versión reformadaY , instaurada por el Banco de la República. 12.2. Las pretensiones de la demanda de reconvención, instaurada DEMANDA DE RECONVENCIÓN 12.1. Las pretensiones de la demanda principal –versión reformadaY , instaurada por el Banco de la República. 12.2. Las pretensiones de la demanda de reconvención, instaurada por las Aseguradoras Convocadas.

13. PRONUNCIAMIENTO ESPECÍFICO SOBRE LAS

EXCEPCIONES FORMULADAS FRENTE A LA DEMANDA PRINCIPAL Y A LA DEMANDA DE RECONVENCIÓN. 13.1. En relación con las excepciones formuladas por las Aseguradoras frente a la demanda principal instaura da por el Banco. 13.2. En relación con las excepciones formuladas por el Banco frente a la demanda de reconvención instaurada por las Aseguradoras. 260 260 263 264 268 275 276 285 292 306 306 311 314 315 333Tribunal de Arbitramento de Banco de la República contra Seguros Generales Suramericana S.A. y Allianz Seguros S.A. Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá Página 7

14. OTROS PRONUNCIAMIENTOS DEL TRIBUNAL. 14.1. Las objeciones formuladas por el Banco de la República respecto de las experticias presentadas por las Ase guradoras Convocadas. 14.2. La tacha de testigos. 14.1. Las objeciones formuladas por el Banco de la República respecto de las experticias presentadas por las Ase guradoras Convocadas. 14.2. La tacha de testigos. 14.3. Los juramentos estimatorios y sus objeciones.

CAPÍTULO III. COSTAS

CAPÍTULO IV. PARTE RESOLUTIVA

335 335 342 346 349 350

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