Ley 2067 de 2020
Congreso
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Detalles
- Título
- Ley 2067 de 2020
- Autor
- Congreso
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2020
LEY 2067 DE 2020
Año CLVI No. 51.537 Bogotá, D. C., miércoles, 23 de diciembre de 2020 Página 1
LEY 2067 DE 2020
(diciembre 23) POR MEDIO DE LA CUAL SE APRUEBA EL «ACUERDO COMERCIAL ENTRE EL REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE, POR UNA PARTE, Y LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Y LA REPÚBLICA DE PERÚ POR OTRA», SUSCRITO EN QUITO, EL 15 DE MAYO DE 2019.
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Subtipo: LEY ORDINARIA
EL CONGRESO DE COLOMBIA
«ACUERDO COMERCIAL ENTRE EL REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE, POR UNA PARTE, Y LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Y LA REPÚBLICA DE PERÚ POR OTRA», SUSCRITO EN QUITO, EL 15 DE
MAYO DE 2019.
Se adjunta copia fiel y completa del texto en español del precitado instrumento internacional, certificado por la Coordinadora del Grupo Interno de Trabajo de Tratados de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteri ores, documento que reposa en el
certificado por la Coordinadora del Grupo Interno de Trabajo de Tratados de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteri ores, documento que reposa en el
Archivo del Grupo Interno de Trabajo de Tratados y que consta en veintisiete (27) folios. El presente Proyecto de Ley consta de cuarenta y cuatro (44) folios
ANEXO DE LA LEY 2067 DEL 23 DE DICIEMBRE DE 2020.pdf
DECRETA: ARTÍCULO PRIMERO: Apruébese el «Acuerdo Comercial entre el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por una parte, y la República de Colombia, la República del Ecuador y la República de Perú por otra», suscrito en Quito, el 15 de mayo de 2019.
ARTÍCULO SEGUNDO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley 7° de 1944, «Acuerdo Comercial entre el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por una parte, y la República de Colombia, la República del Ecuador y la República de Perú por otra», susc rito en Quito, el15 de mayo de 2019, que por el artículo primero de esta ley se aprueba, obligará al País ,a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto del mismo.
ARTÍCULO TERCERO: La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.LEY 2067 DE 2020
EL PRESIDENTE DEL HONORABLE SENADO DE LA REPÚBLICA
ARTURO CHAR CHALJUB
EL SECRETRIO GENERAL DEL HONORABLE SENADO DE LA REPUBLICA
GREGORIO ELJACH PACHECO
EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE CÁMARA DE REPRESENTANTES
ARTURO CHAR CHALJUB
EL SECRETRIO GENERAL DEL HONORABLE SENADO DE LA REPUBLICA
GREGORIO ELJACH PACHECO
EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE CÁMARA DE REPRESENTANTES
GERMÁN ALCIDES BLANCO ÁLVAREZ
EL SECRETARIO GENERAL DE LA HONORABLE CÁMARA DE REPRESENTANTES
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los 23 de diciembre de 2020