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Ley 2212 de 2022

Congreso

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Detalles

Título
Ley 2212 de 2022
Autor
Congreso
Categoría
Legal
Área del derecho
Familia
Año
2022

LEY 2212 DE 2022

Diario Oficial Año CLVIII No. 52.051 Edición de 156 páginas • Bogotá, D. C., lunes, 31 de mayo de 2022. Página 2.

LEY 2212 DE 2022

(mayo 31) por medio de la cual se aprueba el “Convenio sobre cobro internacional de alimento para los niños y otros miembros de la familia”, hecho en La Haya, Reino de los Países Bajos, el 23 de noviembre de 2007.

Los datos publicados en SUIN -Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y l no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio. FE DE ERRATAS DIARIO OFICIAL 52.051 DE 31 DE MAYO DE 2022 La Imprenta Nacional de Colombia informa que el Diario Oficial 52.051 fue publicado con fecha lunes, 31 de mayo de 2022; se aclara al público que este diario es de fecha: martes, 31 de mayo de 2022 para todos los efectos legales.

El Congreso de la República:

Visto el texto del «CONVENIO SOBRE COBRO INTERNACIONAL DE ALIMENTOS PARA LOS NIÑOS Y OTROS MIEMBROS DE LA FAMILIA», hecho en La Haya, Reino de los Países Bajos, el 23 de noviembre de 2007.

Para ser transcrito: Se adjunta copia fiel y completa de la versión en español del texto Convenio, publicado en la página web oficial de la Conferencia de La Haya del Derecho Internacional

el 23 de noviembre de 2007.

Para ser transcrito: Se adjunta copia fiel y completa de la versión en español del texto Convenio, publicado en la página web oficial de la Conferencia de La Haya del Derecho Internacional Privado y certificado por la Coordinadora del Grupo Interno de Trab ajo de Tratados de la Dirección de asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, documentos que consta de quince (15) folios.

Anexo Ley 2212 de 2022.pdf

DECRETA:

Artículo 1°. Apruébese el “Convenio sobre Cobro Internacional de Alimentos para los Niños y Otros Miembros de la Familia”, hecho en La Haya, Reino de los Países Bajos, el 23 de noviembre de 2007.

Artículo 2°. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley 7ª de 1944, el “Convenio sobre Cobro Internacional de Alimentos para los Niños y Otros Miembros de la Familia”, hecho en La Haya, Reino de los Países Bajos, el 23 de noviembre de 2007, que por el artículo primero de esta ley se aprueba, obligará a la República de Colombia a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto del mismo.LEY 2212 DE 2022

Artículo 3°. La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.

El Presidente del honorable Senado de la República, Juan Diego Gómez Jiménez.

El Secretario General del Honorable Senado de la República, Gregorio Eljach Pacheco.

La Presidenta de la honorable Cámara de Representantes, Jennifer Kristin Arias Falla.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

El Secretario General del Honorable Senado de la República, Gregorio Eljach Pacheco.

La Presidenta de la honorable Cámara de Representantes, Jennifer Kristin Arias Falla.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Jorge Humberto Mantilla Serrano.

REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL

Comuníquese y cúmplase.

Ejecútese, previa revisión de la Corte Constitucional, conforme al artículo 241 -10 de la Constitución Política.

Dada en Bogotá, D. C., a 31 de mayo de 2022.

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