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Ley 2508 de 2025

Congreso

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Detalles

Título
Ley 2508 de 2025
Autor
Congreso
Categoría
Legal
Área del derecho
Administrativo
Año
2025

LEY 2508 DE 2025

DIARIO OFICIAL AÑO CLXI N. 53.200 02 DE AGOSTO 2025 PAG.7

LEY 2508 DE 2025

(julio 30) por medio de la cual se declara Patrimonio Cultural Inmaterial de la Nación el Concurso Nacional de Duetos ciudad Floridablanca – “Hermanos Martínez” y todas sus manifestaciones culturales.

Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia

DECRETA: Artículo 1º.Objeto. La presente ley tiene como objetivo, declarar patrimonio cultural inmaterial de la Nación el Concurso Nacional de Duetos Ciudad Floridablanca “Hermanos Martínez”, y todas sus manifestaciones culturales.

Artículo 2°. Autorícese al Gobierno nacional a través del Ministerio de las Culturas, los Artes y los Saberes, a acompañar a la organización promotora y/o entidades territoriales en el procedimiento que permita la inclusión en la Lista Representativa de Patrimonio Cultural Inmaterial (LRPCI) del ámbito nacional, el Concurso Nacional de Duetos Ciudad Floridablanca “Hermanos Martínez” y todas sus manifestaciones culturales.

La Gobernación del Santander y/o el municipio de Floridablanca prestarán el apoyo técnico para la conservación e impulso de las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial de la región.

Artículo 3°. Declaración y reconocimiento. Declárese a la Casa de la Cultura Piedra del Sol como la creadora, gestora y promotora del Concurso Nacional de Duetos Ciudad

región.

Artículo 3°. Declaración y reconocimiento. Declárese a la Casa de la Cultura Piedra del Sol como la creadora, gestora y promotora del Concurso Nacional de Duetos Ciudad Floridablanca “Hermanos Martínez”.

Artículo 4º.Postulación del concurso. En marco de su autonomía, el municipio de Floridablanca, Santander y/o la Casa de la Cultura Piedra del Sol adelantarán anualmente la convocatoria pública para la escogencia de los participantes y/o concursantes que harán parte del Concurso Nacional de Duetos Ciudad Floridablanca “Hermanos Martínez”.

Artículo 5°. Promoción, difusión, conservación, protección, y desarrollo . La Nación a través del Ministerio de las Culturas, los Artes y los Saberes, el departamento a través de la Secretaría de Cultura y Turismo, y el municipio de Floridablanca a través de la Casa de Cultura Piedra del Sol, contribuirán al fomento, promoción, financiación, difusión, conservación, protección y desarrollo del Concurso Nacional de Duetos Ciudad Floridablanca “Hermanos Martínez”.LEY 2508 DE 2025 Artículo 6º. Autorícese al Gobierno nacional para que de conformidad con lo establecido en los artículos 288, 334, 341 y 345 de la Constitución Política y de las competencias

establecidas en la Ley 715 de 2001 y 397 de 1997, a través del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, se incorpore dentro del Presupuesto General de la Nación y/o se impulse la cofinanciación de un producto audiovisual corto y de alta calidad con perfil multiplataformas en el que se exalte y reconozca la trayectoria artística y cultural del dueto los Hermanos Martínez, así como la preservación de las raíces culturales y musicales de la región santandereana, la influencia de manifestaciones artísticas que ha tenido la realización del Concurso Nacional de Duetos, Ciudad Floridablanca, “Hermanos Martínez”. Además, se promoverá su difusión a nivel nacional a través de los canales del Sistema de Medios Públicos.

Parágrafo. Las partidas presupuestales que trata el presente artículo no afectarán las transferencias de ley, ni las apropiaciones presupuestales que anualmente, el Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones debe girar a los operadores y cuya destinación específica es el fortalecimiento de la televisión pública.

Artículo 7°.Vigencia. La presente ley rige a partir de la fecha de su sanción y promulgación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

El Presidente del Honorable Senado de la República, Efraín José Cepeda Sarabia.

El Secretario General del Honorable Senado de la República, Diego Alejandro González González.

El Presidente de la Honorable Cámara de Representantes,

Efraín José Cepeda Sarabia.

El Secretario General del Honorable Senado de la República, Diego Alejandro González González.

El Presidente de la Honorable Cámara de Representantes, Jaime Raúl Salamanca Torres.

El Secretario General de la Honorable Cámara de Representantes, Jaime Luis Lacouture Peñaloza.

REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL

Publíquese y cúmplase.

Dada, a los 30 de julio de 2025.

GUSTAVO PETRO URREGOLEY 2508 DE 2025

La Ministra de las Culturas, las Artes y los Saberes, Yannai Kadamani Fonrodona.

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