Ley 47 de 1943
Congreso
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Detalles
- Título
- Ley 47 de 1943
- Autor
- Congreso
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Notariado
- Año
- 1943
LEY 47 DE 1943
DIARIO OFICIAL. AÑO LXXIX. N. 25425. 20, DICIEMBRE, 1943. PÁG. 4.
LEY 47 DE 1943
(diciembre 10) Por la cual se decreta la creación del Circuito Notarial de Guadalupe (S.), y se decreta una condonación E S T A D O D E V I G E N C I A : Vigente Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y l no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.
Subtipo: LEY ORDINARIA
El Congreso de Colombia
decreta:
ARTICULO 1°. Créase el Circuito Notarial De Guadalupe (S.), compuesto del Municipio del mismo nombre; y los de tarso y Maceo en el departamento de Antioquia, que comprenderán jurisdicciones de los respectivos distritos.
ARTICULO 2°. Créase el Circuito Notarial de Simacota, compuesto del municipio del mismo nombre, que será su cabecera, y del de chima, en el departamento de Santander.
ARTICULO 3°. Dentro de los tres días siguientes a la sanción de la presente Ley, los
tribunales superiores respectivos enviaran a la gobernación las ternas para la elección de los notarios de que trata la presente Ley. Los nombramientos serán hechos por las gobernaciones dentro de los quince días siguientes al del recibo de las ternas.
ARTICULO 4°. Condonase al seno Guillermo Arciniegas Fernández la suma de cuatrocientos cuatro cientos ochenta y un pesos setenta y cuatro centavos ($481.74), con sus intereses, que le fue liquidada como alcance en su condición de administrador de las salinas de Cumaral y Upín, en el mes de octubre de 1934.
Dada en Bogotá, e., a veinticuatro de noviembre de mil novecientos cuarenta y tres.
El Presidente del Senado, PARMENIO CARDENAS. --- El Presidente de la Cámara De Representantes, LUIS CARLOS MESA. -- El Secretario el Senado, Arturo Salazar Grillo. El Secretario de la Cámara De Representantes, Andrés CHAUSTRE B.
Organo Ejecutivo.
BOGOTA, D. E., 10 DE DICIEMBRE DE 1943.LEY 47 DE 1943
Publíquese y ejecútese.