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Ley 72 de 1993

Congreso

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Detalles

Título
Ley 72 de 1993
Autor
Congreso
Categoría
Legal
Área del derecho
Médico
Año
1993

LEY 72 DE 1993

DIARIO OFICIAL. AÑO CXXIX. N. 41013. 31, AGOSTO, 1993. PÁG. 7.

LEY 72 DE 1993

(agosto 31) por la cual se deroga el artículo 132 de la Ley 30 de 1992 y se dictan otras disposiciones.

E S T A D O D E V I G E N C I A : Vigente.

Los datos publicados en SUIN -Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y l no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.

Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia,

DECRETA:

ARTICULO 1° Derógase el artículo 132 de la Ley 30 de 1992. :

ARTÍCULO 2o .

ARTICULO 3° La presente Ley rige a partir de su sanción. El Presidente del honorable Senado de la República, JORGE RAMON ELIAS NADER El Secretario General del honorable Senado de la República, PEDRO PUMAREJO VEGA El Presidente de la honorable Cámara de Representantes, FRANCISCO JOSE JATTIN SAFAR El Secretario general de la honorable Cámara de Representantes,

DIEGO VIVAS TAFUR

REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONALLEY 72 DE 1993

Publíquese y ejecútese. El Secretario general de la honorable Cámara de Representantes,

DIEGO VIVAS TAFUR

REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONALLEY 72 DE 1993

Publíquese y ejecútese. Dada en Santafé de Bogotá, D. C., a 31 de agosto de 1993.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

La Ministra de Educación Nacional, Maruja Pachón de Villamizar.

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