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MARTÍNEZ MALAVER, Jose M - El injusto imprudente en la responsabilidad médica. 2011

Jose Martinez

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Título
MARTÍNEZ MALAVER, Jose M - El injusto imprudente en la responsabilidad médica. 2011
Autor
Jose Martinez
Categoría
Doctrina
Área del derecho
Médico
Año
2011

Criterio jurídico garantista 32 issn: 2145-3381. Bogotá, Colombia - Año 3 - No. 5 - Jul.-Dic. de 2011 El injusto imprudente en la responsabilidad médica1 The imprudent unfair in the medical responsibility José Manuel Martínez Malaver martinezmalaver@hotmail.com Diana Milena González Castro RESUMEN AbStRAct En este ensayo se busca introducir y plantear como discuthis essay seeks to introduce and raise as an argument, the sión, la serie de dificultades teórico-prácticas en relación number of theoretical and practical difficulties in relation to con el fundamento del injusto imprudente en el ámbito de the merits of the unfair reckless in the field of medical lila responsabilidad médica, y el ejercicio de imputación de un ability and the exercise of an allegation of unlawful conduct comportamiento culposo en este especial campo profesional. in this particular configuration scope, for the which, from A partir de dos casos concretos derivados del acto médico, two specific cases arising from medical act, resolution is se orientará su resolución con base en las instituciones oriented from dogmatic institutions of objective imputation. dogmáticas de la imputación objetiva.

KEY WORDS: Research report, imprudent unfair, position PAlAbRAS clAvE: Informe investigación, injusto imof guarantor, care objective obligation, objective imputation, prudente, posición de garante, deber objetivo de cuidado, trial, medical responsibility, functionalism, guilty offense. imputación objetiva, ensayo, responsabilidad médica, funcionalismo, delito culposo, resultado.

Fecha de recepción: 08/07/2011

Fecha de aceptación: 26/09/2011

1. Artículo de reflexión basado en el informe final del proyecto de investigación: Fundamentos teórico penales y procesales de la

responsabilidad médica. El proyecto está adscrito al grupo Estudios Políticos, Normativos y Derechos humanos, coordinado por la doctora Dídima Rico chavarro. Investigador principal José Manuel Martínez Malaver, coinvestigadora Olga Yaneth cubides Moreno. Fundación Universidad Autónoma de colombia. Abogado de la Universidad Externado de colombia, con especializaciones en ciencias Penales y criminológicas y en Procesal Penal; finalizando maestría en Derecho Penal en la misma institución. Docente del área Penal tanto en pregrado como en postgrado de la Fundación Universidad Autónoma de colombia. coordinador Jurídico de la Regional centro, de la Sociedad colombiana de Anestesiología y Reanimación (sCare). Estudiante del Pograma de Derecho de la Fundación Universidad Autónoma de colombia e integrante del semillero de investigación sCienta, en el proyecto de investigación Fundamentos teórico penales y procesales de la responsabilidad médica. El injusto imprudente en la responsabilidad médica 33 Artículo de reflexión. Páginas 32 a 41 Introducción En este ensayo damos cuenta de las distintas tendencias del pensamiento penal que han avanzado En la actualidad, existe el concepto transversal en la construcción normativa del Derecho, dando de la imputación objetiva que se aplica no solo en un viraje a las concepciones ontológicas de la conel Derecho penal, sino también en el ámbito de la ducta, poniendo el asiento de la fundamentación responsabilidad civil extracontractual. Este conde la responsabilidad penal, no ya en la conducta cepto se aplica en las áreas del Derecho donde se sino en la responsabilidad funcional. hagan ejercicios de imputación, sea para atribuir

un hecho dañoso o una conducta delictiva. Es importante tener claridad en que imputación objetiva Normativismo penal no es necesariamente sinónimo de funcionalismo; este último entendido como la actual escuela del En la concepción jakobsciana el Derecho penal Derecho penal moderno, donde el contenido de cumple la función de sostener la identidad norlos elementos de la teoría del delito “tipicidad, mativa, el individuo se entiende como un portador antijuridicidad y culpabilidad”, dependen de los de deberes y obligaciones6 y las normas como fines y funciones del Derecho penal que se cumexpectativas de comportamiento, derivadas de plan dentro de la sociedad2. la estructura social, donde se busca que cada individuo cumpla con la expectativa en la relación las principales tendencias en la escuela funciocon los otros; como ocurre cuando una paciente nalista son: la orientación de la escuela de bonn, sufre de diabetes gestacional7, la expectativa de del profesor Günther Jakobs3, Wolfgang Frisch4, la madre es que el especialista en ginecología8 (Funcionalismo Intermedio) y el profesor Alemán le haga controles estrictos y le ordene una dieta claus Roxin5 (Funcionalismo Moderado). especial.

2. MontealeGre lynett, eDuarDo; PerDoMo torres, JorGe FernanDo. Funcionalismo y normatividad penal, una introducción a la obra de Günter Jakobs. bogotá: Universidad Externado de colombia, 2006, pág. 7.

3. Günther, Jakobs. Derecho Penal. Parte general: Fundamentos y teoría de la imputación. traducción: Joaquín cuello contreras y José

luis Serrano González de Murillo. 21° Ed. Madrid: Marcial Pons, 1997.

4. FrisCh, WolFGanG. Comportamiento típico e imputación del resultado. Madrid: Marcial Pons, 2004. 5. roxin, Claus. Derecho penal. Parte General. t. I. II de la 2° ed. Notas a cargo de Diego luzón Peña, Miguel Díaz y García conlledo, y Javier vicente Remesal. Madrid: Editorial civitas, 1997.

6. Günther, Jakobs. Sociedad, norma y persona en una teoría de un derecho penal. traducción de Manuel cancio y bernardo Feijóo. bogotá: Universidad Externado de colombia, 1996.

7. Patología que se presenta durante el embarazo con aumento de las cifras de glicemia en la sangre materna y se asocia con complicaciones en el feto.

8. Rama de la medicina que se encarga del estudio y tratamiento de las enfermedades relacionadas con el aparato reproductor femenino.

Criterio jurídico garantista 34 issn: 2145-3381. Bogotá, Colombia - Año 3 - No. 5 - Jul.-Dic. de 2011 Es llamado a responder aquel individuo que participa en las organizaciones constitutivas de la sociedad, en este caso el médico dentro del sistema de salud pública, como garante de la salud del paciente (competencia institucional). Ahora, frente al cumplimiento de las expectativas se le debe sancionar por homicidio culposo, y así se establecen las cognitivas y las normativas; el se podrá asegurar que en casos similares se debe incumplimiento de las primeras obliga al individuo confiar en que el médico cumplirá con lo que le

a replantear su conducta9, y ante la defraudación indican los protocolos de procedimiento en casos de las segundas se utiliza el instrumento de la sande diabetes gestacional. ción como mecanismo de orientación social, de ahí que el fin del Derecho penal sea la vigencia de la norma. cuando hay defraudación de expectativas El injusto imprudente y la responsabilidad normativas el ciudadano debe seguir confiando médica en la norma y puede orientar su conducta con base en la expectativa. En nuestro ejemplo, si el En el contexto penal, la responsabilidad médica especialista en ginecología no hizo seguimiento se ubica en el campo de las conductas impruestricto a la paciente, omitió ordenarle una dieta dentes11 y no en el campo del delito doloso12; en y el resultado es la muerte del feto (óbito fetal10), ese sentido es importante establecer que para

9. MontealeGre lynett, eDuarDo; PerDoMo torres, JorGe FernanDo. Ob. cit., pág. 17.

10. Muerte intrauterina del feto por encima de las 24 semanas de embarazo y por cualquier causa.

11. FeiJóo sánChez, bernarDo. Resultado lesivo e imprudencia: estudio sobre los límites de la responsabilidad penal por imprudencia y el criterio del “fin de protección de la norma de cuidado”. bogotá: Universidad Externado de colombia, primera edición, mayo de 2003. 12. rueDa Martín, María ánGeles. La teoría de la imputación objetiva del resultado en el delito doloso de acción. Primera edición. bogotá: Universidad Externado de colombia, marzo de 2002.

El injusto imprudente en la responsabilidad médica

35 Artículo de reflexión. Páginas 32 a 41 hacer un juicio de imputación en responsabilidad en el caso que pudiera evitarlo perfectamente17, médica es indispensable definir lo referente a la ya que normativamente está obligado por los posición de garante del médico y si el sujeto era protocolos a preservar la salud del paciente, lo que o no competente. corresponde al estándar de atención establecido para ese caso, a pesar de que esté en posibilidad Para la atribuibilidad de un resultado es necesario de realizar actuaciones que van más allá de dicho delimitar el ámbito de competencia13. Existe un estándar de atención. Igual ocurrirá cuando el mé- ámbito de competencia14 institucional en el que el dico prescribe el tratamiento y el paciente dentro sujeto se presenta ante instituciones establecidas de su autonomía se rehúsa a seguirlo. históricamente, como la familia y la escuela15 de donde se derivan roles especiales de protección de Determinada la posición de garante es necesario ciertos bienes jurídicos; y existe la competencia revisar que no se excluya el juicio de imputación en virtud de la organización, donde el individuo, por las siguientes cuatro instituciones: al configurar libremente su mundo, se obliga a no invadir las esferas de los demás, en estos casos A. riesGo PerMitiDo: “no forma parte del rol de existen deberes de seguridad en el tráfico. cualquier ciudadano que elimine cualquier riesgo de lesión de otro”18, en donde se permite crear Solo se encuentra obligado a responder quien es peligros para los bienes jurídicos, siempre y titular de una posición de garante. Es llamado a cuando estos no sobrepasen los límites toleresponder aquel individuo que participa en las rables por la sociedad. las actuaciones de los organizaciones constitutivas de la sociedad16, en profesionales de la salud están establecidas este caso el médico dentro del sistema de salud en los protocolos institucionales, en donde se pública, como garante de la salud del paciente agrupan las conductas a seguir y el estándar (competencia institucional). concreto de comportamiento del médico, lo que conlleva a que el riesgo residual que no se En esos eventos, los límites de los roles funcionan encuentre en esta normatividad, será permitia la vez como límites de la responsabilidad: el do. Una exagerada limitación de las conductas médico que se mantiene dentro del límite de su con el objetivo nuclear de abarcar totalmente rol no responderá de un curso lesivo causal, aun la protección de bienes jurídicos, conllevaría la

13. MontealeGre lynett, eDuarDo; PerDoMo torres, JorGe FernanDo. Ob. cit., págs. 50 y 51.

14. Sentencia Su-1184/01. M.P. Eduardo Montealegre lynett. corte constitucional, Sala Plena, 13 de noviembre de 2001. 15. lóPez Díaz, ClauDia. Introducción a la imputación objetiva. bogotá: Universidad Externado de colombia, 1996, pág. 87.

16. Günther, Jakobs. La imputación objetiva en el Derecho Penal. traducción de Manuel cancio Melía. bogotá: Universidad Externado de colombia, centro de investigación en Filosofía y Derecho, 1998, pág. 30.

17. Ibíd., pág. 31.

18. Ibíd., pág. 32.

Criterio jurídico garantista 36 issn: 2145-3381. Bogotá, Colombia - Año 3 - No. 5 - Jul.-Dic. de 2011 paralización de los comportamientos y de las concentrarse adecuadamente en su propia interacciones sociales. la necesidad de poner en labor y pondrá en riesgo la vida del paciente, riesgo permitido, como en el caso de la medicipor estar pendiente de las otras intervenciona, los bienes jurídicos de la vida e integridad nes. En segunda medida, se desconocería a personal del paciente es una realidad, sino se la instrumentadora como sujeto responsable, detendría la evolución de la medicina. descartando su competencia y su rol dentro del equipo quirúrgico. Ahora, perderá sentido b. el PrinCiPio De ConFianza: “cuando el comel principio de confianza, si el cirujano opera portamiento de los seres humanos queda entrelazacon un anestesiólogo en estado de embriaguez. do, no forma parte del rol del ciudadano controlar permanentemente a todos los demás; de otro modo, c. aCCiones a ProPio riesGo (competencia de no podría haber reparto del trabajo”19, es clave la propia víctima), donde la víctima viola sus para demostrar la ausencia de responsabilidad deberes de autoprotección: “puede que la confidel médico en los eventos donde hay trabajo guración de un contacto social competa no sólo al en equipo y división de funciones, como puede autor, sino también a la víctima, y ello incluso en un ocurrir en caso de una histerectomía20 en que, doble sentido: puede que su comportamiento fundapor ejemplo, se queda dentro del organismo mente que se le impute la consecuencia lesiva a ella de la paciente una compresa21 y se le atribuye misma, y puede que se encuentre en la desgraciada la responsabilidad al cirujano. En este tipo de situación de estar en la posición de víctima por obra intervenciones quirúrgicas el equipo de trabajo del destino, por infortunio”22. En este criterio se está compuesto por el cirujano, el anestesióloencuentra el consentimiento de la víctima y la go, el ayudante quirúrgico, la instrumentadora, lesión de los propios deberes de autoprotección. y cada uno de ellos cumple una función. Si bien el cirujano es quien introduce la compresa en D. ProhibiCión De reGreso: “el carácter conel organismo de la paciente, y existe causalidad junto de un comportamiento no puede imponerse física o naturalística, el juicio de imputación se de modo unilateral-arbitrario. Por tanto, quien debe atribuir a la instrumentadora quirúrgica, asume un vínculo estereotipado-inocuo con otro ya que el cirujano confió en el conteo de las ser humano no quebranta su rol como ciudadano compresas y la expectativa de cumplimiento aunque el otro incluya el vínculo en una organisurge de dicha función. zación no permitida. Por consiguiente, existe una prohibición de regreso con el contenido de que un Si el cirujano está controlando las tareas de comportamiento estereotipadamente inocuo no los demás miembros del equipo no puede constituye participación en una organización no

19. Ibíd., pág. 34.

20. Procedimiento quirúrgico consistente en la extracción del útero. 21. tela de gasa que se utiliza en procedimientos médicos.

22. Ibíd., pág. 38

El injusto imprudente en la responsabilidad médica 37 Artículo de reflexión. Páginas 32 a 41 En la medicina la necesidad de poner en riesgo permitido los bienes jurídicos de la vida e integridad personal del paciente es una realidad, sino se detendría la evolución de la ciencia. permitida”23 o “según la cual el favorecimiento campos del saber, en que el médico expone perde conductas dolosas o culposas por un tercero, manentemente al paciente a riesgos en lo que no le es imputable a quien las hubiese facilitatiene que ver con el bien jurídico de la vida y la do dentro del riesgo permitido”24. Se trata de integridad (en responsabilidad médica penal, los eventos en donde el autor usufructúa hacia profesionales de la salud son llamados a juicio lo ilícito un comportamiento de un tercero por las conductas punibles de homicidio culposo que preliminarmente no es delictivo; dicho y lesiones personales culposas). la norma de comportamiento del tercero es tan usual, que cuidado lex artis25 se constituye en la piedra anes fácilmente disponible. gular del deber objetivo de cuidado del médico. Esta se fundamenta en los protocolos o literatura científica autorizada, que indica el actuar en la Deber objetivo de cuidado atención del paciente. la sociedad contemporánea es considerada El artículo 23 del código Penal colombiano, define como una sociedad de riesgos. Por tanto, como la conducta culposa de la siguiente manera “culpa. una sociedad que ante todo se encarga de adla conducta es culposa cuando el resultado típico

ministrar riesgos. la medicina es uno de los es producto de la infracción al deber objetivo de

23. Ibíd., pág. 36.

24. MontealeGre lynett, eDuarDo; PerDoMo torres, JorGe FernanDo. Ob. cit., pág. 51.

25. GóMez PavaJeau, Carlos arturo. Estudios de dogmática en el Nuevo Código Penal. bogotá: Giro Editores ltda., agosto de 2009, pág. 286.

Criterio jurídico garantista 38 issn: 2145-3381. Bogotá, Colombia - Año 3 - No. 5 - Jul.-Dic. de 2011 cuidado26 y el agente debió haberlo previsto por deceso es un riesgo inherente al procedimiento de ser previsible, o habiéndolo previsto, confió en liposucción, por lo cual al especialista en cirugía poder evitarlo”27. plástica no se le puede imputar la muerte de la paciente; su conducta será atípica por ausencia En ese sentido el delito imprudente se fundamenta de uno de los elementos de tipo objetivo que es el en la violación del deber objetivo de cuidado; pero nexo de causalidad o imputación objetiva32. no solo basta la creación de un riesgo jurídicamente desaprobado, ya que es necesaria la realización las teorías de la imputación objetiva son más del riesgo, lo que significa que se concrete en la comprensibles si se apoyan en el desarrollo de producción del resultado. De ahí emergen criterios métodos que asumen la casuística para explicitar como el fin de protección de la norma, la elevala solución a aplicar. En el siguiente ejemplo se ción del riesgo y el comportamiento doloso por puede apreciar cómo opera la teoría. Una mujer

un obrar imprudente de la víctima o un tercero con embarazo de treinta y nueve (39) semanas, que para descifrar si se trata de la misma relación de ingresa al servicio de ginecología en una instituriesgo o de otra distinta, que no es imputable a la ción de cuarto nivel, es atendida por el ginecóloinicial violación del deber objetivo de cuidado28. go. En el curso de la intervención se presenta un cuadro expulsivo prolongado33; en consecuencia Empero, dentro de la estructura tripartita del se hace necesario un parto instrumentado, por delito, los temas de exclusión de responsabilidad complicaciones en el trabajo de parto. Para el éxito penal médica se traducen en ausencia del elemento de la intervención, es necesario utilizar espátulas nexo causal o imputación objetiva, dentro del tipo para extraer al bebé, lo cual produce unos efectos objetivo29. Por ejemplo, en el caso de un cirujano traumáticos para el recién nacido, que inciden en plástico que realiza una liposucción30 y la paciente su desarrollo psicomotor34. fallece por una embolia grasa31, dicha causa del

26. Sentencia 28124. M.P: Javier Ortiz Zapata, corte Suprema de Justicia, Sala Penal, 22 de mayo de 2008. 27. código Penal, ley 599 de 2000. bogotá: legis, cuarta edición, 2010.

28. Günther, Jakobs. La Imputación objetiva en el Derecho Penal. bogotá: Universidad Externado de colombia, centro de Investigación en Filosofía y Derecho, 1998. 29. velásquez, Manuel. Manual de Derecho Penal. Parte General. 3ª ed. colombia: comilibros y cía. ltda., 2007, págs. 274 y sig.

30. Succión de tejido adiposo subcutáneo del cuerpo humano. 31. complicación secundaria a un procedimiento quirúrgico en el que hay paso de tejido adiposo a través del afluente venoso hacia el pulmón y ocasiona falla respiratoria y en algunos casos la muerte. 32. barbosa Castillo, GerarDo. Lecciones de Derecho penal. Parte General. bogotá: Universidad Externado de colombia, 2002, pág.

209.

33. Periodo expulsivo en donde se presenta dilatación de 10 cm en trabajo de parto, con un tiempo superior a una hora.

34. Habilidades cognitivas y motoras que reflejan el desarrollo del sistema nervioso en los niños.

El injusto imprudente en la responsabilidad médica 39 Artículo de reflexión. Páginas 32 a 41 la teoría de la imputación objetiva se convierte en una estrategia potente para resolver situaciones problema, vinculadas a las acciones propias de la responsabilidad médica y hace referencia a la relevancia social que tienen ciertas conductas en las sociedades hoy llamadas de riesgo, por la alta complejidad social y los múltiples roles que asumen los ciudadanos. Para resolver el problema planteado, como primedesde el punto de vista jurídico no se le puede ra medida, se tiene en cuenta que el especialista osatribuir responsabilidad jurídico penal, ya que las tenta la posición de garante frente a la protección lesiones producidas al menor son producto de un del bien jurídico (la integridad personal del recién riesgo inherente al procedimiento y maniobras nacido). En este ejemplo, el médico actuó dentro de forceps en expulsivo, que no propiamente de

del riesgo permitido y no violó el deber objetivo de la actuación personal del profesional de la salud, cuidado ya que acató lo que indican los protocolos sino y específicamente de la manipulación del para este tipo de complicaciones maternofetales, instrumento propio de este tipo de tratamiento, por lo tanto no se le puede imputar el resultado de las cuales normativamente no son consideradas de lesiones personales ya que su conducta es atípica por sí dañosas e indicantes de responsabilidad mé- por ausencia de uno de los elementos del tipo obdica. Es necesario probar la relación de causalidad jetivo, como lo es la inexistencia de nexo causal o entre la actuación médica y el daño, y vinculado imputación objetiva del resultado. con él la cuestión del carácter negligente de la actuación médica, para que se pueda establecer A pesar de que el profesional de la salud desde el una responsabilidad médica por los efectos traupunto de vista naturalístico produce el resultado, máticos en la salud del recién nacido35.

35. González-torre, ánGel Pelayo. El derecho a la autonomía del paciente en la relación médica. El tratamiento jurisprudencial del consentimiento informado. biblioteca de Derecho y ciencias de la vida. Granada: Editorial comares, 2009, pág. 5.

Criterio jurídico garantista 40 issn: 2145-3381. Bogotá, Colombia - Año 3 - No. 5 - Jul.-Dic. de 2011 Conclusiones ColoMbia, código Penal, ley 599 de 2000. bogotá: legis, cuarta edición, 2010. la teoría de la imputación objetiva se convierte en ColoMbia, corte Suprema de Justicia, Sala Penal.

una estrategia potente para resolver situaciones Sentencia 28124. M.P. Javier Ortiz Zapata, 22 de problema, vinculadas a las acciones propias de la mayo de 2008. responsabilidad médica y hace referencia a la reColoMbia, corte constitucional colombiana, Sala levancia social que tienen ciertas conductas en las Plena. Sentencia Su-1184/01. M.P. Eduardo sociedades hoy llamadas de riesgo, por la alta comMontealegre lynett, 13 de noviembre de 2001. plejidad social y los múltiples roles que asumen los FeiJóo, bernarDo. Resultado lesivo e imprudencia: ciudadanos. Una de las profesiones consideradas estudio sobre los límites de la responsabilidad penal por de alto riesgo es, precisamente, la medicina por las imprudencia y el criterio del “fin de protección de la intervenciones que realizan los médicos al cuerpo norma de cuidado”. bogotá: Universidad Externado de los pacientes, para mejorar su salud. de colombia, primera edición, mayo de 2003. FrisCh, WolFGanG. Comportamiento típico e impuPara identificar penalmente la responsabilidad tación del resultado. Madrid: Marcial Pons, 2004. médica en un caso clínico, es necesario establecer GóMez PavaJeau, Carlos arturo. Estudios de cuál es el ámbito de competencia que se deriva de dogmática en el Nuevo Código Penal. bogotá: Giro la atención a un paciente por parte del profesional Editores ltda., agosto de 2009. de la salud; de ahí deriva su posición de garante.

Günther, Jakobs. Derecho Penal. Parte General. los criterios de imputación objetiva propuestos Fundamentos y teoría de la imputación. traducción: por la doctrina funcionalista permiten realizar Joaquín cuello contreras y José luis Serrano un ejercicio adecuado de imputación, teniendo González de Murillo. 21° Ed., Madrid: Marcial en cuenta criterios como el riesgo permitido, en Pons, 1997. el que se materializan conceptos como el riesgo Günther, Jakobs. Sociedad, norma y persona en una inherente al procedimiento, que excluyen la resteoría de un derecho penal. traducción de Manuel ponsabilidad del profesional de la salud. cancio y bernardo Feijóo. bogotá: Universidad Externado de colombia, 1996. El fundamento del injusto imprudente en este Günther, Jakobs. La imputación objetiva en el Derecho campo del Derecho penal moderno (responsabiliPenal. traducción Manuel cancio Melía. bogotá: dad médica), se basa en el concepto de la infracción Universidad Externado de colombia, centro de al deber objetivo de cuidado, el cual tiene como Investigación en Filosofía y Derecho, 1998. fuente la norma de cuidado o lex artis que deterlóPez Díaz, ClauDia. Introducción a la imputación mina el campo de acción del médico. objetiva. colombia: Universidad Externado de colombia, 1996. bIblIOGRAFíA MontealeGre lynett, eDuarDo; PerDoMo torres, JorGe FernanDo. Funcionalismo y barbosa Castillo, GerarDo. Lecciones de Derecho normatividad penal, una introducción a la obra de

Penal. Parte General. colombia: Universidad ExGünter Jakobs. bogotá: Universidad Externado ternado de colombia, 2002. de colombia, 2006.

El injusto imprudente en la responsabilidad médica 41 Artículo de reflexión. Páginas 32 a 41 PerDoMo torres, JorGe FernanDo. El delito rueDa Martín, María ánGeles. La teoría de la de comisión por omisión en el Nuevo Código Penal imputación objetiva del resultado en el delito doloso Colombiano. colombia: Universidad Externado de de acción. bogotá: Universidad Externado de cocolombia, primera edición, julio de 2001. lombia, primera edición, marzo de 2002. roxin, Claus. Derecho penal. Parte General. t. I.II velásquez, Manuel. Manual de Derecho Penal. Parte de la 2° ed. Notas a cargo de Diego luzón Peña, General. tercera edición. colombia: comilibros Miguel Díaz y García conlledo, y Javier vicente y cía ltda., 2007.

Remesal. Madrid: Editorial civitas, 1997.

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