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MEJÍA,PÉREZ,JEREZ,CHAVARRÍA - Diálogos constitucionales

Joaquín Mejía,Andrés Pérez,Rafael Jerez, Sebastián Chavarría

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Título
MEJÍA,PÉREZ,JEREZ,CHAVARRÍA - Diálogos constitucionales
Autor
Joaquín Mejía,Andrés Pérez,Rafael Jerez, Sebastián Chavarría
Categoría
Doctrina
Área del derecho
Internacional Público
Año

Diálogos constitucionales

JOAQUÍN A. MEJÍA R.

(coordinador) Andrés Pérez Munguía Rafael Jerez Moreno Sebastián Chavarría L. Prólogo de Juan Federico Jiménez MayorDialogos constitucionalesDialogos constitucionales

JOAQUÍN A. MEJÍA R.

(coordinador) Andrés Pérez Munguía Rafael Jerez Moreno Sebastián Chavarría L. Prólogo de Juan Federico Jiménez Mayor 9 Asociación para el Avance Constitucional Ez Vo en Honduras y Centroamérica Compañía de Jesús AVANCEH© Equipo de Reflexión, Investigación y Comunicación de la Compañía de Jesús en Honduras (ERIC-SJ). © Asociación para el Avance Constitucional en Honduras y Centroamérica (AVANCEH) © Joaquín A. Mejía Rivera, compilador

ISBN: 978-99979-2-170-3

Primera edición: Tegucigalpa, febrero de 2025

Edición, diseño y diagramación: Editorial Guaymuras

Diseño de portada: Marianela González Reservados todos los derechos.7

Índice Presentación ................................................................ 15 Prólogo Juan Federico Jiménez Mayor ...................................... 19 Primera Parte el Derecho constitucional frente a las crisis Políticas caPítulo 1 legaliDaD y legitimiDaD en la elección De la Junta Directiva Del congreso nacional Joaquín A. Mejía Rivera Introducción ..................................................................35

1. Premisas necesarias sobre la Constitución de la República .........................................37

2. Las condiciones de validez del acto de elección de la Junta Directiva Provisional del Congreso Nacional desde una mirada constitucional ..................................43

Introducción ..................................................................35

1. Premisas necesarias sobre la Constitución de la República .........................................37

2. Las condiciones de validez del acto de elección de la Junta Directiva Provisional del Congreso Nacional desde una mirada constitucional ..................................43

3. Las condiciones de validez del acto de elección de la Junta Directiva en Propiedad del Congreso Nacional desde una mirada constitucional ..................................49

4. El papel de la Sala de lo Constitucional en la resolución del asunto de la

Junta Directiva del Congreso Nacional..........................68 Colofón ..........................................................................798 caPítulo 2 las imPlicaciones Políticas y JuríDicas De la reelección PresiDencial a la luz De la oPinión consultiva oc-28/21 De la corte interamericana De Derechos humanos Joaquín A. Mejía Rivera Introducción ..................................................................83 1. ¿Qué son las opiniones consultivas y cuáles son sus implicaciones para el Estado de Honduras? .................84

2. Una esperada opinión consultiva que desmonta las falacias en que se basó la sentencia sobre la reelección presidencial en Honduras .............................................89

A manera de conclusión ................................................96 caPítulo 3 una miraDa constitucional a la elección en el ministerio Público con una breve mención a la elección Del tribunal suPerior De cuentas Joaquín A. Mejía Rivera Antecedentes ...............................................................101

1. La fuerza normativa del artículo 233 constitucional ...104

2. La prevalencia entre el artículo 80 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo (LOPL) y el artículo 18 de la Ley del Ministerio Público (LMP) .................................107

3. El papel de los principios de unidad y coherencia normativa, y de inmediatez constitucional ..................113

Conclusión ..................................................................1199

Ley del Ministerio Público (LMP) .................................107

3. El papel de los principios de unidad y coherencia normativa, y de inmediatez constitucional ..................113

Conclusión ..................................................................1199 caPítulo 4 las rotaciones en las salas De la corte suPrema De Justicia y el orDen De PreceDencia en las coorDinaciones Joaquín A. Mejía Rivera

1. El problema jurídico ...................................................121

2. Cuestiones previas ......................................................121

3. El orden de la precedencia a la luz del Reglamento Interior de la Corte Suprema de Justicia ....................124

Conclusión ..................................................................132 caPítulo 5 la Derogación Del Decreto legislativo n° 116-19 y «la Doctrina De los zombis» Joaquín A. Mejía Rivera

1. El problema jurídico ...................................................135

2. El carácter normativo de la Constitución de la República ..............................136

A modo de conclusión .................................................147 caPítulo 6 el Decreto De aDhesión a la corPoración anDina De fomento y el Proceso De formulación, sanción y Promulgación De la ley Joaquín A. Mejía Rivera Introducción ................................................................149

1. El problema jurídico ...................................................150

2. Análisis del fondo del asunto ......................................151

Conclusión ..................................................................16510 caPítulo 7 la existencia De las zonas De emPleo y Desarrollo económico a la luz Del sistema constitucional honDureño y De las reclamaciones internacionales De arbitraJe Joaquín A. Mejía Rivera Introducción ................................................................168

1. Más allá de la constitucionalidad: Los requisitos legales para que una ZEDE pueda operar ...............................................................172

2. El CIADI y las reclamaciones

internacionales De arbitraJe Joaquín A. Mejía Rivera Introducción ................................................................168

1. Más allá de la constitucionalidad: Los requisitos legales para que una ZEDE pueda operar ...............................................................172

2. El CIADI y las reclamaciones

de Honduras Próspera Inc. .........................................176 Conclusión ..................................................................182 caPítulo 8 la ultraactiviDaD y los «inJertos constitucionales» a la luz De la nueva sentencia De la sala De lo constitucional sobre las zeDe Joaquín A. Mejía Rivera

1. Planteamiento del problema ........................................184 2. ¿La Sala de lo Constitucional puede declarar la inconstitucionalidad de una norma que ya ha sido derogada? ....................................................................185 3. ¿La Sala de lo Constitucional está impedida para dictar sentencias de inconstitucionalidad con efectos ex tunc? ....................................................195

4. Modulación temporal de las sentencias y los principios de seguridad jurídica y primacía de la Constitución ...206

Conclusión ..................................................................21611 caPítulo 9 ¿el retorno inconstitucional De la inmuniDaD Parlamentaria? Joaquín A. Mejía Rivera

1. El problema jurídico ...................................................219

2. La rigidez constitucional y los límites a los poderes constituidos ...........................................222

3. Una respuesta concluyente al problema jurídico planteado ....................................................................230

Segunda Parte el Derecho constitucional y la institucionaliDaD Pública caPítulo 10 ¿hacia un PresiDencialismo renovaDo? Andrés Pérez Munguía Introducción: situando el período constitucional 2022-2026 en el debate entre presidencialismo y parlamentarismo en América Latina ...........................235

1. Mayorías y gobiernos presidenciales unificados ..........237

Andrés Pérez Munguía Introducción: situando el período constitucional 2022-2026 en el debate entre presidencialismo y parlamentarismo en América Latina ...........................235

1. Mayorías y gobiernos presidenciales unificados ..........237

2. El primer gobierno presidencial dividido ....................243

3. Cierre: ¿hacia un presidencialismo renovado? ...........249 caPítulo 11 el rol De las elecciones De segunDo graDo y el PaPel Del congreso nacional Rafael Jerez Moreno Introducción ................................................................256

1. Las elecciones de segundo grado en la Constitución de la República de 1982 .....................257

2. El sistema electoral hondureño y las elecciones de segundo grado ........................................................26112

3. Las Juntas Ad-Hoc como mecanismo para mitigar el control político de las elecciones de segundo grado ....268

4. La persistencia de la repartición de cuotas de poder en las elecciones de segundo grado .............................276

Conclusiones ...............................................................281 caPítulo 12 el PoDer constituyente y el horizonte De una nueva constitución Sebastián Chavarría L. Introducción ................................................................283

1. Los niveles de análisis. Enfoques ................................285

2. El Poder Constituyente: la política como no natural ..........................................287

3. Del reconocimiento del carácter político a lo posible: horizonte de una nueva Constitución ..........................293

Conclusiones ...............................................................298 reseñas curriculares ............................................... 299La Constitución es el eje de la vida social. De ella depende el conjunto del aparato normativo que rige a una comunidad; es ella la que establece las bases de legitimación y ejercicio del poder; es en ella donde residen los instrumentos que garantizan la libertad y la igualdad de los integrantes de la sociedad. Pero además de las funciones jurídica y política, la Constitución tiene otra de

legitimación y ejercicio del poder; es en ella donde residen los instrumentos que garantizan la libertad y la igualdad de los integrantes de la sociedad. Pero además de las funciones jurídica y política, la Constitución tiene otra de carácter simbólico: es un punto de referencia que auspicia la cohesión social. Diego valaDés Constitución y democracia, Universidad Nacional Autónoma de Mé- xico, México, 2002, p. 107.15 Presentación U no de los legados más importantes de la teoría del derecho del último siglo ha sido el redescubrimiento del significado de la Constitución como límite y vínculo de todos los poderes públicos. En otras palabras, la Constitución puede considerarse «derecho sobre el derecho» en tanto que no se limita a programar la forma de producción normativa mediante reglas procedimentales sobre la formación y sanción de las leyes, sino que también programa sus contenidos, vinculándolos normativamente a la tutela de los derechos y a la dignidad humana 1. Por todo ello es que la Constitución «es el estatuto esencial de la convivencia política y social de un país, el fundamento de la organización y el funcionamiento del Estado, así como el instrumento que reconoce, declara y garantiza los derechos humanos»2. Para garantizar dicha convivencia, la norma suprema establece los vínculos y mecanismos orientados a asegurar «la subsistencia del compromiso-consenso constitucional, evitando conflictos nuevos o permanentes» 3. No obstante, pese a ser la lex superior de la comunidad y un elemento esencial de cohesión social, parte de sus disposiciones se caracterizan por su generalidad y ambigüedad, y contiene lagunas que generan contradicciones sobre

No obstante, pese a ser la lex superior de la comunidad y un elemento esencial de cohesión social, parte de sus disposiciones se caracterizan por su generalidad y ambigüedad, y contiene lagunas que generan contradicciones sobre 1 Ferrajoli, Luigi, El garantismo y la Filosofía del Derecho, trad. de Gerardo Pisarello, et al., Universidad Externado de Colombia, Bogotá, 2000, pp. 162-168; Hierro, Liborio L., «El imperio de la ley y la crisis de la ley», en Doxa. Cuadernos de Filosofía del Derecho, N° 19, Alicante, 1996, p. 299. 2 Moncada Silva, Efraín, Interpretación y reforma de la Constitución, Edigrafic, Tegucigalpa, 2003, p. 1. 3 Gomes Canotilho, José Joaquim, Teoría de la Constitución, Dykinson, Madrid, 2004, p. 109.16 lo que realmente quiere decir la norma. Desde el retorno formal a la democracia en 1982, tales contradicciones han provocado una serie de crisis constitucionales con mayor o menor intensidad, cuyas manifestaciones han impedido «la construcción de una vida democrática plena y la constitución de un Estado moderno desarrollado» 4. Si bien es positivo que dichas crisis han puesto sobre la mesa de discusión aspectos constitucionales que no habían sido abordados con profundidad, en muchos de los casos no se han construido debates jurídicos rigurosos que brinden salidas democráticas y constitucionales, y los análisis se han caracterizado por su superficialidad, lo cual alimenta un estado emocional irascible en la sociedad. De esta manera, se privilegian los temperamentos sobre los debates, las virulencias que plantean todo en blanco y

den salidas democráticas y constitucionales, y los análisis se han caracterizado por su superficialidad, lo cual alimenta un estado emocional irascible en la sociedad. De esta manera, se privilegian los temperamentos sobre los debates, las virulencias que plantean todo en blanco y negro se ven como ejercicios de sinceridad, y los análisis que bosquejan los matices se acusan de ser parcializados; «quienes son más ofensivos ganan mayor atención en la esfera pública» 5, y los planteamientos serios y técnicamente fundamentados son arrinconados en una esquina del ruido social que provoca la superficialidad. Para superar la superficialidad y evitar que las posturas meramente ideológicas se disfracen de juridicidad constitucional, hay que identificar los consensos y fines constitucionales para que los debates e interpretaciones estén orientados a salvaguardarlos. Para ello, es importante insistir en que debatir exige que seamos capaces de argumentar, es 4 Comisión de la Verdad y la Reconciliación, Hallazgos y recomendaciones. Para que los hechos no se repitan, Tegucigalpa, julio 2011, p. 23. 5 Innerarity, Daniel, Política para perplejos, Galaxia Gutenberg, Barcelona, 4ª ed., 2024, p. 54.17 decir, de darnos «razones recíprocamente» 6 o, en otras palabras, dar las razones que justifican tales interpretaciones. En virtud de lo anterior, el Equipo de Reflexión, Investigación y Comunicación de la Compañía de Jesús en Honduras (ERIC-SJ) y la Asociación para el Avance Constitucional en Honduras y Centroamérica (AVANCEH) ofreEn virtud de lo anterior, el Equipo de Reflexión, Investigación y Comunicación de la Compañía de Jesús en Honduras (ERIC-SJ) y la Asociación para el Avance Constitucional en Honduras y Centroamérica (AVANCEH) ofrecemos un conjunto de reflexiones que aporta luces sobre las manifestaciones constitucionales de las crisis con el fin de animar un debate de altura, promover el estudio de la Constitución y fomentar una cultura democrática constitucional. Es importante mencionar que algunos de los capí- tulos fueron publicados previamente en versiones adaptadas a los parámetros de la Revista Envío-Honduras y de la Revista Iberoamericana de Derecho, Cultura y Ambiente de Argentina. Aunque quienes participamos en este libro no necesariamente debemos estar de acuerdo en todo lo que se plantea en los diversos capítulos, cada uno de nosotros ha hecho su aporte desde la honestidad académica que nos hace enfocarnos en buscar la verdad y no en tener la razón, asumiendo el compromiso cívico de construir una deliberación respetuosa entre iguales, centrándonos exclusivamente en los argumentos, y llenándonos de prudencia epistémica, que nos permite mostrar apertura para escuchar y profundizar la reflexión constitucional a partir de los argumentos de otras personas7. En este orden de ideas, el objetivo de este trabajo es reflexionar sobre algunos aspectos constitucionales para promover y aportar al diálogo jurídico que fortalezca nues6 Habermas, Jürgen, Entre naturalismo y religión, Paidós, Barcelona, 2006, p. 129. 7 Velasco Arias, Gonzalo, Pensar la polarización, Gedisa Editorial, Barcelona, 2023, p. 18.18

6 Habermas, Jürgen, Entre naturalismo y religión, Paidós, Barcelona, 2006, p. 129. 7 Velasco Arias, Gonzalo, Pensar la polarización, Gedisa Editorial, Barcelona, 2023, p. 18.18 tro sistema democrático y constitucional, y el Estado de derecho. Agradecemos a Diakonia, CAFOD y Bizcaia por su apoyo financiero para la publicación de este libro. Las ideas que aquí se expresan son responsabilidad exclusiva de los autores. los autores Tegucigalpa, septiembre de 2024.

ERIC-SJ: Es un centro de investigación fundado en 1980 que produce análisis sobre la realidad hondureña, incluyendo encuestas de opinión, la revista Envío-Honduras y la publicación de libros. Está hermanado con Radio Progreso, brindando información y formación a la población. Ambas son iniciativas de la Compañía de Jesús en Honduras y operan desde El Progreso, Yoro, recibiendo en su seno una gran diversidad de colaboradores y colaboradoras que trabajan por la construcción de una sociedad justa, equitativa y soberana.

AVANCEH: Es una asociación en formación cuyo objetivo es el estudio y la promoción del Derecho Constitucional en Honduras y Centroamérica. Pretende estructurarse sobre tres pilares: investigación, litigio estratégico y docencia.

Acoge a quienes estudian seriamente el Derecho Constitucional, independientemente de sus posiciones políticas, gé- nero o edad, siempre y cuando cumplan con dos requisitos: independencia académica e integridad intelectual.19 M i dilecto amigo Andrés Pérez, colega de la Misión de Apoyo contra la Corrupción y la Impunidad en

nero o edad, siempre y cuando cumplan con dos requisitos: independencia académica e integridad intelectual.19 M i dilecto amigo Andrés Pérez, colega de la Misión de Apoyo contra la Corrupción y la Impunidad en Honduras – MACCIH, me pide prologar este libro colectivo que busca aportar al debate constitucional sobre ciertas instituciones políticas y buscar salidas a las recurrentes crisis de nuestra querida Honduras. La temática escogida por los autores no puede ser más oportuna y necesaria y contiene reflexiones relevantes sobre la necesidad de cambios que apunten a reducir las brechas de confianza y legitimidad del modelo político. Hay que puntualizar que, en Honduras, como en muchos países de la región, la fragilidad institucional transpira permanentemente por la manera en que políticos temporales con poca vocación de servicio público instrumentalizan las potestades del Estado. Una primera afirmación que quisiera remarcar es que las democracias están siendo interpeladas por nuestras sociedades pues no responden a lo que espera la ciudadanía y, peor aún, parece ser una verdad evidente que, los representantes de la Nación en el gobierno y el parlamento, están divorciados de los principios y valores que inspira el constitucionalismo; solo valen las aspiraciones políticas, aunque contraríen la Constitución. Soy un convencido, siendo esto ya un consenso entre los expertos del derecho constitucional, que la democracia no solo se sustenta en normas positivas contenidas en una Constitución, sino también en principios y valores que Prólogo Juan Federico Jiménez Mayor20 construyen nuestras sociedades y que permiten que la dignidad humana, la tolerancia, la libertad, la equidad, la no

una Constitución, sino también en principios y valores que Prólogo Juan Federico Jiménez Mayor20 construyen nuestras sociedades y que permiten que la dignidad humana, la tolerancia, la libertad, la equidad, la no discriminación, la participación ciudadana, la justicia, el pluralismo, la independencia y contrapeso de poderes, el respeto a las minorías, la solidaridad, entre otros, puedan construir y sostener la ingeniería del poder y la sociedad. Esto se contrapone con lo que afirman algunos políticos hondureños y latinoamericanos que proclaman exclusivamente la democracia de los votos, aquella por la que solo vale la avalancha de la aritmética en una democracia; claro que es importante tener una mayoría y aliados políticos para dar soporte a un gobierno, pero esa misma mayoría y sus aliados tienen que considerar, irremediablemente, los elementos centrales que amalgaman el tejido social y la convivencia pacífica, que son precisamente los principios y valores que expresan los fundamentos éticos y jurídicos de la Nación. Este es un aspecto crucial reconocido por la doctrina, siendo uno de sus grandes exponentes el jurista alemán Robert Alexy, quien ha introducido en el constitucionalismo contemporáneo con enorme influencia, la importancia de los principios y valores como fuente fundamental del derecho constitucional. En esta teoría constitucional los valores y principios no solo complementan las normas jurídicas, sino que son esenciales para su interpretación y aplicación, de modo que los textos constitucionales tienen que seguir determinadas líneas invisibles —los mandatos de optimización— de aquello que opera para el contexto constitucional. Esta misma línea es aportada por el desaparecido profesor

de modo que los textos constitucionales tienen que seguir determinadas líneas invisibles —los mandatos de optimización— de aquello que opera para el contexto constitucional. Esta misma línea es aportada por el desaparecido profesor de la universidad de Oxford, Ronald Dworkin, quien también postuló la idea que los derechos y principios subyacentes en una constitución deben ser interpretados de acuerdo con los valores morales que la sustentan.21 Así, ni la Constitución, ni la política, esta última como una de las actividades más resonantes y destacadas que debe inspirarse en la Constitución, pueden tener un efecto utilitario, sino que, como dice Gustavo Zagrebelsky, deben tener un efecto finalista como expresión de valores democráticos y principios fundamentales que deben ser protegidos, incluso o, mejor dicho, sobre todo, frente a la mayoría. Hace poco releía a Giovanni Sartori, quien nos planteaba en relación al debate del principio mayoritario en la democracia que finalmente lo que elegimos los ciudadanos no es sino al grupo minoritario que nos gobernará, pues es imposible que la mayoría gobierne —no hay diseño en el planeta que formalice un gobierno censitario como viable— por lo que el enfoque de representación puede ser una quimera o una ficción que queremos aceptar, pues así suele ser el consenso. Siguiendo este argumento del profesor italiano, el ejercicio democrático del poder en el gobierno se reduce a ese segmento que denominamos el grupo gobernante que, ciertamente, tiene un partido político que lo respalda pero que, en el fondo, dependerá de quién lidera el Poder Ejecutivo, que es quien representa al pueblo y que, en el caso de Honduras, conforme al artículo 245 de la Constitución, es quien

tamente, tiene un partido político que lo respalda pero que, en el fondo, dependerá de quién lidera el Poder Ejecutivo, que es quien representa al pueblo y que, en el caso de Honduras, conforme al artículo 245 de la Constitución, es quien nombra y separa libremente a los secretarios y subsecretarios de Estado, así como a otros funcionarios. Claro el sistema político tiene otros representantes, en el Congreso y funcionarios designados en otros cargos importantes, que construyen la estructura de poder en lo que la teoría política norteamericana denomina pesos y contrapesos del poder, es decir, en el conjunto de mecanismos de controles intra e interorgánicos para que un gobierno funcione y su autoridad no desborde.22 Este poder presidencial es enorme y tiene muchas formas de desempeñarse, siendo que en América Latina el presidencialismo imperante genera un liderazgo natural de quien ejerce esta magistratura que en muchas ocasiones traspasa las fronteras de la legalidad. Si bien transitamos desde hace más de treinta años por una primavera democrática en la región, dejando atrás las dictaduras militares o de personajes nefastos para nuestra historia, hoy vemos gobiernos autoritarios de nuevo cuño que, aunque llegan por procesos electorales y utilizan aparentes formas democráticas, vacían de contenido las instituciones, imponiendo un uso instrumental del poder para favorecer a su grupo gobernante; como parte de estas nuevas formas de ejercicio del poder, los gobiernos que escapan al control constitucional, impulsan la reelección presidencial y la toma política de instituciones, destruyendo el equilibrio de poderes. El caso de Honduras con el expresidente Juan Orlando Hernández

del poder, los gobiernos que escapan al control constitucional, impulsan la reelección presidencial y la toma política de instituciones, destruyendo el equilibrio de poderes. El caso de Honduras con el expresidente Juan Orlando Hernández es un ejemplo palpable, esperando que no se replique en el futuro. Esta forma de ejercicio del poder se combina con aspectos ideológicos, pero son consistentemente negacionistas de la tolerancia y los derechos fundamentales. Los casos de Cuba, Venezuela y Nicaragua son expresión de esta corriente autoritaria, pero no son los únicos casos, y tampoco corresponde a un monopolio de la izquierda latinoamericana, pues existen otros escenarios en donde existen rasgos autoritarios, como el caso de El Salvador. Por supuesto, la intensidad de las situaciones puede variar dependiendo del nivel de popularidad del presidente —siendo ello una cuestión crucial para imponer el modelo autoritario al inicio—, pero todo ello puede ser parte de un proceso de descomposición paulatina.23 En estos casos el menú es muy parecido: colonización de instituciones independientes por adeptos políticos del gobierno (en el Poder Judicial, Tribunal Constitucional, órgano electoral, Ministerio Público); control de los medios de comunicación y persecución a líderes oposición, entre otras medidas. Aunque nos duela a los peruanos, quien trajo estos vientos autocráticos a la región fue Alberto Fujimori, quien mostró este nuevo camino de cooptación del poder, vaciamiento institucional y persecución a todo el que tenga una voz disidente, recibiendo eco en muchos países. Este modelo viene evolucionando y ha hecho que la Carta Democrática de la OEA del año 2001 envejezca rápidamente por

vaciamiento institucional y persecución a todo el que tenga una voz disidente, recibiendo eco en muchos países. Este modelo viene evolucionando y ha hecho que la Carta Democrática de la OEA del año 2001 envejezca rápidamente por ser disfuncional a estas circunstancias de regímenes autocráticos, donde la gente no tiene voz. La derrota de la OEA en los casos de Venezuela y Nicaragua es un signo evidente de que nunca entendimos el proceso de deterioro político de estos tiempos. La democracia no solo se ve afectada por las pretensiones políticas de quienes detentan el poder y no renuncian a dejarlo, burlando la alternancia. La democracia tiene hoy serias amenazas de poderes fácticos llamémoslos no tradicionales. Si bien desde siempre el grupo gobernante minoritario ha tenido fuerte influencia e incluso ha sido cooptado por sectores económicos y sociales muy influyentes, que logran que la dirección del Estado o las políticas de gobierno responda a sus intereses, generando con ello descontento en la población. Pero esta situación ha sido la causa de la existencia del péndulo político, fenómeno estudiado por autores como el mexicano Jorge Castañeda, que explica la oscilación cíclica entre políticas de izquierda y derecha en la región, impulsada por factores como el descontento social, la inestabilidad económica y las demandas populares de cambio que se pre-24 sentan cuando las agendas son copadas y no responden a las expectativas de la Nación; el giro hacia el otro extremo se presenta en un contexto de crisis o desacreditación del modelo de gobierno de turno. No es solo un movimiento de derecha a izquierda, sino de izquierda a derecha, como los

las expectativas de la Nación; el giro hacia el otro extremo se presenta en un contexto de crisis o desacreditación del modelo de gobierno de turno. No es solo un movimiento de derecha a izquierda, sino de izquierda a derecha, como los casos recientes de El Salvador y Argentina. Pero decíamos que existen poderes no tradicionales que afectan la democracia de un modo sumamente pernicioso. Me refiero a la criminalidad organizada que, en sus diversas modalidades, está amenazando nuestros sistemas políticos, penetrando instituciones y desarrollando mecanismos de protección para el desarrollo de actividades delictivas de gran impacto. Incide en ello fuertemente el narcotráfico y otros delitos muy lesivos como la minería ilegal, la extorsión, la trata de personas. Naturalmente, un clásico de afectación al sistema político y a la democracia es la corrupción. Sobre el particular, estamos viviendo lo que Steven Levitsky, un connotado profesor de Harvard, en un reciente libro How Democracies Die, escrito junto con Daniel Ziblatt, denomina la muerte o erosión de las democracias, lo que se ocasiona por las serias consecuencias que la corrupción y el crimen organizado ejercen sobre los países, debilitando sus instituciones. Lo que viene aconteciendo en la región nos advierte de este serio problema, siendo la corrupción el detonante que explica que todos los demás problemas de criminalidad se desarrollen, pues si las autoridades hicieran lo correcto, protegiendo a la población y haciendo cumplir fielmente la ley, este fenómeno tendría que estar mitigado. Así, la corrupción no solo constituye un problema de recursos expropiados ilegítimamente a la población, sino que es un perprotegiendo a la población y haciendo cumplir fielmente la ley, este fenómeno tendría que estar mitigado. Así, la corrupción no solo constituye un problema de recursos

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