MIGCOLOMBIA - Directiva 67 de 2013

Migración Colombia

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Detalles

Título
MIGCOLOMBIA - Directiva 67 de 2013
Autor
Migración Colombia
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Migratorio
Año
2013

Codigo: OPLA JEDIRECTIVA Fecha: | Z | | MWSRACION Pagina: 1 de 2

Z |

FUNCIONARIOS MIGRACION COLOMBIA DE: DIRECTOR DE MIGRACION COLOMBIA ASUNTO: ADOPCION DE LA POLITICA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

TRABAJO

1. VIGENCIA: A partir de la fecha de expedicion

2. FINALIDAD Adoptar la segunda version de la Politica de Seguridad y Salud en el Trabajo para Migracion Colombia, la cual hace parte del proceso Gestidn del Talento Humano.

3. ALCANCE Dirigida a todos los funcionarios de la Unidad Administrativa Especial Migracion Colombia en el nivel central y regional.

4. MA RCO LEGAL Ley 100 de 1993. Por la cual se crea el Sistema de Seguridad Social Integral.

Ley 1562 de 2012. Por la cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones en materia de salud ocupacional. Decreto Ley 1295 de 1994. Por el cual se determina la organizacion y administracion del Sistema General de Riesgos Profesionales. Decreto 614 de 1984. Por el cual se determinan las bases para la organizacién y administracion de Salud Ocupacional en el pais. Resolucién 1016 de 1989. Por la cual se reglamenta la organizacién, funcionamiento y forma de los Programas de Salud Ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores en el pais. Resolucién 0066 de 2012. Crea el Comité de Bienestar Social y de Salud Ocupacional, asi mismo, mediante Resolucién 1086 del 22 de Julio de 2013 se

Codigo: OPLA [js DIRECTIVA Fecha: Pagina: 2 de 2 modifica el Comité de Bienestar Social y de Salud Ocupacional, que tiene dentro de sus funciones, definir las estrategias para implementar gradualmente los programas de Bienestar Social. Resolucion 0969 de 2012. Por la cual se adopta el Coédigo de Etica, Buen Gobierno y Estilo de Direccién de la Unidad Administrativa Especial Migracién Colombia. « Resolucion 1189 de 2012. Por la cual se adopta el Manual de Procedimientos del

Proceso de Gestién del Talento Humano.

5. INSTRUCCIONES ESPECIFICAS Adoptar la segunda version de la Politica de Salud Ocupacional que de ahora en adelante se denominara Politica de Seguridad y Salud en el Trabajo, la cual hace parte del proceso Gestion del Talento Humano y complementa la Politica de Gestion del Talento Humano establecida en el Cédigo de Etica, Buen Gobierno y Estilo de Direccion.

Atentamente; oe. GIO BUENO AGUIRRE Director Anexo: Seis (6) folios — Politica Seguridad y Salud en el Trabajo P1.05 Elabord Rodrigo Diaz — Profesional Especializado Foil. Aprobé Christian Kruger Sarmiento — Secretario Gariaral Maria Deissy Castiblanco Ruiz — Subdirectora de Talento Human Rosemberg Leguizamén — Jefe Oficina Asesora de Planeacior

Revisé: Rolando Garnica. Coordinador Grupo de Desarrollo Organizacior 5

Cristny Granados. Coordinadora Bienestar y Salud Ocupacional®} Natalia Vanegas. Profesional Grupo de Desarrollo Organizacional & Fecha: 1 2 A .

| codigo: PLOS flo) | Pagina 1 de 6 1

1. Marco legal Decreto 614 de 1984. Por el cual se determinan las bases para la organizacion y administracion de Salud Ocupacional en el pais.

En su articulo primero determina las bases de organizacion y administracion gubernamental y, privada de la Salud Ocupacional en el pais, para la posterior constitucion de un Plan Nacional unificado en el campo de la prevencion de los accidentes y enfermedades relacionadas con el trabajo y en el del mejoramiento de las condiciones de trabajo. Resolucién 1016 de 1989. Por la cual se reglamenta la organizacién, funcionamiento y forma de los Programas de Salud Ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores en el pais. En el articulo 4 y Paragrafo 1, obliga a los empleadores contar con un programa de Salud Ocupacional, especifico y particular, de conformidad con sus riesgos potenciales y reales y el numero de los trabajadores. También obliga a los empleadores a destinar los recursos humanos financieros y fisicos, indispensables para el desarrollo y cumplimiento del programa de Salud Ocupacional, de acuerdo a la severidad de los riesgos y el numero de trabajadores expuestos. Igualmente los programas de Salud Ocupacional tienen la obligacién de supervisar las normas de Salud Ocupacional en toda la empresa, y en particular, en cada centro de trabajo. Ley 100 de 1993. Por la cual se crea el Sistema de Seguridad Social Integral. Decreto Ley 1295 de 1994. Por el cual se determina la organizacién y administracion del Sistema General de Riesgos Profesionales, y cuyos objetivos son: v' Establecer las actividades de promocion y prevencién tendientes a

mejorar las condiciones de trabajo y salud de los trabajadores. v' Fijar las prestaciones de atencién en salud y las prestaciones econdémicas derivadas de las contingencias de los accidentes de trabajo y enfermedad profesional. v" Vigilar el cumplimiento de cada una de las normas de la Legislacién en Salud Ocupacional y el esquema de administracion de Salud Ocupacional a través de las ARP. Particularmente este Decreto en su articulo 21, obliga a los empleadores a programar, ejecutar y controlar el cumplimiento del Programa de Salud Ocupacional en la empresa y su financiacion. Asimismo, en el articulo 22, obliga a los trabajadores a cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del Sistema General de Seguridad y Salud en el trabajo.

Elaboré: Revisé: Aprobé: | - : { A Jefe Oficina Asesora de Planeacion ” corte Dikasdln gi Funcionarios del proceso Comité de Apoyo Técnico SIG presen Fechay o 410,

Cédigo: P1.05 Ji2

[een 2de6 rise ds Race » Resolucién 0066 de 2012 UAEMC. Crea el Comité de Bienestar Social y de Salud Ocupacional, asi mismo, mediante Resoluciéon 1086 del 22 de Julio de 2013 se modifica el Comité de Bienestar Social y de Salud Ocupacional, que tiene dentro de sus funciones, definir las estrategias para implementar gradualmente los programas de Bienestar Social. « Ley 1562 de 2012. Por la cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones en materia de salud ocupacional.

2. Antecedentes Anteriormente segln el Decreto 1295 de 1994 los empleadores debian contar con

un programa de salud ocupacional que consistia en una organizacion y planeacion sencilla de las actividades en materia de salud ocupacional la nueva legislacion por la cual se modifica el Sistema General de Riesgos Laborales Ley 1562 de 2012, en donde se fortalece el sistema, se aumenta la cobertura y se enfatiza en la importancia de los Sistemas de Garantia de la Calidad y en las actividades de Promocién y Prevencion, se espera que por medio de la implementacion de los Sistemas de Gestion, Salud y Seguridad en el Trabajo SG-SST (antes conocidos como programas de salud ocupacional) las empresas logren estructurar “el desarrollo de un proceso légico y por etapas basado en la mejora continua, incluyendo la politica, la organizacion, la planificacion, la aplicacién, la evaluacién, la auditoria y las acciones de mejora; con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y salud en el trabajo. En dicho proceso estan incluidos, haciéndolos vigentes, los programas de medicina preventiva y del trabajo enunciados el Decreto 614 de 1984, y en la Resolucion 1016 de 1989, en los que se determina “la obligacion de los empleadores de organizar y garantizar el funcionamiento de los programas de salud ocupacional” (actualmente SG-SST) y se especifica la obligatoriedad de “la realizacion de las evaluaciones médicas ocupacionales como una de las principales actividades de los subprogramas de medicina preventiva y del trabajo. Para Migracion Colombia, con el fin de dar a conocer las pautas y programas enfocados en el bienestar fisico, mental y social de los funcionarios de la Unidad, ofreciendo lugares de trabajo seguros, minimizando la ocurrencia de accidentes de

trabajo y enfermedades profesionales, la Subdireccion de Talento Humano en un primer momento, divulgé en el segundo semestre de 2012 la Politica de Salud Ocupacional como parte de los compromisos adquiridos por la Direccion de la entidad en el Comité Paritario de Salud Ocupacional (COPASO) y la obligacion legal ante el Ministerio de Trabajo.

Elaboré: [Revisor Aprobé: | : Jefe Oficina Asesora de Planeacion ’ Fi del y wilh | uncionarios del proceso Comité de Apoyo Técnico SIG Representante Alta Direccion & Fecha: 1 ? 3

~

Cédigo: P1.05 He Pagina 3de 6 risde eReanacr es Ears: La importancia del cumplimiento de las normas de seguridad ocupacional en el marco de la politica institucional de desarrollo del talento humano, el cumplimiento de la normatividad nacional en la materia y la creacién de un buen ambiente laboral, hacen parte de la politica de Salud Ocupacional puesta en marcha por

Migracién Colombia. En este sentido, partiendo de lo establecido en la primera version de la Politica y con base en la expedicion de la Ley 1562 del 11 de julio de 2012, se realiza la revision y actualizacion de la Politica, de forma que, se articule a las disposiciones actuales e incorpore el concepto de Seguridad y Salud en el Trabajo definido por la Ley.

3. Diagnostico Para Migracién Colombia, un insumo bésico para la priorizacion de actividades del programa de salud ocupacional, es el levantamiento del mapa de riesgos 0 DERE

(Diagnostico Estratégico de Riesgos en la Empresa), sigla utilizada por la ARP

Colmena, quien ha apoyado esta gestion en las diferentes sedes a nivel nacional. Con base en lo establecido por el Diagnostico en las sedes visitadas, se ha realizado una primera identificacion de riesgos como insumo fundamental para la intervencion; lo anterior, con el fin de mitigar los efectos que estos factores pueden desencadenar en la salud y seguridad de las personas. Cada panorama de riesgos elaborado, contiene recomendaciones puntuales a largo, mediano o corto plazo, que indican aspectos prioritarios para tener en cuenta en cada intervencién y que son insumo para el desarrollo del Sistema.

4. Finalidad de la Politica

A. La proteccién de la seguridad y la salud de todos los trabajadores, contratistas, sub contratistas y cualquier personal dependiente que visite o realice labores en las instalaciones de la institucion o en cualquiera de sus diversos centros de trabajo a nivel nacional; ello, mediante la prevencién en la ocurrencia de lesiones dolencias enfermedades e incidentes peligrosos.

B. Cumplir con la totalidad de las obligaciones legales en materia de seguridad y salud en el trabajo.

Elaboré: Revisé: Aprobé: Jefe Oficina Asesorz de Planeacion R ante Alta Direosion Funcionarios del proceso Comité de Apoyo Técnico SIG epresen | Fecha: ? NOV. 7?

Codigo: PLO5 jg Pagina 4 de 6

C. Garantizar que los trabajadores y sus representantes sean consultados y participen activamente en el SGSST de la entidad.

D. La mejora continua del desempefio del SGSST.

5. Alcance o ambito de aplicacion La presente politica aplica a los trabajadores, contratistas, sub contratistas y

cualquier personal dependiente que visite o realice labores en las instalaciones de la institucién o en cualquiera de sus diversos centros de trabajo a nivel nacional; ello, mediante la prevencién en la ocurrencia de lesiones, dolencias, enfermedades e incidentes peligrosos.

6. Politica de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Unidad Administrativa Especial Migracion Colombia Migracion Colombia esta comprometida con el cumplimiento de la legislacion colombiana aplicable, con el control y prevencion de accidentes de trabajo, de las enfermedades laborales y del impacto socio/ambiental acorde con los riesgos identificados e inherentes al desarrollo de la misién de la entidad.

Con base en lo anterior, se compromete con: ¥v" Cumplir tanto la normativa de seguridad y salud en el trabajo aplicable a sus actividades; asi como, los requisitos que voluntariamente se suscriben. v Implementar y desarrollar el Sistema de Gestion de Seguridad y Salud en el Trabajo el cual esta encaminado a mantener y mejorar el bienestar fisico, mental y social de los trabajadores, ofreciendo lugares de trabajo seguros, minimizando la ocurrencia de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y asegurando un ambiente laboral adecuado. v' Identificar y realizar acciones de control para disminuir los factores de riesgo inherentes al trabajo que puedan afectar el bienestar biopsicosociales de los trabajadores, usuarios y contratistas en los términos establecidos en la Ley. v' Generar en los trabajadores una cultura de seguridad y salud en el trabajo. v' Mejorar de manera continua la salud y el desempefo de los trabajadores de la Unidad Administrativa Especial Migraciéon Colombia mediante el

cumplimiento y actualizacion del SGSST.

7. Planes, programas, proyectos asociados a la operatividad de la politica

[Etabors: Revisé: Aproboé: Funcionarios del proceso Jefe Oficina Asesora de Planeacion Representante Alta Direccién Comité de Apoyo Técnico SIG | Fecha: | 7 NOV 9) Codigo: P1.05 Ne Pagina 5 de 6 El desarrollo de esta politica se realiza a través del Sistema de Gestion de Seguridad y Salud en el Trabajo que busca mejorar la calidad de vida de los funcionarios de la Unidad Administrativa Especial Migracién Colombia y sus familias, a través del diseno, organizacion y ejecucién de programas orientados a la atencion de sus necesidades personales, profesionales, familiares y sociales, de manera que se propicie una cultura especializada de progreso y de buen servicio y, al mismo tiempo, se influya en la vigencia de un clima organizacional positivo y favorable para el logro de los objetivos y responsabilidades de la entidad. Este sistema se desarrolla a través de varios Subprogramas, como:

1. SUBPROGRAMA DE SEGURIDAD INDUSTRIAL. Cuyo objetivo general es Disefiar e Implementar un conjunto de actividades ‘destinadas a prevenir enfermedades laborales y accidentes de trabajo de la Unidad Administrativa

Especial Migracion Colombia.

2. SUBPROGRAMA DE HIGIENE INDUSTRIAL. Cuyo objetivo es Reconocer, evaluar y controlar las probabilidades de dafios a la Salud de los trabajadores en el desarrollo de sus actividades laborables.

3. SUBPROGRAMA DE MEDICINA PREVENTIVA Y DEL TRABAJO. Cuyo objetivo es Proteger a los trabajadores de las alteraciones de la salud, realizando actividades de prevencion primaria, secundaria y terciaria, mediante el control de

los riesgos, el diagnostico precoz, tratamiento oportuno, seguimiento y educacion a la poblacion expuesta.

8. Glosario Administradora de Riesgos Profesionales: Entidades que tienen como objetivo prevenir, proteger y atender a los trabajadores contra Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales que puedan ocurrir en el trabajo que desarrollan.

Accidente de trabajo: Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasion del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesion organica, una perturbacién funcional o psiquiatrica, una invalidez o la muerte. Aquel que se produce durante la ejecucién de érdenes del empleador, o contratante durante la ejecucion de una labor bajo su autoridad, ain fuera del lugar y horas de trabajo. El que se produzca durante el traslado de. los trabajadores o contratistas desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador. El ocurrido durante el ejercicio de la funcion sindical aunque el trabajador se encuentre en permiso sindical siempre que el accidente se produzca en cumplimiento de dicha funcion.

| Elabors: Reviso: Aprobs: Jefe Oficina Asesora de Planeacion R ET —— | Funcionarios del proceso Comité de Apoyo Técnico SIG epresel Pagina 6 de 6 Nirwana és Readons El que se produzca por la ejecucion de actividades recreativas, deportivas o culturales, cuando se actuie por cuenta o en representacion del empleador o de la empresa usuaria cuando se trate de trabajadores de empresas de servicios temporales que se encuentren en mision. Comité Paritario de Salud Ocupacional - COPASO: Es un grupo de personas

conformado paritariamente por representantes de los trabajadores y de la administraciéon de la empresa, de acuerdo con la reglamentacion vigente (Art. 2 Resolucién 2013 de 1.986). Debe funcionar como organismo de promocion y vigilancia del Programa de Salud Ocupacional.

Enfermedad laboral: Es enfermedad laboral la contraida como resultado de la exposicién a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar.

Riesgo: La probabilidad de que un evento ocurrird. Abarca una variedad de medidas de probabilidad de un resultado generalmente no favorable.

Seguridad y Salud en el Trabajo: Aquella disciplina que trata de la prevencion de las lesiones y enfermedades causadas por las condiciones de trabajo y de la protecciéon y promocion de la salud de los trabajadores. Tiene por objeto mejorar las condiciones y el medio ambiente de trabajo, asi como la salud en el trabajo que conlleva la promocién y el mantenimiento del bienestar fisico, mental y social de los trabajadores de todas las ocupaciones.

Sistema de Gestion en Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST). Consiste en el desarrollo de un proceso logico por etapas, basado en la mejora continua que incluye y que incluye la politica, la organizacion, la planificacion, la evaluacion, la auditoria y las acciones de mejora con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riegos que puedan afectarl a Seguridad y Salud en el Trabajo.

Elaboré: [ Revise: [ Aprobs: in | Funcionarios delprocesa || JJeeffee OOffictinea AsAseessoorraa d6e PlPlaanneeaadci on | RepresentantAelt a Direccion &

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