MIGCOLOMBIA - Resolución 1248 de 2017
Migración Colombia
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- MIGCOLOMBIA - Resolución 1248 de 2017
- Autor
- Migración Colombia
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Migratorio
- Año
- 2017
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL -. MIGRACIÓN COLOMBIA A he descitición de.Z 4 e DE 2017 - "Por la cual se estableceel valor para el cobro de los costos asociados a la expedición de la Tarjetade Movilidad Fronteriza — TMF para ciudadanos - Venezolanos, y se otorga un beneficio de tarifa para los funcionarios de Migración Colombia en el servicio de Migración Automática”.
EL DIRECTOR: DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL MIGRACIÓN - | COLOMBIA, en: ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confieren-los numerales 14 y 16 del artículo 10 y el artículo 33 del Decreto 4062 de 2011; en concordancia con el Artículo 2.2,1.11.7.5. del Decreto 1067 de 2015 y CONSIDERANDO: Que mediante el. Decreto Ley 4062 de 2011 se creó la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, como un organismo civil de seguridad, con personería jurídica, autonomía administrativa, financiera y patrimonio independiente, con jurisdiccióenn todo el territorio nacional, adscrita al Ministerio 'de Relaciones Exteriores, cuyo objetivo, es ejercer las funciones de autoridad de vigilancia y control migratorio y de extranjería del Estado colombiano, dentro del marcode la soberanía nacional y de conformidad con las leyes y la política que en la materia defina el Gobierno Nacional.
Que en virtud del artículo 4? del mismo decreto se establecieron las funciones de Migración Colombia, entre las cuales se encuentran las siguientes: “2. Ejercer la
vigilancia y el control migratorio de nacionales y extranjeros en el territorio nacional. 3. Llevar:el registro de identificación de extranjeros y efectuar en el territorio. nacional. la: verificación migratordie.a ”lo s mismos” y “7. Expedir los documentos relacionados con cédulas de extranjería, salvoconductos y prórrogas de permanencia y salida del país, certificado de movimientos migratorios, permiso de ingreso, registro . de: extranjeros y los demás trámites y documentos relacionados con migración y extranjería que seán asignados a la entidad (...)”. Que con fundamento en el artículo 2.2.1.11.7.5 del Decreto 1067 de 2015, denominado “Del valor de las actuaciones migratorias”, la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, tiene la facultad de establecer el valor de los derechos que se causen por concepto de sus actuaciones y procedimientos en general. - | Que mediante Resolución 00058 del 23 de 2012, se creó el Comité para la fijación | de tarifasy precios de los servicios que presta la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, la cual fue modificada por la Resolu-02c82i dóeln 23 de febrero de 2017, adicionando algunas funciones a dicho Comité, relacionadas co0n > o ' R EM Sr” O LUCOS L IÓS N sonetb.. 2 , 4 8 DE: 2502 Ar h0sAno . 2 Continuación de la Resolución "Por | dal se esiablece el valor para el cobro ¡de los costos .asociados a la expedición de la Tarje Movilidad Fronteriza — TMF paña ciudadanos |. | Venezolanos; y se otorga un beneficio de para los funcionarios de Migración. olombia en' el
“| servicio de Migración Automática , pará l vigencia 2017”. : el cobro de los costos asociados a los procedimientos. y actuaciones sujetas de cobro por parte de.Migración Colombia,- considerando.estos. costos inherentes a la reproducción, aplica ( filtrós. especiales de la información contenida'en lás bases de dato Neme : Que mediante Res “servicio de Migración procedimiento de. facilitación y priorización en el: -control: Migratorio, “el cual integra procesos de séguridad de «verificaciones automáticas de documentos de. viaje, identidad de las personas, antecedentes y restricciónes migratofias: . Que mediante Resolución. 0965 de 2015 se establecieron tarifas pr eferenciales :para la: inscripción: al: programa de. Migración Automática, señalando: en su: Artículo 4% “MODIFICACIONES: : De acuerdo: a: la“demanda: del 'servicio: de' "Migración Automática, se: podrán amplia generar nn uevas: alternativas o ' condi iones para -el uso y acceso al programa: Que a través de la Resolución 1220. de 2016, expedida en cump imiento del :2016;. nt e otras: alsposicionis, se' Demi -el1 : ¿| fronterizo en - | autorización [residentes en. porel::C : | motivos de la “dinámica fronteriza y de. vecindad, requieran transitar por dichas zonas sin el ánimo de establecerse o desarrollar alguna de las actividades para las cuales requiere Visa, «autorización: que Se materializa en la expedición de la ¿ | Tarjeta de Movilidad Fronteriza TMF; como documento administrativo] de control,
| autorización y. registro, sujeto aa las. limitaciones. yo demás: especificacic ones:d e: la ¡saca Becucón: card rodaladia a Eolo A idó y aprobó «Tarjeta: de leia «decada Colombia, suma de sel. “Colectivo ¡ neral:de:y Migración con: el: Sindicato. dq-la:entidad OSEMOO, el cual. se apli ráá de acuerdo a la Resolución:1 que ma en vá lor de este «servicio. E E, Que e coueao : RESUELVE: : o “Artículo: 4: COSTO DE, TMEPARA EL USUARIO. El valor del 'costb' asociado | a:expedición de la Tarjeta de Movilidad Fronteriza -TMF a los ( pudadanos enezclañós seo' r la: sum: | 'ESOS ($15:.000).: qe. 25 JUL 2017 RESHLÚCIÓN numero] 2 4 E 2017 — HOJANo. 3 E Continuación de la Resolución "Por la cual se establece el valor para el cobro de los costos asociados a la expedición de la Tarjeta de Movilidad Fronteriza — TMF para ciudadanos Venezolanos, y se otorga un beneficio de tarifa para los funcionarios de Migración Colombia en el servicio de Migración Automática, para la vigencia 2017”. Artículo 2. VIGENCIA DE LA TMF. La Tarjeta de Movilidad Fronteriza - TMF tendrá una vigencia de dos (2) años contados a partir de la fecha de expedición.
Artículo 3. BENEFICIOS DE TARIFA PARA FUNCIONARIOS Y SUS
FAMILIARES EN EL SERVICIO DE MIGRACIÓN AUTOMÁTICA. Los
funcionarios de Migración Colombia, y sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad y primero civil, serán beneficiarios de un descuento del NOVENTA POR CIENTO (90%) sobre el valor de la tarifa de Migración Automática, previa acreditación del parentesco, y sujeto al cumplimiento de la normatividad que estable los términos y condiciones de este servicio, Artículo 4. Recaudo. El pago de los costos establecidos en la presente resolución, se hará a nombre de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, exclusivamente a través de los medios y canales de pago establecidos e informados por la Entidad a los usuarios en el portal web oficial htto://www.migracioncolombia.gov.co. Artículo 5. Actualización de Costos. Los costos contenidos en el presente Acto Administrativo serán ajustados cada año según lo determine el Director de la entidad, teniendo en cuenta las recomendaciones que en tal sentido realice el Comité de Tarifas, Artículo 6. Vigencia. La presente resolución rige a partir del 01 de agosto de 2017 y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., alos,
25 JUL DT
Revisó: /.. Aj der Casallas Machete, Secretario General Er
Legx6f Arias Barreto, Subdirectora de Extranjería farien Avelino Rubiano, Subdirectora Administrativa y Fipá a Guadalupe Arbeláez Izquierdo, Jefe Oficina Asesora sufí Juan Camifo Gonzalez Garzon, Jefe de Planeación >
Proyectó: Henry Alberto Pereíra Vera, Abogado On Abud