MIGCOLOMBIA - Resolución 1640 de 2017
Migración Colombia
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Detalles
- Título
- MIGCOLOMBIA - Resolución 1640 de 2017
- Autor
- Migración Colombia
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Migratorio
- Año
- 2017
REPÚBLICADE COLOMBIA
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL MIGRACIÓN
COLOMBIA
RESOLUCIÓN No. DE 2017
E A 16 40D 25se a Por la cual se ordena la baja de una Planta Eléctrica de 187 KVA, bien no útil para la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL MIGRACION COLOMBIA” EL SECRETARIO GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL MIGRACIÓN COLOMBIA, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial conferidas en el Decreto No. 4062de Octubre 31 de 2011, Artículos 3% y 4% y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en cumplimiento de la Guía AGAG.07 (V2) para el Manejo, Registro y Control de Almacén y Activos Fijos, se hace necesario retirar del servicio y dar de baja los bienes que la Entidad no requiere parae l normal desarrollo de sus actividades y por parto estos ya no son útiles para el desarrollo de la gestión institucional de Migración olombia. e. E SEGUNDO: Que los inmuebles de propiedad de Migración Colombia ubicados en la Avenida 1 N 27-193 y Avenida 1 N 28-57 del municipio de San José de Cúcuta (Norte de Santander), fueron cedidos al Instituto Nacional de Vías como objeto del Convenio Interadministrativo N 01053 de 2016, para aunar esfuerzos y coordinar acciones para la ejecución de actividades que permitan llevar a cabo la cesión de bienes entre Migración Colombia y el Instituto Nacional de Vías.
TERCERO: Que dichos inmuebles se cedieron en razón a que están ubicados en la
zona a intervenir para adelantar obras complementarias de la solución integral en el Sector del Puente Benito Hernández de la ciudad de San José de Cúcuta, sector priorizado dentro del marco de los proyectos del Plan de Ordenamiento Territorial del Municipio, en el Programa de Mejoramiento de Vías en el Departamento Norte de Santander.
CUARTO: Que mediante Resolución N% 02355 del 05 de abril de 2017 el Instituto Nacional de Vías está facultado, para realizar las gestiones contractuales y postcontractuales que sean necesarias para la adquisición de inmuebles que se encuentren en las zonas en las cuales se deba adelantar las obras complementarias de la solución integral del sector Puente Benito Hernández.
QUINTO: Que el Instituto Nacional de Vías se comprometió a gestionar la transferencia de la propiedad del área requerida por Migración Colombia para cumplir sus objetivos misionales en el predio ubicado en el sector denominado “TIENDITAS” del Municipio de Villa del Rosario. > | SEXTO: Que dentro del inmueble se encuentra ubicaba una Planta Eléctrica de 187 pp A P 26 SEP 2017
HOJA No.2 uc vou D de 0/ ! Continuación de la Resolución “Por la cual se ordena la baja de una Planta Eléctrica de 187 KVA, bien no útil para la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL MIGRACION ON po pl
“COLOMBIA”
nK iV nA g, ú n co sn e rvn iú cm ioe r ao lad e Enp tl ia dc aa d , de y a in qv ue en ta er l io á re3 a4 6 t4 r7 a nsy f eN rS i dad e pos re ri ee l 5 In6 s6 t1 it2 u0 t, o Nla a cc iu oa nl a l no dep r Ve ís at sa
cuenta con planta eléctrica que cubre las necesidadedse la Entidad. AOs d 3 apS cedeu c4 oÉ C r ms u n6P To ic e v4 2T ne A r e70ipI dV n 1st qM o i7O ti u oO y,rb :e s : al N ate 'ais l scv a ¡Q e u oa dQ sxu r eud cpe e de e ru n E ó iet ss ti ed spb oe rd e tea s d ilaj oc a e a da i r c pa C ou l 5o e rl e dn 6 n mo eo r 6s i M 1d Mt ie2io é b glB l 0g a roi r ,js aea ia a cn nc E ie i fr v pl ós ó oe Lo a u n n rs aq el mu suS eia ta Ce Pe Cr odr olrt o ov aeí ldlr ni ec oo q lu tb m m ul al bp beo e ia A ds is r ae l a Ea , e m l 6 sé a5 tq ccB c3 au me ota le ée r n j ni d ya a cl i an ss a e a loe 6 nr Nn I6 m t ?c o nd3 e a e o se n l n t 0c i ed 1 tsu Ae ubl ce n td i tn ú ode e dat eC s m en r a ó e e Nred s N r aurn 2i ? to co 0g i i l l 1o o0l m i 71 e o nddu n
a ae eC d ldi b y v edb p li le pll u de s aa ee s ur1 cnC 1 as sa ao Vu t s ísl edd a o l nee a sdm te .acb aescoi dnl etn aa i oti pd n in v tU vi do i i e ac n, d en dei i na t ,mo d d a bn es ra re s lo i dd oes .n o e s dN eO V 2E 01N 5O ,: lasQ u ee n tic do an df eo sr me e sta a talo l ese st da eb bl ee nci do h ace en r e ul n ar it ní vc eu nl to a r2 i. o2 . d1 e. 2. l2 o. s4 . b3 i ende el s D me uc er bet lo e s 10 q8 u2 e ano d miu nt ii sl tiz ra an t ivy o of mr oe tce ir vl ao ds o a quet ítu dl eo beg nr atu pi ut bo l ica a r la es n E sn u ti pd áa gd ie ns a wE es bt .a tales a través de un a : cto En mérito de lo antes expuesto, RESUE LVE ARTÍCULO PRIMERO: Ordenar la baja de una Planta Eléctrica de 187 KVA de propiedad de Migración Colombia, teniendo en cuenta que no presta ningún servicio a la Entidad, cuya descripción se detalla a continuación: Item Descr pción. Placa | Serie | Costo Histórico Depreciación i
1 [PLANTA |34647 | 566120 | $112.069.398.00 | $78.448.578.67 | ELÉCTRICA | | | DE 187 KVA |
1!
ARTÍCULO SEGUNDO: Ofrecer a título gratuito a todas las entidades públicas de cualquier orden, en los términos previstos en el artículo 2.2.1.2.2.4.3 del Decreto 1082 de 2015, el mencionado bién, que por su estado de desuso, no es útil para el desarrollo de las 'actividades de la Entidad, conforme al concepto técnico emitido por persona competente. E ER A ARTICULO TERCERO: Tratamiento contable. ¡El bien relacionado en la presente Resolución, se retirará de la cuenta Activos de acuerdo con la normatividad vigente, y se llevarán a las cuentas de orden, para el control correspondiente hasta su disposición final. ' ; i ARTÍ7 CU: LO ¿ CUARTO: P: ub! l icación. EstaPo resol: uci: ón se yo p ubla icar: á durante: treintao d (30) días calendario a través de la página web de Migración Colombia para lo cual se creará un pun específico que permita identificar la oferta de bienes a título gratuito a entidades Pi a A públicas. k - E1F26 (Versión 2) 1 AS v 26 SEP 2017
RESOLUCIÓN nr D 4 U DE HOJA No.3
Continuación de la Resolución “Por la cual se ordena la baja de una Planta Eléctrica de 187
KVA, bien no útil para la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL MIGRACION
COLOMBIA” ARTÍCULO QUINTO: Contacto en Migración Colombia. Las entidades públicas interesadas en inspeccionar y/o verificar los bienes aquí relacionados deberán ponerse en contacto con la Coordinación Administrativa, teléfono 5111150 Extensión 5146-5137.
ARTÍCULO SÉXTO: Manifestación de interés. Las manifestaciones de interés de las entidades públicas deberán dirigir comunicación escrita a la Secretaría General de Migración Colombia, expresando su interés y necesidad.
ARTICULO SÉPTIMO: En el evento de existir dos o más manifestaciones de interés de diferentes entidades por uno o varios bienes muebles, se realizará entrega a aquélla que hubiere radicado su interés primero ante la Secretaría General de Migración
Colombia.
ARTÍCULO OCTAVO: Entrega del bien asignado. Una vez designada la entidad a quien se entregará el bien, se hará la entrega material en un término no mayor a treinta (30) días calendario, contados a partir de la suscripción del Acta de entrega, la cual será firmada por parte de las personas delegadas para tal fin.
ARTÍCULO NOVENO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, a los 26 SEP 2017 JAIRO ALEXAN CASALLAS MACHETE ecretario General Proyectó Luz Elena Morales Alfonso — Profesiona! Especializado — Responsable Almacén de Revisó: ' : Dr. Caflos Eduardo Useche Ovalles - Coordinador Administrativo á
Revisó: Marién Rubiano Avelino - Subdirectora Administrativa y EA sa Aprobó: Guadalupe Arbeláez Izquierdo — Jefe Oficina Jurídica o _ E1F26 (Versión 2)
ESPECIFICACIONES PROCESO OFERTA A ENTIDADES PÚBLICAS PLANTA ELÉCTRICA
RESOLUCIÓN Nº 1640 DEL 24 DE SEPTIEMBRE DE 2017
PLANTA ELECTRICA POWER PLUS REF. PP187IS
1. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
PLANTA ELÉCTRICA POWER PLUS DE 187 KVA
REFERENCIA: PP187IS
PLACA DE INVENTARIO: 34647 SERIE: 566120
TIPO DE COMBUSTIBLE: DIESEL
2. COMUNICACIONES Los interesados podrán enviar sus manifestaciones de interés mediante comunicación escrita dirigida al Secretario General de Migración Colombia, Dr. JAIRO ALEXANDER CASALLAS MACHETE y enviar a siguiente correo electrónico.
marlen.rubiano@migracioncolombia.gov.co
Con copia a: carlos.useche@migracioncolombia.gov.co
luz.morales@migracioncolombia.gov.co El bien se encuentra en la ciudad de Cúcuta (Norte de Santander). Para la visita de inspección física deberá contactarse con la Coordinación Administrativa, Dr. CARLOS EDUARDO USECHE
OVALLES.
Teléfonos: 57 + (1) 5111150 Extensiones: 5137 – 5036