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MIGCOLOMBIA - Resolución 2367 de 2016

Migración Colombia

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Detalles

Título
MIGCOLOMBIA - Resolución 2367 de 2016
Autor
Migración Colombia
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Migratorio
Año
2016

| REPÚBLICA | DE COLOMBIA

. UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL MIGRACIÓN COLOMBIA E - ¡resoLución noE 5 Ey O i RESOLUCION No..£ — q E 2016

EL (PIDIO 2006 y "Por la cual se actualizan los requisitos de los trámites de Extranjería de la Unidad , Actninistrativa Especial Mig ración Colombia” EL DIRECTOR DE MIGRACIÓN COLOMBIA, en ejercicio de sus facultades legales yen especial, las. conferidas par los numeral 14 del artículo 10? del Decreto Ley 4062 de 2011 Y, : '" CONSIDERANDO: | Que la Ley 9681 de 2005 "Por la cual se regulan las tasas por fa prestación de los servicios | del Departamento Administrativo: de Seguridad, DAS, y se dictan otras disposiciones” y | que constituyen hechos generadores los siguientes servicios que presta el DAS: La | expedición de cédula de extranjería, ia prórroga de permanencia en el territorio naciona! 1 de los extranjeros, la expedición de salvoconductos de permanencia y salida del país y la certificación sobre movimientos migratorios de nacionales y extranjeros. Quee l Decreto Ley 4062 de 2011 establece que el objetivode la Unidad Administrativa | Especial Migración Colombia, es el de ejercer las funciones de autoridad de vigilancia y control migratorio y de extranjería del Estado Colombiano. Que el numeral 7 del artículo 4 dei Decreto Ley 4062 de 2011, establece como funcióna cargo de la Unidad Administrativa Especial : Migración. Colombia la de expedir los

documentos relacionados con Cédulas de Extranjería, Salvoconductos, Prórrogas de | Permanencia y Salida del País, Certificado de Movimientos Migratorios, Permiso de Ingreso, Registro de extranjeros. y los demás trámites y documentos relacionados con migración y extranjería. Que mediante el Decreta 1067 de 2015 "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrátivo de Refaciones Exteriores” el Gobierno Nacional compila y racionaliza las normas de carácter reglamentario que rigen en el sector. Que el Capítulo 11, sección 2, artículo 2.2.1:11.2.7.del Decreto 1067 de 2015 establece que la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia otorgará Permiso Temporal de | Permanencia PTP. Que el Capítulo 11, sección 4, artículo 2.2.1.11.4.1.del Decreto 1067 de 2015 establece que los titulares y. “beneficiarios cuya vigencia sea superior a tres (3) meses, deberán inscribirse en el Registró de Extranjeros de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, Que el Capítulo 11, “sección 4, “artículo 2.2.1.11.4.3.del Decreto 1067 de 2015 establece que tienen carácter reservado en los archivos de ja Unidad Administrativá Especial | Migración Colombia, el registro de extranjeros, los documentos que contienen información ] judicial e investigaciones de caráctet migratorio y el movimiento migratofió tanto de nacionales tomo de extranjeros. .- : A 0% l

: ¿Que ' e! Capítulo. 11, sección! 4 ¿“artículo $1 44del Decreto 1067 de 2015 tonsagía: : [que la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia expedirá a los extranjeros el : : ¿documento de identidad; denominado. Ségula:a. de Extranjeria: para mayores y menores 7 : de Que el Capítulo 11, sección 4,, artículo 2, >. 1:11.49 del Decreto 1067 de 2015 establece : :] que el salvoconducto (para. salir" del: país: 0 pará. permanecer. en:el país) es un documento : :|:de cárácter temporal que: expide, la: Upidad Agininistrativa Especial Migración Colombia al. E extranjero que lo requiera. 00 o Que el artículo 52 del Decreto 11 743 de 20% módica al scudo 221.14 4 1 del Decrto. : 1067. d6.2015.. A Pelo teo a : y Que el artículo 53 del Decreto 1743 de: 2015 modiica ol¡ artículo 2. 2 1. 11. A. , del Decreto Ñ E 1067, de:2015.. Ln a a ia o : Qué dl artículo 5d del Decreto: 4743 de 2015 modifica eel 'atículo 2 2, d, 41 4. 4 del Decreto : ¿1067 de 2015 y establece en: su parágrafo el plazo máximo pará reclamar el documento ; : | después de expedido y el plazo máximo para solicitár reposición por incongruencias en la : información plasmada en: la. Cédula: de: «Exvanjería; sin que . genere costos a los:

: ciudadanos. OS o due ael “artículo 87 del ¡Décieto: 4743. de oí. modifica. el egin Mom “en. a : -1 de adas 491 Decreto. 1067 de 2015. E : de extranjería de ta.n ia Admin ab Especiael S Colombia... ME ¿Que con fundamento en lo anterior se determinarán detalladamente los requisitos para la | ME expedición. de: documentos ds extranjería. Yo los trámites. migraioros, Y: en. mérito. de, Jo: OO : ¡ARGUBsS esto Despacho": EI "Resuelve ES

“CAPÍTULO: 4

OS peas PARA LOS TRÁMITES» DE EXTRANJERÍA E Permiso «Témperal:d6: Permanencia, e extranjero. "deberáo s los. «siguientes E tequisios:- O l - identificación con el que do al país. nl . un. (1). Archivo: e€ n: formato EDRS con A imagen, de os documentos que. soportan ll a por ce il PTP4 Documento emitido por.a utoridad1d. judicial ó9 administrativa. don de. se.r equiera

RESOLUCIÓN NÚMEROS, Ls % DEL 2016 HOJANo. 3

Continuación de la Resolución “Por fa cual se actualizan los requisitos de los trámites de Extranjeria de la A : -_ Unidad Administrativa Especial Migración Colombia” - al solicitante para actarar situación personal. PTP-5: Tiguete de viaje (aéreo, terrestre, marítimo o fluvial) de salida del territorio colombiano o Auto y acta autorizando la importación temporal de medios de

transporte de turistas emitido por la DIAN, demostrar recursos económicos para garantizar la subsistencia y la posibilidad de desarrollar las actividades declaradas. PTP-6: Documento donde se evidencie la participación o asistencia, sin vinculación laboral, en eventos académicos, científicos, artísticos, culturales, deportivos, entrevista de “trabajo, capacitación empresarial, gestiones comerciales 0 empresariales, cubrimientos periodísticos. PTP-9: Documento donde se 'evidencie que las condiciones de' urgencia o necesidad humanitaria persisten.

2. Realizar el pago correspondiente por los derechos del trámite.

PARÁGRAFO. Los Permiso Temporal de Permanencia para prórroga podrán solicitarse de manera electrónica. : ARTÍCULO 2”. REGISTRO. Para la inscripción en el Hegistro de Extranjeros de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, los extranjeros menores a Y años de edad deberán atender los siguientes requisitos:

1. Diligenciar el Formulario Único de Trámites en línea y adjuntar un archivoen formato PDF, con la imagen del Pasaporte.

2. Presentarse en un Centro Facilitador de Servicios Migratorios, Puesto de Control " Migratorio con funciones de Extranjería o en la Unidad Móvil de Servicios Migratorios.

3. Presentar el Pasaporte original y vigente.

4. Presentar la Visa original y vigente. — ' PARÁGRAFO PRIMERO. La inscripción en el Registro de Extranjeros no tiene costo.

PARÁGRAFO SEGUNDO. A los extranjeros de 7 años de edad en ádelante se les efectuará la inscripción en el Registro de Extranjeros durante la expedición de la Cédula

de Extranjería. ARTÍCULO 3”. CÉDULA DE EXTRANJERÍA. Para solicitar ta expedición de Céduta de Extranjería los extranjeros deberán atender los siguientes requisitos: +. Diligenciar et Formulario Único de Trámites en línea y adjuntar ún archivo en formato PDF, con la imagen del Pasaporte.

2. Presentarse en un Centro Facilitador de Servicios Migratorios, Puesto de Control Migratorio con funciones de Extranjería o en la Unidad Móvil de Servicios Migratorios para la inscripción o actualización del respectivo Registro de Extranjeros.

3. Realizar el pago correspondiente por los derechos del trámite con el recibo con código de barras entregado por Migración Colombia.

PARÁGRAFO PRIMERO. Los menores de edad, entre los 7 y 17 años, que soliciten una Cédula de Extranjería beneficiarios y no titulares de visa, deberán acudir al Centro Facilitador de Servicios Migratorios o Puesto de Control Migratoria con Funciones de Extranjería: en compañía de su padre, madre O representante legal. PARÁGRAFO SEGUNDO. La Cédula de Extranjería expedidas a menoresde edad beneficiarios y no titulares de una visa, deberá ser recilamada por el padre, madre o representante ¡egai de! menor. ARTÍCULO 4%. CERTIFICACIÓN DE MOVIMIENTOS MIGRATORIOS. Para la expedición de certificaciones de movimientos migratorios. los colombianos y extranjeros deberán atender los siguientes requisitos: RESOLUCIÓN nome. $] YO L, DEL: DI 206 LADO. MOSANO: 4

“Eonimiación de tá Resolución Por la qualss e. actualizan los TOGUISitos de los trámites de Edranerla de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombiá 1: Diligenciar al Formulario Único de Trámites en: línea: Y adjuntar. Un “arenivo. en. formato. |... «PDF, con Ja imagen. del documento de identificación. ode viaje según sea.el caso: Ca : Colombianos: Cédula. de. Ciudadanía, Tarjeta, de Idemidad. o. Registro Civil de $2... Nacimiento. . : Ao w «Extranjeros: Cédula de Escranjera, Pasaporte 9 documento de. identificación con -|.537:. Cel que ingresó al. país...:.:-...-- : a oaliza e!l pago.) orrespondente por los derechos del trámio. 1 .

2. Registrar, en el formulario único de trámites en. línea, un correo electrónico válido. : q - para Pago Seguro en línea. ' .. 4. Aprobar a validación de identidad realizada en línea... | PARÁGRAFO: SEGUNDO. “SOLICITUD POR MEDIO. PRESENCIAL: Además. de. los. - | requisitos establecidos en este númeral se podrá solicitar el certificado de movimientos : migratoriós. atendiendo, pl siguientes, requisitos y parlIcianas: - mm e DN

1. Ser colombiano 0 extranjero tilular de jos movimientos migratorios. . 2.Si la ¡solicitud la va .a. realizar; un pariente del titular O. cónyuge, de acuerdo con el artícuto; deberá acreditar la "relación filial o civil con aquel mediante Registro. Chil 0

documento en el cual se demuestre dicha retación:

3. Si la solicitud ta va a realizar un tercero, éste" debe entregar: únaa autorización otorgada . mediante poder especial. debidamente constituido. : E

4. Si el certificado no va a sér teclamado por el titilar o por quien h Solicitó, se deberá allegár ! la autorización otorgada mediante podar especial. debidamente conaíituido. - PARÁGRAFO: TÉRCERO. Pará solicitar la certificación del primer ingreso al país: de un: | extranjero” y si este obtuvo la nacionalidad colombiana además de losr óquisitos :

[establecidos en éste numeral se deberán atender los siguientes: . o E

1. Presentarse en un Centro Facilitador de Servicios Migratorios 0 Puesto de Control h .:./ Migratorio ton funciones de Extranjería. . E o. o e |r2.. Presentar el documeñto de identificación original y vigente. o .|.3. Acreditar la relación filial o. civil del solicitante con el extranjero mediante Registro Civil A E documento en el cual. se demuestre, dicha relación. : o PARÁGRAFO CUARTO. El ttular de. la: información; pariente, cónyuge” o compañero : permanente o tercero que ¿uente con la facultad" exprésa. por el. titular. para solicitar el | - certificado tendrá 'un plazo máximo de sesentá (60) días calendario para reclamar el 4 documento una véz haya sido expedido, en caso de nó reclamarse. en este. perO. a documentó será anulado, y el solicitante deberá tramitar. y pagar. un Rúevo certificado, - Así" mismo en caso de. «presentarse incongruencia. en Ja información cenificada. a

| solicitante contará con Un' plazo máximo de diez (10) días catendario'a partir de la techa - de expedición del documento para solicitar su reposición. Vencida este. plazo. el eno deberá. tramitar y pagar un nuevo documento. . y o o E ARTÍCULO 5. SALVOCONDUCTO. Para la expesición “de sálvaconduotos,e e : eS deberán atender, los siguientes. PequIsitos.. | ÓN “Diligericiar el Formulário Único de “rámitós en línea y adjuntar: R - Un 0) archivo en formato PDF, con la imagen del | Pasaportee 5 docimento de “? RESOLUCIÓN NÚMERO! 33 $ DeL 2016 HOJANO. 5 4 Continuación de la Resolución “Por la cual se actualizan los requisitos de los trámites de Extranjeria de la Unidad Administrativa Especial Migración Coformbia" identificación. "Un (1) archivo en formato PDF, con la imagen de los documentos que soportan la solicitud.

2. Presentarse en un Centro Facilitador de Servicios Migratorios o Puesto de Control Migratorio con funciones de Extranjería.

Presentar el documento de identificación o viaje original y vigente. Realizar el pago correspondiente por los derechos del trámite con el recibo con código de barras entregado por Migración Colombia. o pP PARÁGRAFO Las circunstancias en las que no se exigirá el pago por jos derechos de expedición de salvoconductos son: = Por deportación o expulsión. " Por cancelación de Visa, PIP o PFP. = Por situación de libertad provisional o condicional o por orden de autoridad competente hasta tanto se le defina la situación juridica.

= Por solicitud de autoridad administrativa. » Por situaciones de refugio o asilo. = Por criterios discrecionales de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia relacionados con derechos humanos y derechos fundamentales de sus solicitantes que requieran exoneración del pago, situación que deberá motivarse en cada caso particular. = Las solicitudes de expedición de duplicados en caso de daño o pérdida. CAPITULO NH DISPOSICIONES FINALES ARTÍCULO 6”. DEROGATORIA. La presente Resolución deroga la Resolución 1241 de 2015 y las disposiciones que le sean contrarias. ARTÍCULO 7”. La presente Resolución rige a partir de la techa de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los, p2 DIO ara 2210 9016

Director General Revisaron: — Juan Camilo Gonzalez Garzón, Jefe de Oficina Asesora de Planeación de

Winston Andres Maztlnez, Jefa de Oficina Asesora a E, Gloria Elsa León Perdomo, Subdirectora de Extranjeria. qe

Etaboro: Leopoldo E. Klee Ebratt, Oficial de Migración Az

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