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MINAGRICULTURA - Resolución 000036 de 2021

Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural

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Detalles

Título
MINAGRICULTURA - Resolución 000036 de 2021
Autor
Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2021

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Continuación de la Resolución: “Por la cual se modifica el inciso primero del artículo 15 de la Resolución 169 de 2020, modificado por las Resoluciones 273 y 324 de 2020”. logística y actividades necesarias para garantizar la seguridad alimentaria y abastecimiento de productos e insumos agropecuarios en todo el territorio nacional, así como lo relacionado con el desarrollo de los apoyos e incentivos que requiera el sector agropecuario, establecidos en el artículo 7 de la Ley 101 de 1993, a través de las entidades u organizaciones que administren recursos parafiscales del sector agropecuario, y con la sociedad Fiduciaria del sector agropecuario”.

Que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural expidió la Resolución No. 169 del 15 de julio de 2020, mediante la cual se estableció “El Programa de apoyo a pequeños productores para la adquisición de insumos agropecuarios para aliviar los efectos adversos del Coronavirus COVID 19 en el campo colombiano”. Que el artículo 15 de la Resolución 169 de 2020, fue modificado por la Resolución 273 de 2020, estableciendo: “Pago del Apoyo. El valor del apoyo se pagará a través de FIDUAGRARIA S.A, hasta el 31 de diciembre de 2020, previa

Resolución 273 de 2020, estableciendo: “Pago del Apoyo. El valor del apoyo se pagará a través de FIDUAGRARIA S.A, hasta el 31 de diciembre de 2020, previa validación del cumplimiento de los demás requisitos previstos en la presente resolución.” Que el artículo 15 de la citada Resolución, fue modificado por la Resolución 324 de 2020, estableciendo: “Pago del Apoyo. El valor del apoyo se pagará a través de FIDUAGRARIA S.A, hasta el 28 de febrero de 2021, previa validación del cumplimiento de los demás requisitos previstos en la presente resolución.” Que el Comité Técnico del Contrato de Encargo Fiduciario No. 20200439, aprobó, conforme el Acta No. 20 del 25 de febrero de 2021, la modificación del artículo 15 de la Resolución 169 de 2020, señalando “ Los miembros del Comité Técnico de manera unánime aprueban la ampliación del plazo para el pago del apoyo y prórroga del Contrato Fiduciario 20200439 hasta el 31 de mayo de 2021 para que los almacenes tengan la oportunidad de subsanar las inconsistencias en las cuentas de cobro y Fiduagraria termine de realizar el seguimiento y medición de impacto del programa para evaluar que tanto se contrarrestó con el programa el incremento en los precios por los efectos del COVID-19 en el mercado nacionaf”. Que mediante Memorando No. 20215200019223 del 26 de febrero del 2021, las Direcciones de Cadenas Agrícolas y Forestales y de Cadenas Pecuarias, Pesqueras y Acuícolas del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural solicitaron

Que mediante Memorando No. 20215200019223 del 26 de febrero del 2021, las Direcciones de Cadenas Agrícolas y Forestales y de Cadenas Pecuarias, Pesqueras y Acuícolas del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural solicitaron se modifiquen el artículo 15 de la Resolución 169 de 2020, modificado por las Resoluciones 273 y 324 de 2020, en el sentido de prorrogar el plazo para el pago del apoyo a los almacenes de insumos agropecuarios por Fiduagraria S.A., hasta el 31 de mayo de 2021. En mérito de lo expuesto,RESOLUCIÓN NS" 0 () ( () 3 6 DE2021 PÁGINA 3 DE 3

Continuación de la Resolución: “Por la cual se modifica el inciso primero del articulo 15 de la Resolución 169 de 2020, modificado por las Resoluciones 273 y 324 de 2020".

RESUELVE: Artículo 1. Modifíquese el artículo 15 de la Resolución 169 de 2020, modificado por las Resoluciones 273 y 324 de 2020, el cual quedará así: “Artículo 15. Pago del Apoyo. El valor del apoyo se pagará a través de FIDUAGRARIA S.A, hasta el 31 de mayo de 2021, previa validación del cumplimiento de los demás requisitos previstos en la presente resolución.” Artículo 2. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 23

Dada en Bogotá, D.C., a los 26 FEB, 207

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Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 23

Dada en Bogotá, D.C., a los 26 FEB, 207 UM» MW — RODOLFO ZEA NAVARRO Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural Elaboró: Gladys Adriana Camacho Rojas — Abogada Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales. .~ Revisó: Giovanny P 'Oficina Asesora Jurídica Camilo Santo! 'alo— Director de Cadenas Agrícolas y Forestales i\ @ Elvira Freyle Vangrieken — Asesora Despacho del Ministro Aprobó.: Juan Gonzalo Botero Botero - Viceministro de Asuntos Agropecuarios 77

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