MINAGRICULTURA - Resolución 000052 de 2022
Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural
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Detalles
- Título
- MINAGRICULTURA - Resolución 000052 de 2022
- Autor
- Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2022
Liberod y Orden
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2022
CE7000052) “Por la cual se ordena la transferencia de recursos a la Comisión Interamericana del Atún Tropical — CIAT” EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales que le confiere el Artículo 208 de la Constitución Política de Colombia, la Ley 13 de 1990 y el Decreto 1985 de 2013, y CONSIDERANDO: Que el 31 de mayo de 1949, los Gobiemos de los Estados Unidos de América y de Costa Rica suscribieron en Washington la "Convención entre los Estados Unidos de América y la República de Costa Rica para el establecimiento de una Comisión Interamericana del Atún Tropicaf. Que mediante la Ley 579 de 2000 se áprobó la "Convención entre los Estados Unidos de América y la República de Costa Rica para el establecimiento de una Comisión Interamericana del Atún Tropical" hecha en Washington el treinta y uno (31) de mayo de mil novecientos cuarenta y nueve (1 949). ” Que mediante Sentencia C-1710 de diciembre 12 de 2000, la Corte Constitucional en su control constitucional posterior, declaró exequible la Ley 579 del 8 de mayo de 2000 y la citada Convención. Que el Gobiemo Nacional depositó ante el Departamento de Estado de los Estados Unidos de América el instrumento de adhesión a la "Convención entre los Estados Unidos de América y la República de Costa Rica para el establecimiento de una Comisión Interamericana del Atún Tropical", el 10 de octubre de 2007. Que la adhesión de Colombia a la Convención permite la realización de los
los Estados Unidos de América y la República de Costa Rica para el establecimiento de una Comisión Interamericana del Atún Tropical", el 10 de octubre de 2007. Que la adhesión de Colombia a la Convención permite la realización de los fines esenciales del Estado consignados en la Carta Política de 1991, especificamente de los preceptos que se refieren a la protección del medio ambiente a través de mecanismos de cooperación internacional.RESOLUCION NÚMERO, 0005 2 DE 2022 HojaN”.2 1 Continuación de la Resolución “Por la cual se ordena la transferencia de recursos a la Comisión Interamericana del Atún Tropical - CIAT" Que el numeral 3 del artículo 1 de la citada Convención, respecto a las contribuciones anuales que harán los países miembros, establece que: "Cada una de las Altas Partes Contratantes determinará y pagará los gastos en que incurra su respectiva sección. Los gastos conjuntos en que incurra la Comisión serán cubiertos por las Altas Partes Contratantes mediante contribuciones en la forma y proporción que recomiende la Comisión y aprueben las Altas Partes Contratantes. La proporción de gastos conjuntos que pagará cada una de las Altas Partes Contratantes se relacionará con la proporción de la pesca total procedente de las pesquerías que abarque esta Convención y que utilice cada una de las Altas Partes Contratantes”. Que la directora de Asuntos Económicos, Sociales y Ambientales del Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de oficio S-GAE-22-000456 remitió la comunicación 0551-544 de la Comisión Interamericana del Atún Tropical -CIAT, en virtud de la cual se informó que el monto de la contribución
Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de oficio S-GAE-22-000456 remitió la comunicación 0551-544 de la Comisión Interamericana del Atún Tropical -CIAT, en virtud de la cual se informó que el monto de la contribución de Colombia a este organismo, para el año 2022, es de DOSCIENTOS
NOVENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO DOLARES
(US$294.248). Que de conformidad con el Decreto No 1793 de 2022 expedido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, “Por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2022, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos" y su anexo correspondiente, se apropió en la sección 1701, Unidad 170101, cuenta 03 subcuenta 02, por concepto de transferencias corrientes "A GOBIERNOS Y ORGANIZACIONES INTERNACIONALES”, la suma de DOS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL PESOS MCT/E ($2.278.247.000), para cubrir las obligaciones de la Nación con respecto a la Comisión Interamericana del Atún Tropical - CIAT. Que la Dirección de Cadenas Pecuarias, Pesqueras y Acuícolas, mediante memorando 20225400116103 remitió justificación técnica, señalando entre otros aspectos los siguientes: - La Comisión Interamericana del Atún Tropical — CIAT es la organización regional de ordenación pesquera responsable de la conservación y ordenación de la pesca de atún y otras especies marinas en el Océano Pacífico Oriental. En el marco de sus funciones, anualmente establece
regional de ordenación pesquera responsable de la conservación y ordenación de la pesca de atún y otras especies marinas en el Océano Pacífico Oriental. En el marco de sus funciones, anualmente establece medidas de conservación como la veda de pesca en el área de la convención para la flota de cerco y hace seguimiento a la capacidad de acarreo de la flota pesquera de cada Estado parte. - Colombia luego de surtir el procedimiento interno en términos de consulta y aprobación por parte del Congreso de la República (Ley 579 de 2000), se hizo parte de la Comisión en el año 2007. En 2008 se expidió el Decreto 3790 mediante el cual se conformó la Sección Nacional y el Comité Consultivo, instancias de representación nacional ente la organización de las que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural hace parte. - Es importante la participación de Colombia en la CIAT, como quiera que dicha organización es la instancia en la que se pueden salvaguardar los00005RESOLUCION NUMEEO 00052 DE 2022 Hoja”. 4 Continuación de la Resolución Por la cual se ordena la transferencia de recursos a la Comisión Interamericana del Atún Tropical — CIAT” Disponibilidad Presupuestal No 46522 del 18 de enero de 2022, expedido por el Jefe de Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural Que, con mérito de lo anterior, RESUELVE: Artículo 1. Transferir en un único desembolso la suma de DOSCIENTOS
NOVENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO DOLARES
(USD.294.248), del presupuesto del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, equivalentes a MIL DOSCIENTOS SEIS MILLONES
NOVENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO DOLARES
(USD.294.248), del presupuesto del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, equivalentes a MIL DOSCIENTOS SEIS MILLONES CUATROCIENTOS DIECISEIS MIL OCHOCIENTOS PESOS ($1.206.416.800.00) M/cte., con una TRM de COP$ 4.100, para el pago de la Contribución de Colombia a la Comisión Interamericana del Atún Tropical — CIAT, los cuales se encuentran amparados con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No 46522 del 18 de enero de 2022. Parágrafo 1. El monto del desembolso estará supeditado a las previsiones del Programa Anual Mensualizado de Caja — PAC de la Gestión General del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. Parágrafo 2.- El desembolso de que trata el presente artículo será efectuado por la Dirección de Crédito Público y del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público en la Cuenta Bancaria No. 0020650168 a nombre de “Inter-American Tuna Commission” en el Union Bank, 7807 Girard Avenue, La Jolla, CA 92037, EE.UU., citando el número de referencia FRN 122000496, o Swift BOFCUS33MPK”, de conformidad con lo dispuesto en el oficio 0551544 “Contribución al presupuesto anual de la CIAT 2027”. Artículo 2. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los 3 1 ENE. 2072
RODOLFO ZEA NAVARRO
Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los 3 1 ENE. 2072 RODOLFO ZEA NAVARRO Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural Elaboró: — Sandra Muñoz ~ Dirección de Cadenas Pecuarias, Pesqueras y Acuicolas 7 M Victor Hugo Canillo Rojas ~ Abogado Dirección de Cadenas Pecuarias, Pesqueras =D Revisó: — Luis Humberto Guzmán Vergara, director de Cadenas Pecuarias, Pesqueras y Aculcolas Miguel Angel Aguiar Delgadilo-jefe Oficina Jurídica... -.
Aprobó: Áuan Gonzalo Botero - viceministro de Asuntos Agropecuarios