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MINAGRICULTURA - Resolución 000068 de 2022

Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural

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Detalles

Título
MINAGRICULTURA - Resolución 000068 de 2022
Autor
Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2022

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MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2022 .( 000068) “Porta cual se modifican los artículos 3 y 7 de la Resolución 182 de 2016 EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL En desarrollo de las competencias constitucionales y legales, y en particular de las establecidas en los artículos 3 y 6 del Decreto 1985 de 2013 y en el artículo 2.14.20.2.1 del Decreto 1071 de 2015 y CONSIDERANDO: Que el artículo 7" de la Constitución Política señala que “el Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana”. Que el Decreto 2333 de 2014 compilado en el Decreto Único Reglamentario del sector Agropecuario pesquero y de Desarrollo Rural 1071 de 2015 tiene por objeto “establecer los mecanismos para la efectiva protección y seguridad jurídica de las tierras y temitorios ocupados o poseídos ancestralmente y/o tradicionalmente por los pueblos indigenas”. Que el artículo 4 dei referido Decreto, otorgó precisas facultades normativas al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, pare crear el Sistema de Coordinación Interinstitucional paraa Unificación de Información Predial de los Territorios Indígenas el cual deberá tener en cuenta aspectos relacionados con el territorio, población, geomeferenciacion, registros catastrales, resguardos constituidos, solicitudes de constitución, ampliación saneamiento, resguardos de origen colonial o republicano, sesion ancestral y/o tradicional de los pueblos y comunidades indígenas. Que el artículo 1 de la Resolución 182 de agosto de 2016 emitida por el Ministro de

saneamiento, resguardos de origen colonial o republicano, sesion ancestral y/o tradicional de los pueblos y comunidades indígenas. Que el artículo 1 de la Resolución 182 de agosto de 2016 emitida por el Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, creó el Sistema de Coordinación Interinstitucional para la Unificación de información Predial de los Territorios Indigenas, con el objeto de dotar de seguridad jurídica a la información con que cuenta el Estado en materia de propiedad colectiva de las comunidades indigenas, respecto a los territorios que han sido ocupados ancestralmente. Que la Comisión de Gestión del Sistema de Coordinación Interinstitucional para la Unificación Predial de los Territorios Indigenas de acuerdo con lo previsto en el articulo 3 de la citada Resolución, debe estar integrada por representantes permanentes de las entidades que hacen parte del Sistema de Coordinación Interinstitucional para la Unificación de Información Predial de los Territorios Indigenas, los cuales deben! pertenecer al nivel asesor o directivo. Que la mencionada Resolución -no estableció un mecanismo de delegación o apoyo tecnico para los representantes permanentes de las entidades que hacen parte del Sistema y en tal sentido, se hace necesario proveer este apoyo de los aquipos técnicos; para la asistencia a las mesas preparatorias previas a las sesiones ordinarias.000068 RESOLUCIÓN NÚMERO, DE 2022 az Continunción de la Resolución: “Por ía cual se modífican los articulos 3 y 7 de (a Resolución 182 de 2016". Que en desarrollo de las reuniones realizadas los días 17, 23 de marzo de 2020, 12 de abril, 2 y 3 de septiembre de 2021, en el marco de la Comisión de Gestión del Sistema de

Que en desarrollo de las reuniones realizadas los días 17, 23 de marzo de 2020, 12 de abril, 2 y 3 de septiembre de 2021, en el marco de la Comisión de Gestión del Sistema de Coordinación Interinstitucional para la Unificación Predial de los Territorios indigenas, se evidenció que la periodicidad de las sesiones previstas en el artículo 7 de la Resolución 182 de 2016, ha resultado no estar acorde con las dinámicas de la instancia, por lo que $e considera necesario modificar el término para sesionar, a minimo 4 veces al año. Que mediante el Acuerdo No. 01 de 2021, la Comisión de Gestión del Sistema de Coordinación interinstitucional para la Unificación Predial de los Tertorios Indigenas aprobó en primera sesión llevada a cabo el día 1 de septiembre de 2021, aprobó el reglamento interno de la comisión. Que en mérito de lo expuesto, Resuelve: Articulo 1. Modifiquese el artículo 3 de la Resolución 182 de 2016, el cual quedará así: ARTÍCULO 30. COMISIÓN DE GESTIÓN DEL SISTEMA DE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL PARA LA UNIFICACIÓN DE INFORMACIÓN PREDIAL DE LOS TERRITORIOS INDÍGENAS. Créase la Comisión de Gestión del Sistema de Coordinación Interinstitucional para la Unificación de Información Predial de los Territorios Indigenas, la cual estará integrada por un representante permanente de cada una de las entidades y organismos que conforman el aludido sistema de coordinación, Este representante pernanente debe pertenecer al nivel directivo o asesor de la entidad u organismo respectivo.

Los representantes permanentes podrán delegar previamente la asistencia a las mesas técnicas y sesiones de trabajo, mediante correo electrónico dirigido a la Dirección de Ordenamiento Social de la Propiedad en ejercicio de las funciones de Secretaría Técnica de la Comisión. Esta Comisión de Gestión contará con la asesoría permanente de la Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, Artículo 2. Modifiquese el articulo 7 de la Resolución 182 de 2016, el cual quedará así: ARTÍCULO 70. SESIONES. La Comisión de Gestión del Sistema de Coordinación Interinstitucional para la Unificación de Información Predalde los Territorios Indigenas se reunirá, previa convocatoria del representante permanente designado por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, y sesionará al menos cuatro veces al año en el lugar o plataforma tecnológica definido por aquel.

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