MINAGRICULTURA - Resolución 000069 de 2025
Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- MINAGRICULTURA - Resolución 000069 de 2025
- Autor
- Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2025
A Ee
ResoLución NúmERO ~~ 0000969 pe2025“Por la cual se unifican las delegaciones en A el directivo y asesor delMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural”LA MINISTRA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURALEn ejercicio de sus funciones constitucionales y legales, en especial las que le confierenlos artículos 209 y 211 de la Constitución Política, el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, yCONSIDERANDOQue el artículo 209 de la Constitución Política, establece que "(...) La función administrativa estáal servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios deigualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante ladescentralización, la delegación y la desconcentración de funciones (...)".Que el artículo 211 ibidem, señala que la ley fijará las condiciones para que las autoridadesadministrativas puedan delegar en sus subalternos o en otras autoridades.Que el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, establece que los ministros “podrán delegar la atencióny decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en losempleados públicos de los niveles directivo y asesor, vinculados al organismo correspondiente,con el propósito de desarrollar los principios de la función administrativa enunciados en elartículo 209 de la Constitución Política” y en la ley.Que el numeral 3 del artículo 59 de la Ley 489 de 1998, establece que corresponde a losministerios y departamentos administrativos, sin perjuicio de lo dispuesto en sus actos decreación o en leyes especiales:
“(...) 3. Cumplir las funciones y atender los servicios que lesestán asignados y dictar, en desarrollo de la ley y de los decretos respectivos, las normasnecesarias para tal efecto. (...)”.Que en desarrollo del objeto y misión institucional determinados en los Decretos 1985 de 2013y 2369 de 2015, por medio de los cuales se define la estructura del Ministerio de Agricultura yDesarrollo Rural, la Ministra, como jefe y máxima autoridad del Despacho, participa en losórganos colegiados de sus entidades adscritas y vinculadas, las corporaciones de participaciónmixta y otros órganos, para orientar, coordinar y evaluar la formulación de las políticasrelacionadas con el sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.Que con la resolución 000016 de enero de 2025 el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural(MADR) declaró el Año de la reforma Agraria y de la Agricultura Campesina, Familiar, Étnica yComunitaria con el objetivo de ...coordinar la concurrencia efectiva de planes y programaspromoviendo el desarrollo de actividades encaminadas a garantizar, la protección, el respeto yla efectividad de los derechos de quienes desarrollan la Agricultura Campesina, Familiar, Étnicay Comunitaria (ACFEC)”.Que con el propósito de cumplir con los principios de la función pública establecidos en laConstitución Política y en la ley, se hace necesario que la Ministra de Agricultura y DesarrolloRural delegue en los funcionarios que ocupan los cargos de los niveles directivo y asesor quese enuncian en el presente acto, la participación y decisión que corresponden al
Ministro deAgricultura y Desarrollo Rural en las Comisiones Permanentes, Juntas Directivas, ConsejosDirectivos y órganos de dirección de las entidades, corporaciones, fondos de fomento y fondosde estabilización, y órganos de asesoría o coordinación del Sector Agropecuario, Pesquero y de
Página 1 de 19--900069Desarrollo Rural, de conformidad con las normas y/o estatutos y/o reglamentos y/o directivasrespectivas.Que las delegaciones otorgadas mediante la presente resolución se llevarán a cabo bajo lacoordinación y orientación general de la Ministra de Agricultura y Desarrollo Rural y, en esesentido, les corresponde a los delegatarios informar permanentemente sobre el desarrollo yejercicio de la participación, asistencia, atención y decisión de los asuntos y funcionesdelegadas.En mérito de lo expuesto,RESUELVE:Artículo 1. Delegación. Delegar la participación y decisión del Ministro (a) de Agricultura yDesarrollo Rural en las siguientes instancias en que sea integrante o haga parte, en lossiguientes cargos:1.1. ENEL CARGO DE ASESORA (OR) DEL DESPACHO DEL MINISTRO CODIGO 1020,GRADO 18, ID M2001:ENTIDAD / |No. | REPRESENTACIÓN INSTANCIA MARCO NORMATIVO |Instituto Colombiano de1. Consejo Directivo Normas Técnicas y Articulo 1, Decreto 1470 de 2005.Certificación, IcontecPrincipal - Gran Central Estatutos Sociales de la Gran |2. Junta Directiva de —_—ce Caribe Central de Abastos del Caribe S.A. |Princip ats de Estatutos Sociales de la Central de |3. Junta Directiva le S A - Abastos de Bucaramanga S.A.- |CENTROABASTOS CENTROABASTOS4. Comité Presidente - Comité Artículo 9, Ley 534 de 1999.Directivo del FondoNacional del Tabaco5. Junta Directiva ¡Suplente - Junta Directiva Parágrafo del Artículo
2 de la Leyde la Empresa 925 de 2004.Colombiana deProductos VeterinariosS.A. - VECOL S.A.1.2. ENEL CARGO DE ASESORA (OR) DEL DESPACHO DEL MINISTRO CODIGO 1020GRADO 14, ID M2003:ENTIDAD / |No. | REPRESENTACIÓN INSTANCIA MARCO NORMATIVO |Comité de Seguimiento ala Estrategia Sectorial Resolución 00011A de 26 de abril1. Comité para la Transparencia y de 2024, Ministerio de Agricultura yPrevención de la Desarrollo Rural.Corrupcióny Artículo 30, Estatutos sociales de la |carporeción pales el Corporación para el Desarrollo |2. Consejo Directivo Desarrollo Sostenible del | ‘ ;Urabá CORPOURABÁ | Sostenible del Urabá| CORPOURABA.
Página 2 de 19“3 --000069 1.3. ENEL CARGO DE ASESORA (OR) DEL DESPACHO DEL MINISTRO CODIGO 1020GRADO 12, ID M2004:ENTIDAD /No. | REPRESENTACIÓN INSTANCIA MARCO NORMATIVO on Consejo Directivo de la Artículo 25, Estatutos Sociales de1. A Corporación la Corporación ColombianaColombiana Internacional — CCI.Internacional — CCl2. Junta Directiva Fundación Pro-SierraNevada de Santa Marta Estatutos Sociales de la Fundación— PROSIERRA Pro-Sierra Nevada de Santa Marta— PROSIERRA.3. Comisión Camsion mersecionel Artículo 4, Decreto 1000 de 2013.para el Retorno 1.4. ENEL CARGO DE ASESORA (OR) DEL DESPACHO DEL MINISTRO CODIGO 1020GRADO 12, ID M2006: No. | REPRESENTACIÓN ere A MARCO NORMATIVOSubcomité de Sistemasde Información.Subcomité deReparación Colectiva.Subcomité deRestitución.4 Subcomités Subcomité equidad Artículo 2.2.8.1.7., Decreto Único. Subcomité de Reglamentario 1084 de 2015.IndemnizaciónAdministrativa.Subcomité dePrevención, Proteccióny Garantías de noRepeticiónComité Ejecutivo para la z A2. Comité Ejecutivo Aionción y Reparación a way mE Ps,a raedlas Victimas lod 8082011.Comité Directivo del3 Comité Fondo de Fomento para Numeral 1, artículo 2.1.6.2.2," las Mujeres Rurales — Decreto 1071 de 2015.FOMMUR
1.5. EN EL CARGO DE ASESORA (OR) DEL DESPACHO DEL MINISTRO CODIGO 1020GRADO 10, ID M2007: Junta DirectivaSuplente - GranCentral de Abastos delCaribe S.A. Estatutos Sociales GranCentral de Abastos del CaribeS.A.. Página 3 de 19--000069 Suplente— Central de2 Junta Directiva Abastos de Estatutos Sociales Central de: Bucaramanga S.A. — Abastos de Bucaramanga S.A.CENTROABASTOS suiplents _ Central de Estatutos Sociales Central de. ‘ Abastecimientos del E3: Junta Directiva Abastecimientos del Valle delValle del Cauca — Cauca — CAVAGACAVASA : 1.6. EN EL CARGO DE ASESORA (OR) DEL DESPACHO DEL MINISTRO CODIGO 1020GRADO 7, ID M2008: F Consejo Profesional de Literal b. Articulo 14, Ley 22 de1. Consejo : aBiología 1984. 1.7. EN EL CARGO DE LA VICEMINISTRA (O) DE ASUNTOS AGROPECUARIOS No. REPRESENTACIÓN ENTIDAD / INSTANCIA MARCO NORMATIVO Presidente - Consejo4 Consalo Superior del Sistema Numeral 1, Artículo 9, Ley 1876, J Nacional de Innovación de 2017.Agropecuaria - SNIA
_ Predidente= Comisión Artículo 6, Ley 2183 de 2022,2. Comisión Nacional de Insumos Artículo 2.13.9.2., Decreto 1071Agropecuarios de 2015. Subcomité Sectorial o3. Subcomitá para la Defensa Jurídica Resolución 370 del 5 de octubredel Sector Agropecuario, de 2015 MADR.Pesquero y deDesarrollo RuralSistema Nacional de4. Sesión Protección y Bienestar Artículo 31, Ley 2294 de 2023.Animal -SINAPYBAConsejo Nacional de Artículo 3 Resolución 000153 de5. Consejo Bienestar Animal 2019, Ministerio de Agricultura yCNBA Desarrollo Rural.Secretaria Técnica -Comisión Nacional del6. Comisión Sistema Nacional de Artículo 5, numeral 1 y parágrafoIdentificación,Información yTrazabilidad Animal2, Ley 1659 de 2013. Página 4 de 19PEE e ld Ge ER -- 900069No. | REPRESENTACIÓN | ENTIDAD / INSTANCIA MARCO NORMATIVO Consejo Directivo del ;7. Consejo Directivo Instituto Nacional de Numeral 3. Artículo 7, DecretoVigilancia de 2078 de 2012.Medicamentos yAlimentos (INVIMA)
8. Junta Directiva Junta Directiva del Numeral 1. Artículo 6, Ley 272 deFondo Nacional de la 1996.Porcicultura nm PresilentsInSBtuto Numeral 1. Artículo 8, Decreto9. Consejo Directivo Colombiano: 4765 de 2008.Agropecuario - ICAPresidente — Secretaríaa IO , Des Comision | Literal a. Artículo 1 y Artículo 4,MESeRIenal Paro Decreto 2328 de 2008.manejo deBiocombustibleArtículo 13. Ley 99 de 1993.41 Conseio Consejo Nacional Artículo 2, Decreto 3079 de: ) Ambiental 1997. Parágrafo del artículo 2del Decreto 3079 de 1997.Comisión Intersectorial | Numeral 6, artículo 1 y parágrafo 142 Comisión de Derechos Humanos del Decreto 157 de 2023, que. y Derecho Internacional | modifica el articulo 2.1.7.2.2 delHumanitario Decreto 1081 de 2015.Comisión Permanente13. Comisión de Concertación de meets + y paragralo detme articulo 5, Ley 278 de 1996.Politicas y LaboralesPresidente - Comisiónsz ; oa Numeral 1. Artículo 1, Decreto14. Comisión Nacional de Crédito 2371 de 2015.Agropecuario45 Comisión Comisión Intersectorial Numeral 4. y parágrafo 2 del. del Cambio Climático Artículo 7, Decreto 298 de 2016.Comisión Intersectorial ,16. Comisión de Proyectos Numeral akira4 DecteloEstratégicos CIPE :Comisión Nacional de17. | Comité Ejecutivo Competitividad e Numeral? eee OInnovación da E :Ferien da d Literal a, numeral 3, articulo18. Comité bla 2.2.1.6.3.2 Decreto 2212 deCompetitividad eInnovación2023.
Página 5 de 19-- (00069No. | REPRESENTACIÓN | ENTIDAD [INSTANCIA MARCO NORMATIVO |Presidente - Comité MlTemático de Desarrollo , |19. Comité Productivo Sostenible Numeral 5, artículo 2.2. 1.8.4.1, |vant Decreto 2212 de 2023. |de Competitividad e |Innovacion |Presidente - Comision | |intersectorial parala | - : |a : Artículo 2.14.23.9 y Parágrafo 1 |20. Comisión Reforma Agraria, el del Decreto 1406 de 2023. |Desarrollo Rural y la |Reforma Rural Integral |Representante 1 - |21. Comité Comité Directivo del Artículo 9, Ley 534 de 1999. |Fondo Nacional del |Tabaco | 4.8. EN EL CARGO DE ASESORA (OR) DEL DESPACHO DEL VICEMINISTRO DEASUNTOS AGROPECUARIOS CODIGO 4020, GRADO 12, ID M2012:N° REPRESENTACION | ENTIDAD / INSTANCIA MARCO NORMATIVO| Comision Mixta para el4 Comisión | desarrollo Integral de la Articulo 2, numeral 5 del" Política Pública Indígena Decreto 1811 de 2017.del Cauca CRIC| || |o, Comisión / | acca ial | -23.4.2.1y2.3.4.3.9 del. Secretaria Técnica | P ; | Decreto 1004 de 2024.| Campesinos || |
4.9. ENEL CARGO DE VICEMINISTRA (O) DE DESARROLLO RURAL:— 2. -N° | REPRESENTACIÓN | ENTIDAD/ INSTANCIA | MARCO NORMATIVO || | Consejo Nacional de || Lucha Contra la | |4 | Desforestación y Otros | |Consejo Nacional Crímenes Ambientales | Artículo 9, Ley 1955 de 2019. |Asociados — | |CONALDEF || Mesa permanente de | |Concertación con los |2. Mesa Pueblos y |Organizaciones | Artículo 10, Decreto 1397 de || | Indígenas | 4996. | Pagina 6de 19-- 000069N° REPRESENTACION ENTIDAD / INSTANCIA MARCO NORMATIVO Presidente - Consejo ;3. Consejo Superior Superior de Restitución Namera) 1, ARGOS, Deerelo2368 de 2015.de Tierras4 Comisión Comisión Nacional de Numeral 1, artículo 1, Decreto. Territorios Indigenas 1397 de 1996.Comisión Intersectorial Parágrafo 1, Numeral 5,5. Comisión Nacional de artículo 3, Decreto 820 deReparación Histórica 2023.Artículo 7, Decreto 691 de6. Consejo Directivo Fondo Colombia en Paz | 2017. Numeral 4. Artículo 1.Decreto 155 de 2023.7 Consejo Directivo Presidente - Agencia de | Artículo 8, Decreto 2364 deJ Desarrollo Rural (ADR) 2015.Presidente - Consejo ;8. Consejo Directivo Directivo de la Agencia laa niet5 alanNacional de Tierras -ANT "Consejo Directivo de la; Agencia para la Numeral 3. Articulo 3,2. ÓN Renovación del Decreto 1223 de 2020.Territorio — ARTConsejo Superior de laAdministración de Numeral 2, artículo 3, Decreto10. Consejo Superior | ordenamiento del Suelo 2367 de 2015.Rural
is : Numeral 4, artículo 111. Comisión Directivo | Comisión Colombianadel Océano Decreto 210 de 2023. Comisión Intersectorialde Control de la Numeral 4, artículo 2,12 Comisión Deforestación y la Decreto 1257 de 2017.. Gestion integral para la Paragrafo 2, articulo 2 delProtección de Bosques Decreto 1257 de 2017.Naturales -CICOD Corporación AutónomaRegional del Río Numeral 3, artículo 13, Ley13. anta alraciina Grande del Magdalena 161 de 1994.— CORMAGDALENA Comité Técnico Asesor14. Comité Técnico de Prevención de la D wat Oo oeFarmacodependencia RIA e ,45. Consejo Consejo Nacional de Literal d, articulo 90, Ley 30Estupefacientesde 1986. Página 7 de 19~~ 000069N° REPRESENTACION ENTIDAD / INSTANCIA MARCO NORMATIVOComisión Intersectorial F16. Comisión para el Saparemento Numeral %. Artículo: 3,. Decreto 749 de 2018.del ChocóCorporación AutónornaAsamblea Regional del Río Numeral 5 Artículo 11, Ley47. Corporativa Grande de la 161 de 1994.MagdalenaCorporación AuténornaP : Regional del Río Numeral 3, Articulo 13 Ley18. Ata DiseGthea Grande de la 161 de 1994.MagdalenaPresidenteUnidad de15 Consejo de jee ill Numeral 1, Artículo 10," Dirección Técnica 7 Decreto 4145 de 2011,de Tierras y UsosAgropecuarios — UPRAPresidente - Comisión Numeral 1, Artículo20. Comisión Mixta Nacional para 2.3.4.2.1, Decreto 1004 deAsuntos Campesinos 2024
1.10. EN EL CARGO DE ASESORA (OR) DEL DESPACHO DEL VICEMINISTRO DEDESARROLLO RURAL CODIGO 1020 GRADO 7 M2010:No. REPRESENTACIÓN ENTIDAD / INSTANCIA MARCO NORMATIVOComisión Técnica de4 Comisión Seguimiento a la Ley Numeral 4, artículo 17, Ley, 1787 de 2016 - 1787 de 2016.Cannabis
2. Comisión Comisión Intersectorial Numeral 3, artículo 5,de la Calidad Decreto 3257 de 2008. 1.11.EN EL CARGO DE SECRETARIO (A) GENERAL : No.REPRESENTACIÓNENTIDAD / INSTANCIA |MARCO NORMATIVO | Junta DirectivaRenglón Principal en laJunta Directiva deCORABASTOS S.A Artículo 37 de los Estatutossociales de la Corporaciónde Abastos de Bogotá S.A“CORABASTOS”.
Página 8 de 19¡ds de -- 0000691.12. EN EL CARGO DE JEFE (A) DE LA OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN YPROSPECTIVA: No. REPRESENTACIÓNENTIDAD / INSTANCIAMARCO NORMATIVOComisión Intersectorialpara ProyectosNumeral 3. Artículo 2,1 Comisión Estratégicos del Sector Decreto 155 de 2015.Comercio, Industria yTurismo . consejo Ela eE Artículo 1, Decreto 2077 de2. Consejo Fondo para la Vida y la 2023Biodiversidad
1.13. EN EL CARGO DE JEFE (A) DE LA OFICINA ASESORA JURÍDICA:No. | REPRESENTACIÓNENTIDAD /INSTANCIAMARCO NORMATIVO Consejo Directivo dela SuperintendenciaNumeral 3, artículo 8, Decretoda i de Notariado y 2723 de 2014.RegistroRenglón principal en laJunta Directiva de laEmpresa Colombiana Parágrafo del artículo 2, Ley2. Junta Directiva 925 de 2004.de ProductosVeterinarios S.A. —VECOL S.A. 1.14. ENEL CARGO DE JEFE (A) DE LA OFICINA DE ASUNTOS INTERNACIONALES:ENTIDAD / INSTANCIAMARCO NORMATIVOComité Nacional delCodex AlimentariusNumeral 4, artículo 3,Decreto 977 de 1998.Comisión Intersectorialde PropiedadIntelectual - CIPIArtículo 5, Decreto 1162 de2010. ComisiónInterinstitucional deLucha contra elContrabandoNumeral 6, artículo 31, Ley1762 de 2015.
No. | REPRESENTACIÓN
1. Comité
2. Comisión
3. Comisión
4. SubcomisiónSubcomisión deDerechos humanos,Garantías, Participacióny Democracia Numeral 2, artículo2.3.4.3.4, Decreto 1004 de2024
Página 9 de 19-- 900069 1.15. EN EL CARGO DE DIRECTORA (OR) DE CADENAS PECUARIAS, PESQUERAS YACUÍCOLAS: No. | REPRESENTACIÓN ENTIDAD/ INSTANCIA MARCO NORMATIVO Consejo Técnico Presitenta cor Literal a, artículo 6 de la1. Asesor Nacional de Acuicultura Lev 2268 de 2022y Pesca — AUNAP y. , ; Articulo 2.2.8.3A.1.2.: C N | del ,2 Consejo iad+t sada Decreto 1079 de 2015.gua
Presidente - Junta F3: Junta Directiva Directiva del Fondo de Numeral 1, articulo 5, LeyFomento Ganadero y 89 de 1993Lechero PresidenteFondo de Numeral 1, articulo 6,Wek Riva nl Estabilizacion para el Decreto 1187 de 1999.4. Comité Directivo Fementa de: laExportación de Carne,Leche y sus Derivados 5 Comisión Comisión Literal b, artículo 3,. Interamericana del Atun Decreto 327 de 2022TropicalRenglón en la Junta Artículo 33 de los Estatutos6 Junta Directiva Directiva de Frigoríficos sociales de Frigoríficos, Ganaderos de Colombia Ganaderos de ColombiaS.A.S. S.A.S.7 Mesá Mesa Nacional Integral Artículo 2, Resolución: Permanente de Pesca 488 de 2023 MADR. |Articulo 37 de los |Renglón suplente en la Estatutos sociales de la8. Junta Directiva Junta Directiva de Corporación de AbastosCORABASTOS S.A de Bogotá S.A |“CORABASTOS”. |9. Junta Directiva Fondo Nacional Avícola Artículo bare Bit ae | 1.16. EN EL CARGO DE DIRECTORA (OR) DE CADENAS AGRÍCOLAS Y FORESTALES: Nacional Asesora paraIncendios Forestales No. REPRESENTACIÓN ENTIDAD/ INSTANCIA] MARCO NORMATIVO |Comisión Téediea | Numeral 3, artículo 6, |¿A Comisión Técnica 7 | Resolución 0373 de 2020 |de la UNGRD. |1] | Página 10 de 19-- 0000639
No.REPRESENTACIÓNENTIDAD / INSTANCIAMARCO NORMATIVO Junta Directiva Renglón principal delMinisterio de Agriculturay Desarrollo Rural(Renglón IDEMA) en laJunta Directiva de laCorporación de Abastosde Bogotá S.A.-CORABASTOS S.A. Artículo 37, EstatutosSociales de laCorporación de Abastosde Bogotá S.A.-CORABASTOS S.A. Junta DirectivaRepresentante 1 de 3 -Junta Directiva FondoNacional de PanelaArtículo 12, Ley 40 de1990. ComisiónPresidente - ComisiónNacional Intersectorialpara la Vigilancia de laCalidad de la Panela Artículo 1, Decreto 1774de 2004. Junta DirectivaPresidente - JuntaDirectiva del FondoNacional de Fomentode la Papa Artículo 19, Ley 1707 de2014. Junta DirectivaPresidente - JuntaDirectiva del FondoNacional de FomentoHortofrutícola Numeral 1 del Artículo2.10.3.8.14, Decreto1071 de 2015. ComisiónPresidente - Comisiónde Fomento ArroceroArtículo 2.10.3.1.13,Decreto 1071 de 2015. Comité Presidente - ComitéDirectivo Fondo deEstabilización dePrecios para losAzúcaresCentrifugados, lasmelazas derivadas dela extracción o delrefinado de azúcar Artículo 2.11.4.8 delDecreto 1071 de 2015 ComitéPresidente - ComitéDirectivo del Fondo deFomento PalmeroArtículo 10, Ley 138 de1994.
10. Comité Comité Directivo delFondo deEstabilización dePrecios para elPalmiste, el Aceite dePalma y susFracciones Artículo 2.11.2.8 delDecreto 1071 de 2015
Página 11 de 19000069 No. REPRESENTACIÓN ENTIDAD / INSTANCIA MARCO NORMATIVO Presidente - Comité y11. Comité Directivo del Fondo de Mente OS 8,Fomento Algodonero ey iS , Presidente - Comité42 Comité Directivo del Fonclo de Articulo 2.11.5.4 del. Estabilización de Decreto 1071 de 2015.Precios del Algodon "Representante 2 -43 Comité Comité Directivo del Articulo 9, Ley 534 de. Fondo Nacional del 1999.Tabaco Presidente - Comité ,14. Comité Directivo del Fondade | “Sule e 188 «deFomento Cauchero , Comité Directivo Fondo Presidente — Numeral 1,15: Comité de Estabilización de Artículo 6, Decreto 1485Precios del Cacao de 2008. Presidente - Comisión ,16. Comisión de Fomento del Frijol ia ca 11408Soya , 47 Comisión Fondo Nacional Artículo 2.10.3.1.13,; - Cacaotero Decreto 1071 de 2015. Presidente - Comisión18 Comisión de Fomento Cerealista Artículo 4, Ley 114 de. y Leguminosas de 1994.Grano . Presidente ” Bonsejs Artículo 4, Decreto 182419. Consejo Directivo de Incentivode 1994.Forestal. 1.17. EN EL CARGO DE DIRECTORA (OR) DE FINANCIAMIENTO Y RIESGOSAGROPECUARIOS:
No. REPRESENTACIÓN ENTIDAD / INSTANCIA MARCO NORMATIVO ComisiónComisión Fiduciaria delFondo de VíctimasNumeral 4, artículo 5,Decreto 1407 de 2017. Página 12 de 19--00006939No. REPRESENTACIÓN ENTIDAD / INSTANCIA MARCO NORMATIVO o Comité Directivo del Fondo | Numeral 1 y parágrafo 12. Comité Directivo para el Acceso a los del artículo 16, Ley 2183Insumos Agropecuarios - de 2022.FAIAComisión Transitoria de3 Comisión Verificación de los Bienes y Numeral 4, Artículo 5,. Apoyo al Administrador del Decreto 1407 de 2017.Patrimonio AutónomoComisión Intersectorialpara la Inclusión y Numeral 4, artículo4. Comisión Educación Económica y 10.4.2.1.3 y Parágrafo 2Financiera: Banca de las del Decreto 2555 de 2010.OportunidadesComisión Intersectorial del Numeral 4 y parágrafo 15. Comisión Sector de la Economía del artículo 3, DecretoSolidaria 1340 de 2020. ; Representante 2 de 3 - Articulo 12, Ley 40 de9: Junta Directiva Junta Directiva Fondo 1990.Nacional de Panela
7. Consejo Consejo Nacional para la Mumerel:2, articulo de,Gestión del Riesgo Ley 1523 de 2012.
Renglón suplente delMinisterio de Agricultura Artículo 37, Estatutosy Desarrollo Rural Sociales de la8. Junta Directiva (Renglón IDEMA) en la Corporación de AbastosJunta Directiva de la de Bogotá S.A.-Corporación de Abastos CORABASTOS S.A.de Bogotá S.A.-CORABASTOS S.A.
1.18. EN EL CARGO DE DIRECTORA (OR) DETECNOLÓGICO Y PROTECCIÓN SANITARIA:INNOVACIÓN, DESARROLLO No. | REPRESENTACIÓN ENTIDAD / INSTANCIA MARCO NORMATIVO etalon Articulo 29, EstatutosColombiana de Sociales de la G -1. Junta Directiva Investigacion lales Ce apo”Agropecuaria — Colombiana de InvestigaciónAGROSAVIA Agropecuaria — AGROSAVIA. Órgano pe de | Órganos Colegiados de | Literal a) Artículo 56, LeyaTISHTaGOn Y Administración y 2056 de 2020.2. DecisiónDecisión de Ciencia, Página 13 de 19--900069 No.REPRESENTACIONENTIDAD / INSTANCIAMARCO NORMATIVO Tecnologia eInnovación-OCAD deCTEI ComisiónComisión Intersectorialde Medidas Sanitarias yFitosanitarias -Comisión MSF Artículo 2 y parágrafo 1 delDecreto 2833 de 2006. ComisiónComisión Intersectorialde Salud PúblicaNumeral 1, artículo 3, Decreto859 de 2014. ComisiónComisión TécnicaNacional Intersectorialpara la Salud Ambiental— CONASA Literal a, artículo 2, Decreto2972 de 2010. Comité Comité TécnicoNacional deBioseguridad paraOrganismos VivosModificados - OVM Literal a, artículo 19, Decreto4525 de 2005. ComitéComité Nacional para laGestión de PasivosAmbientalesArtículo 4, Ley 2327 de 2023
ConsejoConsejos AmbientalesRegionales deMacrocuencasCARMAC para lasregiones Caribe,Pacífico, Orinoco.Magdalena y Cauca Numeral 3. Artículo2.2.3.1.3.2, Decreto 1076 de2015. Comisión ySecretaría TécnicaPresidencia —Secretaría TécnicaComisión Intersectorialpara el manejo deBiocombustible Literal a) Artículo 1. Artículo4, Decreto 2328 de 2008. 1,19,EN EL CARGO DE DIRECTORA (OR) DE CAPACIDADES PRODUCTIVAS YGENERACIÓN DE INGRESOS:ENTIDAD / |No. REPRESENTACION INSTANCIA MARCO NORMATIVO Presidente -1, Comision Comision Literal A, Numeral 1, Articulo 8 delIntersectorial del Decreto 684 de 2024.Derecho Humano a Página 14 de 19-- 000069 No.REPRESENTACIÓNENTIDAD /INSTANCIAMARCO NORMATIVOla Alimentación(CIDHA) Junta DirectivaCorporación parael Desarrollo delasMicroempresas -PROPAIS Artículo 28, Estatutos Sociales de laCorporación para el Desarrollo de lasMicroempresas - PROPAIS. Mesa Presidente - MesaTécnica Nacionalde ComprasPúblicas Locales deAlimentos Artículo 2.20.1.3.1, Decreto 248 de2021. Mesa Mesa TécnicaNacional deFamilias delSistema Nacionalde BienestarFamiliar Numeral 3. Artículo 3, Resolución,11736 de 2019 del ICBF. Junta Directiva
Representante 3de 3 - JuntaDirectiva FondoNacional dePanela Artículo 12, Ley 40 de 1990. Junta Directiva DelegadoPrincipalCorporación parael DesarrolloParticipativo ySostenible de losPequeñosProductoresRurales —Corporación PBA Artículo 24, Estatutos de lacorporación para el desarrolloparticipativo y sostenible de lospequeños productores rurales —corporación PBA SubcomitéSubcomité deSostenibilidadEconómicaLiteral a, artículo 2.3.2.5.3.5.,Decreto 1081 de 2015. Consejo Directivo UnidadAdministrativaEspecial deAlimentaciónEscolar -Alimentos paraAprender Numeral 7, Artículo 6, Decreto 218de 2020. ComisiónComisiónIntersectorial de Numeral 3, artículo 3, Decreto 935de 2022. Página 15 de 19--000063 ENTIDAD/No. | REPRESENTACION INSTANCIA MARCO NORMATIVOLog istica yTransporte10. Subcomisión o | Numeral 3, articulo 2.3.4.3.4,Sieomisión le | Decreto 1004 de 2024Formulación dePolítica Públicao para la+ materializacióndel Derecho a laIgualdad
1.20. EN EL CARGO DE DIRECTORA (OR) DE ORDENAMIENTO SOCIAL DE LAPROPIEDAD RURAL Y USO PRODUCTIVO DEL SUELO:No. REPRESENTACIÓN ENTIDAD / INSTANCIA MARCO NORMATIVODelegado suplenteCorperdeiarl para:el Artículo 24, Estatutos de laDesarrollo 0er corporación para el desarrolloParticipativo y O :‘1. ; ; Sostenible de los participativo y sostenible de losJunta Directiva - pequeños productores ruralesPequepos — Corporación PBAProductores Rurales :— Corporación PBAPresidente - Unidad de F2. Consejo Directivo Restitución de Tierras - ARIEUIGID, Des see!l Be2011.URTSistema deCoordinacióninterinstitucional para Numeral 2, artículo 2,3. Comision la Unificación de Resolución 000182 de 2016 del |Información Predial de MADR. |los TerritoriosIndígenasConsejo Directivo del+ Miraréi instituto Geográfico Numeral 3, artículo 6, Decreto+ Consejo DIRSEEYG Agustin Codazzi - 846 de 2021.IGACLoja Comisión Colombiana Numeral 7, artículo 1, Decretoeh omisión del Espacio 0184 de 2023.Comité Estratégico delConsejo deSeguridad Nacionales el Comité Estratégico Numeral 5, artículo 2.6.1.3.1.,. cams de las Zonas Decreto 1081 de 2015.Estratégicas deIntervención Integral(ZEIl) Pagina 16 de 19EREE IS AE E --000063 No.REPRESENTACIÓNENTIDAD / INSTANCIAMARCO NORMATIVOPresidente -a Subcomisión de Numeral 1, artículo 2.3.4.3.4,7. Subcomisión Reforma Agraria Decreto 1004 de 2024Integral y DesarrolloRural
1.21. EN EL CARGO DE DIRECTORA (OR) DE GESTIÓN DE BIENES PÚBLICOSRURALES: No. REPRESENTACIÓN ENTIDAD / INSTANCIA MARCO NORMATIVOo. Presidente Comisión Literal a, artículo 2, Decreto1. Comisión Intersectorial de Vivienda 2243 de 2005de Interés Social Rural .Comité Fiduciario del :2. Comité Fondo Colombia Potencia a o, peiMundial de la Vida .Comisión Intersectorial— para el Aprovechamiento Articulo 4, Decreto 1411 dea. Comision de Activos Públicos 2017.(CAAP)Principal - Central de4. Junta Directiva Abastecimientos del Valle Estatutos Socialesdel Cauca - CAVASA 1.22. EN EL CARGO DE DIRECTORA DE MUJER RURAL: No. REPRESENTACION ENTIDAD / INSTANCIA MARCO NORMATIVO4 Consejo Consejo Nacional de Literal b, articulo 10, Ley 1145, Discapacidad de 2007.Alta Instancia de Génerode Gobierno antesComision Intersectorial Numeral 4, articulo 3, Decreto2. Comisión para la incorporación del 1418 de 2018Enfoque de Género en "la implementación delAcuerdo FinalComisión Intersectorial deCoordinación para la ;3. Comisión Implementación de la Numeral 3, artículo 4, DecretoPolítica Pública Nacionalde Equidad de Género1930 de 2013. Página 17 de 19--900069i
No. REPRESENTACION ENTIDAD / INSTANCIA MARCO NORMATIVOComisión Intersectorial deGarantías para lasMujeres Lideresas y Numeral 3, artículo 2, DecretoDefensoras de los 1314 de 2016.Derechos Humanos - CIGMujeres
4. Comisión Presidente - ComitéInterinstitucional deSeguimiento al Plan deRevisión, Evaluación y Numeral 1, artículo 4, DecretoSeguimiento de los 2145 de 2017. |programas y leyes quefavorecen a las mujeresrurales
5. Comité Comité Interinstitucional del6. Comité Observatorio de Asuntosde Género - OAG Numeral 4.2., articulo 4, Ley1009 de 2006.
Grupos de enlace seciorialie Grupos de enlace del Sistema Nacional deDiscapacidadParagrafo, Articulo 7, Ley1145 de 2007 |
Comisión NacionalIntersectorial para la8. Comisión Coordinación de laCelebración Día de laNiñez y la Recreación Numeral 6, artículo 2, Decreto1621 de 2002. Artículo 2. Insumos técnicos. Las diferentes dependencias deberán proporcionar a losservidores públicos, de manera oportuna y en el ámbito de sus competencias, los insumostécnicos necesarios para el cabal cumplimiento de las funciones delegadas mediante el presenteacto administrativo.Artículo 3. Informe. En el término de un (1) mes, posterior a la delegación efectuada, losservidores públicos delegados deberán presentar un informe ejecutivo de la gestión realizada,con destino a la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.Artículo 4. Indelegabilidad. Las funciones, atribuciones y potestades recibidas en virtud de lasdelegaciones otorgadas por el ministro a los viceministros, directores, jefes de Oficina, asesoresdel Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural previstas en la presente resolución no podrán serdelegadas por estos a otros funcionarios, de conformidad con lo establecido en los artículos 10 y11 de la Ley 489 de 1998.Artículo 5. Revocatoria de la delegación. La Ministra de Agricultura y Desarrollo Rural podrá encualquier tiempo revocar la delegación otorgada mediante la presente resolución, revisar los actosexpedidos por los delegatarios, reasumir la competencia, o reasignarla a otros funcionarios de losniveles directivo o asesor.Artículo 6. Comunicación. Comuníquese la presente resolución a los delegados, a través de laSecretaría General.
Página 18 de 19~-000069Artículo 7. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y derogala Resolución 00009 de 2023 en lo que sea contraria, así como las demás disposiciones que nosean compatibles. Agricultura COMUNÍQUESE Y CÚMPLASEDada en Bogotá, a los 77 MAR. 2025 o Firmado digitalmenteMartha Viviana por Martha VivianaCarvajalino Villegas Carvajalino VillegasMARTHA VIVIANA CARVAJALINO VILLEGASMinistra de Agricultura y Desarrollo Rural Proyectó: Alexander Villamarin — Contratista Oficina Asesora JuridicaC Zein.Heider D. Emart remoRevisó: Heider Danilo Téllez — Contratista — Secretaría General Téllez Rincón a Zin.Jorge Enrique Moncaleano Ospina — Jefe de la Oficina Asesora Juridica PATSAprobó: Andrés Felipe Ocampo Martínez — Secretario General lo) Página 19 de 19