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MINAGRICULTURA - Resolución 000114 de 2025

Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural

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Detalles

Título
MINAGRICULTURA - Resolución 000114 de 2025
Autor
Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2025

ey)Agricultura RESOLUCION NÚMERO 01 14 DE 20251 4 MAYO 2025“Por la cual se incorporan recursos de funcionamiento del Sistema General deRegalías asignados al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural para el bienio2025 - 2026".EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL (E)En ejercicio de las facultades legales especialmente las conferidas en el artículo2.1.1.7.3 del Decreto 1821 de 2020; y;

CONSIDERANDOQue la Ley 2056 de 2020 "Por la cual se regula la organización y el funcionamientodel sistema general de regalías” estableció en el numeral 3 del artículo 5 de la leyque le corresponde a la Comisión Rectora del Sistema General de regalíasSGR,administrar y distribuir mediante acto administrativo, los recursos de funcionamientodel SGR, y establecer las condiciones para su uso, de acuerdo con la apropiaciónrealizada en la ley bienal de presupuesto.Que los artículos 35 y 57 de la ley 2056 de 2020, establecen que el Ministerio cabezade sector en el que se clasifique el proyecto de inversión a financiarse con recursosdel Sistema General de RegalíasSGR, emitirá conceptos de viabilidad a solicitudde las entidades territoriales cuando se estime pertinente y Concepto ÚnicoSectorial a solicitud de los OCAD regional y Paz, como requisito para la aprobaciónde los proyectos.Que el inciso segundo del artículo 141 señala que cada uno de los órganos yentidades que integran el Sistema General, dispondrán de una sección presupuestala través de la cual se incorporarán las apropiaciones para el ejercicio de lasfunciones que estos ejerzan en el marco del SGR.Que el artículo 2.1.1.7.1 del Decreto 1821 de 2020, ordena a las entidadesdiferentes a las territoriales que reciban recursos de funcionamiento del Sistema,disponer en sus presupuestos de un capítulo independiente para manejo de dichosrecursos.

Que el artículo 2.1.1.7.3. del citado Decreto dispone que “(...) Al cierre de cadapresupuesto bienal, cada Órgano o entidad ejecutora diferente a las entidadesterritoriales adelantara el cierre de su Capítulo presupuestal del Sistema General deRegalías y mediante acto administrativo del jefe de la entidad, incorporara, dentrode los diez (10) primeros días de la vigencia inmediatamente siguiente, los saldosno ejecutados que corresponderán a la disponibilidad inicial de dicho presupuesto,asi como los compromisos pendientes de pago. (...)”.Que mediante la Resolución No. 000007 del 09 de enero de 2025, el Ministerio deAgricultura y Desarrollo Rural incorporó a su presupuesto los recursos dedisponibilidad inicial asignados por la Comisión Rectora del Sistema General deRegalías por la suma de OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO MILLONESSETECIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS DIEZ PESOS CONDIECISEIS CENTAVOS M/CTE ($848.739.610,16), resultantes del bienio 2023-2024. Que mediante Resolución No 1442 del 11 de abril de 2025 la ComisiónRectora del Sistema General de Regalías asignó al Ministerio de Agricultura yDesarrollo Rural la suma de MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y UN MILLONESTRECIENTOS SESENTA MIL TRECIENTOS NOVENTA PESOS ($ 1.891.360.390),para el cumplimiento de las funciones relacionadas con el Sistema General deRegalías, para el bienio 2025-2026.Que, de conformidad con el artículo 2.1.1.5.2. del Decreto 1821 de 2020, en elartículo 10 de la citada resolución se establece que “.../as instancias beneficiariasde los recursos de que tratan los artículos 2°, 3°, 4°. 5° y 6° de la presente resolución

Página 1 de 1podrán hacer uso de dichos recursos hasta por el 80% de las apropiacionespresupuestales de los ingresos corrientes asignados.El 20% restante de lasapropiaciones presupuestales de ingresos corrientes asignadas del SGR podrá serutilizado una vez la Comisión Rectora del SGR determine que la proyección derecursos. contenida en el presupuesto, será compatible con el comportamiento delrecaudo en el tercer semestre de la respectiva bienalidad. La Dirección General dePresupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Públicoefectuará. en el Sistema de Presupuesto y Giro de Regalías (SPGR), el respectivobloqueo del 20% de las apropiaciones presupuestales por asignación, beneficiarioy concepto de gasto. Posteriormente, realizará las liberaciones correspondientesprevio concepto de la Comisión Rectora del SGR, de conformidad con lo dispuestoen el artículo 2.1.1.5.2. del Decreto número 1821 de 2020”.Que, de acuerdo con lo señalado anteriormente, resulta necesario incorporar alcapítulo de presupuesto del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural los recursospara el cumplimiento de las funciones relacionadas con el Sistema General deRegalías, señalados en el artículo 5 de la Resolución 1442 del 11 de abril de 2025,expedida por la Comisión Rectora del Sistema General de Regalías,correspondientes a la suma de MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y UN MILLONESTRECIENTOS SESENTA MIL TRECIENTOS NOVENTA PESOS ($ 1.891.360.390).En mérito de lo expuesto,

RESUELVEArtículo 1. Incorporación de los Recursos. Incorporar al capítulo PresupuestalIndependiente de Ingresos del Sistema General de Regalías para el bienio 2025-2026 la suma de MIL OCHOCIENTOS NOVENTAY UN MILLONES TRESCIENTOSSESENTA MIL TRESCIENTOS NOVENTA PESOS M/CTE ($ 1.891.360.390),correspondientes a los recursos asignados al Ministerio de Agricultura y DesarrolloRural para el funcionamiento del Sistema General de Regalías.Artículo 2. Límite para el uso de los recursos del Sistema General de Regalías.El bloqueo preventivo del 20% de que trata el artículo 2.1.1.5.2. de Decreto 1821 de2020, corresponderá a la suma de TRESCIENTOS SETENTAY OCHO MILLONESDOSCIENTOS SETENTA Y DOS MIL SETENTA Y OCHO PESOS M/CTE($378.272.078) y los recursos disponibles para el bienio 2025-2026 correspondienteal 80% de las apropiaciones presupuestales de ingresos corrientes asignadas al MILQUINIENTOS TRECE MILLONES OCHENTAY OCHO MIL TRESCIENTOS DOCEPESOS M/CTE ($1.513.088.312).Artículo 3.Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de suexpedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los Proyectó: Fabiola Amanda Vargas Vargas - Jefe Oficing Asesora de Planeación y ProspectivaMelissa Pastrana Soto — Co ta OAPP 4hRevisó: Gina Marcela 1 Rod — Subdirectora Financiera.Aprobo: Jorge Enrique h 10 - Jefe Oficina Asesora Juridica /4 rio General ad Página 2 de 2

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