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MINAGRICULTURA - Resolución 000134 de 2018

Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural

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Detalles

Título
MINAGRICULTURA - Resolución 000134 de 2018
Autor
Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2018

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL

RESOLUCION NUMERO 000134 15 MR 908 “Por la cual se deroga la Resolución 347 de 2005” EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL y EL SUPERINTENDENTE DE INDUSTRIA Y COMERCIO En ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por el artículo 6 del Decreto 1985 de 2013 y el artículo 1 del Decreto 4886 de 2011, y CONSIDERANDO Que mediante la Resolución 347 de 2005 se creó el Grupo Interinstitucional de Seguimiento Agropecuario, al cual se le asignó, entre otras funciones, la de apoyar a la Superintendencia de Industria y Comercio ena aplicación de las normas sobre promoción de la competencia, prácticas restrictivas de la competencia, integraciones, acuerdos a los que se refiere el parágrafo del artículo 1 de la Ley 155 de 1959, y protección al consumidor en el sector agropecuario. Que la Justificación Técnica expedida por la Oficina Asesora de Planeación y Prospectiva del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural mediante Memorando 20171600120863, documento en virtud del cual se expide la presente resolución, señala: - Desde el año 2005 hasta el año 2016, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) anualmente firmaban un Convenio Interadministrativo para desarrollar actividades de inspección, vigilancia y control en materia agropecuaria. No obstante, la SIC debía efectuar un trámite ante el Departamento Nacional de Planeación -DNPy el Ministerio de Hacienda y Crédito Público,

actividades de inspección, vigilancia y control en materia agropecuaria. No obstante, la SIC debía efectuar un trámite ante el Departamento Nacional de Planeación -DNPy el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, solicitando autorización para incorporar al presupuesto de la SIC los recursos del convenio girados por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, trámite que duraba aproximadamente tres meses, atrasando la ejecución del Plan Operativo del convenio de cada año. — Através de Oficio radicado número 16-166904-1-0 del 23 de junio de 2016, el Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural y el Superintendente de Industria y Comercio solicitaron al Departamento Nacional de Planeación y al Ministerio de Hacienda y Crédito Público que los recursos aportados por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, correspondientes a Gastos de Inversión de la Sección presupuestal 1701, fueran incluidos anualmente en el Presupuesto de Gastos de Inversión de la Sección presupuestal 3503 de la Superintendencia de Industria y Comercio, desde la formulación del proyecto de Presupuesto General de la Nación de cada vigencia. — En la Ley 1815 del 7 de diciembre de 2016 y el Decreto 2170 del 27 de diciembre del mismo año se asignaron directamente recursos delRESOLUCIÓN No. 000134 PÁGINA No. 2 15 Map 1% i Continuación de la Resolución: “Por la cual se deroga la Resolución 347 de 2005” Presupuesto General de la Nación al presupuesto de la Superintendencia de Industria y Comercio dentro de los proyectos de inversión 3503 0200-5

i Continuación de la Resolución: “Por la cual se deroga la Resolución 347 de 2005” Presupuesto General de la Nación al presupuesto de la Superintendencia de Industria y Comercio dentro de los proyectos de inversión 3503 0200-5 y 3503 0200-6, con el propósito de apoyar su gestión desde los primeros meses del año 2017, sin que fuera necesario efectuar una transferencia de recursos por parte del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. - En consideración a que los recursos económicos con los que se ha fortalecido la capacidad institucional de la Superintendencia de Industria y Comercio para desarrollar sus actividades de inspección, vigilancia y control en materia agropecuaria ya hacen parte de su presupuesto, se hace innecesario continuar con la ejecución del Grupo Interinstitucional de Seguimiento Agropecuario creado mediante la Resolución 347 de 2005, en razón a que las funciones a cargo de dicho Grupo de Trabajo son actualmente desempeñadas directamente por la Superintendencia de Industria y Comercio con cargo a los recursos nacionales asignados. En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Derógase la Resolución 347 del 9 de agosto de 2005. Artículo 2. Vigencia. La presente resolución entrará a regir a partir de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE — Dada en Bogotá, D.C.,alos 1 $ Y

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Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural PABLO FELIPE ROBLEDO DEL CASTILLO Superintendente de Industria y Comercio Proyectó: — Oficina Asesora de Plane: y ect A

N GUIL| MO ZULUAGA CARDONA

Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural PABLO FELIPE ROBLEDO DEL CASTILLO Superintendente de Industria y Comercio Proyectó: — Oficina Asesora de Plane: y ect A Revisó: — Oficina Asesora Jurídica 2 2 2 Aprobó: — Secretaría GeneralLiberiad y Orden

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL

RESOLUCIÓN NÚMERO 000134 15 MAR 700 “Por la cual se deroga la Resolución 347 de 2005” EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL y EL SUPERINTENDENTE DE INDUSTRIA Y COMERCIO En ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por el artículo 6 del Decreto 1985 de 2013 y el artículo 1 del Decreto 4886 de 2011, y CONSIDERANDO Que mediante la Resolución 347 de 2005 se creó el Grupo Interinstitucional de Seguimiento Agropecuario, al cual se le asignó, entre otras funciones, la de apoyar a la Superintendencia de Industria y Comercio ena aplicación de las normas sobre promoción de la competencia, prácticas restrictivas de la competencia, integraciones, acuerdos a los que se refiere el parágrafo del artículo 1 de la Ley 155 de 1959, y protección al consumidor en el sector agropecuario. Que la Justificación Técnica expedida por la Oficina Asesora de Planeación y Prospectiva del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural mediante Memorando 20171600120863, documento en virtud del cual se expide la presente resolución, señala: - Desde el año 2005 hasta el año 2016, el Ministerio de Agricultura y

Prospectiva del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural mediante Memorando 20171600120863, documento en virtud del cual se expide la presente resolución, señala: - Desde el año 2005 hasta el año 2016, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) anualmente firmaban un Convenio Interadministrativo para desarrollar actividades de inspección, vigilancia y control en materia agropecuaria. No obstante, la SIC debía efectuar un trámite ante el Departamento Nacional de Planeación -DNPy el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, solicitando autorización para incorporar al presupuesto de la SIC los recursos del convenio girados por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, trámite que duraba aproximadamente tres meses, atrasando la ejecución del Plan Operativo del convenio de cada año. — Através de Oficio radicado número 16-166904-1-0 del 23 de junio de 2016, el Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural y el Superintendente de Industria y Comercio solicitaron al Departamento Nacional de Planeación y al Ministerio de Hacienda y Crédito Público que los recursos aportados por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, correspondientes a Gastos de Inversión de la Sección presupuestal 1701, fueran incluidos anualmente en el Presupuesto de Gastos de Inversión de la Sección presupuestal 3503 de la Superintendencia de Industria y Comercio, desde la formulación del proyecto de Presupuesto General de la Nación de cada vigencia. — En la Ley 1815 del 7 de diciembre de 2016 y el Decreto 2170 del 27 de

de la Superintendencia de Industria y Comercio, desde la formulación del proyecto de Presupuesto General de la Nación de cada vigencia. — En la Ley 1815 del 7 de diciembre de 2016 y el Decreto 2170 del 27 de diciembre del mismo año se asignaron directamente recursos delRESOLUCIÓN No. 000134 PÁGINA No. 2 15 MAR 908

Continuación de la Resolución: “Por la cual se deroga la Resolución 347 de 2005" Presupuesto General de la Nación al presupuesto de la Superintendencia de Industria y Comercio dentro de los proyectos de inversión 3503 0200-5 y 3503 0200-6, con el propósito de apoyar su gestión desde los primeros meses del año 2017, sin que fuera necesario efectuar una transferencia de recursos por parte del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. — En consideración a que los recursos económicos con los que se ha fortalecido la capacidad institucional de la Superintendencia de Industria y Comercio para desarrollar sus actividades de inspección, vigilancia y control en materia agropecuaria ya hacen parte de su presupuesto, se hace innecesario continuar con la ejecución del Grupo Interinstitucional de Seguimiento Agropecuario creado mediante la Resolución 347 de 2005, en razón a que las funciones a cargo de dicho Grupo de Trabajo son actualmente desempeñadas directamente por la Superintendencia de Industria y Comercio con cargo a los recursos nacionales asignados.

En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Derógase la Resolución 347 del 9 de agosto de 2005. Artículo 2. Vigencia. La presente resolución entrará a regir a partir de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE —

RESUELVE Artículo 1. Derógase la Resolución 347 del 9 de agosto de 2005. Artículo 2. Vigencia. La presente resolución entrará a regir a partir de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE —

Dada en Bogotá, D.C., alos “1 5 MAR 909 he

N GUILLERMO ZULUAGA CARDONA

Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural PABLO FELIPE ROBLEDO DEL CASTILLO Superintendente de Industria y Comercio Proyectó: — Oficina Asesora de Planeación y P ma Revisó: — Oficina Asesora Jurídica PE Te Aprobó: — Secretaría General

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