MINAGRICULTURA - Resolución 000138 de 2021
Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural
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Detalles
- Título
- MINAGRICULTURA - Resolución 000138 de 2021
- Autor
- Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2021
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
RESOLUCION NUMERO DE 2021
EEZ000138) “Por la cual se ordena una transferencia de recursos al Fondo Nacional del Café” EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 208 de la Constitución Política, y la Ley 1337 de 2009, y CONSIDERANDO Que el artículo 65 de la Constitución Política señala que la producción de alimentos gozará de especial protección del Estado. Para tal efecto, se otorgará prioridad al desarrollo integral de las actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras, forestales y agroindustriales. Que el 7 de julio de 2016, el Gobierno Nacional suscribió con la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia un Contrato para la administración del Fondo Nacional del Café, cuyo objeto es regular la administración de dicho fondo por parte de la Federación, entidad que tiene la vocación que le reconocen las leyes en su calidad de entidad nacional representativa del gremio caficultor. Que de acuerdo con la Cláusula Vigésima Cuarta, el Contrato de Administración del Fondo Nacional del Café tiene una vigencia de diez (10) años contados a partir de la fecha de su publicación, por lo cual se encuentra vigente hasta el 7 de julio de 2026. Que el Fondo Nacional del Café, es una cuenta de naturaleza parafiscal constituida por recursos públicos cuyo objetivo prioritario es contribuir a estabilizar el ingreso cafetero mediante la reducción de los efectos de la volatilidad del precio internacional, debiendo cumplir el Fondo los objetivos previstos en las normas
constituida por recursos públicos cuyo objetivo prioritario es contribuir a estabilizar el ingreso cafetero mediante la reducción de los efectos de la volatilidad del precio internacional, debiendo cumplir el Fondo los objetivos previstos en las normas legales vigentes, en orden a impulsar y fomentar una caficultura eficiente, sostenible y mundialmente competitiva Que el Comité Nacional de Cafeteros es el órgano de dirección para el manejo del Fondo Nacional del Café, integrado por representantes del Gobierno Nacional y representantes del gremio cafetero, de acuerdo con lo dispuesto en la Cláusula Tercera del Contrato de Administración del Fondo Nacional del Café. Libertd y Orden E —]——9/89 18p
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uoIDENUNUOJRESOLUCIÓN NÚMERO DE 2021 HOJA No. 3
Continuación de la Resolución: “Por la cual se ordena una transferencia de recursos al Fondo Nacional del Café”. la Federación “Nacional de Cafeteros realiza a través de las inspecciones cafeteras ubicadas en los puertos de Buenaventura, Cartagena y Santa Marta el control del café exportado; allí se realizan las pruebas físicas y de aroma y sabor necesarias que el café exportado sea 100% café colombiano y cumpla con las características que pide el mercado mundial. - Al mantener los niveles de calidad en las exportaciones que se verifican con este programa, se le garantiza al comprador que recibirá un producto con las cualidades definidas de calidad del café colombiano. Esto resulta en mayores
con las características que pide el mercado mundial. - Al mantener los niveles de calidad en las exportaciones que se verifican con este programa, se le garantiza al comprador que recibirá un producto con las cualidades definidas de calidad del café colombiano. Esto resulta en mayores niveles de demanda y de primas por calidad que los tostadores reconocen al Café de Colombia. - Por otro lado, mediante las actividades de Publicidad y Desarrollo Marcario se propende por la protección y defensa del portafolio marcario, así como por el posicionamiento del Café de Colombia como el de mejor calidad del mundo según la estrategia de diferenciación de la Federación Nacional de Cafeteros como administradora del Fondo Nacional del Café, lo cual permite mantener la prima de calidad, reflejandose en un mayor ingreso para el caficultor. - Dentro de las actividades dirigidas al Desarrollo Marcario, se realiza soporte legal a la estrategia de protección y promoción del Café de Colombia. Este soporte se fundamenta en la existencia de la indicación geográfica o denominación de origen protegida de Café de Colombia. Que de acuerdo con la justificación técnica de la Dirección de Cadenas Agricolas y Forestales, documento en virtud del cual se expide la presente resolución, se considera necesario garantizar los recursos al programa de Control a las Exportaciones, Publicidad y Desarrollo Marcario, para mantener los niveles de calidad y el buen nombre de nuestro café en el Mundo como cliente internacional. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Transferir en un único desembolso la suma de Nueve Mil Quinientos Ochenta y Cinco Millones de Pesos ($9.585.000.000) Moneda Legal Colombiana, del presupuesto del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural al Fondo Nacional del Café.
Ochenta y Cinco Millones de Pesos ($9.585.000.000) Moneda Legal Colombiana, del presupuesto del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural al Fondo Nacional del Café. Parágrafo 1. El monto del desembolso estará supeditado a las previsiones del Programa Anual Mensualizado de Caja - PAC, de la Gestión General del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. Parágrafo 2. El desembolso de los recursos de que trata el presente Artículo se transferirá a la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia, identificada con NIT No. 860.007.538-2, en su calidad de entidad administradora del Fondo Nacional del Café. Parágrafo 3. Los desembolsos serán efectuados por la Dirección de CréditoRESOLUCIÓN N DE 2021 HOJA No. 4 "RETO 0 138
Continuación de la Resolución: “Por la cual se ordena una transferencia de recursos al
Fondo Nacional del Café”. Público y del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a la Cuenta de Ahorros No. 4794-0002-3178 — Federación Nacional de Cafeteros de Colombia —, como Administradora del Fondo Nacional del Café - transferencia directa MADR, del BANCO DAVIVIENDA, designada por la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia para los efectos. Artículo 2. Seguimiento técnico y financiero. La Dirección de Cadenas Agricolas y Forestales del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, efectuará el control y seguimiento a la ejecución de los recursos de que trata la presente resolución, para lo cual la Federación Nacional de Cafeteros, presentará mensualmente informes de los recursos entregados, con los soportes y/o demás
control y seguimiento a la ejecución de los recursos de que trata la presente resolución, para lo cual la Federación Nacional de Cafeteros, presentará mensualmente informes de los recursos entregados, con los soportes y/o demás solicitudes que se requieran. Del mismo modo, La Dirección de Cadenas Agricolas y Forestales, hará el seguimiento técnico y el control del cumplimiento de las actividades elegibles de gastos definidas por el Comité Nacional de Cafeteros, para lo cual la Federación Nacional de Cafeteros, presentará mensualmente informes de ejecución, a través de los informes de auditoria de la Federación o aquellos adicionales que se requieran. Parágrafo. En lo no regulado en materia de seguimiento en la presente resolución, se seguirá lo señalado en la Resolución No. 355 de 2015, modificada parcialmente por la Resolución No.133 de 2021. Artículo 3. Control y vigilancia de los recursos transferidos. Todos los recursos públicos a que se refiere la presente transferencia, tendrán el control y vigilancia fiscal y administrativa por parte de la Contraloría General de la República y la Procuraduría General de la Nación. Artículo 4. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 27 MAI 071
Dada en Bogotá D.C., alos = 2&/ RODOLFO ZEA NAVARRO Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural Proyectó: Asmed Orozco Quintero - Dirección de Cadenas Agricolas y Forestales Revisó: — Camilo Santos Arevalo - Director de Cadenas nenes restales Qulelcla
Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural Proyectó: Asmed Orozco Quintero - Dirección de Cadenas Agricolas y Forestales Revisó: — Camilo Santos Arevalo - Director de Cadenas nenes restales Qulelcla Miguel Angel Aguiar - Jefe Oficina Asesora Jurídica. — Aprobó: — Juan Gonzalo Botero Botero — Viceministro de Asuntos Agropecuarios e E