MINAGRICULTURA - Resolución 000152 de 2021
Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural
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Detalles
- Título
- MINAGRICULTURA - Resolución 000152 de 2021
- Autor
- Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2021
RESOLUCION No. 0 0 0 1 5 Pl 2021 PÁGINA 2 de 6
Continuación de la Resolución: “Por la cual se establece el programa de apoyo a la comercialización de arroz integral para uso pecuario y otros usos industriales en el año 2021.” Que la ficha EBI — Sistema Unificado de Inversiones y Finanzas públicasSUIFP, en el proyecto de inversión “Fortalecimiento de la Competitividad de las Cadenas Productivas Agropecuarias a Nivel Nacional”, código BPIN: 2018011000233, incluye apoyos a la comercialización para el año 2021, y para su ejecución el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y la Bolsa Mercantil de Colombia suscribieron el Contrato de Prestación de Servicios No. 20210464 de 30 de abril de 2021, cuyo objeto es “Prestar sus servicios como Bolsa Mercantil de Colombia para el desarrollo de las actividades que promuevan el fortalecimiento del sector agropecuario, a través del seguimiento de precios, el apoyo a la producción, la comercialización, el abastecimiento, el almacenamiento de excedentes, incentivos y promoción al consumo de productos agrícolas, forestales, pecuarios, pesqueros y acuícolas, en el marco de la política de agricultura y desarrollo rural”.
Que de acuerdo con el Acta 03 del 04 de junio de 2021 del Comité Administrativo del contrato 20210464 del 2021, se aprobó el programa de comercialización de arroz integral, el cual tiene como finalidad evacuar los inventarios acumulados del año 2020 y se le asignó al programa la suma de VEINTINUEVE MIL MILLONES DE PESOS M/CTE. ($29.000.000.000), para la ejecución del apoyo a la comercialización de arroz integral para el año 2021.
inventarios acumulados del año 2020 y se le asignó al programa la suma de VEINTINUEVE MIL MILLONES DE PESOS M/CTE. ($29.000.000.000), para la ejecución del apoyo a la comercialización de arroz integral para el año 2021. Que la Justificación Técnica expedida por la Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales, remitida mediante memorando 20215200045453 del 4 de junio de 2021, señala entre otros aspectos: e En Colombia, el área arrocera se ha incrementado significativamente en los últimos años; así para el año 2018 el área sembrada fue de 500.924 ha, la cual pasó a 539.552 ha en 2019, y para el año 2020 se alcanzó la cifra récord de 596.415 ha, lo que representó un incremento de 38.628 ha (7,7%) y 56.863 ha (10,5%) respectivamente. e Por causa de la pandemia, la demanda de arroz en los hogares colombianos ha presentado cambios en la frecuencia, hábitos de consumo, canales de compra y cantidades de producto adquiridas, generando distorsiones en la demanda y en las regiones que los proveen. Adicionalmente, es muy importante tener una política de autoabastecimiento y seguridad alimentaria de este cereal, base de la alimentación como es la de tener disponibilidad en las diferentes épocas del año evitando la acumulación de excedentes de producción de difícil comercialización y que se permita la absorción de la cosecha del segundo semestre de 2021 generada según la dinámica de siembras de este cereal. e El cultivo del arroz y su agroindustria son de vital relevancia para la economía colombiana ya que concentra cerca del 8% del área agrícola
generada según la dinámica de siembras de este cereal. e El cultivo del arroz y su agroindustria son de vital relevancia para la economía colombiana ya que concentra cerca del 8% del área agrícola nacional, es el segundo cultivo de ciclo corto en importancia después del maíz. Adicionalmente, en este cultivo participan más de 16.300 productores localizados en 210 municipios del país, cuyos ingresos dependen en un 90% de esta actividad. Por otra parte, el cultivo de arroz genera cerca de 80 mil empleos directos y 320 mil empleos indirectos, con lo que se garantiza el sustento de más de 400 mil familias.RESOLUCION No. DE 2021 PAGINA 3 de 6 000152 ° Continuación de la Resolución: “Por la cual se establece el programa de apoyo a la comercialización de arroz integral para uso pecuario y otros usos industriales en el año 2021.” Históricamente para el trimestre comprendido entre agosto y octubre se presentan los mayores niveles de producción de arroz paddy verde, momento en que se cosecha aproximadamente el 50% de la producción del año, explicado por la salida de la cosecha de las áreas sembradas bajo el sistema de secano que corresponde a los Llanos, Bajo Cauca y las zonas de riego que coinciden con este periodo. Esta situación generó una sobre oferta en el segundo semestre de 2020 donde se obtuvo una producción de 2.258.926 toneladas de paddy verde con un incremento del 14,3% sobre la producción del segundo semestre de 2019 calculada en 1.976.520 toneladas, según la Encuesta Nacional de Arroz Mecanizado — DANEFedearroz. Como consecuencia de lo anterior, se presentó una caida del precio para este periodo y por ello se justifica una política pública para
toneladas, según la Encuesta Nacional de Arroz Mecanizado — DANEFedearroz. Como consecuencia de lo anterior, se presentó una caida del precio para este periodo y por ello se justifica una política pública para aliviar esta situación, que permita estabilizar la oferta y disminuya la volatilidad del precio, así como garantizar la absorción de la cosecha del segundo semestre de 2021. e Las proyecciones de la Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales del balance de inventarios para el mes de junio de 2021 indican que se cerrará el mes con inventarios cercanos a 570.000 toneladas, las cuales son superiores en cerca de 320.000 toneladas al mismo periodo del año 2020, lo que generará problemas para la absorción de la cosecha principalmente de las zonas de secano de los Llanos y Bajo Cauca. e El método tradicional de comercialización de la cosecha por parte de los productores consiste en vender su producción como arroz paddy verde a las pocas horas de cosechado, dado que es un producto perecedero. Posteriormente, ya en poder de la industria molinera se procede a secarlo, limpiarlo y almacenarlo para su posterior trilla, empaquetado y comercialización al consumidor final. En el proceso de trilla se pasa por una fase intermedia de arroz integral previo a obtener el arroz blanco, producto que concentra proteínas y minerales de alto contenido nutricional. Que el sector arrocero atraviesa una situación de altos inventarios (745.427 t de paddy seco a mayo), acompañada de una menor demanda por parte de los hogares, que sumada a las dificultades generadas con ocasión de la protesta social, y en general afectaciones de orden público, han venido afectando la rotación de inventarios y por ende la capacidad futura de la
los hogares, que sumada a las dificultades generadas con ocasión de la protesta social, y en general afectaciones de orden público, han venido afectando la rotación de inventarios y por ende la capacidad futura de la industria para absorber la cosecha de arroz del segundo semestre de 2021. e Que el cultivo del maíz, el segmento utilizado para alimentación animal, así como la industria de harinas, ha importado una cantidad creciente de maíz amarillo, teniendo en cuenta el aumento de la demanda para la producción de proteína animal, lo que ha generado un incremento sostenido en un porcentaje del 7% anual. Para el presente año dichas importaciones han atravesado diferentes circunstancias que han impedido el normal desarrollo de la operación logística. Que, de acuerdo con la información registrada desde la página web de Fenalce y la información aportada por Fedearroz, usada para realizar el comparativo, se observa que el arroz integral procesado en los LlanosRESOLUCION No.)() (15 2 DE2021 PAGINA 4 de 6
Continuación de la Resolución: “Por la cual se establece el programa de apoyo a la comercialización de arroz integral para uso pecuario y otros usos industriales en el año 2021.” Orientales y puesto en Bogotá tiene un costo por tonelada igual $1.721.629, que comparado con el precio promedio de maíz amarillo importado y puesto en Bogotá de $1.418.279, presenta un diferencial de $303.350. Este diferencial impide la realización de transacciones comerciales. La Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales considera oportuno un apoyo económico para poder utilizar el arroz integral como materia prima para la elaboración de alimentos para animales y para otros usos
diferencial impide la realización de transacciones comerciales. La Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales considera oportuno un apoyo económico para poder utilizar el arroz integral como materia prima para la elaboración de alimentos para animales y para otros usos industriales, y lograr con ello la rotación de los inventarios de arroz almacenados, favoreciendo la absorción de la próxima cosecha arrocera y al sector pecuario con la disponibilidad de materia prima a un precio competitivo. Que la dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales estructura el apoyo debido a la necesidad de buscar usos alternativos al consumo humano del arroz que permitan movilizar los inventarios almacenados, y ante las dificultades de abastecimiento de maíz para el uso pecuario y otros usos industriales diferentes al consumo humano, existiendo una oportunidad de beneficio mutuo para estos sectores agroindustriales. Sin embargo, existe un diferencial de precio entre el arroz integral ofertado y el precio del maíz demandado, que impide lograr acuerdos comerciales entre las partes y por tanto surge una necesidad de subsanar en parte este diferencial para con ello movilizar los inventarios de arroz almacenados, y así y garantizar la capacidad de recibo de la cosecha próxima a salir, dándole estabilidad al sector arrocero, evitando una grave crisis sectorial y a su vez suplir una necesidad del sector pecuario y otros usos industriales, de obtener una materia prima nacional en condiciones competitivas. La Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales considera que la no liberación de la capacidad de almacenamiento, en el segundo semestre de 2021, la disponibilidad de arroz paddy verde superará la capacidad máxima del país, lo que implicaría que buena parte de la cosecha no podrá ser
liberación de la capacidad de almacenamiento, en el segundo semestre de 2021, la disponibilidad de arroz paddy verde superará la capacidad máxima del país, lo que implicaría que buena parte de la cosecha no podrá ser adquirida al productor arrocero. Con lo anterior, se logra retirar del mercado los excedentes de producción del pico de cosecha con el objetivo de generar la estabilidad en los ingresos de los productores, normalizar los niveles de la oferta nacional en el periodo y garantizar la sostenibilidad del sector. e La generación de empleo formal y el uso eficiente en las zonas con potencial productivo es otro de los beneficios del apoyo al almacenamiento, es así como se estima que entre 250 y 350 mil toneladas de arroz paddy seco, permitirá garantizar las compras de más de 600 mil toneladas de arroz a precios que permiten al productor su subsistencia. Si bien esas compras representan siembras de más de 120 mil hectáreas estimuladas directamente, indirectamente se estimulan las siembras para todo el país. De esta forma, se estabiliza el ingreso para los más de 16 mil cultivadores de arroz en el país que generan cerca de 80 mil empleos directos y 320RESOLUCION No. 00015 2 DE 2021 PÁGINA 5 de 6
Continuación de la Resolución: “Por la cual se establece el programa de apoyo a la comercialización de arroz integral para uso pecuario y otros usos industriales en el año 2021." mil empleos indirectos, con lo que se garantiza el sustento de más de 400 mil familias. Que, con el propósito de comenzar a sustituir importaciones de maíz amarillo, las cuales para el año 2020 fueron de 5.721.358 toneladas, por
mil familias. Que, con el propósito de comenzar a sustituir importaciones de maíz amarillo, las cuales para el año 2020 fueron de 5.721.358 toneladas, por una fuente de origen nacional como el arroz integral, con un equivalente nutricional y a un costo que no impacte la producción de proteína animal, garantizando con ello la seguridad alimentaria, se hace necesario generar un apoyo económico para la comercialización de arroz integral, en beneficio de los subsectores pecuario y arrocero. Que el sector arrocero tiene gran relevancia en el área agrícola del país con un 8%, en la generación de empleo rural y en la seguridad alimentaria del país, el arroz ha sido un renglón muy importante de la economía nacional. Presente en más de 210 municipios y de las cuales más de cuatrocientas mil familias derivan su sustento. Que el seguimiento a la implementación y ejecución del programa estará a cargo de la Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales y el Viceministerio de Asuntos Agropecuarios, así como la Bolsa Mercantil de Colombia S.A., en el marco del Contrato de Prestación de Servicios No. 20210464, así como del manual establecido en el artículo 2 de la presente resolución. Que en la mencionada Justificación Técnica, documento en virtud del cual se expide la presente resolución, la Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural concluye que como apoyo a la Cadena del Arroz, en el marco de la importancia en el aporte a la producción nacional, se considera pertinente otorgar un apoyo a la comercialización de arroz integral para uso pecuario y otros usos industriales en el año 2021, con el fin de lograr retirar del mercado los excedentes de producción del pico de
nacional, se considera pertinente otorgar un apoyo a la comercialización de arroz integral para uso pecuario y otros usos industriales en el año 2021, con el fin de lograr retirar del mercado los excedentes de producción del pico de cosecha para generar la estabilidad en los ingresos de los productores, normalizar los niveles de la oferta nacional en el período, y garantizar la sostenibilidad del sector. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Objeto. Establecer el programa de apoyo a la Comercialización de Arroz Integral para uso pecuario y otros usos industriales en el año 2021, con el fin de lograr disminuir los inventarios que se presentan a la fecha de arroz almacenado e incrementar la capacidad de absorción de la cosecha del presente año, generando de esta manera la estabilidad en los ingresos de los productores, normalizar los niveles de la oferta nacional en el periodo y garantizar la sostenibilidad del subsector arrocero. Parágrafo. Para efectos de conversión de arroz paddy seco a arroz integral se utilizará 0,78.RESOLUCION No. 00015 2DE 2021 PAGINA 6 de 6
Continuación de la Resolución: “Por la cual se establece el programa de apoyo a la comercialización de arroz integral para uso pecuario y otros usos industriales en el año 2021.” Artículo 2. Manual Operativo. El programa de apoyo establecido en la presente resolución, se reconocerá bajo los lineamientos, términos y condiciones definidas en el Manual Operativo del Apoyo a la Comercialización de Arroz Integral 2021 y sus modificatorios, que será elaborado por la Dirección de Cadenas Agricolas y Forestales y aprobado por el Viceministro de Asuntos
condiciones definidas en el Manual Operativo del Apoyo a la Comercialización de Arroz Integral 2021 y sus modificatorios, que será elaborado por la Dirección de Cadenas Agricolas y Forestales y aprobado por el Viceministro de Asuntos Agropecuarios del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, el cual deberá ser publicado dentro de los tres (3) días siguientes a la fecha de expedición de la presente resolución, en la Página Web del Ministerio (www.minagricultura.gov.co). Artículo 3. Valor Total del Apoyo. El valor total del programa de apoyo a la comercialización de arroz integral para uso pecuario y otro uso industrial en 2021 será hasta por la suma de VEINTINUEVE MIL MILLONES DE PESOS M/CTE. ($29.000.000.000), sujeto a las decisiones presupuestales que para el efecto se expidan. El Valor del apoyo será asignado de conformidad con lo establecido en el Manual Operativo del Apoyo a la Comercialización de Arroz integral 2021. Artículo 4. Recursos del Apoyo. El Programa de comercialización establecido en la presente resolución se cancelará con cargo al proyecto “Fortalecimiento de la Competitividad de las Cadenas Productivas Agropecuarias a Nivel Nacional. Artículo 5. Seguimiento. El seguimiento a la implementación y ejecución del programa de apoyo a la Comercialización de Arroz Integral para uso pecuario y otros usos industriales en el año 2021, estará a cargo de la Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales y el Viceministerio de Asuntos Agropecuarios, asi como la Bolsa Mercantil de Colombia S.A., en el marco del Contrato de Prestación de Servicios No. 20210464, así como del manual establecido en el artículo 2 de la presente resolución.
asi como la Bolsa Mercantil de Colombia S.A., en el marco del Contrato de Prestación de Servicios No. 20210464, así como del manual establecido en el artículo 2 de la presente resolución. Artículo 6. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., alos 11 JUN. 2071 NU =/ — RODOLFO ZEA NAVARRO Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural Proyectó: Wilson Rivera - secretario técnico de la Cadena del Arroz Gladys Adriana Camacho — Abogada Dirección de Cadenas Agricolas y Forestales Revisó: — Camilo Santos - director de Cadenas Agrícolas y Forestales Miguel Angel Aguiar Delgadilo - jefe Oficina Asesora Jurídica Diana Velandia - Asesora Despacho ministro Velondo — Aprobó: — Juan Gonzalo Botero - viceministro de Asuntos Agropecuarios 7