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MINAGRICULTURA - Resolución 000162 de 2016

Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural

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Detalles

Título
MINAGRICULTURA - Resolución 000162 de 2016
Autor
Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2016
  • PEE ca

Lieriad y Orden

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL

RESOLUCIÓN NÚMERO 000162 (13.1 206 ) “Por la cual se adopta el Manual para el Reporte de Información en el mercado de insumos agropecuarios” EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL En ejercicio de sus funciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas por los artículos 60, 61 y 62 de la Ley 81 de 1988, el artículo 2.13.9.2 del Decreto 1071 de 2015, el Decreto 1985 de 2013, y CONSIDERANDO Que de conformidad con los objetivos y funciones legales del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, como política de la entidad se ha mantenido desde el año 2006 un régimen de libertad vigilada de precios: en el mercado de insumos agrícolas, en consideración al impacto que estos productos tienen en el desarrollo de las cadenas productivas. Que en concordancia con lo establecido en el literal a) del artículo 61 de la Ley 81 de 1988 y en el artículo 6 de la Ley 101 de 1993, el Título 9 de la Parte 13 del Libro 2 del Decreto 1071 de 2015, Decreto Unico Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, establece el deber de reportar información para personas naturales y jurídicas que realicen actividades mercantiles en los mercados de fertilizantes, plaguicidas, medicamentos veterinarios y productos biológicos de uso pecuario. Que el artículo 2.13.9.2 del Decreto. 1071 de 2015 dispone que mediante acto

actividades mercantiles en los mercados de fertilizantes, plaguicidas, medicamentos veterinarios y productos biológicos de uso pecuario. Que el artículo 2.13.9.2 del Decreto. 1071 de 2015 dispone que mediante acto administrativo el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural adoptará el Manual para el Reporte de Información, estableciendo los formatos e instrucciones correspondientes para efectos de que las personas naturales o jurídicas contempladas dentro del ámbito de aplicación de esta norma cumplan con el deber de reporte allí dispuesto. Que mediante Memorando 20165200047883 del 23 de mayo de 2016, la Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales solicita y justifica la expedición del acto administrativo que adopte dicho Manual.RESOLUCIÓNNo. 000162 3 Ji 20% Página 2 de 2 “Por la cual se adopta el Manual de Reporte de Información para el régimen de libertad vigilada de precios en el mercado de insumos agropecuarios” Que en mérito de lo expuesto, - RESUELVE Artículo 1. Objeto. Adóptase el Manual para el Reporte de Información en el Mercado de Insumos Agropecuarios preparado por las Direcciones de Cadenas Agrícolas y Forestales, y de Cadenas Pecuarias, Pesqueras y Acuícolas, instructivo orientador para las personas naturales o jurídicas que tienen el deber de reporte de información establecido en el Título 9 de la Parte 13 del Libro 2 del Decreto 1071 de 2015. El Manual adoptado se adjunta a la presente resolución. Artículo 2. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

del Decreto 1071 de 2015. El Manual adoptado se adjunta a la presente resolución. Artículo 2. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C.,alos $% JI 2018 = /;/

, AURELIO IRAGORRI VALENCIA

Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural Proyect: Ricardo Guerrero [R & A C N REWS&M Dirección de Cadenas Agricolas y —— Dirección de Cadenas Pecuarias, Pesqueras icolas y DA Oficina Asesora Jurídica ae B // i Secretaria General

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