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MINAGRICULTURA - Resolución 000165 de 2021

Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural

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Detalles

Título
MINAGRICULTURA - Resolución 000165 de 2021
Autor
Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2021

Libertad y Orden MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2021 “Por la cual se establece el programa de apoyo a la comercialización de arroz paddy verde en el departamento de Norte de Santander en el transcurso del año 2021”

EL VICEMINISTRO DE ASUNTOS AGROPECUARIOS ENCARGADO DE

LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DEL MINISTRO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL En ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por el artículo 7 de la Ley 101 de 1993, y los numerales 12 y 15 del artículo 3 del Decreto 1985 de 2013, el Decreto 664 de 2021, y CONSIDERANDO Que los artículos 64 y 65 de la Constitución Política establecen entre los deberes del Estado el de promover la comercialización de productos con el fin de mejorar el ingreso y calidad de vida de los campesinos, así como el de proteger de manera especial la producción de alimentos, para lo cual otorgará prioridad al desarrollo integral de las actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras, forestales y agroindustriales. Que el artículo 7 de la Ley 101 de 1993 señala que cuando circunstancias ligadas a la protección de los recursos naturales orientados a la producción agropecuaria, a la protección del ingreso rural y al mantenimiento de la paz social en el agro así lo ameriten, el Gobierno podrá otorgar en forma selectiva y temporal incentivos y apoyos directos a los productores agropecuarios, en relación directa con el área productiva o a sus volúmenes de producción. Que los numerales 12 y 15 del artículo 3 del Decreto 1985 de 2013 establecen

temporal incentivos y apoyos directos a los productores agropecuarios, en relación directa con el área productiva o a sus volúmenes de producción. Que los numerales 12 y 15 del artículo 3 del Decreto 1985 de 2013 establecen entre las funciones del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural las de velar por la efectividad y cumplimiento de los fines que para el Sector consagran los artículos 64 a 66 de la Constitución Política, con sujeción a las normas contenidas en las leyes que los desarrollan; y diseñar, implementar y promocionar instrumentos, incentivos y estímulos para la producción y comercialización agropecuaria. Que la puesta en marcha del programa de apoyo a la comercialización de arroz paddy verde en el Departamento de Norte de Santander en el año 2021 se fundamenta en el proyecto “Fortalecimiento de la Competitividad de las Cadenas Productivas Agropecuarias a Nivel Nacional”, a través del cual el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural puede implementar programas de apoyo y compensaciones que beneficien a los productores del sector que presentanRESOLUCION No. DE 2021 PÁGINA 2de 4

Continuación de la Resolución: “Por la cual se establece el programa de apoyo a la comercialización de arroz paddy verde en el departamento de Norte de Santander en el transcurso del año 2021” dificultades en la comercialización, mediante programas o instrumentos que promuevan la modernización y el adecuado funcionamiento de los mercados.

Que la ficha EBI — Sistema Unificado de Inversiones y Finanzas públicas -SUIFP, en el proyecto de inversión “Fortalecimiento de la Competitividad de las Cadenas Productivas Agropecuarias a Nivel Nacional", código BPIN: 2018011000233,

Que la ficha EBI — Sistema Unificado de Inversiones y Finanzas públicas -SUIFP, en el proyecto de inversión “Fortalecimiento de la Competitividad de las Cadenas Productivas Agropecuarias a Nivel Nacional", código BPIN: 2018011000233, incluye apoyos a la comercialización para el año 2021, y para su ejecución el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y la Bolsa Mercantil de Colombia suscribieron el Contrato de Prestación de Servicios No. 20210464 de 30 de abril de 2021, cuyo objeto es “Prestar sus servicios como Bolsa Mercantil de Colombia para el desarrollo de las actividades que promuevan el fortalecimiento del sector agropecuario, a través del seguimiento de precios, el apoyo a la producción, la comercialización, el abastecimiento, el almacenamiento de excedentes, incentivos y promoción al consumo de productos agrícolas, forestales, pecuarios, pesqueros y acuícolas, en el marco de la política de agricultura y desarrollo rural”. Que de acuerdo con el Acta 02 del 02 de junio de 2021 del Comité Administrativo del citado contrato, se asignó la suma de CINCO MIL QUINIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE. ($5.500.000.000), para la ejecución del apoyo a la comercialización de arroz paddy verde en el Departamento de Norte de Santander en el año 2021. Que, mediante Justificación Técnica, remitida mediante memorando 20215200050423, expedida por la Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales, señala entre otros aspectos: Que, el sector arrocero tiene gran relevancia en el área agrícola del país con un 8%, en la generación de empleo rural y en la seguridad alimentaria

señala entre otros aspectos: Que, el sector arrocero tiene gran relevancia en el área agrícola del país con un 8%, en la generación de empleo rural y en la seguridad alimentaria del país, el arroz ha sido un renglón muy importante de la economía nacional. Presente en más de 210 municipios y de las cuales más de cuatrocientas mil familias derivan su sustento. e Que, los productores de Norte de Santander se han visto afectados drásticamente por la baja de los precios de compra del arroz paddy verde a partir del mes de enero del 2021 cuando se inició un descenso paulatino del precio hasta la fecha. Que, en materia de riego para el cultivo de arroz en el Departamento de Norte de Santander la disponibilidad de agua tanto para el consumo humano como para el cultivo de arroz proviene en su mayoría del distrito de riego del río Zulia, el cual es distribuido a través de la infraestructura de canales de riego por toda la zona, con unos costos más altos, comparado con sistemas alternos de producción de secano más económicos utilizados en otras regiones. Que, los costos de producción de arroz paddy verde en el departamento de Norte de Santander ha presentado un incremento marcado a partir del año 2020 cuando fueron estimados por Fedearroz en $6,045,201/ha en comparación con $5,325,423/ha para el 2018, lo que representa un incremento del 13%. Esta cifra del 2020 al expresarla en términos de costo. E paña RESOLUCIÓN No. DE 2021 PAGINA 3de 4

Continuación de la Resolución: “Porla cual se establece el programa de apoyo a la comercialización de arroz paddy verde en el departamento de Norte de Santander en el transcurso del año 2021"

Continuación de la Resolución: “Porla cual se establece el programa de apoyo a la comercialización de arroz paddy verde en el departamento de Norte de Santander en el transcurso del año 2021" por tonelada de arroz paddy verde equivale a $1.286.212/ (para una producción media de 4,7 t/ha), que, al ser comparada con el precio promedio de compra para los meses de enero a abril por la industria para este año, en $960.000/t, genera una pérdida de $326.212/t equivalente a un margen negativo de -26,3%. Que, el comportamiento mensual del precio del arroz paddy verde en Cúcuta ha decrecido paulatinamente comparado con el promedio de 2020 cuando se calculó en $1.361545/t, en contraste con $963.925/t correspondiente al promedio de enero a abril de 2021 es decir, reflejó una caída de $397 .620/t equivalente al 29%.

Que, en la mencionada Justificación Técnica, documento en virtud del cual se expide la presente resolución, la Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural concluye que, como apoyo a la Cadena del Arroz, dada su importancia en el aporte a la producción y comercialización nacional del arroz paddy verde, en atención a las particularidades mencionadas respecto de la crisis en la comercialización en la que se encuentran los productores arroceros del departamento de Norte de Santander, y para proteger los ingresos de los productores y el mantenimiento de la paz social de esta zona productora de arroz, se considera necesario implementar un apoyo a la comercialización de arroz paddy verde para el Departamento de Norte de Santander para el año 2021, en las categorías y condiciones que se establecen en la presente documento.

de la paz social de esta zona productora de arroz, se considera necesario implementar un apoyo a la comercialización de arroz paddy verde para el Departamento de Norte de Santander para el año 2021, en las categorías y condiciones que se establecen en la presente documento. Que mediante Decreto 664 de 2021, el presidente de la república encargó desde el 23 de junio de 2021, de las funciones del despacho del Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, al Viceministro de Asuntos Agropecuarios, doctor Juan Gonzalo Botero Botero. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Objeto. Establecer el programa de apoyo a la comercialización de arroz paddy verde en el departamento de Norte de Santander en el transcurso del año 2021, con el fin de mitigar los efectos negativos sobre los ingresos de los pequeños productores de arroz paddy verde debido a la caída del precio de comercialización del producto. Artículo 2. Instructivo técnico y/o Manual Operativo. El programa de apoyo a la comercialización de arroz paddy verde en el departamento de Norte de Santander en el transcurso del año 2021 de que trata el artículo anterior, se implementará y ejecutará bajo los lineamientos, términos y condiciones que defina el instructivo técnico y/o el Manual Operativo y sus modificatorios, que para el efecto elabore la Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales y apruebe el Viceministro de Asuntos Agropecuarios, el cual deberá ser publicado dentro de los tres (3) días siguientes a la fecha de expedición de la presente resolución, en la Página Web del Ministerio (www.minagricultura.gov.co).RESOLUCIÓN No. - DE 2021 PÁGINA 4de 4

de los tres (3) días siguientes a la fecha de expedición de la presente resolución, en la Página Web del Ministerio (www.minagricultura.gov.co).RESOLUCIÓN No. - DE 2021 PÁGINA 4de 4

Continuación de la Resolución: “Por /a cual se establece el programa de apoyo a la comercialización de arroz paddy verde en el departamento de Norte de Santander en el transcurso del año 2021" Artículo 3. Valor del programa de Apoyo. De acuerdo con la justificación técnica, el valor máximo del programa de apoyo a la comercialización de arroz paddy verde en el departamento de Norte de Santander en el transcurso del año 2021, será hasta por CINCO MIL QUINIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE. ($5.500.000.000), sujeto a las decisiones presupuestales que para el efecto se expidan.

Artículo 4. Recursos del programa. El programa de apoyo a la comercialización de arroz paddy verde en el departamento de Norte de Santander en el transcurso del año 2021, establecido en la presente resolución, se ejecutará con cargo al proyecto “Fortalecimiento de la Competitividad de las Cadenas Productivas Agropecuarias a Nivel Nacional”, en concordancia con el contrato No. 20210464. Artículo 5. Período del apoyo. El programa de apoyo establecido en la presente resolución se otorgará entre la fecha de publicación del Manual Operativo del programa de apoyo a la Comercialización de arroz paddy verde en el departamento de Norte de Santander en el transcurso del año 2021 y hasta el 30 de septiembre de 2021, o hasta la fecha de agotamiento de los recursos dispuestos parala ejecución del programa, lo que ocurra primero. Artículo 6. Seguimiento. El seguimiento a la implementación y ejecución del

30 de septiembre de 2021, o hasta la fecha de agotamiento de los recursos dispuestos parala ejecución del programa, lo que ocurra primero. Artículo 6. Seguimiento. El seguimiento a la implementación y ejecución del programa de apoyo a la comercialización de arroz paddy verde en el departamento de Norte de Santander en el transcurso del año 2021, estará a cargo de la Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales y el Viceministerio de Asuntos Agropecuarios, así como de la Bolsa Mercantil de Colombia S.A., en el marco del Contrato de Prestación de Servicios No. 20210464 y el instructivo técnico y/o el Manual Operativo señalado en el artículo 2 de la presente resolución. Artículo 7. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los 24 JUN. 2071

Proyectó: Wilson Rivera — secretario téoflico de la Cadena del Arroz “ Gladys Adriana Camacho — Abogada Dirección de Cadenas Agricolas y Forestales Revisó: — Camilo Santos - Director de Cadenas Agricolas y Forestales | Miguel Angel Aguiar Delgadillo - Oficina Asesora Jurídica

Aprobó: Juan Gonzalo Botero - Viceministro de Asuntos Agropecuarios

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