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MINAGRICULTURA - Resolución 000182 de 2025

Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural

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Detalles

Título
MINAGRICULTURA - Resolución 000182 de 2025
Autor
Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2025

-- 000RESOLUCIÓN NÚMERO 82 DE 20251] JUN. 2023 a"Por la cual se sustituyen los capítulos | y Il de la Resolución 198 del 30 deabril de 2018 y se dictan otras disposiciones”LA MINISTRA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURALEn ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 208 de la ConstituciónPolítica, el artículo 59 de la Ley 489 de 1998 y el artículo 2.2.22.3.4 del Decreto1083 de 2015CONSIDERANDOQue el Decreto 1985 de 2013 en su artículo 1 dispone que el SectorAgropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural está integrado por el Ministerio deAgricultura y Desarrollo Rural y sus entidades adscritas y vinculadas.Que el Decreto 1083 de 2015, “Por medio del cual se expide el Decreto ÚnicoReglamentario del Sector Función Pública”, en su artículo 2.2.22.3.1. adopta elModelo Integrado de Planeación y Gestión — MIPG.Que en el artículo 2.2.22.3.4. del decreto citado se define el ámbito de aplicacióndel MIPG, señalando que “se adoptará por los organismos y entidades de losórdenes nacional y territorial de la Rama Ejecutiva del Poder Público”Que en el artículo 2.2.22.3.6 ibidem se establece que “Los Comités Sectorialesde Desarrollo Administrativos de que trataba la Ley 489 de 1998, sedenominarán Comités Sectoriales de Gestión y Desempeño. Estarán integradospor el ministro

o director de departamento administrativo, quien lo presidirá, ypor los directores, gerentes o presidentes de las entidades y organismosadscritos o vinculados al respectivo sector...”, y se definen sus funciones.Que el artículo 2.2.22.3.8 de la pluricitada norma señala que “En cada una delas entidades se integrará un Comité Institucional de Gestión y Desempeñoencargado de orientar la implementación y operación del Modelo Integrado dePlaneación y Gestión (MIPG), el cual sustituirá los demás comités que tenganrelación con el Modelo y que no sean obligatorios por mandato legal. En el nivelcentral de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional, el Comité será liderado por elviceministro o subdirector de departamento administrativo o secretariosgenerales...”.Que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural mediante Resolución No. 198del 30 de abril de 2018, adoptó el Modelo Integrado de Planeación y Gestión-MIPG y conformó los Comités Institucional y Sectorial de Gestión y Desempeñodel Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.Que posterior a la expedición de la Resolución 198 de 2018 del Ministerio deAgricultura y Desarrollo Rural, por mandato legal se han presentado cambiosentre las entidades que conforman el Sector Agropecuario Pesquero y DesarrolloRural, se han instituido nuevas políticas que hacen parte del MIPG que no fueroncontempladas en la resolución en cita y se han presentado dificultadesoperativas en cuanto a la convocatoria, asistencia y funcionamiento del Comitéque dan cuenta de la necesidad de expedir el presente acto administrativo conel fin de darle mayor operatividadEn mérito de lo expuesto,

Página 1 de 7"000102 RESUELVEArtículo 1. Objeto. Sustituir los capítulos | y ll de la Resolución 198 de 2018, loscuales quedarán así: “CAPÍTULO |ASPECTOS GENERALES DEL MODELO INTEGRADO DEPLANEACIÓN Y GESTIÓN MIPGArtículo 1. Adopción del Modelo Integrado de Planeación y GestiónMIPG. El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural adopta la versiónactualizada del Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG, comomarco de referencia para dirigir, planear, ejecutar, hacer seguimiento,evaluar y controlar la gestión de las entidades y organismos públicos, conel fin de generar resultados que atiendan los planes de desarrollo yresuelvan las necesidades y problemas de los ciudadanos, con integridady calidad en el servicio.Artículo 2. Políticas De Gestión Y Desempeño. Para la implementaciónde las políticas que forman parte de las dimensiones operativas del ModeloIntegrado de Planeación y Gestión se designan líderes temáticos en lasdependencias del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural como cabezade sector, quienes serán los responsables de orientar y promover eldesarrollo de las acciones definidas para la correcta ejecución de lasacciones planeadas, así:

POLÍTICA DE GESTION Y LIDER TEMÁTICODESEMPEÑO1. Gestión estratégica | Grupode Talento Humanodel talento humano2. Integridad Grupo de Talento Humano3. Planeación Oficina Asesora de Planeación yInstitucional Prospectiva4. Gestión presupuestal | Subdirección Financieray eficiencia del gasto | Oficina Asesora de Planeación ypúblico Prospectiva5. Compras y | Grupo de ContrataciónContratación Pública6. Fortalecimiento Oficina Asesora de Planeación yorganizacional y | Prospectiva, Secretaría Generalsimplificación de | Grupo SIGprocesos7. Gobierno digital Oficina de Tecnologia de laInformación y la Comunicación8. Seguridad digital Oficina de Tecnologia de laInformación y la Comunicación9. Defensa jurídica Oficina Jurídica10. Mejora normativa Oficina Jurídica11.Servicio al Ciudadano | Secretaría General (Grupo Atención alciudadano)12.Racionalización de | Secretaría General (Grupo Atención alTrámites Ciudadano)13.Participación Oficina Asesora de Planeación yciudadana en la|ProspectivaSecretaria Generalgestión pública (Grupos Atención al ciudadano, SIG)-Oficina de Tecnologia de (laInformación y la Comunicación -Grupo Prensa y Comunicaciones Página 2 de 7"000157

14. Transparencia, Oficina Asesora de Planeación yacceso a la | ProspectivaSecretaria Generalinformación publica y | (Grupos Atención al ciudadano, SIG)-lucha contra la | Oficina de Tecnología de lacorrupción Información y la Comunicación -Grupo Prensa y Comunicaciones15. Seguimiento y | Oficina Asesora de Planeación yevaluación del | Prospectivadesempeño Oficina de Tecnologia de lainstitucional Información y la Comunicación16. Gestión documental | Subdirección Administrativa (GrupoGestión Documental)

17. Gestión de la | Oficina Asesora de Planeación yInformación ProspectivaEstadística18. Gestión del | Oficina de Tecnologia de laConocimiento y la | Información y la ComunicaciónInnovación Oficina Asesora de Planeación yProspectiva19.Control Interno Oficina de Control Interno

Parágrafo 1. Las políticas que sean incorporadas con posterioridad a laexpedición de la presente resolución,se entenderán incluidas sin que seanecesario expedir un acto administrativo para ello. La Oficina Asesora dePlaneación y Prospectiva del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Ruralcomunicará la designación del líder correspondiente a través dememorando.CAPÍTULO IICOMITÉ SECTORIAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO DEL SECTORAGROPECUARIO, PESQUERO Y DE DESARROLLO RURALArtículo 3. Naturaleza y Conformación del Comité Sectorial de Gestióny Desempeño. El Comité Sectorial de Gestión y Desempeño del SectorAdministrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, es un órganode dirección y articulación sectorial para la correcta implementación,operación, desarrollo, seguimiento y evaluación del Modelo Integrado dePlaneación y Gestión — MIPG entre sus miembros, y estará integrado por:El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural quien lo presidirá.El Viceministro de Asuntos Agropecuarios.El Viceministro de Desarrollo Rural.El Gerente General del Instituto Colombiano Agropecuario —ICA oquien haga sus veces.El Director de la Unidad Administrativa Especial de gestión deRestitución de Tierras de Tierras Despojadas-URT, o quien haga susveces.El Presidente de la Agencia de Desarrollo Rural -ADR, o quien haga susvecesEl Director General de la Agencia Nacional de Tierras-ANT, o quienhaga sus veces.El Director General de la Unidad Administrativa Especial AutoridadNacional de Acuicultura y Pesca —AUNAP, o quien haga sus veces.El Director General de la Unidad de Planificación de Tierras Rurales,Adecuación de Tierras y Usos AgropecuariosUPRA, o quien haga susveces. Página 3 de 7080197

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10. El Director de la Corporación Colombiana de InvestigaciónAgropecuaria -AGROSAVIA.11. El Jefe de la Oficina Asesora de Planeación y Prospectiva del Ministeriode Agricultura y Desarrollo Rural, quien actuará como SecretarioTécnico.Parágrafo 1. Podrán ser invitados de carácter permanente u ocasional losrepresentantes legales de las entidades vinculadas al Sector AdministrativoAgropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural cuya participación seconsidere procedente de conformidad con los temas a tratar. De la mismamanera, podrán ser invitados a las sesiones de comité los servidorespúblicos, colaboradores y particulares cuya condición jerárquica, funcional oconocimiento técnico, se considere procedente de conformidad con los temasa tratar.

Estas personas tendrán derecho a voz, pero sin voto. La citación a estosservidores y/o personas las efectuará la Secretaría Técnica a través de laconvocatoria a la sesión.Parágrafo 2. De conformidad con lo señalado en el artículo 9 de la Ley 489de 1998, los miembros del Comité de Gestión y Desempeño podrán delegarsu participación en funcionarios de nivel directivo y/o asesor vinculados a laentidad respectiva.Artículo 4. Funciones del Comité Sectorial de Gestión y Desempeño. ElComité Sectorial de Gestión y Desempeño del sector Agropecuario,Pesquero y de Desarrollo Rural, tendrá las siguientes funciones:1. Dirigir y orientar la planeación estratégica del Sector AdministrativoAgropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural;2. Dirigir y articular a las entidades del Sector AdministrativoAgropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural en la implementación,desarrollo y evaluación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión-MIPG;3. Hacer seguimiento a la gestión y desempeño del Sector AdministrativoAgropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, y proponer estrategiaspara el logro de los resultados previstos.4. Hacer seguimiento a las acciones y estrategias sectoriales adoptadaspara la operación y evaluación del Modelo integrado de Planeación yGestión, por lo menos una vez cada semestre y proponer loscorrectivos necesarios.5. Dirigir y articular a las entidades del Sector AdministrativoAgropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural en la operación de lasPolíticas de Gestión y Desempeño, y de las directrices impartidas

porla Presidencia de la República y el Ministerio de Tecnologías deInformación y las comunicaciones en materia de Gobierno y SeguridadDigital.6. Presentar propuestas para la adopción y el fortalecimiento de laspolíticas de gestión y desempeño institucional en las entidades delsector.7. Hacer seguimiento a la ejecución de las políticas de gestión ydesempeño institucional en el sector, promoviendo la implementaciónarticulada entre entidades.8. Estudiar y aprobar las iniciativas presentadas por los comitésinstitucionales de gestión y desempeño que contribuyan almejoramiento en la implementación y operación del Modelo Integradode Planeación y Gestión — MIPG.9. Generar espacios que permitan a sus participantes el estudio y análisisde temas relacionados con políticas de gestión y desempeño, buenas

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prácticas, herramientas, metodologías u otros temas de interés parafortalecer la gestión y el desempeño institucional y así lograr eladecuado desarrollo de sus funciones.10. Requerir informes a los comités institucionales de gestión ydesempeño sobre la gestión y desempeño de la entidad.11. Las demás que tengan relación directa con la implementación,operación, desarrollo y evaluación del Modelo Integrado de Planeacióny Gestión-MIPG, en el Sector Administrativo Agropecuario, Pesqueroy de Desarrollo Rural.Artículo 5: Sesiones del Comité Sectorial de Gestión y Desempeño delSector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural. El Comité Sectorialde Gestión y Desempeño se reunirá en sesión ordinaria por lo menos una (1)vez cada semestre; y de manera extraordinaria cuando alguno de susmiembros presente la solicitud ante la Secretaría Técnica.Se podrá celebrar sesiones virtuales o presenciales, en las cuales se podrádeliberar y decidir por medio de comunicación simultánea, sucesiva oOasincrónica, mediante la utilización de las herramientas tecnológicas.La Secretaría Técnica realizará la convocatoria por medio físico o electrónico,con un mínimo de tres (3) días hábiles de antelación a la fecha programada.Las actas de las sesiones del Comité presencial o virtual serán firmadas porel presidente y el Secretario Técnico del Comité.Artículo 6. Trámite de las sesiones virtuales. El Comité Sectorial deGestión y Desempeño podrá adelantar sesiones virtuales sincrónicas oasincrónicas para efectos de atender los temas o asuntos que pongan aconsideración sus integrantes,

siempre a través de los medios tecnológicoscon que disponga el Ministerio y garanticen la comunicación de losintegrantes del Comité. Para realizar estas sesiones, se desarrollarán de lassiguientes acciones:1. LaSecretaría Técnica deberá especificar en el texto de la convocatoriala fecha y hora de la sesión, el orden del día, las instrucciones de lasesión virtual, la forma de intervención y el término para proponerobservaciones y para manifestar la aprobación o no de cada uno delos temasa tratar.2. Cada uno de los miembros deberá manifestar, de manera clara yexpresa, su posición frente al asunto sometido a consideración yremitir a la Secretaría Técnica y a los demás miembros del Comité sudecisión. En el caso de las reuniones asincrónicas la manifestación dela posición frente a un tema o el voto se podrán realizar por correoelectrónico y siempre dentro de las 24 horas siguientes a la finalizaciónde la sesión virtual. Vencido este término sin que el miembro delComité manifieste su decisión, se entenderá que no tiene objecionesy que acepta las decisiones de la mayoría en cada tema discutido ovotado.3. Si se presentan observaciones o comentarios por los miembros delComité durante la sesión asincrónica, se harán los ajustes sugeridos,si en criterio del área técnica o entidad responsable del tema,proceden. En caso de que proceda la observación, la SecretaríaTécnica enviará nuevamente el proyecto a todos los integrantes conlos ajustes, para que sean aprobados por los miembros del Comité.4. Durante las sesiones asincrónicas, una vez adoptadas las decisionespertinentes, la Secretaría Técnica elaborará el acta respectiva. Losmiembros del Comité dentro de las 24 horas siguientes al envío delacta remitirán sus observaciones, si a ello hubiere lugar. Si no se

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presentan observaciones se entenderá que están de acuerdo con elcontenido de la misma.Parágrafo. En el evento de que el Ministro deba ausentarse o no puedaasistir a las sesiones convocadas, estas serán presididas por el Viceministroque delegue el Ministro, de lo cual se dejará constancia en la respectiva acta.Artículo 7. Quorum deliberatorio y adopción de decisiones. —El Comitédeliberará y decidirá con la mitad más uno de sus integrantes con voz y convoto. En caso de empate en la votación, el presidente del Comité toma ladecisión.Parágrafo. La Secretaría Técnica dejará constancia de las decisiones quetome el Comité en el acta de la sesión correspondiente.Artículo 8. Secretaría Técnica. El Comité Sectorial de Gestión yDesempeño del Sector Agropecuario Pesquero y de Desarrollo Rural, tendráuna Secretaría Técnica, que será ejercida por el Jefe de la Oficina Asesorade Planeación y Prospectiva del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.Artículo 9 Funciones de la Secretaría Técnica. Son funciones de laSecretaría Técnica del Comité Sectorial de Gestión y Desempeño del SectorAgropecuario; Pesquero y de Desarrollo Rural, las siguientes:1. Citar con la debida antelación a los miembros e invitados a lassesiones del Comité Sectorial de Gestión y Desempeño, indicandohora, día, modalidad y lugar de la sesión;2. Programar la agenda de cada sesión del Comité Sectorial de Gestióny Desempeño, solicitando previamente a las entidades adscritas y/oentidades vinculadas la información a presentar, y remitirla

a cadauno de los integrantes del Comité Institucional de Gestión yDesempeño.3. Verificar el quórum al inicio de cada sesión.4. Fijar y hacer seguimiento al orden del día propuesto por losintegrantes del Comité Sectorial de Gestión y Desempeño.5. Elaborar las actas de cada sesión del Comité Sectorial de Gestión yDesempeño para la aprobación de los miembros del mismo6. Custodiar y conservar las actas de las sesiones y los documentosemitidos o que hacen parte de la misma.7. Servir de enlace con las demás entidades integrantes del Comité;8. Divulgar los resultados de las sesiones del Comité Sectorial deGestión y Desempeño.9. Hacer seguimiento y verificación al cumplimiento de las decisiones ycompromisos adquiridos por los integrantes del Comité.Parágrafo. Las Actas de las sesiones deben estar suscritas por el presidentey el Secretario Técnico del Comité. Como soporte se anexará la lista deasistentes.”Artículo 10. Responsabilidades de los integrantes del Comité Sectorialde Gestión y Desempeño. Los integrantes del Comité Sectorial de Gestióny Desempeño del Sector Agropecuario; Pesquero y de Desarrollo Rural,tendrán las siguientes obligaciones:1. Asistir a las reuniones que sean convocadas y aprobar las actas delas sesiones del Comité2. Velar por el cumplimiento de los compromisos y decisionesadoptadas en las sesiones el comité.

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3. Presentar propuestas para el fortalecimiento de las políticas degestión y desempeño institucional en el sector.4. Las demás funciones establecidas a cargo el comité o que establezcala ley”.

Artículo 2. Vigencia y derogatorias. La presente resolución rige a partir de la fechade su publicación, y sustituye los capítulos | y ll de la Resolución 00198 del 30 deabril de 2018.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASEo 27 in 2025

MARTHA VIVIANA CARVAJALINO VILLEGASMinistra de Agricultura y Desarrollo Rural Proyecto: Gina Marcela Alba DíazContratista Oficina de Planeación y Prospectiva Gl,Carlos Fabián MenesesContratista Oficina de Planeación y Prospectiva. '-;%” HECTOR FELIPERevisó: Héctor Felipe Pisso CastilloContratista Oficina Asesora Jurídica rssocismIngry Melissa Pastrana Soto— Contratista Oficina Asesora de Planeación y Prospectiva A,Aprobó: Fabiola Amanda Vargas Vargas — Jefe Oficina Asesora de Planeaciór A Nog \|Jorge Enrique Moncaleano Ospina — Jefe Oficina Asesora Juridica > Página 7 de 7

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