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MINAGRICULTURA - Resolución 000198 de 2018

Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural

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Detalles

Título
MINAGRICULTURA - Resolución 000198 de 2018
Autor
Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2018

Libertad y Orden

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL

RESOLUCIÓN NÚMERO 00019 ( 30 ABR 208 > “Por medio de la cual se adopta el Modelo Integrado de Planeación y Gestión — MIPG, y se conforman los Comités Institucional y Sectorial de Gestión y Desempeño.” EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en los artículos 208 de la Constitución Política, 26 y 29 de Ley 152 de 1994, y 2.2.22.3.4 del Decreto 1083 de 2015, y CONSIDERANDO: Que el artículo 208 de la Constitución Política establece que los ministros y los directores de los departamentos administrativos son los jefes de la administración en su respectiva dependencia, bajo la dirección del Presidente de la República, y les corresponde formular las políticas atinentes a su despacho, dirigir la actividad administrativa, y ejecutar la ley. Que el inciso 2 del artículo 29 de la Ley 152 de 1994 establece que los organismos de la administración pública nacional deben elaborar, con base en los lineamientos del Plan Nacional de Desarrollo, un Plan Indicativo cuatrienal, con planes de acción anuales. Que en virtud del numeral 10 del artículo 59 de la Ley 489 de 1998 corresponde a los ministerios organizar y coordinar el Comité Sectorial de Desarrollo Administrativo correspondiente. Que de conformidad con el artículo 19 de la precitada ley, modificado por el artículo 234 del Decreto Ley 19 de 2012, los ministros y directores de departamento administrativo conformarán el Comité Sectorial de Desarrollo Administrativo,

correspondiente. Que de conformidad con el artículo 19 de la precitada ley, modificado por el artículo 234 del Decreto Ley 19 de 2012, los ministros y directores de departamento administrativo conformarán el Comité Sectorial de Desarrollo Administrativo, encargado de hacer seguimiento, por lo menos una vez cada tres (3) meses, a la ejecución de las políticas de desarrollo administrativo formuladas dentro del plan respectivo. Dicho Comité estará presidido por el Ministro o Director del Departamento Administrativo del sector respectivo, y harán parte de él los directores, gerentes o presidentes de los organismos y entidades adscritas o vinculadas, quienes serán responsables únicos por el cumplimiento de las funciones a su cargo.ey 307188 206 RESOLUCIÓN NÚMERO 000198 Hoja N°. 2

Continuación de la Resolución: “Por medio de la cual se adopta el Modelo Integrado de Planeación y Gestión — MIPG, y se conforman los Comités Institucional y Sectorial de Gestión y Desempeño.” Que el Decreto 1985 de 2013 en su artículo 1 dispone que el Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural está integrado por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y sus entidades adscritas y vinculadas.

Que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural expidió la Resolución 204 de 2014, modificada parcialmente por la Resolución 233 de 2017, mediante la cual se creó el Comité Sectorial de Desarrollo Administrativo para el Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, y el Comité Institucional de Desarrollo Administrativo del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. Que el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015, por la cual se expide el Plan Nacional de

y de Desarrollo Rural, y el Comité Institucional de Desarrollo Administrativo del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. Que el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015, por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 “Todos por un nuevo país”, integró en un solo sistema de gestión los sistemas de desarrollo administrativo y de gestión de calidad, sistema que deberá articularse con el Sistema de Control Interno consagrado en la Ley 87 de 1993 y en los artículos 27 al 29 de la Ley 489 de 1998. Que a fin de reglamentar el alcance del Sistema de Gestión y su articulación con el Sistema de Control Interno, estableciendo un modelo que integre y articule los mismos, se expidió el Decreto 1499 de 2017, por medio del cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, Decreto Unico Reglamentario del Sector Función Pública, en lo relacionado con el Sistema de Gestión establecido en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015. Allí se definieron los lineamientos generales para la integración de la planeación aplicados a las entidades y organismos de la Rama Ejecutiva del Poder Público del Orden Nacional en un esquema integral conformado por las políticas de desarrollo administrativo. Que el artículo 2.2.22.3.2 del Decreto 1083 de 2015 establece el Modelo Integrado de Planeación y Gestión —MIPG como un marco de referencia para “dirigir, planear, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión de las entidades y organismos públicos, con el fín de generar resultados que atiendan los planes de desarrollo y resuelvan las necesidades y problemas de los ciudadanos, con integridad y calidad en el servicio”.

organismos públicos, con el fín de generar resultados que atiendan los planes de desarrollo y resuelvan las necesidades y problemas de los ciudadanos, con integridad y calidad en el servicio”. Que el artículo 2.2.22.3.6 del Decreto 1083 de 2015 establece que los “Comités Sectoriales de Desarrollo Administrativo” de que trataba la Ley 489 de 1998 se denominaran “Comités Sectoriales de Gestión y Desempeño”, y estarán integrados por el Ministro o Director de departamento administrativo, quien lo presidirá, y por los directores, gerentes o presidentes de las entidades y organismos adscritos o vinculados al respectivo sector. Que de acuerdo a lo consagrado en el artículo 2.22.3.8 del Decreto 1083 de 2015- Único Reglamentario del Sector Función Pública, en cada una de las entidades se debe integrar un “Comité Institucional de Gestión y Desempeño”, encargado de orientar la implementación y operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG, el cual sustituirá los demás comités que tengan relación con el modelo y que no sean obligatorios por mandato legal, y podrá ser presidido por el viceministro o subdirector de departamento administrativo o por los secretarios generales. Que por lo anteriormente expuesto es necesario adoptar en el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural el Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG y laB 30 ABR 2018

RESOLUCIÓN NÚMERO 000198 Hoja N°. 3

Continuación de la Resolución: “Por medio de la cual se adopta el Modelo Integrado de Planeación y Gestión — MIPG, y se conforman los Comités Institucional y Sectorial de Gestión y Desempeño.”

Continuación de la Resolución: “Por medio de la cual se adopta el Modelo Integrado de Planeación y Gestión — MIPG, y se conforman los Comités Institucional y Sectorial de Gestión y Desempeño.” conformación del Comité Sectorial de Gestión y Desempeño y del Comité Institucional de Gestión y Desempeño, los cuales reemplazan a los Comités Sectorial e Institucional de Desarrollo Administrativo, respectivamente, creados mediante la Resolución 204 del 11 de abril de 2014, modificada por la Resolución 233 de 2017.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

CAPITULO |

ASPECTOS GENERALES DEL MODELO INTEGRADO DE PLANEACIÓN Y GESTIONMIPG Artículo 1. Adopción del Modelo Integrado de Planeación y GestiónMIPG. El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural adopta la versión actualizada del Modelo Integrado de Planeación y Gestión -MIPG, como marco de referencia para dirigir, planear, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión de las entidades y organismos públicos, con el fin de generar resultados que atiendan los planes de desarrollo y resuelvan las necesidades y problemas de los ciudadanos, con integridad y calidad en el servicio. Artículo 2. Políticas de Gestión y Desempeño. Para la ejecución de las políticas que forman parte de las dimensiones operativas del Modelo Integrado de Planeación y Gestión se designan líderes temáticos en las dependencias del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, quienes serán los responsables de liderar, orientar y promover el desarrollo de las acciones planeadas, así:

POLITICA DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO LIDER TEMÁTICO

Planeación Institucional Oficina de Planeación Oficina de Planeación

promover el desarrollo de las acciones planeadas, así:

POLITICA DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO LIDER TEMÁTICO

Planeación Institucional Oficina de Planeación Oficina de Planeación Subdirección Financiera Talento Humano Grupo Talento Humano Integridad Grupo Talento Humano Oficina de PlaneacionGrupo SIGGrupo Atención y Servicio al Ciudadano, Oficina TICs, Prensa y Gestión Presupuestal y Eficiencia del Gasto Público Transparencia, acceso a la información pública y lucha contra la corrupción Comunicaciones. Oficina de Planeación Fortalecimiento organizacional y simplificación de Secretaria General procesos Grupo Administración del SIG Grupo Atención y Servicio al Servicio al Ciudadano Ciudadano30 ABR 201

RESOLUCION NUMERO Hoja N°. 4 000198

Continuación de la Resolución: “Por medio de la cual se adopta el Modelo Integrado de Planeación y Gestión — MIPG, y se conforman los Comités Institucional y Sectorial de Gestión y Desempeño." Oficina de PlaneacionGrupo administración de iman A AP SIGGrupo Atención Participación ciudadana en la gestión pública Servicio o pi

Oficina TICs, Prensa y Comunicaciones Racionalización de trámites Grupo Atención y Servicio al Ciudadano Subdirección Administrativa Gestión Documental - Grupo de Gestión Documental Gobierno Digital, antes Gobierno en Línea Oficina TICs Seguridad Digital Oficina TICs Defensa Jurídica Oficina Asesora Jurídica Gestión del Conocimiento y la Innovación Oficina de PlaneacionOficina TICs Control Interno Oficina de Control Interno Seguimiento y Evaluación del Desempeño Oficina de PlaneaciónDefensa Jurídica Oficina Asesora Jurídica Gestión del Conocimiento y la Innovación Oficina de PlaneacionOficina TICs Control Interno Oficina de Control Interno Seguimiento y Evaluación del Desempeño Oficina de PlaneaciónInstitucional Oficina TICs

CAPITULO II

COMITÉ SECTORIAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO DEL SECTOR AGROPECUARIO, PESQUERO Y DE DESARROLLO RURAL Artículo 3. Objetivo y Conformación del Comité Sectorial de Gestión y Desempeño del Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural. El Comité Sectorial de Gestión y Desempeño será la instancia de seguimiento a la ejecución de las políticas de desarrollo administrativo para el Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, y estará integrado por: 1) El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, quien lo presidirá.

  1. El Viceministro de Desarrollo Rural. 3) El Viceministro de Asuntos Agropecuarios. 4) El Secretario General del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. 5) El Director de Cadenas Agrícolas y Forestales del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. 6) El Director de Cadenas Pecuarias Pesqueras y Acuícolas del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. 7) El Director de Ordenamiento Social de la Propiedad Rural y Uso Productivo del Suelo del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. 8) El Director de Innovación, Desarrollo Tecnológico y Protección Sanitaria del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. 9) El Director de Gestión de Bienes Públicos Rurales del Ministerio de

Agricultura y Desarrollo Rural.

  1. El Director de Innovación, Desarrollo Tecnológico y Protección Sanitaria del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. 9) El Director de Gestión de Bienes Públicos Rurales del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. 10) El Director de Mujer Rural del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. 11) El Director de Financiamiento y Riesgos Agropecuarios del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.: . 30 ABR 2018

RESOLUCION NUMERO 000198 - Hoja N°. 5

Continuación de la Resolución: “Por medio de la cual se adopta el Modelo Integrado de Planeación y Gestión — MIPG, y se conforman los Comités Institucional y Sectorial de Gestión y Desempeño." 12) El Director de Capacidades Productivas y Generación de Ingresos del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. 13) El Jefe de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. - 14) El Jefe de la Oficina de Asuntos Internacionales del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. 15) El Jefe de la Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. 16) El Gerente General del Instituto Colombiano Agropecuario —ICA o quien haga sus veces. 17) El Director de la Unidad de Restitución de Tierras, o quien haga sus veces. 18) El Presidente de la Agencia de Desarrollo Rural —ADR, o quien haga sus veces 19) El Director General de la Agencia Nacional de Tierras, o quien haga sus veces. 20) El Director General de la Agencia de Renovación del Territorio, o quien haga sus veces.

  1. El Director General de la Unidad Administrativa Especial Autoridad

veces 19) El Director General de la Agencia Nacional de Tierras, o quien haga sus veces. 20) El Director General de la Agencia de Renovación del Territorio, o quien haga sus veces. 21) El Director General de la Unidad Administrativa Especial Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca —AUNAP, o quien haga sus veces. 22) El Director General de la Unidad de Planificación de Tierras Rurales, Adecuación de Tierras y Usos AgropecuariosUPRA, o quien haga sus veces. 23) El Presidente del Banco Agrario de Colombia S.A.- BANAGRARIO, o quien haga sus veces. 24) El Presidente del Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario — FINAGRO, o quien haga sus veces. 25) El Presidente de la Empresa Colombiana de Productos Veterinarios S.A.- VECOL S.A., o quien haga sus veces. 26) Los Gerentes Generales de cada uno de los Fondos Ganaderos activos, o quienes hagan sus veces. 27) Los Gerentes Generales de cada una de las Corporaciones de Abastos activas en las que la Nación o las entidades descentralizadas del sector, del orden nacional, posean acciones o hayan efectuado aportes al capital, o - quienes hagan sus veces. 28) El Director de la Caja de Compensación Familiar Campesina — COMCAJA, o quien haga sus veces. 29) El Director Ejecutivo de la Corporación Colombiana de Investigación AgropecuariaCORPOICA, o quien haga sus veces. 30) El Presidente de la Corporación Colombia Internacional -CCl, o quien haga sus veces. 31) El Jefe de la Oficina Asesora de Planeación del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, con voz pero sin voto.

  1. El Presidente de la Corporación Colombia Internacional -CCl, o quien haga sus veces. 31) El Jefe de la Oficina Asesora de Planeación del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, con voz pero sin voto.

Parágrafo 1. Harán parte integrante del Comité Sectorial de Gestión y Desempeño del Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural los demás representantes legales de las entidades que se adscriban y vinculen al Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural. Parágrafo 2. El Comité Sectorial de Gestión y Desempeño para el Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, a través de la Secretaría,,, — 30 AB 01 RESOLUCIÓN NUMERO 0001 98 Hoja N°. 6

Continuación de la Resolución: “Por medio de la cual se adopta el Modelo Integrado de Planeación y Gestión — MIPG, y se conforman los Comités Institucional y Sectorial de Gestión y Desempeño." Técnica, podrá citar a sus sesiones a los servidores públicos o particulares que deban asistir, por su condición jerárquica, funcional o conocimiento técnico, según el caso concreto o tema a tratar. Los mismos asistirán con voz pero sin voto.

Artículo 4. Funciones del Comité Sectorial de Gestión y Desempeño para el Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural. El Comité Sectorial de Gestión y Desempeño para el Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural cumplirá las siguientes funciones: a) Dirigir y orientar la planeación estratégica del sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.

Gestión y Desempeño para el Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural cumplirá las siguientes funciones: a) Dirigir y orientar la planeación estratégica del sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural. b) Dirigir y articular a las entidades del Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, en la implementación, desarrollo y evaluación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión — MIPG. c) Hacer seguimiento a la gestión y desempeño del sector y proponer estrategias para el logro de los resultados, por lo menos una vez cada semestre. d) Hacer seguimiento, por lo menos una vez cada semestre, a las acciones y estrategias sectoriales adoptadas para la operación y evaluación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión y proponer los correctivos necesarios. e) Dirigir y articular a las entidades del sector administrativo en la operación de las políticas de gestión y desempeño, y de las directrices impartidas por la Presidencia de la República y el Ministerio de Tecnologías de Información y las comunicaciones en materia de Gobierno y Seguridad Digital. f) Las demás que tengan relación directa con la implementación, operación, desarrollo y evaluación del Modelo en su integridad en el sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural. Artículo 5. Sesiones del Comité Sectorial de Gestión y Desempeño del Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural. El comité se reunirá ordinariamente por lo menos una vez cada seis meses (06) meses, previa convocatoria realizada por la Secretaria Técnica con al menos ocho (08) días de anticipación indicando día, hora, lugar de la reunión y el respectivo orden del día.

por lo menos una vez cada seis meses (06) meses, previa convocatoria realizada por la Secretaria Técnica con al menos ocho (08) días de anticipación indicando día, hora, lugar de la reunión y el respectivo orden del día. Se podrán programar sesiones extraordinarias en cualquier momento cuando el Presidente así lo requiera, previa convocatoria de la Secretaria Técnica indicando día, hora, lugar de la reunión y el respectivo orden del día. A las sesiones se podrá invitar a otros funcionarios o colaboradores del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o de las entidades adscritas o vinculadas al Sector, quienes asistirán con derecho a voz pero sin voto, cuyo aporte se estime de utilidad para los fines del Comité según lo considere el Presidente del Comité. Parágrafo. En el evento de que el Ministro deba ausentarse o no pueda asistir a las sesiones convocadas, estas serán presididas por el Viceministro que indique el Ministro, de lo cual se dejará constancia en la respectiva acta. Artículo 6. Quórum. El comité sesionará válidamente con la mitad más uno de sus miembros con voto, y las decisiones se tomarán por mayoría simple, es decir, con la mitad más uno de los miembros asistentes a la sesión con derecho a voto. —30 ABR 70% RESOLUCIÓN NÚMERO 000198 Hoja N°. 7 — Continuación de la Resolución: “Por medio de la cual se adopta el Modelo Integrado de Planeación y Gestión — MIPG, y se conforman los Comités Institucional y Sectorial de Gestión y Desempeño.” Artículo 7. Secretaría Técnica del Comité Sectorial de Gestión y Desempeño del

MIPG, y se conforman los Comités Institucional y Sectorial de Gestión y Desempeño.” Artículo 7. Secretaría Técnica del Comité Sectorial de Gestión y Desempeño del Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural. El Comité Sectorial de Gestión y Desempeño del Sector Agropecuario; Pesquero y de Desarrollo Rural, tendrá una Secretaría Técnica, que será ejercida por el Jefe de la Oficina Asesora de Planeación y Prospectiva del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. Artículo 8. Funciones de la Secretaria Técnica del Comité Sectorial de Gestión y Desempeño del Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural. Son funciones de la Secretaria Técnica las siguientes: a) Realizar las convocatorias a las sesiones del Comité.. b) Elaborar el orden del día con los temas a tratar de acuerdo a las solicitudes radicadas por cada uno de los miembros o entidades integrantes del Comité, y de acuerdo con los compromisos establecidos en las anteriores sesiones del Comité. c) Elaborar el acta de cada sesión del Comité. d) Difundir toda la información que se origine al interior del Comité. e) Servir de enlace con las demás entidades integrantes del Comité. f) Llevar los registros de las sesiones que se lleven a cabo por el Comité. Parágrafo. Las Actas de las sesiones deben estar suscritas por el Presidente y el Secretario Técnico del Comité. Como soporte se anexara la lista de asistentes.

CAPITULO II

COMITÉ INSTITUCIONAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO DEL MINISTERIO

DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL

Secretario Técnico del Comité. Como soporte se anexara la lista de asistentes.

CAPITULO II

COMITÉ INSTITUCIONAL DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL Artículo 9. Objeto y conformación del Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. El Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural será la instancia encargada de dirigir la implementación y la evaluación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión en el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. Estará conformado por los siguientes funcionarios del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural: 1) El Secretario General, quien lo presidirá, o su delegado. 2) El Viceministro de Desarrollo Rural o su delegado. 3) El Viceministro de Asuntos Agropecuarios o su delegado.

  1. El Director de Cadenas Agrícolas y Forestales. 5) El Director de Cadenas Pecuarias Pesqueras y Acuícolas. 6) El Director de Ordenamiento Social de la Propiedad Rural y Uso Productivo del

Suelo.

  1. El Director de Innovación, Desarrollo Tecnológico y Protección Sanitaria.
  2. El Director de Gestión de Bienes Públicos Rurales.
  3. El Director de Mujer Rural.
  4. El Director de Financiamiento y Riesgos Agropecuarios. 11) El Director de Capacidades Productivas y Generación de Ingresos. 12) El Jefe de la Oficina Asesora Jurídica o su delegado. 13) El Jefe de la Oficina de Asuntos Internacionales.30 ABR 201

RESOLUCIÓN NÚMERO Hoja N°. 8 000198

  1. El Jefe de la Oficina Asesora Jurídica o su delegado. 13) El Jefe de la Oficina de Asuntos Internacionales.30 ABR 201

RESOLUCIÓN NÚMERO Hoja N°. 8 000198

Continuación de la Resolución: “Por medio de la cual se adopta el Modelo Integrado de Planeación y Gestión — MIPG, y se conforman los Comités: Institucional y Sectorial de Gestión y Desempeño." 14) El Jefe de la Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

  1. El Subdirector Administrativo.
  2. El Subdirector Financiero.

Parágrafo 1. La Oficina de Control Interno integrará el Comité Institucional de Gestión y Desempeño de manera permanente, con voz pero sin voto. . Parágrafo 2. La participación de los miembros del Comité Institucional de Gestión y Desempeño es personal e indelegable, en tanto dirigen la implementación y evaluación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, excepto los integrantes nombrados en los numerales 1, 2, 3 y 12. Parágrafo 3. El presente Comité sustituirá los demás comités que tengan relación con el modelo y que no sean obligatorios por mandato legal. Artículo 10. Funciones del Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. El Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural cumplirá las siguientes funciones: a) Aprobar y hacer seguimiento, por lo menos una vez cada tres meses, a las acciones y estrategias adoptadas para la operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG.

funciones: a) Aprobar y hacer seguimiento, por lo menos una vez cada tres meses, a las acciones y estrategias adoptadas para la operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG. b) Articular los esfuerzos institucionales, recursos, metodologías y estrategias para asegurar la implementación, sostenibilidad y mejora del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG. c) Proponer al Comité Sectorial de Gestión y Desempeño Institucional iniciativas que contribuyan al mejoramiento en la implementación y operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG. d) Presentar los informes que el Comité Sectorial de Gestión y Desempeño Institucional y los organismos de control requieran sobre la gestión y el desempeño de la entidad. e) Adelantar y promover acciones permanentes de autodiagnóstico para facilitar la valoración interna de la gestión. f) Asegurar la implementación y desarrollo de las políticas de gestión y directrices en materia de seguridad digital de la información. 9) Orientar la estrategia de Gobierno Digital, antes Gobierno en Línea de la Entidad, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.9.1.2.4 del Decreto 1078 de 2015, Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, y demás normas que lo sustituyan, adicionen o modifiquen. h) Las demás que tengan relación directa con la implementación, desarrollo y evaluación del Modelo. Artículo 11. Sesiones del Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. El Comité Institucional de Gestión y

evaluación del Modelo. Artículo 11. Sesiones del Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. El Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural se reunirá en sesión ordinaria por lo menos una (1) vez cada trimestre, previa convocatoria realizada por la Secretaría Técnica con al menos ocho (08) días de anticipación. Se podrán programar sesiones extraordinarias cuando las circunstancias lo ameriten por iniciativa de cualquiera de los miembros del Comité.,, 30 ABR 2018

RESOLUCIÓN NÚMERO 000198 Hoja N. 9

Continuación de la Resolución: “Por medio de la cual se adopta el Modelo Integrado de Planeación y Gestión — MIPG, y se conforman los Comités Institucional y Sectorial de Gestión y Desempeño.” Parágrafo: 1. Cada uno de los LíderesTemáticos de las políticas de Gestión y Desempeño del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural será el encargado de solicitar ante la Secretaria Técnica los temas que son de su interés incluir dentro del orden del día para el desarrollo de la siguiente sesión del Comité.

Parágrafo 2. El Comité podrá invitar, por intermedio de la Secretaria Técnica, a las personas y/o funcionarios que por su condición jerárquica, funcional o conocimiento técnico deban asistir, según sea el caso concreto o tema a deliberar. En todo caso, quienes asistan en calidad de invitados a las sesiones tendrán voz, pero sin voto. Artículo 12. Quórum. El Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Ministerio

quienes asistan en calidad de invitados a las sesiones tendrán voz, pero sin voto. Artículo 12. Quórum. El Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural sesionará válidamente con la mitad más uno de sus miembros con voto, y las decisiones se tomarán por mayoría simple, es decir, con la mitad más uno de los miembros asistentes a la sesión con derecho a voto. Artículo 13. Secretaria Técnica del Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. La Secretaría Técnica del Comité Institucional de Gestión y Desempeño será ejercida por el Jefe de la Oficina Asesora de Planeación y Prospectiva del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. Artículo 14. Funciones de la Secretaría Técnica del Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. Son funciones de la Secretaría Técnica las siguientes: a) Realizar las convocatorias a las sesiones del Comité. b) Elaborar el orden del día con los temas a tratar de acuerdo a las solicitudes radicadas por cada uno de los Lideres Temáticos de las políticas de Gestión, y de acuerdo con los compromisos establecidos en las anteriores sesiones de Comité. c) Elaborar el acta de cada sesión del Comité. d) Difundir toda la información que se origine al interior del Comité. e) Servir de enlace entre los integrantes del Comité. f) Llevar los registros de las sesiones que se lleven a cabo por el Comité. Parágrafo 1. Las Actas de las sesiones deben estar suscritas por el Presidente y el

e) Servir de enlace entre los integrantes del Comité. f) Llevar los registros de las sesiones que se lleven a cabo por el Comité. Parágrafo 1. Las Actas de las sesiones deben estar suscritas por el Presidente y el Secretario Técnico del Comité. Como soporte se anexará la lista firmada por los asistentes. CAPITULO IV DISPOSICIONES FINALES Artículo 15. Comunicación. La presente resolución deberá comunicarse por la Oficina Asesora de Planeación a los integrantes del Comité Sectorial de Gestión y Desempeño del Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, y del Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Ministerio de Agricultura de Desarrollo

Rural.o 30 ABR 7018 RESOLUCIÓN NUMERO 000198 Hoja N°. 10

Continuación de la Resolución: “Por medio de la cual se adopta el Modelo Integrado de Planeación y Gestión — MIPG, y se conforman los Comités Institucional y Sectorial de Gestión y Desempeño."

Artículo 16. Comités Institucionales de Gestión y Desempeño del Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural. Los Comités Institucionales de Gestión y Desempeño serán conformados al interior de cada una de las entidades que integran el Sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, en el marco de sus competencias, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector Función Pública, y tendrán a cargo el cumplimiento de las funciones definidas en dicha disposición, o la norma que lo sustituya, adicione o modifique. Artículo 17. Vigencia y derogatorias. La presente resolución rige a partir de la fecha

funciones definidas en dicha disposición, o la norma que lo sustituya, adicione o modifique. Artículo 17. Vigencia y derogatorias. La presente resolución rige a parti

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