MINAGRICULTURA - Resolución 000213 de 2022
Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural
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Detalles
- Título
- MINAGRICULTURA - Resolución 000213 de 2022
- Autor
- Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2022
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
RESOLUCION CONJUNTA NUMERO DE 2022
E--00213) “Por la cual se adopta el Plan Nacional Rural del Sistema para la Garantía Progresiva del Derecho a la Alimentación formulado en cumplimiento de lo establecido en los Puntos 1 y 1.3.4 del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera”
LOS MINISTROS DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL, SALUD Y
PROTECCIÓN SOCIAL, COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO, EDUCACIÓN
NACIONAL, AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, VIVIENDA, CIUDAD Y
TERRITORIO, Y LOS DIRECTORES DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE
PLANEACIÓN Y EL SUBDIRECTOR ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DEL
EMPLEO DE DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en particular las conferidas en los artículos 208 y 209 de la Constitución Politica, el artículo 59 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO Que el artículo 22 de la Constitución Política establece que la paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento. Que el articulo 43 ibídem señala que las mujeres. durante el embarazo y después del parto gozarán de especial asistencia y protección del Estado, y recibirán de este subsidio alimentario si entonces estuviere desempleada o desamparada. Que el artículo 44 de la Carta Política establece que la alimentación equilibrada es un derecho fundamental de los niños para garantizar su desarrollo integral y armónico. Que el artículo 64 superior dispone que es deber del Estado promover el acceso
Que el artículo 44 de la Carta Política establece que la alimentación equilibrada es un derecho fundamental de los niños para garantizar su desarrollo integral y armónico. Que el artículo 64 superior dispone que es deber del Estado promover el acceso progresivo a la propiedad de la tierra de los trabajadores agrarios, en forma individual o asociativa, y a los servicios de educación, salud, vivienda, comunicaciones, comercialización de los productos, asistencia técnica y empresarial, con el fin de mejorar el ingreso y calidad de vida de los campesinos. Que el artículo 65 ibídem consagra que la producción de alimentos gozará de la especial protección del Estado. Para tal efecto, se otorgará prioridad al desarrollo integral de las actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras, forestales y agroindustriales, así como a la construcción de obras de infraestructura física y adecuación de tierras. De igual manera, el Estado promoverá la investigación y la transferencia de tecnología para la producción de alimentos y materias primas de origen agropecuario, con el propósito de incrementar la productividad.M--00213
RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2022 Hoja N°. 2
Continuación de la Resolución: “Por la cual se adopta el Plan Nacional Rural del Sistema para la Garantía Progresiva del Derecho a la Alimentación fornulado en cumplimiento de lo establecido en los Puntos 1 y 1.34 del Acuerdo Final para la Terminación del Confiicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera” Que el Decreto 2055 de 2009 “Por el cual se crea la Comisión Intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional, CISAN”, con lo dispuesto en su artículo 1° da cumplimiento a lo ordenado por el Consejo Nacional de Política Económica y Social,
Que el Decreto 2055 de 2009 “Por el cual se crea la Comisión Intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional, CISAN”, con lo dispuesto en su artículo 1° da cumplimiento a lo ordenado por el Consejo Nacional de Política Económica y Social, a través del Documento CONPES 113 del 31 de marzo de 2008. Que el artículo 15 de la Ley 1355 de 2009, señala que la Comisión Intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional - CISAN es la máxima instancia estatal de dirección, coordinación y seguimiento interinstitucional, de articulación de políticas y programas y de seguimiento a los compromisos de cada uno de los actores de la Seguridad Alimentaria y Nutricional. Que el artículo 17 de la Ley mencionada, estableció, entre otras funciones de la CISAN: “2. Coordinar y concretar la elaboración del Plan Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional.” Que el Decreto 1115 de 2014 “Por el cual se integran disposiciones en cuanto a la Comisión Intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional -CISAN”, en su artículo 2 indica que la CISAN estará conformada por los Ministros de Agricultura y Desarrollo Rural, Salud y Protección Social, Comercio, Industria y Turismo, Educación Nacional, Ambiente y Desarrollo Sostenible, Vivienda, Ciudad y Territorio, o sus delegados; los directores del Departamento Nacional de Planeación, Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, o sus delegados; gerente del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural o su delegado (hoy Agencia de Desarrollo Rural); y, un miembro de la Asociación Colombiana de Facultades de Nutrición, designado por su Junta Directiva.
delegados; gerente del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural o su delegado (hoy Agencia de Desarrollo Rural); y, un miembro de la Asociación Colombiana de Facultades de Nutrición, designado por su Junta Directiva. Que el parágrafo 1 del artículo 2 del Decreto 1115 de 2014 establece que la CISAN está presidida de manera rotativa por los Ministerios de Agricultura y Desarrollo Rural y de Salud y Protección Social para períodos de dos (2) años. Por ello, en la sesión de la CISAN directiva del 19 de Agosto de 2020, el Ministerio de Salud y Protección Social formalizó la entrega de la presidencia de la Comisión al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural hasta el 2022. Que el artículo 3 del Decreto mencionado anteriormente señala que, la Comisión cuenta con el apoyo de una Secretaría Técnica encargada de articular las políticas, iniciativas y acciones técnicas que surjan en la Comisión. Que el 24 de noviembre de 2016, el Gobierno nacional y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia — Ejército del Pueblo (FARC-EP), suscribieron el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, en adelante Acuerdo Final. Que el punto 1 del Acuerdo Final “Reforma Rural Integral (RRI)” sienta las bases para la transformación estructural del campo, crea condiciones de bienestar para la población rural y de esa manera contribuye a la construcción de una paz estable y duradera. Además, en materia de alimentos y nutrición, la RRI pretende asegurar para toda la población rural y urbana en Colombia la disponibilidad y el acceso suficiente en oportunidad, cantidad, calidad y precio a los alimentos necesarios para
duradera. Además, en materia de alimentos y nutrición, la RRI pretende asegurar para toda la población rural y urbana en Colombia la disponibilidad y el acceso suficiente en oportunidad, cantidad, calidad y precio a los alimentos necesarios para una buena nutrición, especialmente la de los niños y niñas, mujeres gestantes y lactantes, así como personas adultas mayores, promoviendo prioritariamente la producción de alimentos y la generación de ingresos. Que en el punto 1.3 del Acuerdo Final de Paz, se acordó que, las autoridades competentes deberán elaborar y poner en marcha los planes nacionales para la Reforma Rural integral en el territorio.BE-00213 RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2022 Hoja N. 3
Continuación de la Resolución: “Por la cual se adopta el Plan Nacional Rural del Sistema para la Garantía Progresiva del Derecho a la Alimentación formulado en cumplimiento de lo establecido en los Puntos 1 y 1.3.4 del Acuerdo Final para la Terminación del Confiicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera” Que el punto 1.3.4 del Acuerdo Final “Sistema para la Garantia Progresiva del Derecho a la Alimentación” dispone que en desarrollo de la obligación de garantizar de manera progresiva el derecho humano a la alimentación sana, nutritiva y culturalmente apropiada, con el propósito de erradicar el hambre y en esa medida fomentar la disponibilidad, el acceso y el consumo de alimentos de calidad nutricional en cantidad suficiente, el Gobierno Nacional pondrá en marcha un sistema especial para la garantía progresiva del derecho a la alimentación de la población rural Que el mismo punto del Acuerdo Final, establece que, es necesario asegurar que todos los planes nacionales cumplan de manera transversal con los objetivos de la
para la garantía progresiva del derecho a la alimentación de la población rural Que el mismo punto del Acuerdo Final, establece que, es necesario asegurar que todos los planes nacionales cumplan de manera transversal con los objetivos de la política alimentaria y nutricional propuestos, mediante un sistema que los articule y que tomará en cuenta entre otros, los siguientes criterios: i) El desarrollo de planes departamentales y locales para la alimentación y nutrición culturalmente apropiada, con la participación activa de las comunidades, la sociedad, el Gobierno Nacional y los gobiernos departamentales y municipales, para articular en el territorio las medidas y establecer las metas; ii) El establecimiento de consejos departamentales y municipales de alimentación y nutrición, con representación del Gobierno Nacional, departamental y municipal y representación de la sociedad y las comunidades, con el fin de proponer y participar en la definición de los lineamientos para el diseño y puesta en marcha de las políticas alimentarias y nutricionales a través de los planes departamentales y locales, movilizar recursos de la región, monitorear el riesgo y hacer seguimiento al cumplimiento de las metas. El establecimiento de un Consejo nacional de alimentación y nutrición integrado por autoridades nacionales, departamentales y municipales y representantes elegidos y elegidas en el marco de los consejos departamentales y municipales, que proponga y participe en la definición de los lineamientos de la política alimentaria, coordine los planes departamentales y locales, informe y monitoree el riesgo, y haga seguimiento nacional a las metas; di) El desarrollo de programas contra el hambre y la desnutrición con cobertura nacional, especialmente para la población rural en condiciones de miseria, las
coordine los planes departamentales y locales, informe y monitoree el riesgo, y haga seguimiento nacional a las metas; di) El desarrollo de programas contra el hambre y la desnutrición con cobertura nacional, especialmente para la población rural en condiciones de miseria, las mujeres gestantes y lactantes, niños y niñas, y para la tercera edad. Estos programas incluirán planes de choque para la población rural más vulnerable y en pobreza extrema; iv) La promoción de mercados locales y regionales que acerquen a quienes producen y consumen y mejoren las condiciones de acceso y disponibilidad de alimentos en las áreas rurales del país; v) La realización de campañas orientadas a promover la producción y el consumo de alimentos con un alto contenido nutricional, el manejo adecuado de los alimentos y la adopción de buenos hábitos alimentarios, que tenga en cuenta las características del territorio y fomente la producción y el consumo de alimentos nacionales. Adicionalmente, la provisión de condiciones e incentivos a la producción y a la comercialización, incluyendo, cuando sean necesarios, apoyos directos para el fortalecimiento productivo, con el fin de que en la economía campesina, familiar y comunitaria se eviten o minimicen los impactos negativos que supongan la internacionalización de la economía y la liberalización del comercio.” Que el Consejo Nacional de Política Económica y Social formuló, a través del Documento CONPES 3932 del 29 de junio de 2018, los lineamientos para la articulación del Plan Marco de Implementación del Acuerdo Final con los instrumentos de planeación, programación y seguimiento a políticas públicas del orden nacional y territorial, estableciendo entre ellos el contenido mínimo y losE--00213 RESOLUCION NUMERO DE 2022 Hoja N°. 4
articulación del Plan Marco de Implementación del Acuerdo Final con los instrumentos de planeación, programación y seguimiento a políticas públicas del orden nacional y territorial, estableciendo entre ellos el contenido mínimo y losE--00213 RESOLUCION NUMERO DE 2022 Hoja N°. 4
Continuación de la Resolución: “Por /a cual se adopta el Plan Nacional Rural del Sistema para la Garantía Progresiva del Derecho a la Alimentación formulado en cumplimiento de lo establecido en los Puntos 1 y 1.34 del Acuerdo Final para la Teminación del Confiicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera” indicadores del Plan Nacional del Sistema de Garantía Progresiva del Derecho a la
Alimentación. Que en el mencionado CONPES su Anexo B “Plan Marco de Implementación del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y duradera” estableció en el pilar Sistema para la Garantía Progresiva del Derecho a la Alimentación como objetivo “garantizar de manera progresiva el derecho humano a la alimentación sana, nutritiva y culturalmente apropiada, (...), el Gobierno nacional pondrá en marcha un sistema especial para la garantía progresiva del derecho a la alimentación de la población rural” (Gobierno nacional y FARC-EP, 2016). Este sistema tiene tres estrategias de política pública: (1) diseño institucional de los Consejos de Alimentación y Nutrición; (2) acceso y consumo de alimentos de calidad nutricional y en cantidad suficiente (adecuación); (3) producción y comercialización de alimentos.” Que el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 “Pacto por Colombia, pacto por la equidad” establece la “Alianza por la seguridad alimentaria y nutricional: ciudadanos con mentes y cuerpos sanos' con los siguientes objetivos: (1) incrementar la
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 “Pacto por Colombia, pacto por la equidad” establece la “Alianza por la seguridad alimentaria y nutricional: ciudadanos con mentes y cuerpos sanos' con los siguientes objetivos: (1) incrementar la producción de alimentos mediante el uso eficiente del suelo, para generar una provisión estable y suficiente de alimentos que permitan cubrir las necesidades nutricionales de la población colombiana; (2) mejorar la capacidad de los hogares para acceder de forma física y económicamente estable a alimentos, herramientas y mecanismos para la producción o adquisición de alimentos, acceso al mercado y generación de ingresos; (3) lograr una alimentación adecuada y mejorar el estado nutricional de la población, con especial énfasis en La Guajira, Chocó y zonas dispersas; y (4) establecer un mecanismo de articulación y gobernanza multinivel en tomo a la Seguridad Alimentaria y Nutricional - SAN. Que con el fin de dar cumplimiento al punto 1.3.4 del Acuerdo Final, de los compromisos del Plan Marco de Implementación y de la implementación de las iniciativas PDET en el pilar Sistema para la Garantía Progresiva del Derecho a la Alimentación, la CISAN lideró el proceso de formulación del Plan Nacional Rural del Sistema para la Garantía Progresiva del Derecho a la Alimentación, con el apoyo técnico de la Consejería Presidencial para la Estabilización y la Consolidación, el Departamento Nacional de Planeación, la Agencia de Renovación del Territorio y demás entidades que integran la CISAN. Que la Justificación Técnica expedida por la Dirección de Capacidades Productivas y Generación de Ingresos, señala, entre otros aspectos que:
Departamento Nacional de Planeación, la Agencia de Renovación del Territorio y demás entidades que integran la CISAN. Que la Justificación Técnica expedida por la Dirección de Capacidades Productivas y Generación de Ingresos, señala, entre otros aspectos que: - Para avanzar en el cumplimiento de los acuerdos, el Gobierno Nacional elaboró el Plan Marco de Implementación del Acuerdo Final (PMI) que fue discutido y aprobado por la Comisión de Seguimiento, Impulso y Verificación a la Implementación del Acuerdo Final (CSIVI). El PMI establece los responsables, metas, indicadores y recursos para el cumplimiento de cada una de las disposiciones definidas en el Acuerdo de Paz. El PMI en su pilar “Sistema de Garantía Progresiva del Derecho a la Alimentación”, establece los compromisos para “garantizar de manera progresiva el derecho humano a la alimentación sana, nutritiva y culturalmente apropiada (...), el Gobierno Nacional pondrá en marcha un sistema especial para la garantía progresiva del derecho a la alimentación de la población rural”. Este sistema tiene tres estrategias de política pública: (1) diseño institucional de los Consejos de Alimentación y Nutrición; (2) acceso y consumo de alimentos de calidad nutricional y en cantidad suficiente (adecuación); (3) producción y comercialización de alimentos. Finalmente, en el PMI se establece como responsable de la formulación del Plan Nacional Sectorial del Sistema de Garantía Progresiva del Derecho a la Alimentación a la CISAN.E¥-00213
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Continuación de la Resolución: “Por la cual se adopta el Plan Nacional Rural del Sistema para la Garantía Progresiva del
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Continuación de la Resolución: “Por la cual se adopta el Plan Nacional Rural del Sistema para la Garantía Progresiva del Derecho a la Alimentación formulado en cumplimiento de lo establecido en los Puntos 1 y 1.34 del Acuerdo Final para la Terminacion del Confiicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera” - Con el fin de dar cumplimiento al punto 1.3.4 del Acuerdo Final, de los compromisos del Plan Marco de Implementación y de la puesta en marcha de la iniciativa “Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial -PDET”- en el pilar Sistema para la Garantía Progresiva del Derecho a la Alimentación, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar — ICBF, en calidad de Secretaría Técnica de la CISAN, lideró el proceso de formulación del Plan Nacional Rural del Sistema para la Garantía Progresiva del Derecho a la Alimentación, con el apoyo técnico de la Consejería Presidencial para la Estabilización y la Consolidación, el Departamento Nacional de Planeación, la Agencia de Renovación del Territorio y demás entidades que integran dicha Comisión. - Elproceso de formulación del Plan Nacional del Sistema de Garantía Progresiva del Derecho a la Alimentación culminó el 18 de noviembre de 2021 con la firma del acta de cierre técnico entre el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural
(presidencia de la CISAN), el ICBF (secretaría técnica de la CISAN), la Agencia de Renovación del Territorio, la Consejería Presidencial para la Estabilización y la Consolidación y el Departamento de Planeación Nacional. Se inició la elaboración de la resolución conjunta para la adopción del Plan Nacional del SGPDA.
de Renovación del Territorio, la Consejería Presidencial para la Estabilización y la Consolidación y el Departamento de Planeación Nacional. Se inició la elaboración de la resolución conjunta para la adopción del Plan Nacional del SGPDA. Que por todo lo anterior, se hace necesario adoptar el Plan Nacional Rural del Sistema para la Garantía Progresiva del Derecho a la Alimentación, como instrumento para avanzar en la garantía progresiva del derecho a la alimentación de la población rural como condición indispensable para el desarrollo rural y la construcción de paz. En mérito de lo expuesto, RESUELVE Articulo 1. Adopción. Adóptese el Plan Nacional Rural del Sistema para la Garantía Progresiva del Derecho a la Alimentación (SGPDA), de conformidad con los lineamientos técnicos, administrativos, y presupuestales, así como las metas y demás aspectos contenidos en el anexo técnico, el cual hace parte integral de la presente resolución. Artículo 2. Objetivo del Plan Nacional Rural del Sistema para la Garantía Progresiva del Derecho a la Alimentación. El Plan Nacional Rural del Sistema para la Garantía Progresiva del Derecho a la Alimentación — SGPDA, tiene como objetivo garantizar, de manera progresiva, el derecho a la alimentación de la población rural mediante el desarrollo de acciones intersectoriales, coordinadas y articuladas, a través de los siguientes objetivos específicos:
1. Implementar el Sistema para la Garantía Progresiva del Derecho Humano a la Alimentación en los territorios rurales que incentive y afiance la coordinación entre entidades y niveles de gobierno y la participación ciudadana.
2. Incrementar las capacidades y las oportunidades de las familias y las comunidades rurales para acceder a una alimentación sana, nutritiva y culturalmente apropiada
entidades y niveles de gobierno y la participación ciudadana.
2. Incrementar las capacidades y las oportunidades de las familias y las comunidades rurales para acceder a una alimentación sana, nutritiva y culturalmente apropiada mediante el desarrollo de programas alimentarios pertinentes y el fomento de la educación alimentaria y nutricional.
3. Contribuir a mejorar las condiciones de producción y de comercialización de las economías campesinas, familiares, comunitarias y grupos étnicos en las áreas rurales, mediante el apoyo y diversificación de las prácticas agroecológicas, la promoción y la consolidación de mercados locales y regionales.00213
RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2022 Hoja N°. 6
Continuación de la Resolución: “Por /a cual se adopta el Plan Nacional Rural del Sistema para la Garantía Progresiva del Derecho a la Alimentación formulado en cumplimiento de lo establecido en los Puntos 1 y 1.3.4 del Acuerdo Final para la Terminacion del Confiicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera” Artículo 3. Implementación y ejecución. El Plan Nacional Rural del Sistema para la Garantía Progresiva del Derecho a la Alimentación será implementado y ejecutado por las entidades que conforman la Comisión Intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional - CISAN o quien haga sus veces, dentro del marco de sus competencias misionales y el alcance de las funciones determinadas en la normatividad vigente.
Paragrafo. La implementación y ejecución del Plan se realizará en coordinación con las entidades públicas y privadas que tengan competencia con la garantía progresiva del Derecho a la Alimentación, con cargo a los recursos de funcionamiento, inversión o propios de cada entidad, dentro del marco de sus competencias.
las entidades públicas y privadas que tengan competencia con la garantía progresiva del Derecho a la Alimentación, con cargo a los recursos de funcionamiento, inversión o propios de cada entidad, dentro del marco de sus competencias. Artículo 4. Seguimiento. La Secretaría Técnica de la Comisión Intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional - CISAN o quien haga sus veces, con base en los reportes de avance de las dependencias y/u oficinas de planeación de las entidades responsables, consolidará y reportará sobre el progreso de la implementación del Plan Nacional Rural del Sistema para la Garantía Progresiva del Derecho a la Alimentación de conformidad con lo establecido en el Sistema Integrado de Información para el Posconflicto (SIIPO). Artículo 5. Comunicación. Comunicar la presente resolución a las entidades que conforman la Comisión Intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional - CISAN, por intermedio de la Dirección de Capacidades Productivas y Generación de Ingresos del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. Artículo 6. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 1 3 JUL. 2022
EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL,
124 2— RODOLFO ZEA NAVARRO EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL,RESOLUCION NUMERO DE 2022 Hoja N°. 7
Continuación de la Resolución: “Porla cual se adopta el Plan Nacional Rural del Sistema para la Garantía Progresiva del Derecho a la Alimentación formulado en cumplimiento de lo establecido en los Puntos 1 y 1.3.4 del Acuerdo Final para
Continuación de la Resolución: “Porla cual se adopta el Plan Nacional Rural del Sistema para la Garantía Progresiva del Derecho a la Alimentación formulado en cumplimiento de lo establecido en los Puntos 1 y 1.3.4 del Acuerdo Final para la Terminación del Conficto y la Constucción de una Paz Estable y Duradera”
LA MINISTRA DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO,
EUA
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN NACIONAL, dude de
EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE,
CARLOS EDU, O CORREA ESCAF
LA MINISTRA DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO,
AZ
SUSANA CORREA BORRERO
ALRESOLUCION NUMERO DE 2022 Hoja N°. 8
Continuación de la Resolución: “Por la cual se adopta el Plan Nacional Rural del Sistema para la Garantia Progresiva del Derecho a la Alimentación formulado en cumplimiento de lo establecido en los Puntos 1 y 1.3.4 del Acuerdo Final para la Terminación del + Conficto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera”
LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN,
ALEJANDRA BOTERO BARCO
EL SUBDIRECTOR ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DEL EMPLEO DE
DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD
SOCIAL,
PIÉRRE GARCÍA JACQUIERPlan Nacional Rural del Sistema de Garantia Progresiva del Derecho a la AlimentaciénMINISTERIO DE AGRICULTURA
Y DESARROLLO RURAL
Rodolfo Enrique Zea Navarro Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural Omar Franco Torres Viceministro Desarrollo Rural Sergio Enrique Ramírez Payares Director Capacidades Productivas
Y DESARROLLO RURAL
Rodolfo Enrique Zea Navarro Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural Omar Franco Torres Viceministro Desarrollo Rural Sergio Enrique Ramírez Payares Director Capacidades Productivas y Generación de Ingresos Luis Javier Pinilla Palacio Jefe de Gabinete Socorro Aguas Pineda Coordinadora Seguridad Alimentaria y Nutricional y Generación de Ingresos Ligia Silva Bohórquez María Gabriela Hernández Escobar Carolina Clavijo Bravo Equipo Técnico
MINISTERIO DE SALUD
Y PROTECCIÓN SOCIAL Fernando Ruiz Gómez Ministro de Salud y de la Protección Social Germán Escobar Morales Viceministro de Salud Pública y Prestación de Servicios Gerson Orlando Bermont Galavis Director de Promoción y Prevención Elisa María Cadena Gaona Subdirectora de Salud Nutricional, Alimentos y Bebidas Claudia Patricia Moreno Barrera Yenifer Ramos Rivera Equipo Técnico
MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y
TERRITORIO
Susana Correa Borrero Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio José Luis Acero Vergel Viceministro de Agua y Saneamiento Básico Gloria Tovar Álzate Directora de Infraestructura y Desarrollo Empresarial Claudia Marcela Téllez Hahn Equipo Técnico
MINISTERIO DE AMBIENTE Y
DESARROLLO SOSTENIBLE
Carlos Eduardo Correa Escaf Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible Francisco José Cruz Prada Viceministro de Políticas y Normalización Ambiental Andrea Corzo Álvarez Directora de Asuntos Ambientales
Carlos Eduardo Correa Escaf Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible Francisco José Cruz Prada Viceministro de Políticas y Normalización Ambiental Andrea Corzo Álvarez Directora de Asuntos Ambientales Sectorial y Urbana Jairo Homez Sánchez Asesor de la Dirección de Asuntos Ambientales Sectorial y Urbana Andrés Guillermo Pinilla Saavedra María José De la Ossa Humanez Equipo Técnico
MINISTERIO DE COMERCIO,
INDUSTRIA Y TURISMO
María Ximena Lombana Villalba Ministra de Comercio, Industria y Turismo Jorge Enrique González Garnica Viceministro de Desarrollo Empresarial Sandra Acero Walteros Directora de Mipymes Gloria Xiomara Junca Eslava Elis Ustate Duarte Miguel Ernesto Tirado Castillo
Equipo TécnicoMINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
María Victoria Angulo González Ministra de Educación Constanza Liliana Alarcón Párraga Viceministra de Educación Preescolar, Básica y Media
UNIDAD ADMINISTRATIVA
ESPECIAL DE ALIMENTACIÓN
ESCOLAR - ALIMENTOS
PARA APRENDER
Juan Carlos Martínez Martín Director General Ana María Luisa Sierra Nova Subdirectora Técnica de Análisis, Calidad e Innovación Luisa Jamaica Mora Nohora Pérez Martínez Equipo Técnico
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO
PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL
Pierre García Jacquier Director (e) y Subdirector General de Programas y Proyectos Yaneth Reyes Montaña Directora de Inclusión Productiva Manuel Eduardo Castillo Guzman
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO
PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL
Pierre García Jacquier Director (e) y Subdirector General de Programas y Proyectos Yaneth Reyes Montaña Directora de Inclusión Productiva Manuel Eduardo Castillo Guzman Jefe de la Oficina Asesora de Planeación Mónica Lucía Salamanca Sierra Coordinadora Seguridad Alimentaria Marlen Yolanda Sierra Mendigaño Juan Carlos Trujillo Palacio Equipo Técnico
INSTITUTO COLOMBIANO
DE BIENESTAR FAMILIAR
Lina Arbeláez Directora General Liliana Pulido Villamil Subdirectora General Zulma Yanira Fonseca Centeno Directora de Nutrición Alba Victoria Serna Cortes Iván Andrés Lozada Pérez Alejandra Álvarez Alvear Lina Johanna Rosas Vargas Luis Giovanni Rodriguez Castillo Edward Julian Rojas Equipo Técnico
AGENCIA DE DESARROLLO RURAL
Ana Cristina Moreno Palacios Presidente Jenny Marcela Meneses Equipo Técnico
DEPARTAMENTO NACIONAL
DE PLANEACIÓN
Alejandra Botero Barco Directora Laura Pabón Alvarado Subdirectora General de Prospectiva y Desarrollo Nacional (E) Subdirectora de Desarrollo Social Carolina Suarez Vargas Subdirectora de Salud Lina María Valencia Directora de Gobierno, Derechos Humanos y Paz María Adelaida Vélez Subdirectora de Derechos Humanos y PazFernando Henao Velasco Director de Desarrollo Rural Sostenible Maria Olga Pefia Marifio Subdirectora de Producción y Desarrollo Rural Diego Fernando Buitrago Cortés Carlos Enrique Díaz July Andrea Sandoval Rojas
Director de Desarrollo Rural Sostenible Maria Olga Pefia Marifio Subdirectora de Producción y Desarrollo Rural Diego Fernando Buitrago Cortés Carlos Enrique Díaz July Andrea Sandoval Rojas Lady Laiton Linares Equipo Técnico
ASOCIACIÓN COLOMBIANA —
DE FACULTADES DE NUTRICIÓN
Y DIETÉTICA - ACOFANUD
Olga Tatiana Jaimes Prada Presidente Acofanud Elizabeth Valoyes Bejarano Mylene Rodríguez Leyton Equipo Técnico
AGENCIA DE RENOVACIÓN
DEL TERRITORIO
Juan Carlos Zambrano Arciniegas Director Gene
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