🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

MINAGRICULTURA - Resolución 000282 de 2017

Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
MINAGRICULTURA - Resolución 000282 de 2017
Autor
Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2017

Libestod y Orden

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL

RESOLUCIÓN NÚMERO 000282 (30 AG0 207 ) “Por la cual se otorga un apoyo al costo del transporte de arroz paddy verde en el segundo semestre de 2017 para los productores del Departamento de Arauca” EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL En ejercicio de sus funciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el artículo 7 de la Ley 101 de 1993, y los numerales 12 y 15 del artículo 3 del Decreto 1985 de 2013, y CONSIDERANDO Que los artículos 64 y 65 de la Constitución Política de Colombia establecen como deber del Estado promover la comercialización de productos que mejoren el ingreso y calidad de vida de los campesinos, así como el de proteger de manera especial la producción de alimentos, para lo cual otorgará prioridad al desarrollo integral de las actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras, forestales y agroindustriales. Que el artículo 7 de la Ley 101 de 1993 señala que cuando circunstancias ligadas a la protección de los recursos naturales orientados a la producción agropecuaria, a la protección del ingreso rural y al mantenimiento de la paz social en el agro así lo ameriten, el Gobierno podrá otorgar en forma selectiva y temporal incentivos y apoyos a los productores agropecuarios, en relación directa con área productiva o a sus volúmenes de producción. Que los numerales 12 y 15 del artículo 3 del Decreto 1985 de 2013 establecen entre las funciones del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural las de velar por la efectividad y cumplimiento de los fines que para el Sector consagran los

Que los numerales 12 y 15 del artículo 3 del Decreto 1985 de 2013 establecen entre las funciones del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural las de velar por la efectividad y cumplimiento de los fines que para el Sector consagran los artículos 64 a 66 de la Constitución Política, con sujeción a las normas contenidas en las leyes que los desarrollan; y diseñar, implementar y promocionar instrumentos, incentivos y estímulos para la producción y comercialización agropecuaria, a través del fomento a la producción, entre otros mecanismos, respectivamente. Que la puesta en marcha del Programa de apoyo al transporte de arroz paddy verde en el Departamento. de Arauca se fundamenta en el proyecto “Implantación y Operación Fondo Comercialización de Productos Agropecuarios a Nivel Nacional, a través del cual el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural puede implementar programas .de incentivos y apoyos económicos a fin de contribuir al sostenimiento de los ingresos de los productores y otorgar especialRESOLUCIÓN No. 000282 DE 2017 3 U AGO 2 Página? dee Continuación de la Resolución: “Por la cual se, establece un apoyo al costo del transporte de arroz paddy verde en el segundo semestre de 2017 para los productores del Departamento de Arauca” apoyo a la comercialización de productos nacionales de origen agropecuario, entre ellos apoyos a la comercialización como el apoyo al costo del transporte. Que la ficha EBI - Sistema Unificado de Inversiones y Finanzas Públicas — SUIFP, para el Proyecto de Inversión. “Implantación y Operación Fondo Comercialización de Productos Agropecuarios a Nivel Naciona incluye el

Que la ficha EBI - Sistema Unificado de Inversiones y Finanzas Públicas — SUIFP, para el Proyecto de Inversión. “Implantación y Operación Fondo Comercialización de Productos Agropecuarios a Nivel Naciona incluye el producto de apoyo a la comercialización para el año 2017, y para su ejecución el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y la Bolsa Mercantil de Colombia suscribieron el Contrato de Prestación de Servicios No.20170663 de agosto 11 de 2017. Que de acuerdo con el Acta 02 de agosto 24 de 2017 del Comité Administrativo del citado contrato se asignaron los recursos necesarios para la ejecución del programa apoyo al transporte de arroz a los productores de arroz del Departamento de Casanare, actividad contemplada en el objeto del mismo. Que la Justificación Técnica expedida por la Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales del 23 de agosto de 2017, remitida con Memorando 20175200089833 del 28 de agosto de 2017, señala, entre otros aspectos: e La producción de arroz paddy verde en el Departamento de Arauca se convirtió en la principal actividad agrícola de ciclo corto y la segunda actividad agrícola: después del cacao, crecimiento que se da como opción ante la caída de la actividad petrolera y el cambio de las condiciones de orden público en este Departamento en el nuevo escenario de postconflicto del país. El crecimiento del área sembrada de arroz en el primer semestre de 2017 en las diferentes zonas de producción afectó la comercialización del arroz en el Departamento de Arauca, toda vez que su producción no puede ser vendida én Casanare” y Norte de “Santander, “departamentos tradicionalmente compradores, debido a que actualmente dichos

en las diferentes zonas de producción afectó la comercialización del arroz en el Departamento de Arauca, toda vez que su producción no puede ser vendida én Casanare” y Norte de “Santander, “departamentos tradicionalmente compradores, debido a que actualmente dichos departamentos se encuentran cosechando su producción, por lo cual es necesario, teniendo en cuenta que el Departamento de Arauca no cuenta con infraestructura de postcosecha y de trasformación acorde a su oferta productiva, transportar el arroz paddy verde producido: a otros departamentos para su efectiva comercialización. Según el Censo Dane - Fedearroz el área sembrada para el primer semestre del año 2017 fue de 13.326 hectáreas en el Departamento de Arauca, estimándose una producción de 67 mil toneladas, siendo necesario para los productores de arroz paddy verde buscar compradores en otros departamentos, tales como Tolima y Santander, los cuales cuentan con capacidad productiva de recibo y procesamiento superior de su oferta productiva. Ello tiene como consecuencia para los productores de Arauca un aumento de los costos de transporte, situación que va en contra de sus - ingresos y rentabilidad económica de la actividad productiva, motivo por el " cual solicitaron al Ministerio un apoyo al costo que se generaría por el transporte de la-producción en el segundo semestre de 2017.RESOLUCIÓN No. () 00282 PE2017 30 AGO 207 Página 3 de 8

Continuación de la Resolución: “Por la cual se establece un apoyo al costo del transporte de arroz paddy verde en el segundo semestre de 2017 para los productores del Departamento de Arauca” El programa de apoyo al transporte es un instrumento de comercialización, toda vez que les permite a los productores facilitar la venta de su

de arroz paddy verde en el segundo semestre de 2017 para los productores del Departamento de Arauca” El programa de apoyo al transporte es un instrumento de comercialización, toda vez que les permite a los productores facilitar la venta de su producción en otras regiones del país, generando nuevos mercados y un estímulo para continuar con la actividad agrícola de arroz, producto clave en la seguridad alimentaria del país. - Que la Gobernación de Arauca, a través de su Secretario de Desarrollo Agropecuario y Sostenible, y el Representante de la Cadena del Arroz ante el Consejo de la Cadena, a través de oficio 20173130201432, radicado el 3 de agosto de 2017, solicitaron a este Ministerio un apoyo al transporte para los arroceros del Departamento de Arauca en el proceso de la comercialización. Que en la mencionada Justificación Técnica, documento en virtud del cual se expide la presente resolución, la Dirección de Cadenas Agrícolas. y Forestales del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural: concluye que; dada la importancia de la producción arrocera del Departamento de Arauca y el apremio que tienen los productores para la comercialización de su producción, es necesario otorgar un apoyo al costo del transporte a los productores de arroz en el Departamento de Arauca para el segundo semestre de 2017, bajo las condiciones y requisitos que se establecen en la presente resolución, con el fin de proteger el ingreso rural y el mantenimiento de la paz social en dicho departamento. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Apoyo al costo de transporte. Otorgar un apoyo al costo de transporte de arroz paddy verde en el Departamento de Arauca para el segundo

departamento. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Apoyo al costo de transporte. Otorgar un apoyo al costo de transporte de arroz paddy verde en el Departamento de Arauca para el segundo semestre de 2017 a los productores de ese departamento que vendan la producción de arroz a la industria molinera y/o agrocomercios que se encuentren ubicados en zonas diferentes a los Departamentos de Arauca, Norte de Santander y Casanare, en las condiciones y bajo los requisitos que se establecen en la presente resolución. Artículo 2. Valor máximo del programa de apoyo al costo de transporte en el Departamento de Arauca. El valor máximo del programa de apoyo al costo de transporte de arroz paddy verde en el Departamento de Arauca que establece la presente resolución es de hasta MIL QUINIENTOS MILLONES DE PESOS ($1.500.000.000), y el valor máximo del apoyo a otorgar por tonelada transportada y comercializada será según la siguiente tabla: Origen Destino Apoyo máximo (S$/ton) Departamento de Arauca _| Departamento de Tolima $100.000 Departamento de Arauca | Departamento de Santander $55.000 Departamento de Arauca | Departamento de Meta $ 42.000RESOLUCIÓN No. 005282 DE 2017 Página 4 de 8

Continuación de la Resolución: “Por la cual se establece un apoyo al costo del transporte de arroz paddy verde en el segundo semestre de 2017 para los productores del Departamento de Arauca” Artículo 3. Período del apoyo al costo de transporte. Se otorgará el apoyo al costo del transporte de arroz paddy verde del Departamento de Arauca que se movilice y comercialice a partir de la publicación de la presente resolución y

Departamento de Arauca” Artículo 3. Período del apoyo al costo de transporte. Se otorgará el apoyo al costo del transporte de arroz paddy verde del Departamento de Arauca que se movilice y comercialice a partir de la publicación de la presente resolución y hasta el quince (15) de noviembre de 2017, o hasta la fecha de agotamiento de los recursos máximos disponibles para el efecto; es decir MIL QUINIENTOS MILLONES DE PESOS ($1.500.000.000), lo que primero ocurra. La Bolsa Mercantil de Colombia — BMC informará, mediante publicación en su página de Internet (www.bolsamercantil.com.co), el saldo y la disponibilidad progresiva de los recursos, así como la fecha de su agotamiento de acuerdo a la presentación de las cuentas de cobro: Artículo 4. Volumen objeto de apoyo. El volumen máximo. de toneladas a apoyar será el resultante de las solicitudes de apoyo al costo por tonelada transportada y comercializada establecidos en el artículo 2 de la presente resolución, hasta el valor máximo del programa allí previsto. Artículo 5. Beneficiarios del programa. Podrán beneficiarse con el. presente apoyo al costo del transporte de arroz paddy verde del Departamento de Arauca para el segundo semestre de 2017, las personas naturales o jurídicas productoras de arroz del Departamento de Arauca que cumplan con todos los requisitos establecidos en la presente resolución. Parágrafo. En ningún caso podrá beneficiarse del apoyo al costo del transporte establecido en la presente resolución el arroz que los productores hayan vendido a empresas compradoras participantes del programa de incentivo al almacenamiento de arroz en el segundo semestre de 2017, reglamentado

establecido en la presente resolución el arroz que los productores hayan vendido a empresas compradoras participantes del programa de incentivo al almacenamiento de arroz en el segundo semestre de 2017, reglamentado mediante las Resoluciones Nos. 262, 263 y 266 de 2017, expedidas por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. Tampoco podrán beneficiarse los productores que participen en el programa de apoyo a la comercialización de arroz paddy verde en el segundo semestre de 2017 reglamentado mediante la Resolución No: 276 de 2017, expedida por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. Tales situaciones serán verificadas por la Bolsa Mercantil de Colombia. Artículo 6. Etapas para acceder al apoyo a la comercialización. Los productores deberán cumplir con las siguientes etapas para acceder al apoyo previsto en la presente resolución:

1. Inscripción. Inscribirse en la Bolsa Mercantil de Colombia en físico o a través de correo electrónico convenios € bolsamercantil.com.co entre la fecha de publicación de la presente resolución y el once (11) de septiembre de 2017, utilizando el formato que establezca dicha entidad, y anexando la siguiente documentación: . “Certificación. de Fedearroz que acredite su condición de productor del Departamento de Arauca. - e Fotocopia de la cédula de ciudadanía del productor.RESOLUCIÓNNo. 000282 DE2017,, ., CO. o Página 5 de 8

Continuación de la Resolución: “Por la cual se establece un apoyo al costo del transporte de arroz paddy verde en el segundo semestre de 2017 para los productores del Departamento de Arauca” Copia legible del RUT.

Continuación de la Resolución: “Por la cual se establece un apoyo al costo del transporte de arroz paddy verde en el segundo semestre de 2017 para los productores del Departamento de Arauca” Copia legible del RUT. e Las cooperativas, asociaciones, gremios de productores y personas jurídicas deberán anexar certificado de existencia y representación legal, expedido con una antiguedad no mayor a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de inscripción.

2. Transporte y venta de arroz paddy verde. Los participantes deberán haber transportado y comercializado el arroz paddy verde entre la fecha de publicación de la presente resolución y el quince (15) de noviembre de 2017.

3. Presentación de la cuenta de cobro. Los productores deberán presentar dos originales de cuenta de cobro dirigida al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, radicados en la Bolsa Mercantil de Colombia entre el dieciocho (18) de septiembre y el quince (15) de diciembre de 2017, anexando la documentación que se solicita en el artículo 8 de la presente resolución.

Parágrafo 1. El día trece (13) de septiembre de 2017, la Bolsa Mercantil de Colombia publicará en su página de internet (www.bolsamercantil.com.co), el listado de los productores inscritos. Parágrafo 2: Los productores deberán cumplir con cada una de las etapas definidas en el presente artículo, para acceder al apoyo que se reglamenta a través de la presente resolución. Artículo 7. Adjudicación. La adjudicación del apoyo al costo de transporte de arroz paddy verde del Departamento de Arauca se realizará por orden de presentación de las cuentas de cobro ante la Bolsa Mercantil de Colombia, en

Artículo 7. Adjudicación. La adjudicación del apoyo al costo de transporte de arroz paddy verde del Departamento de Arauca se realizará por orden de presentación de las cuentas de cobro ante la Bolsa Mercantil de Colombia, en las fechas previstas para tal fin. Artículo 8. Requisitos para el pago del apoyo al transporte de arroz Para que se efectúe el pago del apoyo que se reglamenta a través de la presente resolución los productores deberán presentar dos originales de cuenta de cobro, dirigida al Ministerio.de Agricultura y Desarrollo Rural, en la Bolsa Mercantil de Colombia entre el dieciocho (18) de septiembre y el quince (15) de diciembre de 2017, conforme al formato expedido por la Bolsa Mercantil de Colombia, anexando la siguiente documentación: Para la demostración de la comercialización, cuando la venta se realiza a un molino, se solicita alguno de los siguientes documentos: Y Copia del (los) recibo(s) de liquidación del molino, que relacione(n) el número de toneladas de arroz que comercializó, junto con el (los) recibo(s) de la báscula expedidos entre la fecha de publicación de la presente resolución y el quince (15) de noviembre de 2017. Y Certificación original expedida por el representante legal y el revisor fiscal o contador, según corresponda legalmente, del molino comprador, donde conste el volumen total de arroz paddy adquirido al productor inscrito en el programa, entre la fecha de publicación de la presente resolución y el quince (15) de noviembre de 2017.RESOLUCIÓN No. 000282 _pg 2017 ., Pagina 6 de 8 30 ACO 201

Continuación de la Resolución: “Por la cual se establece un apoyo al costo del transporte

la presente resolución y el quince (15) de noviembre de 2017.RESOLUCIÓN No. 000282 _pg 2017 ., Pagina 6 de 8 30 ACO 201

Continuación de la Resolución: “Por la cual se establece un apoyo al costo del transporte de arroz paddy verde en el segundo Semestre de 2017 para los productores del Departamento de Arauca" e Para las entregas de arroz que se hacen directamente a los agrocomercios y no a los molinos, los productores deberán entregar certificación original expedida por la entidad compradora, suscrita por el representante legal y el revisor fiscal o contador, según corresponda legalmente, donde conste el volumen total de arroz paddy adquirido al productor inscrito en el programa entre la fecha de publicación de la presente resolución y el quince (15) de noviembre de 2017. e Para la demostración del transporte hasta el departamento de destino

(Santander, Tolima o Meta) del arroz comercializado, sea persona natural o jurídica, debe adjuntarse fotocopia de la factura de la empresa transportadora a nombre del productor inscrito. Este documento debe incluir los sitios de origen y destino, fecha en que se efectuó el transporte, producto transportado (arroz paddy verde), cantidad y valor del flete por tonelada. Además de la factura con los requisitos del párrafo anterior, se debe adjuntar el RUT del prestador del servicio donde conste que puede desarrollar la actividad de transporte de carga. e Certificación, en el formato que establezca la Bolsa Mercantil de Colombia, expedida por el representante legal del productor y el revisor fiscal o contador, según corresponda legalmente, o por el productor y revisor fiscal o contador, según corresponda legalmente, en la cual manifieste que el valor indicado en la factura de la empresa

Colombia, expedida por el representante legal del productor y el revisor fiscal o contador, según corresponda legalmente, o por el productor y revisor fiscal o contador, según corresponda legalmente, en la cual manifieste que el valor indicado en la factura de la empresa transportadora corresponde al valor real cancelado por el transporte de arroz paddy verde hacia los departamentos de destino señalados en el artículo 2 de la presente resolución. e Certificación bancaria a nombre del productor inscrito, expedida con antigiedad no mayor a treinta (30) días calendario a la fecha de expedición de la presente resolución, donde se especifique tipo, número de cuenta bancaria, y ciudad de apertura de la cuenta. Parágrafo 1. En la cuenta de cobro el productor autorizará a la Bolsa Mercantil de Colombia para que sea cancelado el apoyo por un valor menor al cobrado, para las situaciones en las que no sea aceptada toda la documentación presentada en relación con la demostración de la comercialización, o con la realización y costo del transporte. El formato de cuenta de cobro con la autorización indicada será publicado por la Bolsa Mercantil de Colombia. Por lo tanto no se requerirá de una nueva cuenta de cobro por parte del productor. Parágrafo 2. Para la presentación de la cuenta de cobro del apoyo no se requerirá que ésta se realice a través de una firma comisionista de bolsa o intermediario, y debe hacerse directamente ante la Bolsa Mercantil de Colombia.RESOLUCIONNo. 00 0282 DE 2017 30 MO zm-(Pa’gina7de8

Continuación de la Resolución: “Por la cual se establece un apoyo al costo del transporte de arroz paddy verde en el segundo semestre de 2017 para los productores del

Departamento de Arauca”

Continuación de la Resolución: “Por la cual se establece un apoyo al costo del transporte de arroz paddy verde en el segundo semestre de 2017 para los productores del Departamento de Arauca” Parágrafo 3. El incumplimiento de cualquiera de los requisitos establecidos en la presente resolución será causal suficiente para no aprobar la cuenta de cobro y/o no efectuar el pago.

Parágrafo 4. La Bolsa Mercántil de Colombia, antes de realizar el pago, verificará el cumplimiento de todos los requisitos establecidos en la presente resolución, y podrá hacer. los requerimientos. adicionales que considere necesarios. Parágrafo 5. El pago del apoyo se hará únicamente a través de transferencia electrónica a la cuenta bancaria que informe el productor inscrito. Parágrafo 6. Se aceptarán máximo dos cuentas de cobro por productor, que pueden presentarse directamente en las oficinas de la Bolsa Mercantil de Colombia en la ciudad de Bogotá, o en los diferentes lugares que la Bolsa Mercantil de Colombia defina, información que ésta publicará en su página web. Parágrafo 7. Si el costo adicional de transporte efectivamente pagado por el productor, de acuerdo con la documentación aportada, resulta menor al valor máximo de apoyo por tonelada, según destino, previsto en el artículo 2 de la presente resolución, la BMC sólo reconocerá el costo adicional en el que efectivamente se hubiere incurrido. El Director de Cadenas Agrícolas y Forestales del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural evaluará y remitirá a la Bolsa Mercantil de Colombia, a más tardar el 11 de septiembre de 2017, los valores de referencia para calcular el valor del apoyo al costo de transporte en

Forestales del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural evaluará y remitirá a la Bolsa Mercantil de Colombia, a más tardar el 11 de septiembre de 2017, los valores de referencia para calcular el valor del apoyo al costo de transporte en estas situaciones. Si la Bolsa Mercantil de Colombia llegare a encontrar alguna inconsistencia en los valores tomados como referencia, podrá solicitar a la Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales que se evalué y valide nuevamente los valores de referencia. Artículo 9. Supervisión. La Bolsa Mercantil de Colombia ejercerá la supervisión y verificará el cumplimiento de todas las obligaciones contraídas por los participantes del programa de apoyo al costo de transporte de arroz paddy verde del Departamento de Arauca para el segundo semestre de 2017. En consecuencia, los productores deberán permitir el acceso a todos los documentos, registros e instalaciones, con el fin de que el supervisor pueda desarrollar su labor adecuadamente y establecer el cumplimiento de los requisitos para acceder al apoyo. Artículo 10. Plazo para el pago del apoyo. El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural pagará a través de la Bolsa Mercantil de Colombia el valor del apoyo dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha en la que se reciba debidamente la cuenta de cobro de que trata el artículo 8 de la presente resolución, es decir, con el lleno de los requisitos exigidos para el efecto. En todo caso, el Ministerio tiene como fecha límite de pago el veintinueve (29) de diciembre de 2017. Parágrafo. Los pagos a que haya lugar por concepto de apoyo al costo de

todo caso, el Ministerio tiene como fecha límite de pago el veintinueve (29) de diciembre de 2017. Parágrafo. Los pagos a que haya lugar por concepto de apoyo al costo de transporte de arroz paddy verde del Departamento de Arauca para el segundoRESOLUCIÓN No. 00 0282 DE 2017 30 460 20177ágina 8 de 8

Continuación de la Resolución: “Por la cual se establece un apoyo al costo. del transporte de arroz paddy verde en el segundo semestre de 2017 para los productores del Departamento de Arauca” semestre de 2017 los realizará la Bolsa Mercantil-de Colombia de acuerdo con el orden de llegada de las cuentas de cobro y aprobación de las mismas, y estarán supeditados al cumplimiento de todos los requisitos establecidos en la presente resolución, a las previsiones y disponibilidades presupuestales, y al Programa Anual de Caja Mensualizado, PAC. - Artículo. 11. Recursos del programa. El apoyo al costo de transporte de arroz paddy verde en el Departamento de Arauca para el segundo semestre de 2017 se cancelará con cargo al Proyecto “Implementación Operación Fondo Comercialización de Productos Agropecuarios a Nivel Nacional", en concordancia con el Contrato No.20170663 de agosto 11 de 2017, suscrito entre el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y la Bolsa Mercantil de

Colombia. Artículo 12. Descuentos de los pagos. La Bolsa Mercantil de Colombia descontará de cada uno de los pagos derivados del apoyo el impuesto al gravamen a los movimientos financieros, los costos por transferencias electrónicas, y las retenciones a que haya lugar. Artículo 13. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su

gravamen a los movimientos financieros, los costos por transferencias electrónicas, y las retenciones a que haya lugar. Artículo 13. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. -

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., alos 31) AGO 2017

AURELIO IRAGORRI VALENCIA

Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural

Proyectó: Claudia Vila Foo Vi

V/B. Miguel Angel Ardila

Qanjenas Cesar Riqui Olivero: Revis

Aprobó: Vena de Asuntos Agro rios U

Oficina Asesora Jurídic: 3

Secretaria General

Consultar sobre este documento ...