MINAGRICULTURA - Resolución 000298 de 2019
Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural
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Detalles
- Título
- MINAGRICULTURA - Resolución 000298 de 2019
- Autor
- Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2019
Uberiad y Orden MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL RESOLUCIÓN NÚMERO 000298 pe 2019 « 13sEp o) “Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 0229 de 2019, que establece el Programa de Incentivo al Almacenamiento de Arroz cosechado en los Departamentos de Arauca, Meta, Casanare, Vichada, Guaviare y el Municipio de Paratebueno en Cundinamarca en el segundo semestre del 2019” EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL En ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por el artículo 7 de la Ley 101 de 1993, y los numerales 12 y 15 del artículo 3 del Decreto 1985 de 2013, y CONSIDERANDO Que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural — MADR, expidió la resolución 0229 el 19 de julio de 2019, mediante la cual se establece el Programa de Incentivo al Almacenamiento de Arroz cosechado en los Departamentos de Arauca, Meta, Casanare, Vichada, Guaviare y el Municipio de Paratebueno en Cundinamarca en el segundo semestre del 2019. ' Que el artículo 2 de la citada resolución, señala que el valor total del Programa del Incentivo al Almacenamiento de Arroz cosechado en los Departamentos de Arauca, Meta, Casanare, Vichada, Guaviare y el Municipio de Paratebueno en Cundinamarca en el segundo semestre del año 2019, será hasta por la suma de ONCE MIL MILLONES DE PESOS m/cte. ($11.000.000.000) y serán asignados a
Cundinamarca en el segundo semestre del año 2019, será hasta por la suma de ONCE MIL MILLONES DE PESOS m/cte. ($11.000.000.000) y serán asignados a razón de VEINTINUEVE MIL PESOS m/cte. ($29.000), mes vencido, por tonelada de arroz paddy seco o su equivalente en arroz integral o blanco almacenado. Que el artículo 3 de la misma resolución establece que se otorgará incentivo al almacenamiento de arroz cosechado en los Departamentos de Arauca, Meta, Casanare, Vichada, Guaviare y el Municipio de Paratebueno en Cundinamarca en el segundo semestre del año 2019, para el período comprendido entre el 01 de agosto de 2019 y hasta el 30 de diciembre de 2019 o hasta el agotamiento de los recursos disponibles para el efecto, es decir, ONCE MIL MILLONES DE PESOS M/CTE ($11.000.000.000), lo que primero ocurra. Que el artículo 4 de la citada resolución dispone que el volumen máximo almacenado a apoyar con el incentivo es de hasta 126.436 toneladas de arroz paddy seco, o su equivalente en arroz integral o blanco, producidos en los Departamentos de Arauca, Meta, Casanare, Vichada, Guaviare y el Municipio de Paratebueno en Cundinamarca, así: hasta 50.000 toneladas para los operadores compradores y hasta 76.436 toneladas para los productores de arroz paddy y de semilla, y estos últimos se distribuirán así: hasta 68.436 toneladas para los productores de arroz paddy y hasta 8.000 toneladas para los productores de semilla de arroz.RESOLUCIÓN No. 000298 pe 2019
semilla, y estos últimos se distribuirán así: hasta 68.436 toneladas para los productores de arroz paddy y hasta 8.000 toneladas para los productores de semilla de arroz.RESOLUCIÓN No. 000298 pe 2019
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5RESOLUCIÓN No. 000298 pe 2019 PÁGINA 3 de 5 13 sep 2019 Continuación de la Resolución: “Por la cual se modifica parcialmente la resolución 0229 de 2019, que establece el Programa de Incentivo al Almacenamiento de Arroz cosechado en los Departamentos de Arauca, Meta, Casanare, Vichada, Guaviare y el Municipio de Paratebueno en Cundinamarca en el segundo semestre del 2019”. Se estima que la producción de arroz paddy seco para el periodo de agosto a diciembre de 2019 será de 1.774.355 toneladas, de las cuales 985.070 corresponden a la zoná de los Llanos Orientales y de esta última se espera cosechar entre agosto y octubre el 89% de la producción, razón por la cual es importante almacenar parte de estos excedentes para evitar una caída drástica de los precios nacionales. e La Bolsa Mercantil de Colombia en su informe de avance de la ejecución del Programa de Incentivo ai Almacenamiento reglamentado por la Resolución 0229 del 19 de julio de 2019, informa que el día 22 de julio de 2019 se agotó el volumen asignado para los operadores compradores correspondiente a 50.000 toneladas de arroz paddy seco, dado que en esa fecha se cumplió el Registro de Facturas por un volumen de 118.442.715 kilogramos de arroz paddy verde,
volumen asignado para los operadores compradores correspondiente a 50.000 toneladas de arroz paddy seco, dado que en esa fecha se cumplió el Registro de Facturas por un volumen de 118.442.715 kilogramos de arroz paddy verde, que expresados en términos de paddy seco equivalen a 100.000.000 kilogramos, volumen del cual es susceptible de incentivo al almacenamiento hasta el 50% de las compras, es decir 50.000 toneladas. Por lo anterior se justifica y se hace necesario ampliar el valor total del incentivo y focalizarlo a los operadores compradores. Conel propósito de dar estabilidad al precio del arroz paddy verde durante la actual cosecha, se hace necesario almacenar un volumen significativo y con ello, promover que los compradores participen activamente en el Programa de Incentivo al Almacenamiento y compren la cosecha dentro del precio de referencia establecido, por lo anterior, se hace necesario adicionar el valor total del programa establecido en la Resolución 0229 de 2019 en NUEVE MIL QUINIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE. ($9.500.000.000), con el objetivo de ampliar la cobertura del incentivo hasta un volumen de 235.631 toneladas de paddy seco, equivalentes al 24% del volumen a cosechar en la zona de influencia. Que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural suscribió con la Bolsa Mercantil de Colombia el Contrato de Prestación de Servicios No. 20190356 el 09 de mayo de 2019, cuyo objeto es: “Prestar sus servicios como Bolsa Mercantil de Colombia para el desarrollo de las actividades que promuevan el fortalecimiento del sector agropecuario, garantizando el nivel de precios, producción, transformación, comercialización, transporte, abastecimiento de productos, compras públicas,
para el desarrollo de las actividades que promuevan el fortalecimiento del sector agropecuario, garantizando el nivel de precios, producción, transformación, comercialización, transporte, abastecimiento de productos, compras públicas, almacenamiento de excedentes, incentivos y promoción al consumo de productos agricolas, forestales, pecuarios, pesqueros, incluyendo programas y herramientas relacionadas con la política de agricultura por contrato”, el cual fue adicionado en recursos el 11 de septiembre de 2019. Que el Comité Administrativo del Contrato de Prestación de Servicios No. 20190356, aprobó, mediante Acta N 03 del 23 de agosto de 2019, la adición de NUEVE MIL QUINIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE. ($9.500.000.000) al Programa de Incentivo al Almacenamiento de Arroz cosechado en los Departamentos de Arauca, Meta, Casanare, Vichada, Guaviare y el Municipio de Paratebueno en Cundinamarca en el segundo semestre del 2019, definido en la Resolución 229 de 2019, a fin de apoyar hasta 235.631 toneladas de arroz paddy seco almacenado.RESOLUCIÓN No. 000298 DE 2018
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5RESOLUCIÓN No. 000298 pe 2019 PÁGINA 5 de 5 13 SEP 2019
Continuación de la Resolución: “Por la cual se modifica parcialmente la resolución 0229 de 2019, que establece el Programa de Incentivo al Almacenamiento de Arroz cosechado en los Departamentos de Arauca, Meta, Casanare, Vichada, Guaviare y el Municipio de Paratebueno en Cundinamarca en el segundo semestre del 2019”.
Departamentos de Arauca, Meta, Casanare, Vichada, Guaviare y el Municipio de Paratebueno en Cundinamarca en el segundo semestre del 2019”. e Hasta 8.000 toneladas para los productores de semilla de arroz. Parágrafo 2. De acuerdo con los soportes de los informes de resultados de almacenamiento presentados por la Bolsa Mercantil de Colombia, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural podrá reasignar: e El volumen de los productores de arroz paddy que no sea utilizado a los productores de semilla de arroz y viceversa. Para ello comunicará a la Bolsa Mercantil de Colombia el volumen reasignado. El volumen de los productores de arroz paddy y de semilla que no sea utilizado, a los operadores compradores y viceversa. Para ello comunicará a la Bolsa Mercantil de Colombia el volumen reasignado”. Artículo 3. Las facturas que hayan surtido el proceso ante la Bolsa Mercantil de Colombia serán susceptibles del beneficio del Incentivo al Almacenamiento de Arroz cosechado en los Departamentos de Arauca, Meta, Casanare, Vichada, Guaviare y el Municipio de Paratebueno en Cundinamarca en el segundo semestre del 2019, siempre y cuando no se hayan agotado los recursos, incluidos los adicionados en la presente resolución. Artículo 4. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación, manteniéndose vigentes las demás disposiciones de la Resolución 0229 de 2019 que no fueron modificados.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los 1 3 SEP 2019
ANDRÉS VALENCIA PINZÓN
0229 de 2019 que no fueron modificados.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los 1 3 SEP 2019
ANDRÉS VALENCIA PINZÓN
Ministro de Agricultura y Desalroño Rural
Proyectó: Wilson Rivera — Dirección Cadenas Agrícolas y Forestales 2
Revisó: — David Montaño — Abogado Dirección de la Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales
Al 5 Silva - Director de Cadenas Agrícolas y Forestales y Pérez — Jefe Oficina Asesora Jurídica Aprobó mA Urueña — Viceministra de Asuntos Agropecuarios NY”