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MINAGRICULTURA - Resolución 000300 de 2022

Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural

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Detalles

Título
MINAGRICULTURA - Resolución 000300 de 2022
Autor
Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2022

P Libertad y Orden

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2022

(EE-00300 ) “Por medio de la cual se ordena la baja de unos bienes muebles de propiedad del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y se ofrecen los lotes 1, 2 y 7, mediante enajenación a título gratuito a las demás Entidades Públicas.” LA SECRETARIA GENERAL DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL En ejercicio de sus funciones legales establecidas en los numerales 2, 12 y 14 del artículo 21 del Decreto 1985 de 2013, en especial las delegadas mediante la Resolución 210 de 2022, y CONSIDERANDO Que el artículo 21 del Decreto 1985 de 2013 “Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y se determinan las funciones de sus dependencias”, establece entre las funciones de la Secretaría General del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, las siguientes, “2. Dirigir la ejecución de los programas y actividades relacionados con los asuntos financieros, contables, contratación pública, servicios administrativos, atención al ciudadano y gestión documental; 12. Dirigir y orientar el mantenimiento y mejoramiento de los bienes muebles e inmuebles del Ministerio; 14. Dirigir, coordinar, controlar y evaluar las actividades relacionadas con la adquisición, almacenamiento, custodia, distribución e inventarios de los elementos, equipos y demás bienes necesarios para el funcionamiento normal del Ministerio.” Que el artículo 22 del mencionado decreto, señala como funciones de la Subdirección Administrativa, entre otras: “1. Dirigir, ejecutar y controlar los planes,

necesarios para el funcionamiento normal del Ministerio.” Que el artículo 22 del mencionado decreto, señala como funciones de la Subdirección Administrativa, entre otras: “1. Dirigir, ejecutar y controlar los planes, programas, proyectos, procesos, servicios y actividades en materia de gestión del talento humano, gestión documental y administración de recursos físicos.; 2. Dirigir y ejecutar la actividad administrativa de las diferentes dependencias del Ministerio, su planeación, ejecución, control de gestión y resultados; 4. Dirigir, administrar, coordinar y hacer seguimiento a los procesos relacionados con el recurso humano, físico y de bienes y servicios del Ministerio, garantizando su adecuado funcionamiento; 12. Administrar los bienes muebles e inmuebles del Ministerio; 14. Efectuar la custodia de los elementos de propiedad del Ministerio y mantener la actualización de los inventarios de elementos devolutivos de los bienes del Ministerio”. Que el artículo el artículo 2.2.1.2.2.4.3 del Decreto 1082 de 2015 "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional, señala “Las Entidades Estatales deben hacer un inventario de los bienes muebles que no utilizan y ofrecerlos a título gratuito a las Entidades. RESOLUCION NUMERO BC-0 0300 Hoja N°. 2 Continuación de la Resolución “Por medio de la cual se ordena la baja de unos bienes muebles de propiedad del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y se ofrecen los lotes 1, 2 y 7, mediante enajenación a título gratuito a las demás Entidades Públicas” Estatales a través de un acto administrativo motivado que deben publicar en su página web.

mediante enajenación a título gratuito a las demás Entidades Públicas” Estatales a través de un acto administrativo motivado que deben publicar en su página web. La Entidad Estatal interesada en adquirir estos bienes a título gratuito, debe manifestarlo por escrito dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la fecha de publicación del acto administrativo. En tal manifestación la Entidad Estatal debe señalar la necesidad funcional que pretende satisfacer con el bien y las razones que justifican su solicitud. Si hay dos o más manifestaciones de interés de Entidades Estatales para el mismo bien, la Entidad Estatal que primero haya manifestado su interés debe tener preferencia. Los representantes legales de la Entidad Estatal titular del bien y la interesada en recibirlo deben suscribir un acta de entrega en la cual deben establecer la fecha de la entrega material del bien, la cual no debe ser mayor a treinta (30) días calendario, contados a partir de la suscripción del acta de entrega.” Que el artículo 2.2.22.3.8, del Decreto 1083 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública” el cual fue sustituido a través del artículo 1 del Decreto 1499 de 2017, establece el Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG, como marco de referencia para dirigir, planear, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión de las entidades y organismos públicos, con el fin de generar resultados que atiendan los planes de desarrollo y resuelvan las necesidades y problemas de los ciudadanos, indicando además, que cada entidad pública deberá integrar un Comité Institucional de Gestión y Desempeño encargado de orientar la

los planes de desarrollo y resuelvan las necesidades y problemas de los ciudadanos, indicando además, que cada entidad pública deberá integrar un Comité Institucional de Gestión y Desempeño encargado de orientar la implementación y operación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - - MIPG, el cual sustituirá los demás comités que tengan relación con el Modelo y que no sean obligatorios por mandato legal. Que el artículo 10 de la Resolución No. 00198 de 2018 “Por medio de la cual se adopta el Modelo Integrado de Planeación y Gestión -MIPG, y se conforman los Comités Institucional y Sectorial de Gestión y Desempeño”, dispone que el Comité Institucional de Gestión y Desempeño, tiene entre otras, la función de articular los esfuerzos institucionales, recursos, metodologías y estrategias para asegurar la implementación, sostenibilidad y mejora del modelo integrado de planeación y gestión, y asegurar la implementación y desarrollo de las políticas de gestión. Que la Resolución No. 247 de 2018, adoptó el Manual para la Administración de Bienes y Seguros del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, el cual tiene por objeto “orientar y definir los lineamientos para la administración de los bienes del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y sus seguros, a través de procedimientos que garanticen el adecuado recibo, registro al sistema de información, administración, custodia y su aseguramiento”. Que el numeral 2.5.1.2. del Manual para la Administración de Bienes y Seguros del Ministerio, indica que la baja “1. Consiste en retirar definitivamente un bien del inventario de la entidad, por alguna de las siguientes situaciones: por ser inservible, pérdida o deterioro, obsolescencia, destrucción, desmantelamiento, por

del Ministerio, indica que la baja “1. Consiste en retirar definitivamente un bien del inventario de la entidad, por alguna de las siguientes situaciones: por ser inservible, pérdida o deterioro, obsolescencia, destrucción, desmantelamiento, por ser un riesgo o amenaza de ruina, hurto o cuando el bien no se encuentre en condiciones funcionales de prestar el servicio para el cual fue adquirido o transferido, cuya decisión esta soportada a través de acto administrativo motivado, en el cual se indica el destino final del bien”; 2. El procedimiento inicia por la identificación del bien a darde baja y va hasta la ejecución de acuerdo a lo definidoRESOLUCIÓN NÚMERO EZ-00300 Hoja N°. 3 Continuación de la Resolución “Por medio de la cual se ordena la baja de unos bienes muebles de propiedad del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y se ofrecen los lotes 1, 2 y 7, mediante enajenación a título gratuito a las demás Entidades Públicas” en el acto administrativo que autoriza la baja y el respectivo registro de salida en el sistema de inventarios”. Que el numeral 2.5.1.2.1. del mencionado Manual, establece dentro de las modalidades de baja de bienes, que la “1. Enajenación: Es el procedimiento mediante el cual se hace transferencia de un derecho real de un patrimonio a otro y se da cuando la entidad decide retirar un bien de su patrimonio, ofreciéndolo de acuerdo con lo establecido en el Decreto 1082 de 2015, y/o reglamentación de las inmobiliarias del estado. La modalidad de enajenación podrá ser cualquiera de las establecidas en el marco legal vigente”. Que el artículo 1 de la Resolución No. 00210 de 2022, "Por la cual se hacen unas

inmobiliarias del estado. La modalidad de enajenación podrá ser cualquiera de las establecidas en el marco legal vigente”. Que el artículo 1 de la Resolución No. 00210 de 2022, "Por la cual se hacen unas delegaciones", señala que el Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural en ejercicio de sus funciones constitucionales y legales resuelve delegar en el Secretario General, entre otras funciones “La expedición de los actos administrativos inherentes a la baja de bienes”. Que la Subdirección Administrativa del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, mediante memorando 2022-310-015821-3, remitió la justificación técnica para dar de baja bienes muebles, señalando entre otros aspectos, lo siguiente: -En desarrollo de las gestiones de seguimiento de los bienes de propiedad del Ministerio entregados para el uso de funcionarios y terceros (entidades), y del proceso de depuración del inventario realizado durante las vigencias 2021 y lo corrido del 2022 (...) se identificaron un total de CIENTO NOVENTA Y UNO (191) bienes que debido a sus condiciones y situación actual deben surtir los trámites para su salida en inventarios y posterior destinación final, según autorice el comité institucional, por ello, (...) se organizaron los elementos en SIETE (7) lotes, de acuerdo con el tipo de bienes que se pretenden dar de baja, los cuales hacen parte integral de este documento como el ANEXO No. 1 - LOTES DE BIENES PARA BAJA, compuesto por los siguientes listados:

1. LOTE No. 01VEHÍCULOS

II. LOTE No. 02 - ELEMENTOS DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

III. LOTE No. 03 - ARMA (ESCOPETA)

IV. LOTE No. 04 - LICENCIAS

1. LOTE No. 01VEHÍCULOS

II. LOTE No. 02 - ELEMENTOS DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

III. LOTE No. 03 - ARMA (ESCOPETA)

IV. LOTE No. 04 - LICENCIAS

V. LOTE No. 05 - CELULARES

VI. LOTE No. 06 - EQUIPOS DADOS DE BAJA (ENTIDADES)

VII. LOTE No. 07 - PLANTA DE BIOCOMBUSTIBLE (BARBOSA). - Los bienes a dar de baja, con excepción de los vehículos y el arma (escopeta) que fueron adjudicados y recibidos en procesos de liquidación de otras entidades, fueron adquiridos con recursos del Presupuesto General de la Nación en ejecución de los diferentes convenios y contratos celebrados con otras entidades, sumando al momento de su ingreso al inventario de bienes del Ministerio un costo total de $9.394.574.954,14, valor que al momento de efectuarse la transición al nuevo marco normativo contable aplicable a las entidades de gobiemo, a partir del 01/01/2018, presentaban un saldo neto de $3.748.047.775,35, valor que fue tomado como costo de reconocimiento inicial para la presentación del Estado de Situación Financiera de Apertura — ESFA, por tanto, ese valor debe tenerse en cuenta como costo histórico de los bienes y su depreciación, amortización acumulada o deterioro de valor corresponde a $3.734.540.036,14, y el valor neto en libros del total de los bienes es de $28.707.351,21, según la información reportada en el cuadro siguiente:RESOLUCION NUMERO E--00300 Hoja N°. 4

Continuación de la Resolución “Por medio de la cual se ordena la baja de unos bienes muebles

$28.707.351,21, según la información reportada en el cuadro siguiente:RESOLUCION NUMERO E--00300 Hoja N°. 4 Continuación de la Resolución “Por medio de la cual se ordena la baja de unos bienes muebles de propiedad del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y se ofrecen los lotes 1, 2 y 7, mediante enajenación a título gratuito a las demás Entidades Públicas” T T DEPRECIACIÓN L CASTO DE | COSTO AMORTIZACIÓN VALOREN o DESCRPCIÓN Gheed spausconvecor | REVALLACÓN - convencenes | ACUMULAR | NVENTARIDA INGRESO | RICSPI2018 DETERIORO 310320722 302202 [ (UL | i x | 0 TSRS 2916 30142352 15 19961200: 7-21 846.138,60 EIULZMAT | — WENSETT ESE) peu o ojenciarn MRE ps10smanis arce | Mn ua Sotuare - Que el Lote No. 01. VEHÍCULOS, se compone de tres (3) vehículos identificados con las placas de inventario MA19515, MA22820 y 01744, (...) se puede evidenciar que tienen entre 16 y 18 años de uso, por lo que han sufrido más de tres (3) períodos de depreciación, agotándose el total de la vida útil contable estimada para ese tipo de bienes en un término de cinco (5) años. - Que conforme el avaluó realizado por la COMERCIALIZADORA NAVE LTDA en ejecución del Contrato de Prestación de Servicios No. 20210653, celebrado por este Ministerio y esa entidad, se informa que los vehículos han sufrido un desgaste importante del motor por lo que se hace necesario su reparación o

ejecución del Contrato de Prestación de Servicios No. 20210653, celebrado por este Ministerio y esa entidad, se informa que los vehículos han sufrido un desgaste importante del motor por lo que se hace necesario su reparación o cambio, entre otras reparaciones y adecuaciones relacionadas en el informe presentado en diciembre de 2021, por esa entidad. - Que los cinco (5) elementos que componen el lote No. 02. ELEMENTOS DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA, (...) se encuentran totalmente depreciados, por lo que no otorgan ningún beneficio o potencial de servicio para el Ministerio. - Que el arma tipo escopeta marca Smith y Wesson que compone el Lote No. 03. ARMA (ESCOPETA), fue adjudicada hace veinticinco (25) años al Ministerio en el proceso de liquidación del extinto Instituto de Mercadeo Agropecuario — IDEMA; esta arma no cuenta el permiso de tenencia o porte y presenta un alto grado de deterioro, funcionalmente no es posible validar si opera o no, puesto que para ello es necesario que la misma sea revisada y puesta a prueba por expertos; de esa manera, atendiendo el Decreto No. 019 de 2012, “Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública”, se hace necesario realizar los trámites para la devolución al Comando General de las Fuerzas Militares, Departamento de Control Comercio de Armas, Municiones y Explosivos (DCCAE). - Que el Lote No. 04. LICENCIAS, se compone de cuarenta y cinco (45) licencias que no cuentan con la suscripción vigente para el derecho al acceso y uso o se encuentran obsoletas, (...) por ello, las licencias ya cumplieron con su ciclo de

que no cuentan con la suscripción vigente para el derecho al acceso y uso o se encuentran obsoletas, (...) por ello, las licencias ya cumplieron con su ciclo de vida útil y no son óptimas para el desarrollo eficiente de las actividades en pro del cumplimiento de la misión del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, como lo ha manifestado la Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones OTICS, en los conceptos remitidos para trámite de baja al Grupo de Almacén.'GL0Z P 2801 09181980 IP EY | 'Z'Z ONE |9 uod PEPILLIOJUOD ep 'seuojonjosey / BAREWLION YUl ¡9 Us 097105 EMna Deu ma oMeISILIN ¡ap qam euibed ej us ugronjosas ajuesa.d el ap ugroeajgnd el ap see e “31911 SNAINOJOIA 30 Y1NV1d “ZO 'ON 3101 - 2 oxaue A VIDSOTONJAL A VION319 30 SOLN3N313 20 'ON 3101 -Z oxaue 'SOTINOIH3A LO "ON 3107 -] oxeue ¡a us sopeuojejal seuselq soj ‘UBPIO 1aembjeno ap seolgnd sepepiu3 aJjua ojnje.6 ojnyj} e ugIOeLIsfeLa ap pepiepou el ajuejpaw 180810 Z oINOIIY ‘ugionjosal ejuesa.d el ep ¡e1BajuI aped usdey anb ZA9'5 'y e ‘2 'L sOXSUE SO| US SOPELILUNOSIp Le.JJUaNJUS es Sajeno so| eINy

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Continuación de la Resolución “Por medio de la cual se ordena la baja de unos bienes muebles de propiedad del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y se ofrecen los lotes 1, 2 y 7, mediante enajenación a título gratuito a las demás Entidades Públicas” Artículo 3. Realizar la adjudicación y transferencia a título gratuito de los bienes muebles del anexo 1-LOTE No. 01. VEHÍCULOS, anexo 2LOTE No. 02. ELEMENTOS DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA y anexo 7 - LOTE No. 07. PLANTA DE BIOCOMBUSTIBLE, ala primera entidad pública que manifieste su interés por escrito, remitiendo una comunicación firmada por el representante legal de la misma, indicando el número de lote y la pretensión de la asignación total de los bienes que lo componen, en razón a que la adjudicación de los bienes se realizará por la totalidad de los bienes de cada lote. Parágrafo 1. En la manifestación de interés la entidad pública debe exponer cual es la necesidad funcional que pretende satisfacer con los bienes, así como, las razones que justifiquen su solicitud. Parágrafo 2. El documento mencionado deberá radicarse dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la fecha de publicación de la presente Resolución, en la oficina de correspondencia del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, ubicada en la carrera 8 No. 12 B - 31, piso 5, edificio BANCOL, en la ciudad de Bogotá D.C, o enviarse por correo institucional ,

Resolución, en la oficina de correspondencia del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, ubicada en la carrera 8 No. 12 B - 31, piso 5, edificio BANCOL, en la ciudad de Bogotá D.C, o enviarse por correo institucional , atencionalciudadano@ minagricultura.gov.co gestion.documental@minagricultura.gov.co, y contener adjunto, copia legible del Registro Único Tributario — RUT de la entidad pública, copia de Cédula de ciudadanía y Acta de posesión del Representante Legal de la entidad. Parágrafo 3. En el caso de existir dos o más manifestaciones de interés de Entidades Estatales por cada Lote, la Entidad pública que primero haya manifestado su interés tendrá preferencia, siempre que la manifestación de interés se haya radicado en debida forma y con los anexos solicitados en el parágrafo 2 de la presente resolución. Parágrafo 4. Una vez sean adjudicados los bienes, enajenados a título gratuito, se procederá a realizar su entrega material mediante acta, que suscribirán los representantes legales de las entidades involucradas. Parágrafo 5. La Entidad Estatal beneficiaria tendrá un plazo de quince (15) días calendario para realizar el retiro de los bienes ubicados en las instalaciones del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, debiendo asumir los costos de traslado, embalaje, carga y transporte de los mismos. Artículo 4. La Entidad Estatal, a la cual le sean adjudicados a título gratuito los vehículos del anexo 1 - LOTE No. 01. VEHÍCULOS, deberá realizar las gestiones requeridas para el registro de la titularidad a su nombre, asumiendo los costos de

vehículos del anexo 1 - LOTE No. 01. VEHÍCULOS, deberá realizar las gestiones requeridas para el registro de la titularidad a su nombre, asumiendo los costos de dicho trámite; y lo demás relacionado con la adquisición del seguro SOAT y la revisión tecno mecánica. La entrega definitiva del automotor se hará cuando la licencia de tránsito del vehículo se encuentre a nombre de la entidad solicitante. Artículo 5. Una vez vencido el término de treinta (30) días de publicación del presente Acto Administrativo, y de no recibirse manifestación de interés por alguna entidad pública, se procederá a aplicar lo establecido en el Decreto 1082 de 2015 y el Manual para la Administración de Bienes y Seguros del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. Artículo 6. Ordenar a la Subdirección Administrativa realizar las gestiones y trámites a lugar para la entrega a la entidad correspondiente del arma, tipo escopeta, que compone el anexo 3LOTE No. 03.EB-00300 RESOLUCION NUMERO Hoja N°. 8 Continuación de la Resolución “Por medio de la cual se ordena la baja de unos bienes muebles de propiedad del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y se ofrecen los lotes 1, 2 y 7, mediante enajenación a título gratuito a las demás Entidades Públicas” Artículo 7. Ordenar a la Subdirección Administrativa que lleve a cabo las gestiones conforme el procedimiento establecido para ello, en el Manual para la Administración de Bienes y Seguros del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, para la destinación final por destrucción de los documentos y medios de instalación de las Licencias que compone el anexo 4LOTE No. 04; la entrega

Administración de Bienes y Seguros del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, para la destinación final por destrucción de los documentos y medios de instalación de las Licencias que compone el anexo 4LOTE No. 04; la entrega física de los siete (7) elementos que componen el anexo 5LOTE No. 05. CELULARES, a los gestores que realizan el reciclaje de residuos RAEE (Residuos Aparatos Eléctrico y Electrónico) y el registro de baja en inventarios para los bienes que componen el anexo 6-LOTE No. 06. BIENES DADOS DE BAJA. Artículo 8. Ordenar al Grupo de Almacén y Grupo de Contabilidad realizar los registros correspondientes de baja en la base de datos del sistema de gestión de inventarios y de información financiera y contable. Artículo 9. Publicar el presente acto administrativo en la página web del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2.1.2.2.4.3 del Decreto 1082 de 2015, por un término de Treinta (30) días Calendario. Artículo 10. Vigencia. La presente resolución rige a pattir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., alos 2 6 JUL, 7022 LOZANO Secretaria General Proyectó: Aura María Alonso Velásquez - Coordinadora Grupo de Almacén “+

Revisó: Yudy Estela Pulgarin MarínSubdirectora Administrativa <>. i

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Proyectó: Aura María Alonso Velásquez - Coordinadora Grupo de Almacén “+

Revisó: Yudy Estela Pulgarin MarínSubdirectora Administrativa <>. i Sergio Andrés Correcha Ángel, Abogado Subdirección Admir lva e Miguel Ángel Aguiar DelgadilloJefe de la Oficina Asesora Jurídica 7?Anexo 1

RELACION VEHICULOS

EL: SUBDIRECCIÓN ADNINBTRATIVAGRUPO DE ADMACEN

RELACION DE ENES PARA SAJA LOTE Nos 1-VENIULOS GompREMDE | — coo | memnacon | MEDVADE | DEMERCON mu) 0080 | mA corn esoo | mues | uno | se | neo” | concrctica | rueumeocos | menao, | AGMUDA |vuo memo menamo | espia oa VENETO AT eaer - e ua — hen fam MESES canso om| emma) emma) meme emana E sones LT P W LR scasom s 000 pe wismnm om + vemos Fan [ Jue ue ES E 00 o E E + ueno [crueeTjoa (guar fumes ue ue Er o E o o o B T | vans e ey ey ey ey E E eS E ramos ) ESE ] ] = = | 5 T T T TR P fuma 2000 2100 00d 20070) amjs 20) rene: poo Ve TEo MDNETALNER | e 7 P e (ela le fa (9 emma uma mn TEME om mA ER sones B iveNcuLo AUTOM TEOSEDAN aa, acre [— el [ear [ar [e amo seo ome MED Em rsmamm

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QuryTWowzo Revisado por: Adra María Alonso Velásquez Coordinadora Grupo de Almacén Elaborado por: Roger Antonio Ruíz Gonzalez Técnico Administrativo. Grupo Almacin

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MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL

SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA - GRUPO DE ALMACÉN

RELACIÓN BIENES PARA BAJA

RELACION ARMA El campo es de todos Minagricultura

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL

SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA - GRUPO DE ALMACÉN

RELACIÓN BIENES PARA BAJA

VIGENCIA 2022

LOTE No. 03. ARMAS ( ESCOPETA) . CÓDIGO PLACA . COSTORECIBOE COSTO VALOR ÍTEM UNIVERSAL FÍSICA DESCRIPCIÓN ESTADO MARCA MODELO SERIE INGRESO CONVERGENCIA INVENTARIO INVENTARIO NICSP /2018 31/03/2022 ESCOPETA (BODEGA,CHATARRA INVENTARIO 1 201-036 NO APLICA LIQUIDADO IDEMA GAMARRA CESAR) Regular SMITH WESSON CL 16 |NO APLICA SN-1611465 63.815,00] 63.815,00| 63.815,00] Total $ 63.815,00 | $ 63.815,00 63.815,00

Fuente: Información tomada de la base de datos del inventario del MADR que reposa en el Software Novasof Enterprise WEB.

A th Jo U Revisado por: Aura María Alonso Velásquez Aprobado por: Yudy Estella Pulgarin Marin

Coordinadora Grupo de AlmacénANEXO 4 RELACION LICENCIAS El campo es de todos Minagricultura

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL

SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA - GRUPO DE ALMACÉN

RELACIÓN BIENES PARA BAJA VIGENCIA 2022

LOTE No. 4. LICENCIAS

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL

SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA - GRUPO DE ALMACÉN

RELACIÓN BIENES PARA BAJA VIGENCIA 2022

LOTE No. 4. LICENCIAS em Tes PLACA ; ón | COSTO CONVERGENCIA | AMORTIZACIÓN VALORNETOA tren |copopiaca] PACA DescrIPcIóN ESTADO | MARCA | MODELO ERE costo DE ADQUISICIÓN 0 CoNVERS MORTIZACIO MLORNETO A + Jorronazies — uasosos — [ura contro cuPos sal con (a) CERTIFICADOS SECURESME — |EADUCAS -JNOAPLICA v NA 2070000000 1083632000 160382000 o 2 CPT0002189 MA30907 MPKI CONTROL CUPOS SSL, CON (36) CERTIFICADOS SECURE SITE CADUCAS (NO APLICA N/A NA. 39.296.160,00| 32.091.864,00| 32.091.864,00| 0,00 3 Jerroomass [wvestr — JUCENIA saL SERVER STD 2008 OPLIL GOV:22 280005 capucas [voreuca JA NA 0505540 o oo 000 4 Jorrooozasr — fuazieos — JUCENCIA EXCHANGE SERVER Y CAL EXCHANGEPARA S50 USUARIOS |CADUCAS NOAPLICA a7 svesirion 1513784080 o 000 o 5 Jorroomaes |warerr — ESENCIA MROSOFT OFFICE PROPLUS 2010 SNGTOLP PARAS [capucns [wicmosorT — 200 ooz 370000000 000 o9 000 LICENCIA ENDFOJIT PROTECTION PELI PARA o Jorrooozas s USENET PRE RS PTZVCLE capucas s ure PAD AFI carac) o oo 000

7 Jorrooozzo — Juazzass - |mceprfs ANS LESAPK IL Mm PARA QUINIENTOS CINCUENTA” [capucas oAPUCA — NA NA ¿017052400 o 000 o 8 |cPTODO2297 |MA22849 |LICENCIA DE AUTOCADEN ESPAÑOL CADUCAS — [NO APLICA LT2010 B218002672F 141721592 0,00] 0,00 0,00] 9 [cPTOD02298 |MA22850 [LICENCIA DE AUTOCAD EN ESPAÑOL CADUCAS — [NO APLICA LT2012 B03703587F 141721592 0,00] 0,00 0,00] 10 [CP

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