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MINAGRICULTURA - Resolución 000311 de 2020

Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural

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Detalles

Título
MINAGRICULTURA - Resolución 000311 de 2020
Autor
Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2020

REPUBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL RESOLUCIÓN NÚMERO E™() () () 34 4 DE2020 “Por la cual se adopta el Plan Nacional de Riego 2020-2039” El MINISTRO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el artículo 208 de la Constitución Política, el numeral 3 del artículo 59 de la Ley 489 de 1998, el numeral 22 del artículo 3 del Decreto 1985 de 2013, los artículos 256 de la Ley 1955 de 2019, y CONSIDERANDO Que el artículo 64 de la Constitución Política dispone que el Estado debe promover el acceso progresivo a la propiedad de la tierra de los trabajadores agrarios, en forma individual o asociativa, y a los servicios de educación, salud, vivienda, seguridad social, recreación, crédito, comunicaciones, comercialización de los productos, asistencia técnica y empresarial, con el fin de mejorar el ingreso y calidad de vida de los campesinos. Que el artículo 65 de ibidem consagra que la producción de alimentos gozará de la especial protección del Estado. Para tal efecto, se otorgará prioridad al desarrollo integral de las actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras, forestales y agroindustriales, así como también la construcción de obras de infraestructura física y adecuación de tierras. Que el artículo 208 de la Constitución Política dispone que los ministros son los jefes de la administración en su respectiva dependencia y que les corresponde, bajo la dirección del presidente de la República, formular las políticas atinentes a su despacho, dirigir la actividad administrativa y ejecutar la ley.

de la administración en su respectiva dependencia y que les corresponde, bajo la dirección del presidente de la República, formular las políticas atinentes a su despacho, dirigir la actividad administrativa y ejecutar la ley. Que el numeral 3 del artículo 59 de la Ley 489 de 1998, señala que corresponde a los ministerios, sin perjuicio de lo dispuesto en sus actos de creación o en leyes especiales, “Cumplir las funciones y atender los servicios que les están asignados y dictar, en desarrollo de la ley y de los decretos respectivos, las normas necesarias para tal efecto.” Que el numeral 22 del artículo 3 del Decreto 1985 de 2013, consagra que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, además de las funciones señaladas en el artículo 59 de la Ley 489 de 1998, cumplirá, entre otras, “Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de sus objetivos.” Que el Consejo Nacional de Política Económica y Social CONPES formuló el Documento CONPES 3926 del 23 de mayo de 2018, en el cual se estableció la Política de Adecuación de Tierras 2018 -2038. En dicho instrumento, la adecuación de tierras se concibe como un medio para mejorar la productividad agropecuaria y la calidad de vida de los pobladores rurales, basado en procesos de planificación de ordenamiento productivo y social de la propiedad rural. Ésta debe estar articulada con los instrumentos de ordenamiento territorial y ambiental, así como la prestación deBE000 311 RESOLUCIÓN NÚMERO — DE 2020 PÁGINA 2 DE 3

Continuación de la Resolución: “Por la cual se adopta el Plan Nacional de Riego 2020-2039” servicios de soporte para la productividad agropecuaria. Ella prevé, además, el

Continuación de la Resolución: “Por la cual se adopta el Plan Nacional de Riego 2020-2039” servicios de soporte para la productividad agropecuaria. Ella prevé, además, el desarrollo de acciones diferenciales, orientadas a mejorar los indicadores de productividad, competitividad y sostenibilidad de los distritos existentes, considerados de primera generación; así como fortalecer la planificación de una segunda generación de distritos, como medio para promover proyectos productivos competitivos y sostenibles con enfoque territorial, reconociendo su aporte a la gestión del riesgo agropecuario frente a la variabilidad y cambio climático.

Que en el documento CONPES 3926 de 2018, una de las recomendaciones dirigidas al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y la Unidad de Planificación de Tierras Rurales, Adecuación de Tierras y Usos Agropecuarios - UPRA es la elaboración de un plan para ampliar las áreas beneficiadas por distritos de adecuación de tierras y por sistemas completos de riego a nivel predial en al menos 500.000 nuevas hectáreas. Que el artículo 256 de la Ley 1955 de 2019, por la cual se expidió le Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 “Pacto por Colombia, pacto por la equidad”, modificó el artículo 3 de la Ley 41 de 1993 y definió que el servicio público de adecuación de tierras “comprende la construcción de obras de infraestructura destinadas a dotar a un área determinada con riego, drenaje, o protección contra inundaciones, reposición de maquinaria; así como las actividades complementarias de este servicio para mejorar la productividad agropecuaria”. Que en las bases del Plan Nacional de Desarrollo se contempla como objetivo incrementar al menos en un 50% la inversión sectorial hacia la provisión de bienes y

maquinaria; así como las actividades complementarias de este servicio para mejorar la productividad agropecuaria”. Que en las bases del Plan Nacional de Desarrollo se contempla como objetivo incrementar al menos en un 50% la inversión sectorial hacia la provisión de bienes y servicios públicos, incluyendo el subsector de adecuación tierras. En tal sentido, a través del fortalecimiento del servicio público de adecuación de tierras, se espera alcanzar a nivel nacional: i) 50.794 ha. con distritos de adecuación de tierras construidos o ampliados; ii) 94.123 ha. con distritos de adecuación de tierras rehabilitados, complementados y/o modernizados; y iii) 5.910 ha. con sistemas de riego, drenaje o protección contra inundaciones individuales construidos. Que, con el fin de dar cumplimiento a lo descrito anteriormente, la Unidad de Planificación de Tierras Rurales, Adecuación de Tierras y Usos Agropecuarios (UPRA) y el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural formularon el Plan Nacional de Riego 2020 — 2039, cuyo objetivo es mejorar la productividad agropecuaria mediante la planificación priorizada de la inversión en riego tecnificado según criterios objetivos de toma de decisiones, a través del cumplimiento de los siguientes objetivos específicos: i) mejorar la productividad agropecuaria en el territorio intervenido, ii) incrementar el área adecuada con riego planificado iii) garantizar la sostenibilidad económica y financiera de los proyectos agropecuarios asociados a la inversión en riego iv) mejorar el ingreso del productor agropecuario v) lograr el uso eficiente de los recursos agua y suelo y iv)optimizar el uso de los recursos escasos de inversión pública. Que, de conformidad con lo anterior, se hace necesario adoptar el Plan Nacional de

el ingreso del productor agropecuario v) lograr el uso eficiente de los recursos agua y suelo y iv)optimizar el uso de los recursos escasos de inversión pública. Que, de conformidad con lo anterior, se hace necesario adoptar el Plan Nacional de Riego 2020-2039, como un instrumento para promover el bienestar y calidad de vida del campo colombiano, en articulación con los criterios de planificación y priorización enunciados. En mérito de lo expuesto,EF0003 11 RESOLUCION NUMERO DE 2020 PAGINA 3 DE 3

Continuación de la Resolución: “Por la cual se adopta el Plan Nacional de Riego 2020-2039" RESUELVE Artículo 1. Adóptese el Plan Nacional de Riego 2020-2039, de conformidad con los elementos técnicos, administrativos y presupuestales contenidos en el anexo técnico que hace parte integral de la presente Resolución.

Artículo 2. El Plan Nacional de Riego 2020-2039 tiene como objetivo general mejorar la productividad agropecuaria mediante la planificación priorizada de la inversión en riego tecnificado según criterios objetivos de toma de decisiones Artículo 3. El Plan Nacional de Riego 2020-2039 será ejecutado por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y la Agencia de Desarrollo Rural (ADR), con cargo a los recursos de inversión de cada entidad y con ajuste a las proyecciones del marco de gasto de mediano plazo, recursos del Sistema General de Regalías de las entidades territoriales y otras fuentes de financiamiento que se puedan vincular a la implementación del Plan. Artículo 4. La Dirección de Ordenamiento Social de la Propiedad y Uso Productivo del Suelo del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural realizará seguimiento a la

territoriales y otras fuentes de financiamiento que se puedan vincular a la implementación del Plan. Artículo 4. La Dirección de Ordenamiento Social de la Propiedad y Uso Productivo del Suelo del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural realizará seguimiento a la implementación del Plan Nacional de Riego 2020-2039. Artículo 5. La presente Resolución rige a partir de su expedición.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE 2 3 DIC. 2070

Dada en Bogotá, D.C., a los — i —u

RÓDO, O ZEA NAVARRO

MINISTRO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL Revisó: Giovanny Pérez Ceballos - Oficina ra Jurídica Elaboró: Wilber Jairo Vallejo - Dirección nd Social de la Propiedad y Uso Productivo del Suelo!) Le

Aprobó: Juan Camilo Restrepo - Viceministrode Desarrollo RuralPlan Nacional de

Riego 2020-2039 (junio de 2020)Contenido

ÍNDICE DE TABLAS ...

ÍNDICE DE FIGURAS

LISTA DE ABREVIATURAS, ACRÓNIMOS Y SIGLAS

GLOSARIO

PRESENTACIÓN

1. ALCANCE DEL PLAN

2. JUSTIFICACIÓN: ANTECEDENTES Y DIAGNÓSTICO

ALTO POTENCIAL Y ESCASA COBERTURA.

INVERSIÓN VOLÁTIL Y DECRECIENTE...

ESCASA INFORMACIÓN PARA LAS DECISIONES

DESARTICULACIÓN INSTITUCIONAL

LIMITADA SOSTENIBILIDAD DE LOS DISTRITOS

MARCO DE POLÍTICA

ESCENARIOS PROSPECTIVOS DE FINANCIACIÓN DEL PNR (2020-2022) .

ESQUEMA CONCEPTUAL DEL MODELO DE ANÁLISIS MULTICRITERIO

LIMITADA SOSTENIBILIDAD DE LOS DISTRITOS

MARCO DE POLÍTICA

ESCENARIOS PROSPECTIVOS DE FINANCIACIÓN DEL PNR (2020-2022) .

ESQUEMA CONCEPTUAL DEL MODELO DE ANÁLISIS MULTICRITERIO

JERARQUIZACIÓN OBJETIVA Y ALTERNATIVAS DE DECISIÓN

1. MÓDULO DE CARACTERIZACIÓN DEL TERRITORIO SEGÚN CONDICIONES PARA LA

INVERSIÓN EN RIEGO

1.1. 1.2. 1.3.

1.4. 1.5. COMPONENTE DE ORDENAMIENTO SOCIAL DE LA PROPIEDAD .. 84 1.6. ÍNDICE DE CONDICIONES PARA LA INVERSIÓN EN RIEGO .. 88

2. MÓDULO DE RENTABILIDAD

2.14. ENFOQUE METODOLÓGICO 2.2. RENTABILIDAD FINANCIERA Y ECONOMICA/SOCIAL ...... 2.2.1. Evaluación financiera del proyecto 222 Evaluación económica/social

2.3. ANÁLISIS FINANCIERO DEL PRODUCTOR O DE FINCAS TIPO.

2.4. ANÁLISIS FINANCIERO DEL INVERSIONISTA PRIVADO3. COSTOS. 104

31. COSTOS UNITARIOS DE REFERENCIA. 3.2. MODELO DETALLADO DE COSTOS ..indice de tablas Tabla 1. Metas físicas y presupuestales a corto, mediano y largo plazo....................... 14

Tabla 2. Gestión de la información y del conocimiento ........................-..-..- 26 Tabla 3. Apoyo a la productividad y la competitividad ..........................-...—....... 27 Tabla 4. Ampliación de cobertura..........................-....... e 28 Tabla 5 Rehabilitación, modernización, complementación y entrega de distritos existentes [O 30

Tabla 3. Apoyo a la productividad y la competitividad ..........................-...—....... 27 Tabla 4. Ampliación de cobertura..........................-....... e 28 Tabla 5 Rehabilitación, modernización, complementación y entrega de distritos existentes [O 30 Tabla 6 Entrada gradual en operación de proyectos en construcción ... Tabla 7. Descripción detallada de las actividades según estrategias............................ 33 Tabla 8. Plan de inversiones. Valor anual en actividad de acompañamiento................ 44 Tabla 9. Plan de inversiones. Valor anual por obras de infraestructura ....................... 46 Tabla 10. Costo indicativo del PNR 2020-2022................................. 49 Tabla 11. Presupuesto público disponible 2020 ............................-..--..- 20000000. 49 Tabla 12. Escenario 1. Presupuesto estimado disponible para 2021 y 2022 ................ 50 Tabla 13. Escenario 2. Presupuesto estimado disponible para 2021 y 2022 ................ 51 Tabla 14. Componente hídrico .......................-.....0. e 62 Tabla 15. Reclasificación de variables del componente hídrico ... Tabla 16. Categorías de aptitud del componente físico y área.............................—.—.—..—. 7 Tabla 17. Caracterización ambiental .................................. 77 Tabla 18. Áreas por categoría del componente ambiental ..................................... 78 Tabla 19. Ponderación de variables del componente de competitividad territorial ........ 82 Tabla 20. Ponderación de variables del componente de Ordenamiento Social de la Propiedad ... ..ottt 86 Tabla 21. Indicadores de rentabilidad.................................... s 91El campo peda v esdetodos — Minasricultura 5 Tabla 22. Costos unitarios de referencia para ADT. Etapa de preinversión ................ 105 Tabla 23. Costos unitarios de referencia para ADT. Etapa de inversión ..................... 106

Tabla 22. Costos unitarios de referencia para ADT. Etapa de preinversión ................ 105 Tabla 23. Costos unitarios de referencia para ADT. Etapa de inversión ..................... 106 Tabla 24. Costos unitarios de referencia para ADT. Etapas de AOC y evaluación ex post 108 lo Palma Real. Bogotá, Colombia upra.gov.co a UPra E 3 S5 ea ( 5 741) 245 7307 atencionalusuario@upra.gov.co e ropaEl campo . A vs E 6 Índice de figuras Figura 1. Principales metas del Plan Nacional de Riego ........................-......-..........—. 13 Figura 2. Total de áreas intervenidas .............................-...... 0000000 15 Figura 3. Relación entre frontera agrícola y área con potencial para riego . Figura 4. Inversión pública en infraestructura de riego...........................-....... 17 Figura 5. Las cinco estrategias del Plan Nacional de Riego 2020-2039........................ 25 Figura 6. Plan Nacional de Riego. Inversión anual.......................-..-.... 00 43 Figura 7. Alcance del modelo de análisis multicriterio ............................-..........—_— 54 Figura 8. Preguntas claves que responde el modelo de análisis multicriterio................ 55 Figura 9. Módulos de la Herramienta de Análisis Multicriterio ... 56 Figura 10. Esquema detallado del modelo de análisis multicriterio ........................—.... 59 Figura 11. Esquema conceptual del módulo de caracterización del territorio ................ 61 Figura 12. Mapa componente hídrico.......................-....... 2.00 66 Figura 13. Mapa componente físico ........................-....... 0.000 73

Figura 11. Esquema conceptual del módulo de caracterización del territorio ................ 61 Figura 12. Mapa componente hídrico.......................-....... 2.00 66 Figura 13. Mapa componente físico ........................-....... 0.000 73 Figura 14. Mapa componente ambiental ........................-..--..-....0 000000 79 Figura 15. Mapa componente competitividad territorial...........................—......-.........— 83 Figura 16. Mapa componente ordenamiento social de la propiedad ............................. 87 Figura 17. Ponderación de componentes para cálculo de índice ...........................—..—..— 88 Figura 18. Mapa índice de condiciones para la inversión en riego..........................—.... 89 Figura 19. Distribución del índice de condiciones para la inversión en riego ................ 90 Figura 20. Información requerida para aplicar el modelo ..........................-...-......— 93 Figura 21. Proceso de evaluación económica/social y financiera del proyecto ............. 99 Bogotá, Colombia upra.gov.co atencionalusuario@upra.gov.coEl campo es de todos L Minagr Lista de abreviaturas, acrónimos y siglas ADR ADT ANT AOC APP Conpes DAT DNP ENA Finagro HAM Ideam IGAC IUA LCI MADR PADT PDET PGN PND

PNOPSPR

PNR

PNRECFC

Pomca POT SGP SGR SIF SPI Sipra Sisfut

SNIURA

SNR SZH UPRA uyupra Agencia de Desarrollo Rural Adecuación de Tierras Agencia Nacional de Tierras

SGP SGR SIF SPI Sipra Sisfut

SNIURA

SNR SZH UPRA uyupra Agencia de Desarrollo Rural Adecuación de Tierras Agencia Nacional de Tierras Administración, Operación y Conservación Asociaciones Público-Privadas Consejo Nacional de Política Económica y Social Distritos de Adecuación de Tierras Departamento Nacional de Planeación Estudio Nacional del Agua Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario Herramienta de Análisis Multicriterio Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales Instituto Geográfico Agustín Codazzi Índice de Uso del Agua Lineamientos, Criterios e Instrumentos Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural Proyecto de Adecuación de Tierras Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial Presupuesto General de la Nación Plan Nacional de Desarrollo Plan Nacional de Ordenamiento Productivo y Social de la Propiedad Rural Plan Nacional de Riego Plan Nacional de Riego y Drenaje para la Economía Campesina, Familiar y Comunitaria Plan de Ordenación y Manejo de Cuenca Hidrográfica Plan de Ordenamiento Territorial Sistema General de Participación Sistema General de Regalías Sistema Integrado de Información Financiera Seguimiento a los Planes de Inversión Sistema de Información para la Planificación Rural Agropecuaria Sistema de Información del Formulario Único Nacional Sistema Nacional de Información Sistema Nacional de Información de Riego Subzona Hidrográfica Unidad de Planificación Rural Agropecuaria upra.gov.co atencionalusuario@upra.gov.co€ e Glosario

Sistema Nacional de Información Sistema Nacional de Información de Riego Subzona Hidrográfica Unidad de Planificación Rural Agropecuaria upra.gov.co atencionalusuario@upra.gov.co€ e Glosario Adecuación de tierras. Es un servicio público que contribuye al desarrollo rural mediante la construcción de infraestructura física para riego, drenaje y protección contra inundaciones, con acciones complementarias para mejorar la productividad, los ingresos de los productores y sus condiciones de vida a través de un manejo integral, eficiente y sostenible dentro del ordenamiento productivo territorial (UPRA, 2015). Análisis multicriterio. Para efectos del Plan Nacional de Riego, es un procedimiento de análisis de variables objetivas, desarrollado en la Unidad de Planificación Rural Agropecuaria (UPRA) que, de un lado, caracteriza el territorio según sus condiciones para la inversión en riego y, de otro, estima la rentabilidad esperada de potenciales proyectos agropecuarios beneficiados con riego, a partir de información básica. Permite focalizar y priorizar potenciales proyectos de riego mediante la jerarquización simultánea del indicador de condiciones para la inversión y los indicadores de rentabilidad de los proyectos agropecuarios. Distribución y acceso a la tierra. Es la forma en que se encuentran repartidas, divididas o asignadas las tierras rurales, sobre las que se configuran el derecho de propiedad y otros tipos de tenencia, así como el uso y tamaños de los predios, considerando las diferentes formas de acceso a estos e impulsando el cumplimiento de la función social y ecológica de la propiedad y el acceso progresivo a la tierra por parte de los trabajadores agrarios (MADR, 2017). Frontera Agrícola Nacional. Es el límite del suelo rural que separa las áreas donde se

el acceso progresivo a la tierra por parte de los trabajadores agrarios (MADR, 2017). Frontera Agrícola Nacional. Es el límite del suelo rural que separa las áreas donde se desarrollan las actividades agropecuarias, las áreas condicionadas y las áreas protegidas, las de especial importancia ecológica y las demás áreas en las que las actividades agropecuarias están excluidas por mandato de la ley (MADR, 2018). Herramienta de Análisis Multicriterio. Es un aplicativo de administración de la información utilizada y generada en el análisis multicriterio del Plan Nacional de Riego que permite el cálculo de indicadores y su consulta para efectos de focalizar y priorizar potenciales proyectos de riego de acuerdo con un indicador de condiciones del territorio para la inversión en riego, la rentabilidad esperada de posibles proyectos agropecuarios beneficiados con la inversión en riego, en diferentes escenarios de interés de la política pública. Ordenamiento productivo y social de la propiedad rural (OPSPR). Es el resultado de un proceso de planificación participativo y multisectorial de carácter técnico, administrativo y político, el cual busca contribuir en la armonización de la gestión de los usos agropecuarios y la tenencia de la tierra rural, de manera que se mejore o mantenga un adecuado equilibrio entre la producción agropecuaria (agrícola, pecuaria, forestal, acuícola y pesquera), el uso eficiente del suelo, la distribución equitativa y seguridad jurídica de la tenencia de la tierra y la competitividad y la sostenibilidad social, ambiental y económica de manera articulada con los instrumentos del ordenamiento territorial y desarrollo rural existentes en el territorio (MADR, 2017). Ordenamiento productivo. Es un proceso participativo de planificación multisectorial, de

sostenibilidad social, ambiental y económica de manera articulada con los instrumentos del ordenamiento territorial y desarrollo rural existentes en el territorio (MADR, 2017). Ordenamiento productivo. Es un proceso participativo de planificación multisectorial, de carácter técnico, administrativo y político, que busca contribuir al uso sostenible de los recursos upra Unicos de Maneacón rl Agrope upra.gov.co atencionalusuario@upra.gov.coEl campo temes v esdetodos — Minasricultura 9 en el territorio con el propósito de mejorar la productividad agropecuaria, la seguridad alimentaria y la competitividad local, regional, nacional e intemacional bajo principios de responsabilidad social y sostenibilidad ambiental (MADR, 2017). Ordenamiento social de la propiedad. Es un proceso de planificación y gestión para ordenar la ocupación y uso de las tierras rurales y administrar las tierras de la Nación, que promueve el acceso progresivo a la propiedad y a otras formas de tenencia, la distribución equitativa de la tierra, la seguridad jurídica de la tenencia de la tierra, la planificación, gestión y financiación del suelo rural y un mercado de tierras transparente y monitoreado, en cumplimiento de la función social y ecológica de la propiedad, con el fin de contribuir a la mejora de la calidad de vida de la población rural (MADR, 2017). Regularización de la propiedad. Conjunto de acciones orientadas por el Estado, encaminadas al saneamiento de situaciones técnicas y jurídicas imperfectas sobre la propiedad de las tierras rurales de origen público y privado (MADR, 2017). Sistemas productivos agropecuarios. Un sistema productivo agropecuario se define como un conglomerado de unidades productivas agrícolas, pecuarias, forestales, acuícolas, pesqueras,

rurales de origen público y privado (MADR, 2017). Sistemas productivos agropecuarios. Un sistema productivo agropecuario se define como un conglomerado de unidades productivas agrícolas, pecuarias, forestales, acuícolas, pesqueras, proveedoras de bienes y servicios, que están articuladas a su territorio, bajo una perspectiva rural multifuncional y multisectorial. El sistema apropia y aprovecha los excedentes generados, bajo un esquema de innovación, diversificación productiva, competitividad territorial y sostenibilidad, que genera valor agregado y promueve el desarrollo local, el uso eficiente del suelo, el arraigo de los pobladores y el reconocimiento de su identidad cultural (MADR, 2017). Uso eficiente del suelo. Es el resultado de un proceso planificado de ordenamiento productivo y social de la propiedad rural, el cual tiene como objetivo mejorar la productividad y competitividad del territorio, en equilibrio con la sostenibilidad social, económica y ambiental de los sistemas de producción agropecuaria. Para su determinación, la aptitud de la tierra es un factor determinante para el desarrollo de sistemas productivos, así como comprender las demandas de los mercados agropecuarios, el contexto socioecosistémico y socioeconómico de los territorios, la distribución equitativa de la tierra, y la seguridad jurídica de la tenencia de la misma (MADR, 2017). ombia upra.gov.co atencionalusuario@upra.gov.co uyupra10 El campo i v esdetodos =Mo" Presentación La Unidad de Planificación Rural Agropecuaria (UPRA) ha formulado el Plan Nacional de Riego 2020-2039 de acuerdo con las recomendaciones del Documento Conpes “Política de Adecuación de Tierras” y en consistencia con las metas establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo”. Para

2020-2039 de acuerdo con las recomendaciones del Documento Conpes “Política de Adecuación de Tierras” y en consistencia con las metas establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo”. Para el efecto, contó con el apoyo técnico de la Empresa de Transformación Agraria, S. A., sucursal Colombia (Tragsa), en el marco del Convenio Especial de Colaboración Técnica y Científica 223 de 2017 suscrito entre ambas entidades. Se partió de un análisis crítico de los diagnósticos disponibles, realizados por la UPRA y otras entidades relevantes, donde se evidenciaron deficiencias en la planificación de la actividad de adecuación de tierras (ADT) en relación con el ordenamiento de cuencas, del territorio y el ordenamiento productivo, además de un uso subóptimo de los recursos suelo y agua. Se observó, asimismo, que el proceso de toma de decisiones sobre la inversión en riego no siempre se basó en criterios objetivos de asignación de recursos. Por último, el diagnóstico identificó debilidad institucional en las entidades responsables de la actividad de adecuación de tierras. Lo anterior se tradujo en un escaso desarrollo del riego planificado, en una pérdida de importancia relativa de la actividad en el presupuesto del sector Agropecuario y, en últimas, en una baja cobertura del riego en el territorio agrícola. El Plan Nacional de Riego detallado en este documento propone un conjunto de acciones para, en un período de veinte años, alcanzar una cobertura de 10 % del área potencialmente apta para ser habilitada mediante riego planificado. Se trata de inversiones en construcción de infraestructura nueva y adecuación de la existente y de acciones de fortalecimiento institucional orientadas a que el proceso de toma de decisiones se fundamente en criterios objetivos de

ser habilitada mediante riego planificado. Se trata de inversiones en construcción de infraestructura nueva y adecuación de la existente y de acciones de fortalecimiento institucional orientadas a que el proceso de toma de decisiones se fundamente en criterios objetivos de focalización y priorización. Estos criterios permitirán que la asignación futura de los recursos escasos ocurra sobre proyectos con retomos que garanticen su sostenibilidad. Colombia dispone de un potencial irrigable de 18.456.749 hectáreas (UPRA, 2017), de las cuales, en toda la historia de la política nacional de riego, ha adecuado alrededor de 1.100.000. Este desarrollo es escaso: solo se ha adecuado con riego el 6 % del territorio potencial, sumando los esfuerzos públicos y privados. Lograr en 20 años una cobertura cercana al 10 %, meta relativamente modesta pero alcanzable, supone un esfuerzo presupuestal del orden de 21 billones de pesos constantes de 2019. Siendo escasos los recursos de inversión, la política pública necesariamente debe focalizar y priorizar el territorio objeto de la estrategia de riego. Para ello, se desarrolló un modelo de análisis multicriterio que establece dos criterios objetivos para apoyar la toma de decisiones: las condiciones del territorio para acoger inversiones rentables y sostenibles en infraestructura de riego, basadas en un modelo cartográfico de caracterización del territorio, y la rentabilidad esperada de los proyectos agropecuarios que se emplazarán sobre aquellas inversiones. " Documento Conpes 3926, “Política de Adecuación de Tierras 2018-2038”, mayo de 2018. 2 Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022, “Pacto por Colombia, pacto por la equidad”. Ley 1955 de 25 de

" Documento Conpes 3926, “Política de Adecuación de Tierras 2018-2038”, mayo de 2018. 2 Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022, “Pacto por Colombia, pacto por la equidad”. Ley 1955 de 25 de mayo 2019. ombia upra.gov.co atencionalusuario@upra.gov.co @upro cateo 13 Unicos de Maneacón Real Agropaciano11 El campo i v esdetodos =Mo" El modelo cartográfico de caracterización del territorio según las condiciones para la inversión en riego a pattir de sus características físicas, hídricas, ambientales y su potencial competitivo (escala 1:100.000) fue desarrollado en su totalidad por el equipo UPRA-ADT. El modelo de rentabilidad de los proyectos agropecuarios, por su parte, toma la propuesta técnica de Tragsa al igual que la respectiva herramienta de cálculo utilizada para la estimación de su rentabilidad económica y financiera. De otro lado, el modelo dinámico para establecer los costos totales de la inversión estimada en ADT fue desarrollado por el equipo UPRA-ADT?, para lo cual adoptó costos unitarios de referencia como base de cálculo, consensuados técnicamente con funcionarios del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural (MADR), la Agencia de Desarrollo Rural (ADR) y la Unidad de Planificación Rural Agropecuaria (UPRA) en talleres realizados a comienzos de 2019 y actualizados para la presente edición durante 2020. La primera parte de este documento presenta el Plan Nacional de Riego 2020-2039 propiamente dicho. En ella se destacan sus objetivos, las estrategias y actividades específicas que lo conforman, el plan de inversiones y su financiamiento, el marco de política y los elementos de diagnóstico sobre los que se fundamenta el Plan.

dicho. En ella se destacan sus objetivos, las estrategias y actividades específicas que lo conforman, el plan de inversiones y su financiamiento, el marco de política y los elementos de diagnóstico sobre los que se fundamenta el Plan. La segunda parte detalla sus aspectos metodológicos. Descr

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