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MINAGRICULTURA - Resolución 000314 de 2016

Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural

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Detalles

Título
MINAGRICULTURA - Resolución 000314 de 2016
Autor
Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2016

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL RESOLUCIÓN NÚMERO 000314 pE 2016 ( 21 DIC 2016 “Por la cual se redistribuyen recursos de la vigencia 2016 del Programa de Vivienda de Interés Social Rural” EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el artículo 208 de la Constitución Política, la Ley 1537 de 2016 y el Decreto 1071 de 2015, y CONSIDERANDO Que mediante la Resolución 129 de 2016, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural realizó la distribución para la vigencia 2016 de los recursos transferidos al Banco Agrario de Colombia S.A. en desarrollo del Programa de Vivienda de Interés Social Rural, | | Que mediante la Resolución 225 de 2016, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural realizó la distribución departamental y la distribución y priorización municipal de los recursos transferidos al Banco Agrario de Colombia S.A. para el Programa de Vivienda de Interés Social Rural en la Vigencia 2016 y se definieron algunas condiciones de preselección, postulación y adjudicación de los recursos. Que la Comisión Intersectorial de Vivienda de Interés Social Rural, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 del Decreto 2243 de 2005, tiene dentro de sus funciones, entre otras, recomendar la priorización y distribución de los recursos, y orientar la ejecución de la política de vivienda de interés social rural y recomendar los ajustes pertinentes para el logro de sus metas y objetivos. Que la Comisión antes mencionada, según Acta No. 54 de noviembre 25 de 2016,

orientar la ejecución de la política de vivienda de interés social rural y recomendar los ajustes pertinentes para el logro de sus metas y objetivos. Que la Comisión antes mencionada, según Acta No. 54 de noviembre 25 de 2016, recomendó al Ministerio de Agricultura y | Desarrollo Rural lo siguiente, en concordancia con el memorando 20164400127783 de la Dirección de Gestión de Bienes Públicos Rurales, en el que se detallan los resultados de las redistribuciones departamentales, acta y memorando con fundamento en los cuales se expide la presente resolución: Disminuir el presupuesto del Programa Estratégico — P.E Mindefensa a $5.073.278.314 por cuanto solo se tienen 112 beneficiarios focalizados y con documentación, por parte de la Entidad Promotora. El remanente del P.E Mindefensa será trasladado al P.E Agencia de Desarrollo Rural - ADR. Para los Programas Estratégicos de la URT y UARIV, se indexen aquellos subsidios que no alcanzaron a ser incluidos en la indexación del 2015. Los recursos para dichas indexaciones se tomarán de los asignados a cada programa estratégico.| RESOLUCIÓN NÚMERO (00 3 14 Hoja N°. 2 %2101 208

Continuación de la Resolución: “Por la|cual se redistribuyen recursos de la vigencia 2016 del Programa de Vivienda de Interés Social Rural” La comisión recomendó para la Bolsa de Víctimas, atender los municipios que postularon a las familias: bajo la modalidad de mejoramiento por cuanto no encontraron familias con necesidades de vivienda nueva. De acuerdo al resultado de las postulaciones, hasta el 5% del remanente de

postularon a las familias: bajo la modalidad de mejoramiento por cuanto no encontraron familias con necesidades de vivienda nueva. De acuerdo al resultado de las postulaciones, hasta el 5% del remanente de recursos distribuidos a los departamentos y municipios de acuerdo con los artículos 2.2.1.3.5 y 2.2.1.3.6 del Decreto 1934 de 2015 para las dos bolsas serán reasignados en los programas estratégicos. Reasignar los excedentes por aproximación a enteros de la Resolución 225 de 2016 que no fueron asignados a un municipio y la administración de los mismos a programas estratégicos en cada bolsa. Para el caso de la bolsa de Victimas se distribuirá en los Programas Estratégicos URT y la UARIV para atender las indexaciones y nuevos subsidios, y el caso de la Bolsa Nacional al Programa Estratégico ADR. | Los remanentes de las postulaciones de cada Departamento se reasignen en el mismo departamento entre los municipios priorizados teniendo en cuenta las familias calificadas (remanentes adicionales a lo que se reasignará a programas estratégicos por el 5% que establecen los artículos 2.2.1.3.5 y 2.2.1.3.6 del Decreto 1934 de 2015). Esta reasignación se debe realizar equitativamente por municipio hasta agotar los recursos remanentes del departamento. Los remanentes referidos son los de la etapa de registro de entidades oferentes, postulación y calificación (en esta etapa existe la posibilidad de que los hogares postulados no cumplan los requisitos de acceso al subsidio y queden remanentes, porque no se alcance a cubrir el cupo de hogares para los recursos disponibles. Estos remanentes se deben reasignar

posibilidad de que los hogares postulados no cumplan los requisitos de acceso al subsidio y queden remanentes, porque no se alcance a cubrir el cupo de hogares para los recursos disponibles. Estos remanentes se deben reasignar equitativamente entre los municipios que tienen hogares que exceden los recursos disponibles de toma equitativa de acuerdo al orden de calificación de cada municipio), y siempre re: petando lo asignado al Departamento. En mérito de lo anterior, | | RESUELVE Artículo 1. Redistribución de recursos. Redistribuir los recursos del Programa de Vivienda de Interés Social Rural como se indica en el siguiente cuadro: | Fuente Concepto Inversión Distribución cs. Remanente Promueata e.

DISTRIBUCIÓN DEPARTAMENTAL 32.709.600.000 | 1.148.977.196 | 31.560.622.804

Subsidio para la BOLSA NACIONAL construcción PROGRAMA o mejoramiento de ESTRATEGICOvivienda de interés AGENCIA — | 16.026.980.711 22.838.098.882 social rural DESARROLLO RURAL nacional ADR |

P. SVISR PROGRAMA | NACIONAL ESTRATÉGICO - 10.735.419.289 | 5.662.140.975 | 5.073.278.314

C-620-1401-3 MINDEFENSA | Total | 59.472.000.000 | 6.811.118.171 | 59.472.000.000RESOLUCIÓN NÚMERO 000314 : & Hoja N°. 3 21 DIC 20%6 | . Continuación de la. Resolución: “Por la cual se redistribuyen recursos de la vigencia 2016 del

Programa de Vivienda de Interés Social Rural”

21 DIC 20%6 | . Continuación de la. Resolución: “Por la cual se redistribuyen recursos de la vigencia 2016 del Programa de Vivienda de Interés Social Rural” Fuente Concepto Inversión Ersan Cl. Remanente Propuesta Cl. Subsidio DISTRIBUCION Construcción de | DEPARTAMENTAL “| 107.841.469.680 | 5.123.362.329" | 102.718.107.351 Vivienda de BOLSA VICTIMAS Interés Social Rural para pe población víctima | ESTRATÉSICO “URT 20811 pas000 31.264.878.888 de desplazamiento forzado nacional PROGRAMA |

P. SVISR APD - ESTRATEGICO - 15.405.924.240 20.076.256.161

VÍCTIMAS UARIV ] C-620-1401-4 Total 154.059.242.400 | 5.123.362.329 | 154.059.242.400

Total general presupuesto subsidios y | 243 531 542 400 | 11.934.480.500 | 213.531.242.400 administracién 2016 | | La reasignación que se realice por excedentes residuales sin adjudicar solo podrá modificar hasta en un cinco (5%) las asignaciones realizadas al departamento de acuerdo al artículo 2.2.1.3.5, Bolsa Nacional y 2.2.1.3.6, Bolsa Víctimas del Decreto 1934 de 2015. El remanente de la Bolsa de Víctimas se distribuirá en indexaciones para la URT y la UARIV y en nuevos subsidios focalizados por la entidad promotora. | La redistribución departamental de la Bolsa Nacional y la Bolsa para la Atención a la Población Víctima es la siguiente: | (Pesos corrientes)

subsidios focalizados por la entidad promotora. | La redistribución departamental de la Bolsa Nacional y la Bolsa para la Atención a la Población Víctima es la siguiente: | (Pesos corrientes) Código Nombre Departamento Bolsa Nacional Bolsa Víctimas | Total Departamento 5 ANTIOQUIA 3.530.004.480 | 13.499.509.320 17.029.513.800 52 NARIÑO 2.426.878.080 | 6.507.894.197 8.934.772.277 19 CAUCA 2.200.737.168 | 5.508.392.733 7.709.129.901 23 CORDOBA 2.200.737.168 | 5.398.424.820 7.599.161.988 13 BOLIVAR 1.389.939.264 | 5.474.264.760 6.864.204.024 25 CUNDINAMARCA 1.886.346.1 4h 4.469.592.391 6.355.938.535 15 BOYACA 1.698.814.656 | 4.390.994.635 6.089.809.291 68 SANTANDER 1.383.320.506 | 4.440.083.760 5.823.404.266 73 TOLIMA 1.323.751.680 | 4.067.778.600 5.391.530.280 47 MAGDALENA 1.103.1 26.400 4.252.552.272 5.355.678.672 76 VALLE DEL CAUCA 1.213.439.040 | 3.395.423.059 4.608.862.099 41 HUILA 1.213.439.040 | 3.189.414.204 4.402.853.244 70 SUCRE 882.501.120 3.400.387.128 4.282.888.248

41 HUILA 1.213.439.040 | 3.189.414.204 4.402.853.244 70 SUCRE 882.501.120 3.400.387.128 4.282.888.248 20 CESAR 754.538.458 3.445.891.092 4.200.429.550 27 CHOCO 639.813.312 3.400.387.128 4.040.200.440 54 NORTE DE SANTANDER 827.344.800) 3.189.414.204 4.016.759.004 44 LA GUAJIRA 1.059.001.344 | 2.495.823.480 3.554.824.824 50 META 430.219.296 2.478.449.239 2.908.668.535 18 CAQUETA 419.188.034 2.239.346.592 2.658.534.624 17 CALDAS 661 .875.840 1.828.432.008 2.490.307.848 86 PUTUMAYO 430.219.296 1.828.432.008 2.258.651.304 66 RISARALDA 485.375.616 1.176.208.524 1.661.584.140 8 ATLANTICO 275.781.600 1.346.641.553 1.622.423.153 85 CASANARE 253.719.072 1.119.673.296 1.373.392.368 81 ARAUCA - 723.926.700 723.926.700 63 QUINDIO 132.375.168 539.153.028 671.528.196 11 BOGOTA - - - Subtotal distribución subsidios 28.822.486.579 | 93.806.490.731 122.628.977.311“RESOLUCIÓN NÚMERO 000314 91DIC 209 HolaN-4

11 BOGOTA - - - Subtotal distribución subsidios 28.822.486.579 | 93.806.490.731 122.628.977.311“RESOLUCIÓN NÚMERO 000314 91DIC 209 HolaN-4

Continuación de la Resolución: “Por la cual se redistribuyen recursos de la vigencia 2016 del

Programa de Vivienda de Interés Social Rural” | I Código ] Nombre Departamento Bolsa Nacional Bolsa Víctimas | Total Departamento Subtotal administración distribuciones 2.738.136.225 8.911.616.619 11.649.752.845 Total distribuciones 31.560.622.804 | 102.718.107.351 134.278.730.155 Artículo 2. Indexación. El Banco Agrario de Colombia S.A, en calidad de entidad otorgante, podrá Indexar subsidios que no alcanzaron a ser incluidos en la indexación del 2015 correspondientes a los programas estratégicos de la Unidad de Restitución de Tierras — URT y la Unidad de Atención y Reparación Integral a las Víctimas — UARIV. Los recursos para dichas indexaciones se tomarán de los recursos disponibles en cada programa estratégico. Artículo 3. Modalidad. En la Bolsa para la Atención a Población Víctima frente a los municipios que postularon familias bajo la modalidad de mejoramiento por cuanto no encontraron familias con necesidades de viviendas nuevas, se podrá asignar subsidios para la modalidad de mejoramiento hasta agotar los recursos disponibles del municipio respectivo. Artículo 4. Remanentes de distribuciones departamentales. Los remanentes de distribuciones departamentales se deben reasignar equitativamente entre los municipios que cuenten con hogares que excedan los recursos disponibles hasta agotar los recursos remanentes del departamento.

Artículo 4. Remanentes de distribuciones departamentales. Los remanentes de distribuciones departamentales se deben reasignar equitativamente entre los municipios que cuenten con hogares que excedan los recursos disponibles hasta agotar los recursos remanentes del departamento. Artículo 5. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., alos 91 DIC_2016 YA

AURELIO IRAGORRI VALENCIA

Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural vee Dirección de Gestión Bienes Públicos Rurales 4 Oficina Asesora Jurídica, e Ye bó: Secretaría General Vadfiisto de Desarrollo rural

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