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MINAGRICULTURA - Resolución 000317 de 2016

Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural

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Detalles

Título
MINAGRICULTURA - Resolución 000317 de 2016
Autor
Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2016

Libertad y Orden

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL

| | . N RESOLUCIÓN NÚMERO 00031 7pE 2016 (21 DIC 2086, | “Por la cual se establecen las cuotas globales de pesca para los recursos pesqueros del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, y para el recurso jaiba de la Ciénaga Grande de Santa Marta, para el año 2017” | EL MINISTRO DE AGRICULTURA y DESARROLLO RURAL En ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 2.16.1.2.5 del Decreto 1071 de 2015, y ! CONSIDERANDO | | Que el artículo 2.16.1.2.5. del Decreto 1071 de 2015 establece que con base en las propuestas del Comité Ejecutivo para la Pesca, que constarán en las actas correspondientes, el Ministerio de o y Desarrollo Rural expedirá la resolución donde se establezcan las cuotas globales de pesca de las diferentes especies, que regirán durante el año siguiente. Que de conformidad con el artículo 2.16.1.2/3., del Decreto 1071 de 2015, el Comité Ejecutivo para la Pesca deberá proceder con base en la mejor evidencia científica y teniendo en cuenta la información y datos estadísticos confiables que posean las entidades públicas y privadas vinculadas a la actividad pesquera. | Que el articulo 2.16.1.2.1. del Decreto 1071 de 2015 regula el Comité Ejecutivo para la Pesca — CEP, integrado por el Director de Cadenas

actividad pesquera. | Que el articulo 2.16.1.2.1. del Decreto 1071 de 2015 regula el Comité Ejecutivo para la Pesca — CEP, integrado por el Director de Cadenas Pecuarias, Pesqueras y Acuícolas del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o su delegado, quien lo preside, el Director de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible o su delegado, y el Director de la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca — AUNAP o su delegado, con el fin de definir las especies y los volúmenes susceptibles de ser aprovechados. Que el Decreto 3570 de 2011, por el cual se modifican los objetivos y la estructura del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y se integra el Sector Administrativo de Ambiente y Desarrollo Sostenible, dispuso en el numeral 14 del artículo 17 como función de la Dirección de Asuntos Marinos, Costeros y Recursos Acuáticos, entre otras, “Fijar de común acuerdo con el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y con base en la mejor evidenciaRESOLUCION NUMERO 000317 Hoja N%.2 921 DIC 2016 ! | Continuación de la Resolución “Por la cual se establecen las cuotas globales de pesca para los recursos pesqueros del Departamento Archipiélago de San Andres, Providencia y Santa Catalina y para el recurso jaiba de la Ciénaga Grande de Sana Marta, para el año 2017” científica e información estadística disponibles las especies y los volúmenes de pesca susceptibles de ser aprovechados en las aguas continentales y en los mares adyacentes, .con..base en los cuales la autoridad competente

científica e información estadística disponibles las especies y los volúmenes de pesca susceptibles de ser aprovechados en las aguas continentales y en los mares adyacentes, .con..base en los cuales la autoridad competente expedirá los correspondientes permisos de aprovechamiento”, razón por la cual se modificó la composición del Comité Ejecutivo para la Pesca. Que según el Acta No. 2 de noviembre 29 de 2016 el Comité Ejecutivo para la Pesca se reunió de manera extraordinaria con el fin de proponer las cuotas globales para la vigencia 2017 de los recursos pesqueros del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, y para el recurso jaiba de la Ciénaga Grande de Santa Marta, con fundamento en la información técnica disponible. - Que de conformidad con lo anterior, se hace necesario expedir la presente resolución con las cuotas globales de pesca para los recursos pesqueros del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, y para el recurso jaiba de la Ciénaga Grande de Santa Marta. Que en mérito de lo expuesto, i RESUELVE: | ARTICULO 1. Establécense las cuotas globales de pesca de las diferentes especies para la vigencia 2017, en el área del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, así: Peces de escama (pesca blanca) Langosta espinosa (colas) 150 Caracol pala (estado limpio) 13 Corresponde a 495 toheladas de peso entero. Estado limpio: filete de caracol con opérculo (uña). Parágrafo. La cuota para el recurso peces de escama incluye el porcentaje que

Corresponde a 495 toheladas de peso entero. Estado limpio: filete de caracol con opérculo (uña). Parágrafo. La cuota para el recurso peces de escama incluye el porcentaje que se asigna al Tratado Vásquez Saccio. La cuota de caracol pala corresponde al producto en estado de presentación limpio y su captura se circunscribe únicamente al banco Serrana, esta cuota será asignada exclusivamente a pescadores artesanales de la isla y su comercialización se limita al mercado local. ARTÍCULO 2. Establécese la cuota global de pesca para el recurso jaiba de la Ciénaga Grande de Santa Maria en 773 toneladas, constituidas por las especies Callinectes bocourti (jai | a roja) y Callinectes sapídus (jaiba azul).RESOLUCION NUMERO 000317 Hoja N”.3 721 DIC 2016 “ Continuación de la Resolución “Por la cual se establecen las cuotas globales de pesca para los recursos pesqueros del Departamento Archipiélago de San Andres, Providencia y Santa Catalina y para el recurso jaiba de la Ciénaga Grande de Santa Marta, par. 2el año 201 7 | | | ARTÍCULO 3. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los ? 1 DIC 2016 AURELIO IRAGORRI VALENCIA Ministro de Agricultura y Desarrollo U Elaboró: Dirección de Cadenas Pecuarias, queras y neos La? 7

Revisó: Oficina Asesora Jurídica: Zo 6: Viceministro de Asuntos A ropécuarios

Ministro de Agricultura y Desarrollo U Elaboró: Dirección de Cadenas Pecuarias, queras y neos La? 7

Revisó: Oficina Asesora Jurídica: Zo 6: Viceministro de Asuntos A ropécuarios

Aprobó: Secretaría General “

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