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MINAGRICULTURA - Resolución 000337 de 2008

Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural

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Detalles

Título
MINAGRICULTURA - Resolución 000337 de 2008
Autor
Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2008

REPUBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL RESOLUCIÓN NUMERO? 90337 DE 2008( ) “Por la cual se establecen las cuotas globales de pesca para las diferentesespecies para la vigencia 2009” MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL En ejercicio de sus facultades legales y en especial de las que le confiere elartículo 9° del Decreto Reglamentario 2256 de 1991, modificado por elartículo 2° del Decreto 1431 de 2006 y, CONSIDERANDO Que el artículo 5° del Decreto Reglamentario 2256 de 1991, conforme a lodispuesto en el artículo 7° de la Ley 13 de 1990 creó el Comité Ejecutivo para laPesca, con el fin de identificar las especies, los volúmenes susceptibles de seraprovechados y cuando fuere pertinente las tallas mínimas permisibles. Que el artículo 6 del Decreto 2256, modificado por el artículo 12 del Decreto 1431de 2006, establece que: “El Comité Ejecutivo para la Pesca se reunirá cualquierdía del mes de agosto de cada año con el fin de identificar las especies yvolúmenes susceptibles de aprovechamiento y cuando fuere pertinentes, las tallasmínimas permitidas”. Que el Comité Ejecutivo para la Pesca se reunió el 27 de agosto de 2008, con elfin de identificar las especies y los volúmenes de los recursos pesquerossusceptibles de aprovechamiento. Que en el acta correspondiente a la reunión del 27 de agosto de 2008 yatendiendo a la disposición contenida en el numeral 2° del artículo 12 del Decreto1431 de 2006 “por el cual se modifican los artículos 6° y 9° del Decreto 2256 de1991, reglamentario de la Ley 13 de 1990”, el Comité Ejecutivo para la Pesca,

señaló de manera expresa, que las cuotas establecidas con carácter precautorioserían objeto de revisión en un próxima reunión del mismo Comité. La referidareunión se realizó el 29 de septiembre de 2008, con base en la informacióncomplementaria, incluida la caracterización y actualización de la flota pesqueranacional, aportada por Instituto Colombiano Agropecuario, ICA. Que en cumplimiento a lo consagrado en el artículo 7° del Decreto de 2256 de1991 “por el cual se reglamente la Ley 13 de 1990”, el Comité Ejecutivo para laPesca procedió con base en las mejores evidencias científicas y teniendo encuenta la información suministrada por la Subgerencia de Pesca y Acuicultura delInstituto Colombiano Agropecuario-ICA, Corporación Colombia Internacional-CCI,Instituto Amazónico de Investigaciones Científicas-SINCHI, Unidad Administrativadel Sistema Nacional de Parques Nacionales Naturales, Instituto deInvestigaciones Marinas y Costeras-INVEMAR y la Secretaria de Agricultura yRESOLUCIÓN NÚMERO 090337 Hoja N°. 2 Continuación de la Resolución “Por la cual se establecen las cuotas globales de pesca para lasdiferentes especies para la vigencia 2009”. Pesca del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y SantaCatalina. Que de conformidad con el artículo 9° del Decreto 2256 de 1991 modificado por elartículo 2° del Decreto 1431 de 2006, el Comité Ejecutivo para la Pesca nocomputó dentro de la cuota global establecida para el atún y especies afines losvolúmenes de captura extraídos por embarcaciones contratadas por empresasnacionales, que operan fuera de las aguas jurisdiccionales colombianas.

Que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9% del Decreto 2256 de 1991modificado por el artículo 2° del Decreto 1431 de 2006, le corresponde alMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural, con base en lo propuesto por elComité Ejecutivo para la Pesca, según consta en las Actas: No. 1 del 27 de agostode 2008 y de la Reunión Extraordinaria llevada a cabo el 29 de septiembre de2008, expedir el acto administrativo, mediante el cual se establecen las cuotasglobales de pesca para las diferentes especies que regirán para el año 2009. En mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO.- Establecer las cuotas globales de pesca de las diferentesespecies para la vigencia de 2009 en el Océano Pacifico, así: ZONA CUOTA dl (Toneladas)Atún 12.500Calamar 250Camarón de Aguas Profundas CAP 930Carduma 27.000Camarón blanco CAS 1.000Camarón tití CAS 1.200Chernas 400Demersales 2.538a i, Dorado 2.400OCEANO PACIFICO Jaibas 7.000 Meros 80Pargo lunarejo 500Pargo rojo 200Otros pargos 400Medianos pelágicos 1.500Piangua 3.000Plumada 9.000Sierra castilla 460 ARTÍCULO SEGUNDO.- Establecer las cuotas globales de pesca de lasdiferentes especies para la vigencia de 2009 en el Mar Caribe, así:RESOLUCIÓN NÚMERO fa) Hoja N°. 3000337

Continuación de la Resolución “Por la cual se establecen las cuotas globales de pesca para lasdiferentes especies para la vigencia 2009”. CUOTAZONA ESPECIE (Toneladas) Atún 4.000Calamar común 100Camarón de Aguas Someras CAS 1.000Chernas 45Peces Demersales 1.000Dorado 40Jaibas 460MAR CARIBE — [Langosta 20Caracol pala 0Meros 64Pargo chino 33Pargo rojo 40 Otros pargos 138Medianos pelágicos 1.000 Sierra 460 ARTÍCULO TERCERO.- Establecer las cuotas globales de pesca de las diferentesespecies para la vigencia de 2009 en la Ciénaga Grande de Santa Marta, teniendoen cuenta los artes de pesca que se relacionan a continuación:

ZONA ESPECIES ARTE DE PESCA CUOTA

(Toneladas) Ciénaga Grande Todas raya 2danilo Trasmallo 944 ARTÍCULO CUARTO.- Establecer las cuotas globales de pesca de las diferentesespecies para la vigencia de 2009 en el área del Departamento Archipiélago deSan Andrés, Providencia y Santa Catalina, así: ZONA ESPECIE CUOTA(Toneladas)Departamento Caracol Pala 112Archipiélago de San | Langosta 200Andrés, Providencia y | Peces de escama (pesca 1200Santa Catalina y | blanca)Cayos Adyacentes

PARÁGRAFO: Estas cuotas deben ser aprovechadas teniendo en cuenta laZonificación del Area Marina Protegida (Reserva de la Biosfera SEAFLOWER) delDepartamento Archipiélago.

ARTÍCULO QUINTO.- Establecer las cuotas globales de pesca de las especies deconsumo y peces ornamentales para las cuencas hidrográficas continentales delpaís para la vigencia de 2009, de la siguiente manera:RESOLUCIÓN NÚMERO 000337 Hoja N°. 4 Continuación de la Resolución “Por la cual se establecen las cuotas globales de pesca para lasdiferentes especies para la vigencia 2009’. CUENCA ESPECIE CUOTA(Toneladas)PECES DE CONSUMOAMAZONAS Bagre 4.800Otros 4.200ORINOCO Bagre Rayado 98Bocachico 408Bagre Tigre 96Amarillo 48MAGDALENA Bagre Rayado 300 Capaz 100Bocachico 4.100Incurro 300SINU Bocachico 215ATRATO Bocachico 1.200Mojarra Amarilla 18

CUOTARECURSO: PECES ORNAMENTALES (Unidades vivas) Arawana 500.000Cardenales y afines 7.725.083Familia Loricaridae 6.212.592Familia Ariidae 737.931Familia Callichthyidae 290.191Familia Characidae 4.901.842Familia Gasteropelecidae 979.956Familia Pimelodidae 577.855Familia Cichlidae 439.652Otras (19 familias) 7.099.425

ARTICULO SEXTO.- La presente Resolucién rige a partir de la fecha de supublicacion en el Diario Oficial.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los anvs FELIPE ARIAS LEIVAMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural Proyectó: Carl bl cuyameAprobo: Oskar Shrgédy ler

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