MINAGRICULTURA - Resolución 000337 de 2024
Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural
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Detalles
- Título
- MINAGRICULTURA - Resolución 000337 de 2024
- Autor
- Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2024
Agricultura RESOLUCIÓN NÚmero_-_0 00 33 7 DE 2024 02 DIC 2024 “Por la cual se establecen lineamientos de política pública sobre fomento y desarrollo de la apicultura” LA MINISTRA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial, las que le confiere el artículo 5 de la Ley 2193 de 2022, el numeral 7 del artículo 3, numeral 1 y 6 del artículo 6 del Decreto 1985 de 2013 y, CONSIDERANDO Que la Ley 2193 de 2022 “Por medio de la cual se crean mecanismos para el fomento y desarrollo de la apicultura en Colombia y se dictan otras disposiciones", conforme con lo establecido en el artículo 1 tiene por objeto “establecer mecanismos para incentivar el fomento y desarrollo de la apicultura y sus actividades complementarias” para lo cual “se implementarán las políticas públicas y la ejecución de proyectos y programas que garanticen el fomento y la protección de la apicultura, su ambiente y desarrollo como componente estratégico para la protección y preservación de la biodiversidad, conservación agrícola y adaptación al cambio climático, en el territorio nacional” Que en virtud de lo establecido en el artículo 3 ibidem, “Corresponde al Ministerio de Agricultura y desarrollo Rural ejercer la rectoría para el fomento y desarrollo de la apicultura, integrar las políticas, estrategias, programas, proyectos, metodologías y mecanismos que inciden en el fomento de la apicultura, tales como producción, distribución y comercialización de los productos de las abejas en el territorio nacional”. Que el artículo 5 de la misma ley, dispone que “para efectos de fomentar y
como producción, distribución y comercialización de los productos de las abejas en el territorio nacional”. Que el artículo 5 de la misma ley, dispone que “para efectos de fomentar y desarrollar la apicultura, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, en coordinación con sus entidades adscritas y vinculadas, con los Ministerios respectivos y con la participación de las asociaciones gremiales apícolas que integran la Cadena Productiva de las Abejas y la Apicultura -CPAA”, deberá expedir la política pública de fomento y desarrollo de la apicultura que podrá buscar, entre otros los siguientes enfoques: “1. Desarrollar un sistema de registro de apiarios.
2. Realizar el censo apícola y establecer los mecanismos de actualización permanente.
3. Implementar mecanismos de financiación favorables para los apicultores que cubran las actividades principales y derivadas de la cría de abejas.
4. Fomentar el incremento de la producción y el consumo de productos apícolas.
5. Implementar programas que garanticen la sanidad de las abejas y la inocuidad de los productos de las abejas en el eslabón primario.
6. Desarrollar planes, programas y estrategias de manejo, selección y mejoramiento genético que propenda por abejas sanas, productivas y de baja defensividad.
7. Actualizar y disponer desde el Instituto Colombiano Agropecuario los protocolos para la importación de material genético apícola.
8. Fomentar y proteger la apicultura como componente importante de la agricultura.
9. Promover un adecuado esquema de seguro que cubra eventuales afectaciones a la producción apícola.
Página 1 de 3@ Agricultura --000337
8. Fomentar y proteger la apicultura como componente importante de la agricultura.
9. Promover un adecuado esquema de seguro que cubra eventuales afectaciones a la producción apícola.
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10. Contribuir al mejoramiento de la productividad y competitividad del país a través del fomento del servicio de polinización dirigida en cultivos agropecuarios.
11. Impulsar programas de capacitación técnica y tecnológica en el sector apícola en coordinación con el Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA Y con el apoyo técnico AGROSAVIA.
12. Incentivar a los entes territoriales para que asignen recursos propios de su presupuesto para el desarrollo y fomento de la actividad apícola en las diferentes zonas del país.
13. Incentivar y propender por el desarrollo de espacios de fomento como ferias y campañas, inclusión en las compras públicas de productos apícolas, mejoramiento de la infraestructura, promoción del acceso a instrumentos de fomento de la conservación de flora apícola, promoción de planes de investigación desde un punto de vista de valor agregado, el fomento a la investigación para evidenciar el aporte de la apicultura e incentivar la creación de empresas.
14. Incentivar, impulsar, apoyar e implementar las actividades de ciencia, tecnología e innovación, para fortalecer los programas y proyectos productivos apícolas a nivel nacional y regional para el fortalecimiento de las políticas públicas, en coordinación con el Ministerio de Ciencia, Tecnología e innovación.” Que resultado del trabajo conjunto en coordinación con entidades adscritas y vinculadas al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, así como del análisis de
políticas públicas, en coordinación con el Ministerio de Ciencia, Tecnología e innovación.” Que resultado del trabajo conjunto en coordinación con entidades adscritas y vinculadas al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, así como del análisis de la problemática del sector, se estructuró el documento de lineamientos de política pública de fomento y desarrollo de la apicultura, que respondan a los componentes propuestos en el artículo 5 de la Ley 2193 de 2022. Que este documento se socializo al interior del Consejo Nacional de la Cadena Productiva de las Abejas y la Apicultura, en su calidad de cuerpo consultivo del Gobierno Nacional, reconocido mediante Resolución 282 de 2012. Que en virtud de la sentencia proferida por la Sección Primera, Subsección A del Tribunal Administrativo de Cundinamarca dentro del proceso radicado 25000-2341-000-2023-00292-00 se ordenó la Nación - Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural; al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible; al Ministerio de Ciencia, Tecnología e innovación; al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo; y al Ministerio de Salud y Protección Social, expedir la correspondiente reglamentación de la Ley 2193 de 2022, decisión que posteriormente fue confirmada por la Sección Quinta del Consejo de Estado. Que, en virtud de lo anterior, y en cumplimiento de las órdenes judiciales se hace necesario reglamentar el artículo 5 de la Ley 2193 de 2022, adoptando el documento de lineamientos de política pública para el fomento y desarrollo de la apicultura. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Adopción. Adoptar el documento denominado “Lineamientos de
documento de lineamientos de política pública para el fomento y desarrollo de la apicultura. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Adopción. Adoptar el documento denominado “Lineamientos de política pública de fomento y desarrollo de la apicultura en Colombia" en el marco de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 2193 de 2022, el cual hace parte integral de la presente resolución. Parágrafo. El documento de política pública se actualizará, modificará y/o complementará según se requiera para lo cual, solo se requerirá del visto bueno del Viceministerio de Asuntos Agropecuarios sin que esto implique la expedición de una nueva resolución. Página 2 de3& Agricultura --000337 Artículo 2. Ámbito de aplicación. Los lineamientos que se adoptan a través de la presente resolución serán aplicables en todo el territorio nacional a las organizaciones de la cadena productiva de las abejas y la apicultura, apicultores, agricultores y demás actores de que trata la Ley 2193 de 2022. Artículo 3. Vigencia. Esta resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., alos. 02 DIC 707%, ( | MARTHA VIVIANA CARVAJALINO VILLEGAS Ministra de Agricultura y Desarrollo Rural Proyectó: Erika Lorena Espitia Maldonado — Dirección de Cadenas Pecuarias, Pesqueras y Acuicolas Epi &4
( | MARTHA VIVIANA CARVAJALINO VILLEGAS Ministra de Agricultura y Desarrollo Rural Proyectó: Erika Lorena Espitia Maldonado — Dirección de Cadenas Pecuarias, Pesqueras y Acuicolas Epi &4
Revisó: Mayra Alejandra Aranguren Rojas - Directora de Cadenas Pecuarias, Pesqueras y Acuicolas -++“ Liliana Patricia Barbosa Guerrero — Dirección de Cadenas Pecuarias, Pesqueras y Acuicolas Ph Rocio Aliria Correa Correa — Abogada Dirección de Cadenas Peguarias, Pesqueras y acuicoas Miguel Ardila -Asesor Viceministerio de Asuntos Agropecuario Jorge Enrique Moncaleano OspinaJefe Oficina Asesora Jurfdifz/,
Aprobó: Geidy Xiomara OrtegaViceministra de Asuntos Agropecuarios Página 3de 3