MINAGRICULTURA - Resolución 000351 de 2018
Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural
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Detalles
- Título
- MINAGRICULTURA - Resolución 000351 de 2018
- Autor
- Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2018
Lbertod y Orden
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
RESOLUCIÓN NÚMERO
000351 102) “Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 000335 del 31 de agosto de 2018 a través de la cual se otorgó un incentivo al almacenamiento de leche en polvo y quesos madurados en el territorio nacional en el año 2018” EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL En ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por los artículos 64 y 65 de la Constitución política, el artículo 7 de la Ley 101 de 1993, y los artículos 2 y 3 del Decreto 1985 de 2013, y CONSIDERANDO Que los artículos 64 y 65 de la Constitución Política establecen entre los deberes del Estado el de promover la comercialización de productos con el fin de mejorar el ingreso y calidad de vida de los campesinos, así como el de proteger de manera especial la producción de alimentos, para lo cual otorgará prioridad al desarrollo integral de las actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras, forestales y agroindustriales. Que el artículo 7 de la Ley 101 de 1993 señala que cuando circunstancias ligadas a la protección de los recursos naturales orientados a la producción agropecuaria, a la protección del ingreso rural y al mantenimiento de la paz social en el agro así lo ameriten, el Gobierno podrá otorgar en forma selectiva y temporal incentivos y apoyos directos a los productores agropecuarios, en relación directa con el área productiva o a sus volúmenes de producción. Que los numerales 12 y 15 del artículo 3 del Decreto 1985 de 2013 establecen entre
directos a los productores agropecuarios, en relación directa con el área productiva o a sus volúmenes de producción. Que los numerales 12 y 15 del artículo 3 del Decreto 1985 de 2013 establecen entre las funciones del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural las de velar por la efectividad y cumplimiento de los fines que para el Sector consagran los artículos 64 a 66 de la Constitución Política, con sujeción a las normas contenidas en las leyes que los desarrollan; y diseñar, implementar y promocionar instrumentos, incentivos y estímulos para la producción y comercialización agropecuaria. Que la puesta en marcha del programa de incentivo al almacenamiento de leche en polvo y quesos madurados en el territorio nacional en el año 2018 se fundamenta en el proyecto “Implantación y Operación Fondo Comercialización de Productos Agropecuarios a Nivel Nacional”, a través del cual el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural puede implementar programas de apoyo a la comercialización y producción que beneficien a los productores del sector que presentan dificultades en la comercialización, mediante programas o instrumentos que promuevan la modernización y el adecuado funcionamiento de los mercados.RESOLUCIÓN No. 000351 pe 2018 PÁGINA No. 2,1 1) SEP 209
Continuación de la Resolución: “Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 000335 del 31 de agosto de 2018 a través de la cual se otorgó un incentivo al almacenamiento de leche en polvo y quesos madurados en el territorio nacional en el año 2018”.
Que con fecha 31 de agosto de 2018 se expidió la Resolución 000335, por la cual se otorga un incentivo al almacenamiento de leche en polvo y quesos madurados en el
quesos madurados en el territorio nacional en el año 2018”. Que con fecha 31 de agosto de 2018 se expidió la Resolución 000335, por la cual se otorga un incentivo al almacenamiento de leche en polvo y quesos madurados en el territorio nacional en el segundo semestre de 2018. Que el numeral 1° del artículo 6? de la Resolución 000335 de 2018 establece un término de cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación de la citada resolución, para lo cual deberán diligenciar el formato completo y adjuntar la certificación expedida por el representante legal, y el revisor fiscal o contador público, según el caso, donde acrediten no haber importado de manera directa o haber adquirido a través de terceros leche en polvo y/o quesos madurados desde el 1° de enero de 2018. Que la Resolución 000335 de 2018, se publicó el 3 de septiembre de 2018 en el Diario Oficial - 50.705 por lo tanto los compradores-procesadores que cumplan con el perfil descrito podían inscribirse hasta el día 10 de septiembre de 2018. Que en la reunión del Consejo Nacional Lácteo del 7 de septiembre de 2018, los gremios representativos de la industria, ASOLECHE y ANDI, expresaron que el término de cinco (5) días hábiles dado en el numeral 1 del artículo 6° de la Resolución 000335 de 2018 es muy corto para dar a conocer a las industrias del territorio nacional sobre la utilidad y aplicación del instrumento que se otorga a través de la mencionada resolución, razón por la cual solicitaron ampliación del plazq para el proceso de inscripción ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural por cinco (5) días hábiles
utilidad y aplicación del instrumento que se otorga a través de la mencionada resolución, razón por la cual solicitaron ampliación del plazq para el proceso de inscripción ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural por cinco (5) días hábiles adicionales a los establecidos en el numeral 1° del artículo 6° de la Resolución 000335 de 2018. Que mediante Justificación Técnica de la Dirección de Cadenas Pecuarias, Pesquera y Acuícola, remitida con memorando 20185400082193 del 7 de septiembre del año en curso, se establece la necesidad de modificar parcialmente el numeral 1° del artículo 6% de la Resolución 000335 de 2018 basado en la decisión del Consejo Nacional Lácteo. Por lo tanto, el director de Cadenas Pecuarias, Pesquera y Acuícola recomienda modificar el plazo de inscripción expresado en el numeral 1° del artículo 6%, para que el mismo se amplíe por cinco (5) días hábiles contados a partir de la fecha de publicación de la resolución modificatoria. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Modifícase el numeral 1° del artículo 6° de la Resolución 000335 de 2018, el cual quedará así: “1. Proceso de Inscripción. Aquellos compradores-procesadores que cumplan con el perfil descrito en el artículo anterior, podrán inscribirse a través de la página web del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural (www.minagricultura.gov.co) durante - los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del presente modificatorio, para lo cual deberán diligenciar el formato completo y adjuntar la certificación expedida por el representante legal, y el revisor fiscal o contador
durante - los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del presente modificatorio, para lo cual deberán diligenciar el formato completo y adjuntar la certificación expedida por el representante legal, y el revisor fiscal o contador público, según el caso, donde acrediten no haber importado de manera directa o haber adquirido a través de terceros leche en polvo y/o quesos madurados desde el 1° de enero de 2018”.RESOLUCIÓN No. 000 351 DE 2018 PÁGINA No. 3 1 0 SFP 2018
Continuación de la Resolución: “Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 000335 del 31 de agosto de 2018 a través de la cual se otorgó un incentivo al almacenamiento de leche en polvo y quesos madurados en el territorio nacional en el año 2018”.
Artículo 2%. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación, manteniéndose vigentes las demás condiciones establecidas en la Resolución 335 de 2018.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE "
Dada en Bogotá, D.C.,alos 11 SEP 201 ANDRES RAFAEL VAL Ministro de Agricultura y De: Proyectó: — GRodríguez / Dirección de Cadenas Pecuarias, Pesqueras y Acuicolas 6.” - Reviso: — Humberto Guzmén / Dirección de Cadenas Pecuarias, Pesqueras y Acuícolas V.Bo: Viceministro de Asuntos agropecuarios! — Aprobó: — Oficina Asesora Jurid E, D y