MINAGRICULTURA - Resolución 000411 de 2018
Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural
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Detalles
- Título
- MINAGRICULTURA - Resolución 000411 de 2018
- Autor
- Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2018
Libertad y Orden
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
RESOLUCIÓN NÚMERO 000411 ( 31 OCT 72019) “Por la cual se señala el valor de los costos de establecimiento y mantenimiento de plantaciones, el valor de los costos de mantenimiento de bosque natural y se fija el incentivo por árboi, para efectos del Incentivo Forestal para el año 2019” EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL En uso de las facultades que le confiere el artículo 4 de la Ley 139 de 1994 y el artículo 2.3.1.1.3 del Decreto 1071 de 2015, y . CONSIDERANDO Que la Ley 139 de 1994 creó el Certificado de Incentivo Forestal como un reconocimiento del Estado a las externalidades positivas de la reforestación en tanto los beneficios ambientales y sociales generados son apropiables por el conjunto de la población. Su fin es el de promover la realización de inversiones directas en nuevas plantaciones forestales de carácter protector -productor en terrenos de aptitud forestal. Que conforme con lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 139 de 1994, la política de cultivos forestales con fines comerciales, de especies introducidas o autóctonas, será fijada por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural con base en la Política Nacional Ambiental y de Recursos Naturales Renovables que establezca la autoridad ambiental. Que el parágrafo 3 del artículo 5 de la Ley 99 de 1993 le da la potestad al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural de fijar la política de cultivos forestales con fines comerciales, de especies introducidas o autóctonas, con
Que el parágrafo 3 del artículo 5 de la Ley 99 de 1993 le da la potestad al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural de fijar la política de cultivos forestales con fines comerciales, de especies introducidas o autóctonas, con base en la Política Nacional Ambiental y de Recursos Naturales Renovables que establezca el Ministerio del Medio Ambiente. Que de conformidad con el parágrafo 1 del artículo 4 de la Ley 139 de 1994 y con el artículo 2.3.1.1.3 del Decreto 1071 de 2015, corresponde al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, señalar el valor promedio nacional de los costos totales netos por concepto de establecimiento y mantenimiento de las plantaciones forestales, señalar los costos totales netos por concepto de mantenimiento de áreas de bosque natural, así como fijar el incentivo por árbol, para efectos del Certificado de Incentivo Forestal. Que el citado parágrafo 1 del artículo 4 de la Ley 139 de 1994, determina que cuando el Ministerio no señale tales valores el 31 de octubre de cada año, regirán los establecidos para el año inmediatamente anterior incrementados enRESOLUCIÓN No. 000411 HOJAN.2 34 oc e “Por la cual se señala el valor de los costos de establecimiento y mantenimiento de plantaciones, el valor de los costos de mantenimiento de bosque natural y se fija el incentivo por árbol, para efectos del Incentivo Forestal para el año 2019”. un porcentaje equivalente al incremento del Índice de Precios al Productor — IPP durante el respectivo periodo anual. Que mediante Resolución 353: de 2017, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural señaló los valores correspondientes para la vigencia 2018,
un porcentaje equivalente al incremento del Índice de Precios al Productor — IPP durante el respectivo periodo anual. Que mediante Resolución 353: de 2017, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural señaló los valores correspondientes para la vigencia 2018, Que consultado el Consejo Nacional de la Cadena Productiva Forestal de Maderas, Tableros, Muebles y Productos de Madera, organismo reconocido como cuerpo consultivo del Gobierno Nacional en materia de política para el sector forestal, pudieron recogerse dos sugerencias, primero, que para efectos del incentivo se requieren costos reales de la reforestación y segundo, que a falta de esta información y de recursos, es viable no actualizar los valores buscando aumentar las hectáreas objeto de incentivo. Que posteriormente y en atención a lo señalado en el parágrafo 1 del artículo 4 de la Ley 139 de 1994 antes citado, en sesión del 23 de octubre de 2018 este Ministerio presentó propuesta de ajuste de valores del Incentivo CIF al Consejo Directivo del Incentivo Forestal, en razón al IPP de los últimos 12 meses, según la actividad económica “silvicultura y la extracción de la madera”, el cual corresponde a 0.94%, propuesta que fue acogida por esta instancia asesora. Que de acuerdo con la Justificación Técnica del 24 de octubre de 2018, de la Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales de este Ministerio, es pertinente ajustar los valores del Incentivo Forestal el en sentido indicado. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Señalar el valor promedio nacional de los costos totales netos de establecimiento de una hectárea de bosque plantado y la cuantía máxima
Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Señalar el valor promedio nacional de los costos totales netos de establecimiento de una hectárea de bosque plantado y la cuantía máxima porcentual que se reconocerá por concepto de Incentivo Forestal, así: ESPECIE Valor Promedio Nacional de los | Cuantía del | Valora pagar por Nombre Científico Nombre Costos Totales Netos (Ha) en Incentivo Incentivo Forestal común pesos($) (%) (Ha) en pesos ($) Orinoquia (Arauca, Casanare, Meta, Vichada y Guaviare) Acacia mangium Acacia $2.383.198 50% $1.191.599 Eucalyptus pellita Eucalipto $3.589.521 40% $1.435.809 Eucalyptus tereticomis Eucalipto $2.706.331 50% $1.353.165 Eucalyptus urophylla Eucalipto $2.984.343 45% $1.342.954 Pinus caribaea Pino . $2.544.939 50% $1.272.469 Caribe (Atlántico, Bolívar, Cesar, Córdoba, Guajira, Magdalena y Sucre) Bombacopsis quinata Ceiba 63.388.619 40% $1.355.448 Eucalyptus camaldulensis | — Eucalipto $2.942.725 45% $1.324.226RESOLUCIÓN No. 000411 LITUT HOJAN%.4 31 oc 206 “Por la cual se señala el valor de los costos de establecimiento y mantenimiento de plantaciones, el valor de los costos de mantenimiento de bosque natural y se fija el incentivo por árbol, para efectos del Incentivo Forestal para el año 2019”.
“Por la cual se señala el valor de los costos de establecimiento y mantenimiento de plantaciones, el valor de los costos de mantenimiento de bosque natural y se fija el incentivo por árbol, para efectos del Incentivo Forestal para el año 2019”. VALORES MANTENIMIENTO CIF POR HECTÁREA ESPECIE MANTENIMIENTO Nombre o = Nombre Científico común Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 ORINOQUIA (Arauca, Casanare, Meta, Vichada y Guaviare) Acacia mangium Acacia $215.542 $283.588 $304.398 $250.460 Eucalyptus peliita Eucalipto $292.360 $580.168 $151.176 $115.914 Eucalyptus tereticomis Eucalipto $396.372 $338.345 $195.170 $141.212 Eucalyptus urophyila Eucalipto $321.330 $336.360 $181.943 $115.420 Pinus caribaea Pino $300.950 $372.413 $208.815 $186.816 CARIBE (Atlántico, Bolivar, Cesar, Córdoba, Guajira, Magdalena y Sucre) Bombacopsis quinata Ceiba $230.793 $115.01 $99.915 $92.264 Eucalyptus . camaldulensis Eucalipto $427.073 $265.816 $167.506 $172.307 Eucalyptus tereticomis Eucalipto $427.073 $265.816 $134.003 $107.692 Eucalyptus urophylla Eucalipto $401.768 $336.360 $181.943 $208.341 Gmelina arborea Melina $361.815 $301.762 $124.695 $144.319 Tectona grandis Teca $499.369 $274.63 $155.568 $136.188
Gmelina arborea Melina $361.815 $301.762 $124.695 $144.319 Tectona grandis Teca $499.369 $274.63 $155.568 $136.188 EJE CAFETERO (Antioquia, Caldas, Quindío y Risaralda) Acacia mangium Acacia $318.579 $312.193 $149.838 $188.165 Cordia aliodora cada | sesemeo | serezio | sis02z02 | g16720 Cupressus lusitanica Ciprés $298.063 $376.185 $168.506 $136.470 Eucalyptus grandis Eucalipto $504.690 $355.155 $180.566 $134.302 Ochroma pyramidale Balso $347.153 $337.141 $167.696 $156.744 Pinus maximinoi Pino $321.385 $438.086 $224.213 $117.064 Pinus oocarpa Pino $170.857 $227.207 $388.059 $158.110 Pinus patula Pino $343.706 $342.169 $223.219 $129.180 Pinus tecunumanii Pino $236.962 $289.135 $186.682 $207.923 Tabebula rosea Flor Morado $288.345 $341.125 $196.335 $140.218 Tectona grandis Teca $244.284 $292.695 $242.384 $224.730 Otras Regiones Cordia aliodora ua o $286.020 | $216210 | SI59252 | $167.22 Cupressus lusitanica Ciprés $298.063 $376.185 $168.506 $136.470 Eucalyptus globulus Eucalipto $398.524 $381.019 $262.218 $210.087 Eucalyptus grandis Eucalipto $587.128 $311.095 $123.533 $142.031
Eucalyptus globulus Eucalipto $398.524 $381.019 $262.218 $210.087 Eucalyptus grandis Eucalipto $587.128 $311.095 $123.533 $142.031 Eucalyptus tereticornis Eucalipto $295.199 $380.951 $127.228 $116.437 Ochroma pyramidale Balso $347.153 $337.141 $167.696 $156.744 Tabebuia rosea Flor Morado $288.345 $341.125 $196.335 $140.218 Tectona grandis Teca $211.376 $202.493 $206.854 $175.668 Otras especies $318.579 $312.193 $149.838 $188.165 Parágrafo 1. Para otras especies fuera de las especificadas en cada región aplica el valor de mantenimiento de otras especies en otras regiones.RESOLUCIÓN No. 000411 pom HOJAN”.3 34 OCT 2018 “Por la cual se señala el valor de los costos de establecimiento y mantenimiento de plantaciones, el valor de los costos de mantenimiento de bosque natural y se fija el incentivo por árbol, para efectos del Incentivo Forestal para el año 2019". ESPECIE Valor Promedio Nacional de los | Cuantía del | Valora pagar por _ Nombre Costos Totales Netos {Ha) en Incentivo Incentivo Forestal Nombre Cientifico común pesos($) (%) (Ha) en pesos ($) Eucalyptus tereticornis Eucalipto $2,942.725 45% $1.324.226 Eucalyptus urophylla Eucalipto $2.984.343 45% $1.342.954 Gmelina arborea Melina $2.892.360 45% $1.301.562 Tectona grandis Teca $2.728.527 50% $1.364.264
Gmelina arborea Melina $2.892.360 45% $1.301.562 Tectona grandis Teca $2.728.527 50% $1.364.264 Eje cafetero (Antioquia, Caldas, Quindío y Risaralda) Acacia mangium Acacia $2.441.348 50% $1.220.674 Cordia aliodora e o $2.586.914 50% $1.293.457 Cupressus lusitanica Ciprés $3.020.332 45% $1.359.149 Eucalyptus grandis Eucalipto $2.548.266 50% $1.274.133 Ochroma pyramidale Balso $3.804.261 40% $1.521.704 Pinus maximinoi Pino $2.606.270 50% $1.303.135 Pinus oocarpa Pino $2.712.500 50% $1.356.250 Pinus patula Pino $2.427.744 50% $1.213.872 Pinus tecunumanii Pino $3.064.441 45% $1.378.999 Tabebuia rosea Flor Morado $2.743.228 50% $1.371.614 Tectona grandis Teca $3.143.863 45% $1.414.738 Otras regiones Cordia alliodora eo $2.667,642 50% $1.333.821 Cupressus lusitanica Ciprés $3.114.586 40% $1.245.834 Eucalyptus globulus Eucalipto $3.179.582 45% $1.430.812 Eucalyptus grandis Eucalipto $2.715.948 50% $1.357.974 Eucalyptus tereticornis Eucalipto $3.130.584 45% $1.408.763
Eucalyptus grandis Eucalipto $2.715.948 50% $1.357.974 Eucalyptus tereticornis Eucalipto $3.130.584 45% $1.408.763 Ochroma pyramidale Balso $3.922.979 40% $1.569.192 Tabebuia rosea Flor Morado $2.828.835 50% $1.414.418 Tectona grandis Teca $2.960.003 45% $1.332.001 Otras especies $2.517.535 50% $1.258.767 Parágrafo 1. Los anteriores valores rigen para plantaciones forestales con densidades superiores a 1.000 árboles por hectárea. Parágrafo 2. Para otras especies fuera de las especificadas en cada región, aplica el valor de establecimiento de otras especies en otras regiones. Parágrafo 3. Los híbridos, así como sus variedades, obtenidos de las especies introducidas, mencionadas en el presente artículo, aplican el valor de establecimiento como “otras especies”. Artículo 2. Señalar el valor promedio nacional de los costos totales netos de mantenimiento de una hectárea de bosque plantado de una especie autóctona o introducida, así:RESOLUCIÓN No. (00041 1 HOJAN”5 34 OCT 2076 “Por la cual se señala el valor de los costos de establecimiento y mantenimiento de plantaciones, el valor de los costos de mantenimiento de bosque natural y se fija el incentivo por árbol, para efectos del Incentivo Forestal para el año 2019". Parágrafo 2. Para los híbridos, así como sus variedades, obtenidos de las especies introducidas mencionadas en el presente artículo, aplica el valor de mantenimiento de “otras especies”.
Parágrafo 2. Para los híbridos, así como sus variedades, obtenidos de las especies introducidas mencionadas en el presente artículo, aplica el valor de mantenimiento de “otras especies”. Artículo 3. Fijar el incentivo para el establecimiento por árbol para cada una de las especies, el cual se liquida sobre la base de los valores para el incentivo de que trata el artículo 1 de la presente resolución, para plantaciones con densidades iguales o inferiores a mil (1000) árboles por hectárea e iguales o superiores a cincuenta (50) árboles por hectárea, de la siguiente manera: ESPECIE Nombre Científico Nombre común Valor Incentivo por árbol Orinoquia (Arauca, Casanare, Meta, Vichada y Guaviare) Acacia mangium Acacia $1.191 Eucalyptus peliita Eucalipto $1.435 Eucalyptus tereticornis Eucalipto $1.354 Eucalyptus urophylla Eucalipto $1.343 Pinus caribaea Pino . $1.273 Caribe (Atlántico, Bolívar, Cesar, Córdoba, Guajira, Magdalena y Sucre) Bombacopsis quinata Ceiba $1.356 Eucalyptus camaldulensis Eucalipto $1.324 Eucalyptus tereticomis Eucalipto $1.324 Eucalyptus urophyila Eucalipto $1.343 Gmelina arborea Melina $1.301 Tectona grandis Teca $1.364 Eje cafetero (Antioquia, Caldas, Quindío y Risaralda) Acacia mangium Acacia $1.221 Cordia alliodora Nogal Cafetero $1.294
Tectona grandis Teca $1.364 Eje cafetero (Antioquia, Caldas, Quindío y Risaralda) Acacia mangium Acacia $1.221 Cordia alliodora Nogal Cafetero $1.294 Cupressus lusitanica Ciprés $1.359 Eucalyptus grandis Eucalipto $1.275 Ochroma pyramidale Balso $1.522 Pinus maximinoi Pino $1.303 Pinus oocarpa Pino $1.357 Pinus patula Pino $1.213 Pinus tecunumanit Pino $1.379 Tabebuia rosea Flor Morado $1.372 Tectona grandis Teca $1.414 Otras regiones Cordia alliodora Nogal Cafetero $1.294 Cupressus lusitanica Ciprés $1.208 Eucalyptus globulus Eucalipto $1.388 Eucalyptus grandis Eucalipto $1.317 Eucalyptus tereticomis Eucalipto Eucalipto $1.367RESOLUCIÓN No. 000411 2 HOJAN”.6 34 ocr 2 “Por la cual se señala el valor de los costos de establecimiento y mantenimiento de plantaciones, el valor de los costos de mantenimiento de bosque natural y se fija el incentivo por árbol, para efectos del Incentivo Forestal para el año 2019”. ESPECIE Nombre Científico Nombre común Valor Incentivo por árbol Ochroma pyramidale Balso $1.522 Tabebuia rosea Flor Morado $1.372 Tectona grandis Teca $1.292 Otras especies $1.221 Artículo 4. Fijar el valor de establecimiento por árbol de Caucho (Hevea
Tabebuia rosea Flor Morado $1.372 Tectona grandis Teca $1.292 Otras especies $1.221 Artículo 4. Fijar el valor de establecimiento por árbol de Caucho (Hevea brasiliensis) y la cuantía máxima porcentual que se reconocerá por concepto de Incentivo Forestal, así: | Valor Promedio Nacional de | Cuantía del Valor promedio los Costos Netos (Árbol) | Incentivo % | Valora Pagar En áreas PNIS Y PDET $7521 75% $5.041 En otras áreas $7.521 50% $3.761 Municipios Programa Nacional de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito (PNIS) y Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial — PDET — Decreto 893 de 2017. Artículo 5. Fijar el valor de establecimiento por hectárea de Guadua (Guadua angustifolia), y la cuantía máxima porcentual que se reconocerá por concepto de Incentivo Forestal, así: Valor Valor promedio nacional Cuantía del Promedio de los costos netos Incentivo % | Valora Pagar Guadua $2.212.332 40% $884.933 Artículo 6. Fijar el valor promedio nacional de los costos totales netos de mantenimiento de una hectárea de bosque plantado de las especies Caucho (Hevea brasiliensis), Guadua (Guadua angustifolia) y la cuantía máxima porcentual que se reconocerá por concepto de Incentivo Forestal, así: Valor Promedio i o eo r (Ha) Año 2 $688.130 50% $344.065 Año 3 $674.339 50% $337.169 Año 4 $323.651 50% $161.825
Valor Promedio i o eo r (Ha) Año 2 $688.130 50% $344.065 Año 3 $674.339 50% $337.169 Año 4 $323.651 50% $161.825 Año 5 $406.439 50% $203.219 Artículo 7. Fijar el incentivo por mantenimiento de una hectárea de bosque natural incluida en un plan de establecimiento y manejo forestal, por la suma de ochenta y tres mil trescientos sesenta y cuatro pesos ($83.364) moneda corriente, liquidado sobre la base de un valor de ciento once mil ciento cincuenta y dos pesos ($111.152) moneda corriente, lo que corresponde a unaRESOLUCION No. 000411 - HOJAN-.7 131.007 e “Por la cual se señala el valor de los costos de establecimiento y mantenimiento de plantaciones, el valor de los costos de mantenimiento de bosque natural y se fija el incentivo por árbol, para efectos del Incentivo Forestal para el año 2019”. cuantía porcentual del 75% del valor total, a ser pagado durante los años en que esté vigente el apoyo del CIF a la plantación comercial. Artículo 8. La presente resolución rige a partir del 1 de enero y hasta el 31 de diciembre del 2019.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C. 3 1 OCT 2018 1 YA [ Ma ANDRÉS VALENCIA PINZÓN Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural Proyectó: Dirección de Cadenas Adriyolas y Forestales Lilian Castiblanco Garcí Marlene Velásquez Jimén Mie Aprobó: — Dirección de Cadenas Agricolagy Forestales Oscar Mauricio Bernal “o
Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural Proyectó: Dirección de Cadenas Adriyolas y Forestales Lilian Castiblanco Garcí Marlene Velásquez Jimén Mie Aprobó: — Dirección de Cadenas Agricolagy Forestales Oscar Mauricio Bernal “o Revisó: — Oficina Asesora Juridica 7 Giovanny Pérez — Jefe Oficina Asesora Jurídica Maria Eugenia Cadena — Coordinadora Grupo Conceptos y Regulación Pr vB. Vicoministerio de Asuntos Agropecuarios — OY” Marcela Urueña Gómez N~