MINAGRICULTURA - Resolución 000454 de 2018
Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural
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Detalles
- Título
- MINAGRICULTURA - Resolución 000454 de 2018
- Autor
- Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2018
Libertad y Orden MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL RESOLUCIÓN NÚMERO (000454 , 29 0208 “Por la cual se modifica la Resolución No. 285 de 2018” EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL En ejercicio de sus funciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el artículo 7 de la Ley 101 de 1993, y los numerales 12 y 15 del artículo 3 del Decreto 1985 de 2013, y CONSIDERANDO Que mediante el proyecto “Implantación y Operación Fondo Comercialización de Productos Agropecuarios a Nivel Naciona”, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural puede implementar programas de apoyo que beneficien a los productores del sector que presentan dificultades en la comercialización, mediante programas o instrumentos que promuevan la modernización y el adecuado funcionamiento de los mercados. Que dicho proyecto incluye apoyos a la comercialización para el año 2018, y para su ejecución el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y la Bolsa Mercantil de Colombia suscribieron el Contrato de Prestación de Servicios No. 20180434 de 26 de enero de 2018, cuyo objeto es “otorgar apoyos a los productores del sector agropecuario a través de la puesta en marcha y ejecución de instrumentos y/o programas que permitan garantizar el nivel de precios, producción, transformación, comercialización, transporte, abastecimiento de productos, compras públicas, almacenamiento de excedentes, y promoción al consumo de productos agrícolas, forestales, pecuarios y pesqueros para el ciclo agrícola del año 2018, con el acompañamiento del Ministerio y de conformidad con el proyecto denominado
almacenamiento de excedentes, y promoción al consumo de productos agrícolas, forestales, pecuarios y pesqueros para el ciclo agrícola del año 2018, con el acompañamiento del Ministerio y de conformidad con el proyecto denominado Implantación y Operación del Fondo de Comercialización de Productos Agropecuarios, Nivel Nacional.” Que debido a que el represamiento y excedente de la producción de yuca en el Departamento del Meta obtenido de la cosecha del primer semestre de 2018, generó una afectación al nivel de ingresos y pérdidas económicas de 32.800 familias productoras de dicho departamento y en virtud del mencionado contrato, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural expidió la Resolución No. 285 de 2018 “Por la cual se otorga un apoyo a la comercialización de yuca en fresco a los productores del departamento del Meta”, con el fin de ayudar a que el productor tenga mayor oportunidad de generar la estabilización de sus ingresos producto de la comercialización de yuca. Que en dicha resolución se dispuso todo lo relacionado con el otorgamiento del apoyo y se estableció en el artículo 10 como plazo máximo para el pago del incentivo el 5 de octubre de 2018.RESOLUCION No. 000454 Página 2 de 3 — Continuación de ta Resolución: “Por la cual se modifica la Resolución No. 285 de 2018” Que la Justificación Técnica expedida por la Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales remitida mediante Memorando No. 20185200099803 del 15 de noviembre de 2018, documento en virtud del cual se expide la presente resolución, señala, entre otros aspectos: En cumplimiento a lo dispuesto en el parágrafo 7 del artículo 8 de la
de 2018, documento en virtud del cual se expide la presente resolución, señala, entre otros aspectos: En cumplimiento a lo dispuesto en el parágrafo 7 del artículo 8 de la Resolución 285 de 2018, la Bolsa Mercantil de Colombia procedió a validar la veracidad de la información relacionada a los productores con el registro de área certificada, así como la información del número de cédula de algunos productores entre la certificación expedida por la Secretaría de Desarrollo Agroeconómico del departamento del Meta frente a la copia del documento de identidad recibido y adjuntado en los documentos requisitos para el pago del programa de las 554 cuentas de cobro presentadas, que cumplieron los requisitos exigidos por la mencionada resolución y contorme al orden de llegada de los documentos al listado de cuentas a pagar. Con el ánimo de verificar el estricto cumplimiento y la veracidad de la información allegada por los productores, la Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales recibe de la Secretaría de Desarrollo Agroeconómico del Departamento del Meta la base de datos de los productores certificados por dicha entidad, como se estipula en el numeral 1 del artículo 8 de la citada resolución, información que fue remitida el 28 de septiembre de 2018 a la Bolsa Mercantil de Colombia con el fin de realizar la verificación de la documentación y soportes exigidos para el pago del apoyo y especialmente, frente a las certificaciones expedidas por la Secretaría de Desarrollo Agroeconómico del Departamento del Meta, lo que llevó a la exclusión de productores inscritos en el programa al presentarse inconsistencias en los documentos allegados. - Dado lo dispendioso del proceso de verificación mencionado, no se logró
Agroeconómico del Departamento del Meta, lo que llevó a la exclusión de productores inscritos en el programa al presentarse inconsistencias en los documentos allegados. - Dado lo dispendioso del proceso de verificación mencionado, no se logró cumplir con el plazo máximo establecido en el artículo 10 de la Resolución 285 de 2018 para realizar el pago del apoyo, a pesar de que los productores hubieran cumplido lo dispuesto en la resolución. - La Bolsa Mercantil de Colombia informó al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, que a la fecha 5 de octubre de 2018, se ha logrado desembolsar la suma de QUINIENTOS SESENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS DOCE PESOS M/CTE ($567.358.712), equivalente al 57% del total de los recursos asignados para el programa, cobijando a 2.314 toneladas de yuca comercializada quedando disponible recursos por valor de CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y UN MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS M/CTE ($432.6841.288), que permitiría impactar un mayor número de toneladas y productores. - Teniendo en cuenta lo anterior, el Comité Administrativo del Contrato 0434 de 2018 mediante Acta No. 8 aprobó la modificación de la Resolución 285 de 2018 con el fin de ampliar el plazo para el pago del apoyo. Que la Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, partiendo de la importancia del sector productivo de la yuca para los productores del departamento del Meta, considera necesario modificar el artículo 10
Que la Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, partiendo de la importancia del sector productivo de la yuca para los productores del departamento del Meta, considera necesario modificar el artículo 10 de la Resolución 285 de 2018.RESOLUCION No. 000454 Página 3 de 3
Continuación de la Resolución: “Por la cual se modifica la Resolución No. 285 de 2018” RESUELVE: Artículo 1. Modifícase el artículo 10 de la Resolución No. 285 de 2018, el cual quedará así: “Artículo 10. Plazo para el pago. El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural pagará a través de la Bolsa Mercantil de Colombia el valor del apoyo una vez se reciban las cuentas de cobro cori el cumplimiento de todos los requisitos de que trata la presente resolución. En todo caso, la Bolsa Mercantil de Colombia tiene como fecha límite de pago el quince (15) de diciembre de 2018.” Artículo 2. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los 29 Nov 2018 ANDRÉS VALENCIA PINZÓN Ministro de ¡Agricultura y Desarrollo Rural
Proyectó: Fernando Ardila - Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales
VIB: Xiomara Soler - Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales William Granados Perez - Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales Oscar Mauricio Bemal Vargas - Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales ría Eugenia Cadena — Oficina, ra Jurícica Revisó: ye Duarte Bautista — Oficina Asesora durídicaJ?
Oscar Mauricio Bemal Vargas - Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales ría Eugenia Cadena — Oficina, ra Jurícica Revisó: ye Duarte Bautista — Oficina Asesora durídicaJ? “Civanny Pérez Ceballos - Jefe Asesora Jurídica Aprobó: Marcela Ureña Gómez - Viceministra de Asuntos Agropecuarios Y”Libermd y Orden MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL RESOLUCIÓN NÚMERO (000454 , 290208 “Por la cual se modifica la Resolución No. 285 de 2018” EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL En ejercicio de sus funciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el artículo 7 de la Ley 101 de 1993, y los numerales 12 y 15 del artículo 3 del Decreto 1985 de 2013, y CONSIDERANDO Que mediante el proyecto “Implantación y Operación Fondo Comercialización de Productos Agropecuarios a Nivel Nacional”, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural puede implementar programas de apoyo que beneficien a los productores del sector que presentan dificultades en la comercialización, mediante programas o instrumentos que promuevan la modernización y el adecuado funcionamiento de los mercados. Que dicho proyecto incluye apoyos a la comercialización para el año 2018, y para su ejecución el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y la Bolsa Mercantil de Colombia suscribieron el Contrato de Prestación de Servicios No. 20180434 de 26 de enero de 2018, cuyo objeto es “otorgar apoyos a los productores del sector agropecuario a iravés de la puesta en marcha y ejecución de instrumentos y/o
enero de 2018, cuyo objeto es “otorgar apoyos a los productores del sector agropecuario a iravés de la puesta en marcha y ejecución de instrumentos y/o programas que permitan garantizar el nivel de precios, producción, transformación, comercialización, transporte, abastecimiento de productos, compras públicas, almacenamiento de excedentes, y promoción al consumo de productos agrícolas, forestales, pecuarios y pesqueros para el ciclo agrícola del año 2018, con el acompañamiento del Ministerio y de conformidad con el proyecto denominado implantación y Operación del Fondo de Comercialización de Productos Agropecuarios, Nivel Nacional.” Que debido a que el represamiento y excedente de la producción de yuca en el Departamento del Meta obtenido de la cosecha del primer semestre de 2018, generó una afectación al nivel de ingresos y pérdidas económicas de 32.800 familias productoras de dicho departamento y en virtud del mencionado contrato, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural expidió la Resolución No. 285 de 2018 “Por la cual se otorga un apoyo a la comercialización de yuca en fresco a los productores del departamento del Meta”, con el fin de ayudar a que el productor tenga mayor oportunidad de generar la estabilización de sus ingresos producto de la comercialización de yuca. Que en dicha resolución se dispuso todo lo relacionado con el otorgamiento del apoyo y se estableció en el artículo 10 como plazo máximo para el pago del incentivo el 5 de octubre de 2018.RESOLUCION No. 000454 Página 2 de 3
Continuación de la Resolución: “Por la cual se modifica la Resolución No. 285 de 2018” Que la Justificación Técnica expedida por la Dirección de Cadenas Agricolas y
Continuación de la Resolución: “Por la cual se modifica la Resolución No. 285 de 2018” Que la Justificación Técnica expedida por la Dirección de Cadenas Agricolas y Forestales remitida mediante Memorando No. 20185200099803 del 15 de noviembre de 2018, documento en virtud del cual se expide la presente resolución, señala, entre otros aspectos: - En cumplimiento a lo -dispuesto en el parágrafo 7 del artículo 8 de la Resolución 285 de 2018, la Bolsa Mercantil de Colombia procedió a validar la veracidad de la información relacionada a los productores con el registro de área certificada, así como la información del número de cédula de algunos productores entre la certificación expedida por la Secretaría de Desarrollo Agroeconómico del departamento del Meta frente a la copia del documento de identidad recibido y adjuntado en los documentos requisitos para el pago del programa de las 554 cuentas de cobro presentadas, que cumplieron los requisitos exigidos por la mencionada resolución y conforme al orden de llegada de los documentos al listado de cuentas a pagar.
Con el ánimo de verificar el estricto cumplimiento y la veracidad de la información allegada por los productores, la Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales recibe de la Secretaría de Desarrollo Agroeconómico del Departamento del Meta la base de datos de los productores certificados por dicha entidad, como se estipula en el numeral 1 del artículo 8 de la citada resolución, información que fue remitida el 28 de septiembre de 2018 a la Bolsa Mercantil de Colombia con el fin de realizar la verificación de la documentación y soportes exigidos para el pago del apoyo y especialmente, frente a las certificaciones expedidas por la Secretaría de Desarrollo
Bolsa Mercantil de Colombia con el fin de realizar la verificación de la documentación y soportes exigidos para el pago del apoyo y especialmente, frente a las certificaciones expedidas por la Secretaría de Desarrollo Agroeconómico del Departamento del Meta, lo que llevó a la exclusión de productores inscritos en el programa al presentarse inconsistencias en los documentos allegados. - Dado lo dispendioso del proceso de verificación mencionado, no se logró cumplir con el plazo máximo establecido en el artículo 10 de la Resolución 285 de 2018 para realizar el pago del apoyo, a pesar de que los productores hubieran cumplido lo dispuesto en la resolución. - La Bolsa Mercantil de Colombia informó al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, que a la fecha 5 de octubre de 2018, se ha logrado desembolsar la suma de QUINIENTOS SESENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS DOCE PESOS M/CTE ($567.358.712), equivalente al 57% del total de los recursos asignados para el programa, cobijando a 2.314 toneladas de yuca comercializada quedando disponible recursos por valor de CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y UN MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS M/CTE ($432.641.288), que permitiría impactar un mayor número de toneladas y productores. - Teniendo en cuenta lo anterior, el Comité Administrativo del Contrato 0434 de 2018 mediante Acta No. 8 aprobó la modificación de la Resolución 285 de 2018 con el fin de ampliar el plazo para el pago del apoyo. Que la Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales del Ministerio de Agricultura y
2018 mediante Acta No. 8 aprobó la modificación de la Resolución 285 de 2018 con el fin de ampliar el plazo para el pago del apoyo. Que la Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, partiendo de la importancia del sector productivo de la yuca para los productores del departamento del Meta, considera necesario modificar el artículo 10 de la Resolución 285 de 2018.E RESOLUCIÓN No, 000454 . Página 3 de 3
Continuación de la Resolución: “Por la cual se modifica la Resolución No. 285 de 2018” RESUELVE: Artículo 1. Modifícase el artículo 10 de la Resolución No. 285 de 2018, el cual quedará así: “Artículo 10. Plazo para el pago. El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural pagará a través de la Bolsa Mercantil de Colombia el valor del apoyo una vez se reciban las cuentas de cobro con el cumplimiento de todos los requisitos de que trata la presente resolución. En todo caso, la Bolsa Mercantil de Colombia tiene como fecha límite de pago el quince (15) de diciembre de 2018.” Artículo 2. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los 29 Noy 2018
ANDRÉS VALENCIA PINZÓN
Ministro delAgricultura y Desarrollo Rural Proyectó: Femando Ardila — Dirección de Cadenas Agrícolas y E V/B: — Xiomara Soler - Dirección de Cadenas Agrícolas y E e
ANDRÉS VALENCIA PINZÓN
Ministro delAgricultura y Desarrollo Rural Proyectó: Femando Ardila — Dirección de Cadenas Agrícolas y E V/B: — Xiomara Soler - Dirección de Cadenas Agrícolas y E e William Granados Perez - Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales Oscar Mauricio Bernal Vargas - Dirección de -_ Agricolas y Forestales ría Eugenia Cadena - Oficina Abra Jurídica Revisó: E Duarte Bautista — Oficina Asesora duriaca? ranny Pérez Ceballos - Jefe Asesora Jurídica
Aprobó: Marcela Ureña Gómez - Viceministra de Asuntos Agropecuarios Y”