MINAGRICULTURA - Resolución 000455 de 2019
Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural
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Detalles
- Título
- MINAGRICULTURA - Resolución 000455 de 2019
- Autor
- Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2019
Libertad y Orden MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL RESOLUCIÓN NÚMERO 000455 pE 2010 ( 30 DIC 2019 ) “Por la cual se fijan los Precios de Referencia para la liquidación de la Cuota de Fomento para la modernización y Diversificación del Subsector Tabacalero para el año 2020” EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL En uso de sus atribuciones legales en especial las que le confieren la Ley 534 de 1999, Decreto 1071 de 2015, y CONSIDERANDO Que la Cuota de Fomento para la Modernización del Subsector Tabacalero se estableció por el artículo 2° de la ley 534 de 1999, el cual señala “Establécese la Cuota de Fomento para la Modernizacién y Diversificación del Subsector Tabacalero, como contribución de carácter parafiscal cuya percepción se asignará a la cuenta especial denominada Fondo Nacional del Tabaco” Que en los términos del articulo 5° ibidem en concordancia con el inciso 1°del artículo 2.10.3.6.3 del Decreto 1071 de 2015, “El monto de la Cuota de Fomento para la Modemización y Diversificación del Subsector Tabacalero, será el equivalente al 2% del precio de venta de cada kilogramo de hoja de tabaco de producción nacional.” Que las compañías procesadoras de la hoja de tabaco, los exportadores de la hoja de tabaco y los comerciantes particulares compradores de la hoja de tabaco son retenedores de la Cuota de Fomento para la Modemización y Diversificación del Subsector Tabacalero, según lo dispuesto en el articulo 6° de la ley 534 de 1999.
de tabaco y los comerciantes particulares compradores de la hoja de tabaco son retenedores de la Cuota de Fomento para la Modemización y Diversificación del Subsector Tabacalero, según lo dispuesto en el articulo 6° de la ley 534 de 1999. Que en virtud de la facultad que le otorga el parágrafo del artículo 2.10.3.6.3 del Decreto 1071 de 2015, le corresponde al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural señalar anualmente, antes del 31 de diciembre de cada año, el precio de referencia del kilogramo de tabaco, por variedad a nivel nacional, con base en el cual se llevará a cabo la liquidación de la Cuota de Fomento, que regirá para el año siguiente. Que, con base en lo anterior, la Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales recomendó a través de una justificación técnica del sector, que la cuota de Fomento para la Modernización y Diversificación del Subsector Tabacalero se liquide teniendo en cuenta el precio real del mercado de las transacciones gravadas.RESOLUCIÓN NUMERO 090455 DE 2019 Hoja N°. 2
Continuación de la Resolución: Por la cual se fijan los Precios de Referencia para la liquidación de la Cuota de Fomento para la modemización y Diversificación del Subsector Tabacalero para el año 2020
En mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Fijar que la cuota de Fomento para la Modemización y Diversificación del Subsector Tabacalero para el año 2020, se calculará teniendo en cuenta el precio real del mercado de las transacciones gravadas. Artículo 2. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLAS!
del Subsector Tabacalero para el año 2020, se calculará teniendo en cuenta el precio real del mercado de las transacciones gravadas. Artículo 2. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLAS!
Dada en Bogotá D.C. a los 5 0 DIC 2019
ANDRÉS VALENCIA PINZÓN
Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural.
Elaboró: Erika Donoso — Dirección de Cadenas Agricolas y Forestales.
Ruth Mary Ibarra — Coordinadora Grupo de Cadenas de Productos Agrícolas Transitorios
Aprobó: Andres Silva Mora, Director Cadenas Agrícolas y Forestales. 30
- Revisó: Giovanny mal Asesora Jurídica,