MINAGRICULTURA - Resolución 000457 de 2019
Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural
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Detalles
- Título
- MINAGRICULTURA - Resolución 000457 de 2019
- Autor
- Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2019
Libertad y Orden MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL RESOLUCIÓN NÚMERO 000457 pe 2019 ( 30 DIC 201 ) “Por la cual se señalan los Precios de Referencia para la liquidación de la Cuota de Fomento de la Agroindustria de la Palma de Aceite para el primer semestre de 2020" EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Ley 138 de 1994, el Decreto 1071 de 2015, y CONSIDERANDO Que el artículo 2 de la Ley 138 de 1994 estableció la Cuota para el Fomento de la Agroindustria de la Palma de Aceite, como contribución. de carácter parafiscal, cuya percepción se asignará a la cuenta especial denominada Fondo de Fomento Palmero. Que el artículo 5 de la mencionada ley, modificado por el artículo 28 de la Ley 1151 de 2007, dispone que la Cuota de Fomento para la Agroindustria de la Palma de Aceite será de 1.5% del precio de cada kilogramo de palmiste y de aceite crudo de palma extraídos. Que de acuerdo con la justificación técnica de la Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales, los precios de referencia que se señalan para establecer en la resolución del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, son calculados a partir de un promedio ponderado de los indicadores de precio para el mercado de consumo en Colombia, después de haber descontado la cesión de estabilización aplicada tanio al aceite de palma como la almendra de Palma o Palmiste, durante el periodo comprendido entre el mes de junio a
para el mercado de consumo en Colombia, después de haber descontado la cesión de estabilización aplicada tanio al aceite de palma como la almendra de Palma o Palmiste, durante el periodo comprendido entre el mes de junio a noviembre de 2019, dando como resultado, un valor de MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS ($1.986,00) por kilogramo para las transacciones de Aceite Crudo de Palma y un valor de SEISCIENTOS SETENTA Y DOS PESOS ($672,00) por kilogramo en las transacciones de Almendra de Palma o Palmiste. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Señalar como precio de referencia para la liquidación de la Cuota de Fomento de la Agroindustria de la Palma de Aceite para el primer semestre
del año 2020, la suma de MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOSRESOLUCIÓNNo. 0977457 DE2019 PÁGINA No. 2
Continuación de la Resolución: “Por la cual se señalan los Precios de Referencia para la liquidación de la Cuota de Fomento de la Agroindustria de la Palma de Aceite para el primer semestre de 2020”. ($1.986,00) por kilogramo para las transacciones de Aceite Crudo de Palma y un valor de SEISCIENTOS SETENTA Y DOS PESOS ($672,00) por kilogramo en las transacciones de Almendra de Palma o Palmiste.
Artículo 2. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C. alos 30 DIC 2019
7 ANDRÉS VALENCIA PINZÓN
Ministro dé Agricultura y Desarrollo Rural
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C. alos 30 DIC 2019 7 ANDRÉS VALENCIA PINZÓN Ministro dé Agricultura y Desarrollo Rural Elaboró: — Jenny Carolina Valencia — Dirección de Cadenas Agricolas y Forestales. irector de Cadenas Agrícolas y Forestales? Revisó: — Andrés § N Jofe Oficina Asesora Jurídica Giovanni
Aprobó: — Marcela Urueña — Viceministra de Asuntos Agropecuarios