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MINAGRICULTURA - Resolución 000465 de 2022

Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural

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Detalles

Título
MINAGRICULTURA - Resolución 000465 de 2022
Autor
Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2022

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL

RESOLUCIÓN NÚMERO 465 DE 2022 ( ) “Por la cual se realiza una transferencia de recursos al Fondo para el Acceso alos Insumos Agropecuarios-FAIA” LA MINISTRA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL En ejercicio de sus funciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el artículo 208 de la constitución política, artículo 18 de la Ley 2183 de 2022, y CONSIDERANDO: Que el artículo 65 de la Constitución Política, indica que la producción de alimentos gozará de la especial protección del Estado. Para tal efecto, se otorgará prioridad al desarrollo integral de las actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras, forestales y agroindustriales. Que el artículo 208 Ibidem, señala que los ministros y los directores de Departamentos Administrativos son los jefes de la administración en su respectiva dependencia y bajo la dirección del presidente de la República, les corresponde formular las políticas atinentes a su despacho, dirigir la actividad administrativa y ejecutar la ley. Que la Ley 2183 de 2022, “Por medio del cual se constituye el Sistema Nacional de Insumos Agropecuarios, se establece la Política Nacional de Insumos Agropecuarios, se crea el Fondo de Acceso a los Insumos Agropecuarios y se dictan otras disposiciones”, estableció el Sistema Nacional de Insumos Agropecuarios, la Política Nacional de Insumos Agropecuarios y creó el Fondo para el Acceso a los Insumos Agropecuarios. Que el artículo 14 ibidem dispuso la creación del Fondo para el Acceso a los Insumos Agropecuarios - FAIA, el cual tendrá por objeto la financiación de los

para el Acceso a los Insumos Agropecuarios. Que el artículo 14 ibidem dispuso la creación del Fondo para el Acceso a los Insumos Agropecuarios - FAIA, el cual tendrá por objeto la financiación de los mecanismos necesarios para contribuir al acceso en mejores condiciones a los insumos agropecuarios por parte de los productores del sector agropecuario. Que el artículo 15 de Ley antes mencionada, a la letra dice “el Fondo para el Acceso a los Insumos Agropecuarios (FAIA), funcionará como una cuenta especial, sin personería jurídica, a cargo del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural (MADR), cuyos recursos son administrados a través de un patrimonio autónomo. Para estos efectos el MADR celebrará un contrato de fiducia mercantil con una entidad fiduciaria pública en donde se defina la operatividad del mismo y su estructura.” Que en virtud de lo anterior, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, suscribió con el Consorcio FAIA 2022, el CONTRATO DE FIDUCIA MERCANTIL No. 20220572, con el objeto de “celebrar un contrato de FiduciaRESOLUCION No. DE 2022 PAGINA 2

Continuación de la Resolución: “Por la cual se realiza una transferencia de recursos al Fondo para el Acceso alos Insumos Agropecuarios-FAIA” Mercantil para que la Fiduciaria en calidad de vocera y administradora del patrimonio autónomo reciba, administre contrate y pague con cargo a los recursos del Fondo para el Acceso a los Insumos Agropecuarios FAIA previsto en el artículo 15 de la Ley 2183 de 202?, las operaciones autorizadas consagradas en el artículo 19 de la misma Ley.”

recursos del Fondo para el Acceso a los Insumos Agropecuarios FAIA previsto en el artículo 15 de la Ley 2183 de 202?, las operaciones autorizadas consagradas en el artículo 19 de la misma Ley.” Que el artículo 18 de la Ley 2183 de 2022, dispone que los recursos del Fondo para el Acceso los Insumos Agropecuarios (FAIA), podrán provenir entre otras fuentes, de las apropiaciones del presupuesto General de la Nación dispuestas por cualquier órgano que lo conforme y los recursos que les aporten las entidades públicas. Que el artículo 19 ibidem, estableció las operaciones autorizadas al FAIA, así: “1. Financiar apoyos a la producción, transporte, almacenamiento y demás actividades necesarias para el uso eficiente, competitivo, racional y sostenible de los insumos agropecuarios; 2. Adelantar compras centralizadas de insumos agropecuarios; 3. Otorgar garantías en las operaciones de importación que adelanten los agentes del mercado que adquieren insumos agropecuarios; 4. Adquirir instrumentos financieros o pólizas de cobertura por diferencial cambiaría.”, determinando en el parágrafo 3, que la reglamentación de las operaciones de dicho fondo estará en cabeza del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. Que, en virtud de lo anterior, el MADR expidió la Resolución 101 de 2022 “Por medio de la cual se reglamenta parcialmente el artículo 19 de la Ley 2183 de 2027”, reglamentando los numerales 1 y 2 del artículo 19, correspondientes a las siguientes operaciones autorizadas al FAIA: a) Financiación de apoyos a la producción, transporte, almacenamiento y demás actividades necesarias para

2027”, reglamentando los numerales 1 y 2 del artículo 19, correspondientes a las siguientes operaciones autorizadas al FAIA: a) Financiación de apoyos a la producción, transporte, almacenamiento y demás actividades necesarias para el uso eficiente, competitivo, racional y sostenible de los insumos agropecuarios. b) Operaciones de compras centralizadas de insumos agropecuarios. Que mediante Memorando No. 2022-520-020609-3 del 30 de diciembre de 2022, la directora de Cadenas Agrícolas y Forestales del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural remitió solicitud para realizar la transferencia de recursos al Fondo para el Acceso a los Insumos Agropecuarios-FAIA y su respectiva justificación, en la cual indica: “Se propende beneficiar a los pequeños y medianos productores, a través del fortalecimiento del Fondo para el Acceso a los Insumos Agropecuarios -FAIA, se estima reducir los costos de producción y aumentar la competitividad del sector agropecuario, por medio de operaciones autorizadas como:

1. Financiar apoyos a la producción, transporte, almacenamiento y demás actividades necesarias para el uso eficiente, competitivo, racional y sostenible de los insumos agropecuarios.

2. Adelantar compras centralizadas de insumos agropecuarios.RESOLUCION No. DE 2022 PAGINA 3

Continuación de la Resolución: “Por la cual se realiza una transferencia de recursos al Fondo para el Acceso alos Insumos Agropecuarios-FAIA”

3. Otorgar garantías en las operaciones de importación que adelanten los agentes del mercado que adquieren insumos agropecuarios.

para el Acceso alos Insumos Agropecuarios-FAIA”

3. Otorgar garantías en las operaciones de importación que adelanten los agentes del mercado que adquieren insumos agropecuarios.

4. Adquirir instrumentos financieros o pólizas de cobertura por diferencial cambiaría. (...) Los recursos estarán encaminados a la operación actualmente habilitada por el Comité Directivo del el Fondo para el Acceso a los Insumos Agropecuarios — FAIA, para apoyar la compra de insumos a través de insumos financieros, sin embargo, en el momento en el que los recursos ingresen al fondo, podrán trasladarse a cualquiera de las otras operaciones que el Comité Directivo habilite a través de un programa.” Que existe apropiación disponible por la suma de VEINTISIETE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES SEISCIENTOS TRECE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y DOS PESOS ($27.988.613.332) MCTE, que se encuentran amparados por el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 85422 del 29 de diciembre de 2022, expedido por la Subdirección Financiera de este Ministerio.

Que de conformidad con los dispuesto en la Ley 2183 de 2022, la solicitud antes mencionada y su documento justificativo, documentos en virtud de los cuales se expide la presente resolución, se considera necesario por parte del área técnica la transferencia de recursos al Fondo para el Acceso a los Insumos Agropecuarios-FAIA con el fin de continuar garantizando el acceso en mejores condiciones a los insumos agropecuarios por parte de los productores del sector agropecuario, así como el cumplimiento de las operaciones autorizadas

Agropecuarios-FAIA con el fin de continuar garantizando el acceso en mejores condiciones a los insumos agropecuarios por parte de los productores del sector agropecuario, así como el cumplimiento de las operaciones autorizadas a través de la ley y reglamentadas por el MADR, como de aquellas que llegaren a habilitarse por parte del Comité Directivo de dicho Fondo, previa reglamentación y aprobación del programa que se defina para tal fin. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Transferir en un único desembolso la suma de VEINTISIETE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES SEISCIENTOS TRECE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y DOS PESOS ($27.988.613.332) MCTE, del presupuesto del Ministerio de Agricultura y Desarrollo y Rural como aporte al Fondo para el Acceso a los Insumos Agropecuarios -FAIAadministrado por el CONSORCIO FAIA 2022, en virtud del contrato de Fiducia Mercantil 20220572. Parágrafo 1. El monto del desembolso estará supeditado a las previsiones del Programa Anual mensualizado de CajaPAC, de la Gestión General del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. Parágrafo 2. Los recursos transferidos se encuentran amparados en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 85422 del 29 de diciembre de 2022.RESOLUCION No. DE 2022 PAGINA 4

Continuación de la Resolución: “Por la cual se realiza una transferencia de recursos al Fondo para el Acceso a los Insumos Agropecuarios-FAIA” Parágrafo 3. El desembolso de los recursos que trata el presente artículo será

Continuación de la Resolución: “Por la cual se realiza una transferencia de recursos al Fondo para el Acceso a los Insumos Agropecuarios-FAIA” Parágrafo 3. El desembolso de los recursos que trata el presente artículo será realizado al Fondo para el Acceso a los Insumos Agropecuarios -FAIApor la Dirección de Crédito Público y del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en la cuenta de ahorros del Banco de Occidente número 256131269; a nombre de PATRIMONIOS AUT DE SOC FID DE DESARFIDUAGRARIA PA CONSORCIO FAIA 2022 identificada con el número de documento 8300536309, cuenta designada en virtud del contrato de fiducia mercantil 20220572.

Artículo 2. Seguimiento. La Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, realizará el seguimiento técnico y financiero de la ejecución de los recursos de que trata la presente resolución. Parágrafo 1. El seguimiento de que trata el presente artículo se realizará conforme lo establecido en la Resolución 355 de 2015, modificada parcialmente por la Resolución 133 de 2021, expedida por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. Parágrafo 2. La entidad administradora del Fondo para el Acceso a los Insumos Agropecuarios -FAIApresentará a esta dependencia, informes mensuales, en la forma que la misma lo requiera y demás informes y solicitudes que sean necesarias por parte del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. Artículo 3. Registro. FIDUAGRARIA realizará los procedimientos de registro presupuestal y contables necesarios para el manejo de los recursos del Fondo

necesarias por parte del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. Artículo 3. Registro. FIDUAGRARIA realizará los procedimientos de registro presupuestal y contables necesarios para el manejo de los recursos del Fondo para el Acceso a los Insumos Agropecuarios -FAIA-, de los que trata el artículo 1 de la presente resolución, siguiendo los lineamientos establecidos en el Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación. Artículo 4. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los 30 días del mes de diciembre de 2022 Ministra de Agricultura y Desarrollo Rural Proyectó: Andres F. Gómez - Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales Revisó: __ Sandra Torres - Directora de Cadenas Agricolas y Forestales nuel Camilo Mojica - Jefe Oficina Asesora Jurídica Jennifer Bermúdez - Secretaria General

Aprobó: — Luis Alberto Villegas - Viceministro de Asuntos Agropecuarios

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